Page 6 - Diario 15/07/2024
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Lunes 15 de julio de 2024 www.ladiscusion.cl
Ciudad
Tras cuaTro años de la promulgación de la ley, la capiTal regional se pone al día con el mandaTo
Este miércoles ingresa para
votación la ordenanza del
retiro del cableado aéreo
Principal novedad respecto a las normativas de otras comunas, radica en el cobro de costas en vez de aplicación de
multas a quienes incumplan. En adelante, las empresas deberán marcar sus postes y sus cables en Chillán.
felipe ahumada jegó de otras comunas, la de Chillán no a objeto de otorgarle a las empresas
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fotos: la discusión incluye multas para las empresas de telefonía y prestadoras de servicios
que no acojan los mandatos muni- de televisión por cable e Internet, el
cipales (a través de notificaciones), tiempo suficiente para preparar las
as multas cursadas por la para reemplazarlas por el cobro de acciones de retiro.
Municipalidad de La Reina, las costas de los servicios de retiro Por lo tanto, “de no mediar nada el objetivo de la ordenanza es ir eli-
en 2023, a las empresas ejecutado por el consistorio. extraño, creo que se votará a favor minando la contaminación visual que
que no respondieron al “Lo que buscamos es hacer una esta ordenanza”, anticipó el concejal
Lmandato de retirar sus ordenanza práctica. Lo que nos Rodrigo Ramírez, quien añadió que significan los cables en desuso”
cables en desuso del tendido público, interesa es que se elimine la basura “de hecho, se pudo haber votado
superaron los $300 millones, por aérea, por sobre andar cursando la semana pasada, para la última camiLo benavente
lo que la experiencia se conoció en multas, entonces, si una vez que reunión de concejales, pero se hizo alCalde de Chillán
todo el país, a través de los medios se notifique a una empresa para una observación de última hora,
de comunicación, que destacaron que haga el retiro de su cableado, más que nada una precisión, por
las sanciones que significaba la ellos no responden, será un equipo parte de la Dirección de Inspección y
entrada en vigencia de la Ley 18.618, nuestro quién los saque y el costo Seguridad, así que no debería haber
promulgada en 2019. de ese operativo le será endosado a mayores contratiempos”.
Tras cuatro años de publicada la la empresa. En adelante, se puede
ley, la Municipalidad de Chillán se eventualmente, judicializar el cobro, Respecto a la ordenanza 13
espera poner al día lo antes posible pero insisto, lo que buscamos es Dentro de los principales puntos
Tras casi 8 y tras meses de discusión, la nueva eliminar la contaminación visual, no que contiene el cuerpo normativo,
meses de ordenanza municipal del retiro del andar multando empresas”, explicó se destaca que las empresas que
discusiones, escombro aéreo ingresa a su etapa el alcalde, Camilo Benavente. posean postes de distribución de artículos componen la nueva ordenanza de retiro
este miércoles final, con la votación por parte del El documento, que consta de 13 energía eléctrica, telecomunicacio- de escombro aéreo, la que entraría en vigencia en
podría aprobarse Concejo Municipal, programada para artículos, ya fue discutido por los nes, transmisión de señales o datos, las próximas semanas si es que este miércoles se
la ordenanza del este miércoles, 17 de julio. concejales, quienes incluso suspen- emplazados en bienes nacionales de aprueban sus artículos, por parte del Concejo Mu-
cableado aéreo. A diferencia de las ordenanzas dieron en abril esta misma votación, uso público de la comuna, deberán nicipal de Chillán.
identificarlos con el nombre de la
empresa propietaria y RUT comer-
cial, mientras que los postes que no
tengan identificación, se entenderán
de propiedad municipal.
También se exigirá, en adelante,
que cada cable instalado tenga una
identificación especial para poder
reconocer a sus dueños.
En cuanto al retiro, las empresas
concesionarias deben retirar la to-
talidad de cables que se encuentren
en malas condiciones, cortados y sin
uso, el cableado en desuso, colgados
sin conectividad o uso y/o a menor
altura que la permitida u otros
que se encuentren en situaciones
similares.
La ordenanza establece que el
municipio establecerá un plazo que
no podrá exceder de 24 horas y los
particulares deberán costear la totali-
dad del proceso de retiro de cables en
desuso y además, dicha labor deberá
ser ejecutada por personal idóneo
y capacitado, dejándose expresa
mención que cualquier perjuicio
o daño al trabajador o a terceros,
será de exclusiva responsabilidad
de la empresa.
En los casos en que la munici-
palidad considere contaminación
visual aérea, notificará a las con-
cesionarias proceder al retiro de
dichos cables, en un plazo máximo
de 120 días.
Finalmente, se establece que la
fiscalización del cumplimiento de
la ordenanza será de la Inspección
Municipal.