Page 52 - PROPUESTA CONSTITUCIÓN
P. 52
52
CAPÍTULO IV
CONGRESO NACIONAL
Artículo 51
1. El Congreso Nacional se compone de dos ramas: la Cámara de Diputadas y
Diputados y el Senado. Ambas concurren a la formación de las leyes en conformidad
con esta Constitución y tienen las demás atribuciones que ella establece.
2. La ley podrá establecer mecanismos para promover la participación política de
los pueblos indígenas en el Congreso Nacional.
Composición de la Cámara de Diputadas y Diputados y del Senado
Artículo 52
1. La Cámara de Diputadas y Diputados está integrada por miembros elegidos en
votación directa por distritos electorales. La ley electoral respectiva determinará
los distritos electorales y la forma de su elección.
2. La Cámara de Diputadas y Diputados se renovará en su totalidad cada cuatro
años.
3. La distribución de los escaños entre los distritos tenderá a la representación
equitativa según la población del territorio electoral.
Artículo 53
1. El Senado se compone de miembros elegidos en votación directa por
circunscripciones senatoriales, en consideración a las regiones del país, cada una de
las cuales constituirá, a lo menos, una circunscripción. La ley electoral respectiva

