Page 52 - PROPUESTA CONSTITUCIÓN
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                                                CAPÍTULO IV


                                              CONGRESO NACIONAL



                 Artículo 51
                    1.  El  Congreso  Nacional  se  compone  de  dos  ramas:  la  Cámara  de  Diputadas  y
                    Diputados y el Senado. Ambas concurren a la formación de las leyes en conformidad
                    con esta Constitución y tienen las demás atribuciones que ella establece.

                    2. La ley podrá establecer mecanismos para promover la participación política de
                    los pueblos indígenas en el Congreso Nacional.





                    Composición de la Cámara de Diputadas y Diputados y del Senado



                 Artículo 52

                    1. La Cámara de Diputadas y Diputados está integrada por miembros elegidos en
                    votación directa por distritos electorales. La ley electoral respectiva determinará
                    los distritos electorales y la forma de su elección.

                    2. La Cámara de Diputadas y Diputados se renovará en su totalidad cada cuatro
                    años.

                    3. La distribución de los escaños entre los distritos tenderá a la representación
                    equitativa según la población del territorio electoral.



                 Artículo 53

                    1.  El  Senado  se  compone  de  miembros  elegidos  en  votación  directa  por
                    circunscripciones senatoriales, en consideración a las regiones del país, cada una de
                    las cuales constituirá, a lo menos, una circunscripción. La ley electoral respectiva
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