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           PoLÍTICA PÚBLICA


           Cambios normativos benefician




           a los trabajadores agrícolas







           La abogada Rosario Merino, del área Laboral-Litigo de Araya &Cía, revela cuáles son las principales modificaciones
           que irán en beneficio de aquellos que trabajen por obra o faena.


           texto: carolina Gómez caro / fotografía: mauricio Ulloa Ganz








































                os vacíos en el Códi-  práctica por la jurispru-                                situación de los feriados   cuando hayan efectuado
                go del Trabajo para   dencia y aisladamente en  2019                            proporcionales y la posibili-  cotizaciones durante al
                regular las labores   la legislación, que son los                               dad de postergar el pago de   menos 4 meses en los últi-
                de los trabajado-  contornos de los contratos                                   éstos en los finiquitos, cuan-  mos 12 meses calendario,
           Lres por obra o faena   de trabajo por obra o faena”,                                do no se alcance la duración   en virtud de un contrato por
           fueron siempre un pro-  comentó.                                                     de 1 año y se prevea la sus-  obra o faena.
           blema para aquellos que   Agregó que con esto   los contratos firmados               cripción inmediata de un
           se desempeñaban en el   se viene a reglamentar   a partir del 1 de enero del presente año se regirán por   nuevo contrato de trabajo   “contras”
           mundo agrícola. Eso hasta   una figura que se emplea   la nueva normativa laboral, que regula las condiciones   por obra o faena.  Según la abogada, el
           noviembre de 2018, cuando   bastante en materia de   de los trabajadores por obra o faena.  De la misma forma, se   contrato por obra o faena
           se publicó la Ley 21.122,   construcción y agricultura,                              contempla una indemni-  podría tener algunos “con-
           que incorpora una nueva   reconociendo a los traba-                                  zación por estos servicios   tras”, como en el caso de que
           reglamentación que rige   jadores derechos y benefi-                                 en el caso que el contrato   se tenga que recurrir a la
           para este rubro.     cios que la ley no establecía   se encuentra circunscrita o   del Trabajo, que estarán   termine por la conclusión   Inspección del Trabajo para
             Con estos cambios, que   expresamente.   limitada a la duración de   habilitadas para calificar   de la obra o faena, hecho   que califique el contrato, ya
           van en directo beneficio de                aquella”.            la naturaleza jurídica de   que deberá ser avisado con   que se puede generar un
           los trabajadores que hayan   modificaciones  Es así como en este tipo   los contratos. Eso implica   antelación al trabajador   escenario de incertidumbre
           firmado contrato a contar   Por primera vez en la   de contrato se establece   la posibilidad de que con-  mediante una carta de aviso   interpretativa que genere
           del 1 de enero de 2019,   historia el Código del Tra-  la exclusión, con el fin de   tratos celebrados como por   donde se debe consignar el   una judicialización sobre
           se obtendrá una certeza   bajo cuenta con una defi-  evitar encubrir relaciones   obra o faena sean calificados   monto que se recibirá como   esta materia.
           respecto de un fenóme-  nición sobre lo que es un   indefinidas bajo la forma   como indefinidos”, detalló   indemnización.  “Es de esperar que se
           no práctico que antes no   contrato por obra o faena,   de contratos por obra o   la abogada.  Por último, la Ley esta-  marque una pauta unitaria
           estaba regulado, según   señalando que se trata de   faena sucesivos.  Asimismo, se reconoce el   blece que los trabajadores   para la calificación de estos
           explicó Rosario Merino,   “aquella convención por la   “Se entiende así que   régimen usual de descanso   que hubiesen efectuado   contratos, que permita
           abogado del área laboral-  que el trabajador se obliga   las faenas de naturaleza   de 15 días hábiles remune-  cotizaciones de salud en    cumplir el objeto de impedir
           litigio del estudio jurídico   con el respectivo empleador   permanente no estarán   rados cuando, en virtud de   Fonasa, pueden mante-  el uso abusivo de la figura,
           Araya & Cía.         a ejecutar una obra material   amparadas por esta figura   contratos por obra o faena   ner su afiliación por 12   sin castigar su aplicación a
             “Más que modificar, se   o intelectual específica y   del contrato, estableciendo   con un empleador, se alcan-  meses a contar del mes al   realidades que necesitan
           reguló una realidad que   determinada, en su inicio y   la forma de cautelar aquello   ce 1 año de trabajo.   que corresponda su últi-  de la misma”, concluye la
           ya era reconocida en la   en su término, cuya vigencia   mediante las Inspecciones   También se regula la   ma cotización, siempre y   profesional.
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