Page 30 - PROPUESTA CONSTITUCIÓN
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                        e)  El Estado deberá compensar las cargas públicas discriminatorias,
                           desproporcionadas o de alcance retroactivo. La ley establecerá un
                           procedimiento para hacer efectiva esta compensación. Dicha ley deberá
                           contemplar, además, un procedimiento para hacer efectiva la responsabilidad
                           patrimonial del Estado por actos del legislador que contravengan esta
                           Constitución, cuando así lo declare el Tribunal Constitucional.


                    32. El derecho a desarrollar cualquiera actividad económica que no sea contraria
                    a la salud pública, al orden público, o la seguridad de la Nación, respetando las
                    normas legales que la regulen.

                        a)   Una ley de quorum calificado podrá autorizar al Estado y sus organismos para
                           desarrollar actividades empresariales o participar en ellas. Estas actividades
                           estarán sometidas  a  la  legislación  común aplicable  a  los particulares,  sin
                           perjuicio de las excepciones que, por motivos justificados, establezca dicha
                           ley.

                        b)   En ningún caso las sociedades y empresas estatales podrán regular, fiscalizar
                           o supervigilar las actividades económicas comprendidas en su giro u objeto.

                        c)   Es deber del Estado promover y defender la libre competencia.

                        d)   Es deber del Estado promover el emprendimiento y la innovación en las
                           actividades productivas, considerando la protección del medio ambiente, la
                           sustentabilidad y el desarrollo.

                    33. La no discriminación arbitraria en el trato que debe dar el Estado y sus
                    organismos en materia económica.

                    Solo en virtud de una ley de quorum calificado, y siempre que no signifique tal
                    discriminación, se podrán autorizar determinados beneficios directos o indirectos
                    en  favor  de  algún  sector,  actividad  o  zona  geográfica,  o  establecer  gravámenes
                    especiales que afecten a uno u otras. En el caso de las franquicias o beneficios
                    indirectos, la estimación del costo de estos deberá incluirse anualmente en la Ley
                    de Presupuestos.

                    34. La libertad para adquirir el dominio de toda clase de bienes, excepto aquellos
                    que la naturaleza ha hecho comunes a todas las personas o que deban pertenecer a
                    la Nación toda y la ley lo declare así. Lo anterior es sin perjuicio de lo prescrito en
                    otros preceptos de esta Constitución.
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