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14 Agro la discusiÓn
cAmBio DE EscEnArio › ElEmEnTos quE jusTificAn lA rEformA›
“Aunque discrepo en muchos Aspectos caMbio cLiMáTico derechos huManos prioridades
con lA propuestA, estoy convencido que es El agua era un recurso abundante hace Los países desarrollados del mundo Como todo bien escaso se requiere
priorizar sus usos y la proposición
un par de décadas, a pesar de ciclos
conciben el agua como un derecho
necesAriA unA modificAción y AdecuAción A los de sequía. Hoy el tema se complica humano, lo que le da un tratamiento actual no tiene discusión en lo que
requirimientos ActuAles del código de AguAs” con derechos sobreotorgados y con especial en las constituciones como respecta al consumo humano y
una mayor presión de rentabilidad un “bien nacional de uso público”, saneamiento, pero hay matices en
y con un cambio climático evidente lo que contrasta con la legislación lo que respecta a la producción de
sebasTián LeiVa, abogado experTo en aguas que se expresa en un aumento de chilena, que lo concibe en la práctica alimentos y la ligazón que tiene con la
temperaturas y escasez hídrica. como propiedad privada. agricultura.
DEBATE Texto: José Luis Montes V.
[email protected]
Fotos: JLMV.
estudian en el cogreso al código Abogados y técnicos la reforma del código se pueda
n buen aporte al debate sobre
expropiar, nuestra preocupación
ulas modificaciones que se
de Aguas fue el seminario organi- está, -y como dicen los lolos, ha
pasado colado- en que hay un
zado por el colegio de ingnieros proyecto de reforma constitu-
Agronómos de Ñuble este mes en despolitizaron discusión sobre cional que sigue tramitándose,
el auditorio de inacap. que establece modificaciones al
principio de supremacía constitu-
en éste, especialistas como max
la dirección general de Aguas; y reforma al Código de Aguas cional respecto a las aguas”.
Ardiles, de la dirección de obras
hidráulicas; césar saavedra, de
también señaló que hay que
el especialista en riego del iniA, hacer algunas precisiones en
aspectos como la definición de
hamil uribe, expusieron temas “interés público”, concepto que
técnicos que deberían conside- En seminario del Colegio de Ingenieros Agrónomos de Ñuble se trató el proyecto del Gobierno puede establecer suspensiones
rarse en la legislación. con una perspectiva técnica y legal. al derecho.
pero el centro del debate estu-
vo entre los abogados paulo de la pauLo de La FuenTe
fuente, que es el coordinador de Los abogados Paulo de la Fuente, de la CNR, y el independiente Sebastián Leiva, coincidieron en por su parte, el abogado paulo
la comisión nacional de riego que el proyecto requiere de algunas precisiones jurídicas, que no den lugar a interpretaciones. de la fuente, explicó las razones
para la macrozona sur, y su cole- que tiene el gobierno para esta-
ga independiente especializado blecer la reforma al código, y
en el tema de derechos de agua, que en varios puntos coincidió
sebastián leiva. con su colega, quien defiende
la postura de los usuarios de
sebasTián LeiVa derechos de agua. en todo caso,
leiva centró su intervención reconoció que se requiere de
en aspectos técnicos y no en algunas precisiones.
“aprensiones ideológicas como “hay aspectos de técnica
propiedad privada versus pro- legislativa que tienen mucho que
piedad estatal”, que es lo que mejorar. la terminología jurídi-
había venido marcando el debate ca que no se debe prestar para
hasta aquí. distintas opiniones, como está
también, pese a discrepar en pasando hoy respecto a lo que él
varios aspectos con la propuesta (leiva) señala, que de acuerdo a la
de reforma del gobierno, aclaró solicitud de reforma constitucio-
que “personalmente, creo que nal habría un acto expropiatorio
debe modificarse el código, no encubierto”, sostuvo.
podemos resolver el problema Afirmó que en otros derechos
que existe en el país con un status de propiedad, como el de los
quo. la legislación, en el plantea- inmuebles o concesiones mineras,
miento del código del ‘80, está están limitados y sujetos a una
establecida para determinada expropiación común y corrien-
situación hídrica que no resulta te, no van a ser expropiados por
aplicable hoy. tenemos que modi- ello, que son temores infundados.
ficar situaciones gravísimas. en Aclaró, además, que la constitu-
copiapó tenemos 19 mil litros ción establece propiedad sobre
constituidos de agua subterránea, el derecho de aguas y no sobre
una demanda de 7 mil y una recar- el agua.
ga de 3.500. eso es un desbalance la intención del gobierno con
enorme y se requieren medidas la reforma -dijo- es el funciona-
astutas y coherentes protegiendo miento de una buena distribución,
derechos constitucionales, como que las aguas no sean utilizadas
el de propiedad”. para otro fin del que fueron con-
manifestó que hay cambios cebidas, “va a haber una mayor
que no considera semánticos en regulación que tiene por finalidad
lo que respecta al concepto de garantizar prioritariamente el
propiedad actual del agua y en agua para el consumo humano,
derechos futuros, en que se eli- en caso de no disponibilidad, y
mina la disposición del recurso, “ “ en caso de excepción por utilidad
aunque no su uso y goce. se establece propiedad todos tenemos pública para que el estado pueda
Aclaró que la reforma del códi- intervenir”.
go no tiene aspectos expropiato- sobre los derechos y no definiciones distintas de lo Afirmó que en cuanto a pro-
rios. pero existe un proyecto de sobre las aguas” que es interés público” piedad, los derechos de agua
reforma constitucional presenta- adquiridos con anterioridad
do por la presidenta Bachelet en pauLo de La FuenTe sebasTián LeiVa a la aprobación de la reforma,
que sí establece una reforma que continuarán en las mismas con-
determina la extinción del derecho ABogAdo, cnr ABogAdo indep. diciones actuales y que las futuras
de agua. “la preocupación de los asignaciones serán concesiones
abogados en esto no es que con temporales.