Page 26 - Diario 28/05/2023
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26   Domingo 28 de mayo de 2023                                                                                              www.ladiscusion.cl

           Economicos


           (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGIÓN DE ÑUBLE”,   derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de   PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
           Rol V-265-2022, referido al lote N° 67, por resolución de fecha 9   recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.   de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución
           de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-
           expropiado, que según el rol de avalúo N° 2217-26, de la comuna   28/30                             CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGION DE ÑUBLE”,
           de Chillán Viejo, que figura a nombre Sociedad Forestal Las Cruces                                  Rol V-278-2022, referido al lote N° 26, por resolución de fecha 9
           Lim., la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar pose-  PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago   de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
           sión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares   de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución   expropiado, que según el rol de avalúo N° 149-120, de la comuna
           de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad   de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-  de Ninhue, que figura a nombre Francisca Andrea Rojas Miranda,
           de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el   CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”,   la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
           art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  Rol V-272-2022, referido al lote N° 77, por resolución de fecha 9   material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
           28/30                                             de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del   derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de
                                                             expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-750, de la comuna   recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
           PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de   de Ninhue, que figura a nombre Lorena Inés Muñoz Molina, la   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
           indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la   petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión   28/30
           obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN – YUNGAY   material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
           (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGIÓN DE ÑUBLE”,   derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de   PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de
           Rol V-266-2022, referido al lote N° 58, por resolución de fecha 9   recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el   indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de
           de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del   art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO
           expropiado, que según el rol de avalúo N° 2221-58, de la comuna de   28/30                          INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGION DE ÑUBLE”, Rol
           Chillán Viejo, que figura a nombre Suc. Sandoval Orellana Edecia                                    V-279-2022, referido al lote N° 23, por resolución de fecha 9 de
           Elena, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar po-  PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de   febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del ex-
           sesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares   indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de   propiado, que según el rol de avalúo N° 149-421, de la comuna de
           de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad   la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO   Ninhue, que figura a nombre Hernán del Carmen Cartes Acevedo,
           de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el   INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”,   la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
           art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  Rol V-273-2022, referido al lote N° 185, por resolución de fecha   material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
           28/30                                             9 de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del   derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de
                                                             expropiado, que según el rol de avalúo N° 157-90, de la comuna de   recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
           PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de   Portezuelo, que figura a nombre Pedro Antonio Figueroa Andrades,   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
           indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la   la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión   28/30
           obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN – YUNGAY   material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
           (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGIÓN DE ÑUBLE”,   derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de   PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
           Rol V-267-2022, referido al lote N° 55, por resolución de fecha 9   recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.   de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución
           de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-
           expropiado, que según el rol de avalúo N° 2221-71, de la comuna de   28/30                          CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGION DE ÑUBLE”,
           Chillán Viejo, que figura a nombre Herman Alberto Bustos Pérez,                                     Rol V-280-2022, referido al lote N° 45, por resolución de fecha 9
           la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión   PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de   de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
           material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de   indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de   expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-742, de la comuna
           derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de   la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO   de Ninhue, que figura a nombre Armando Segundo Torres Molina,
           recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.   INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol   la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
           21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  V-274-2022, referido al lote N° 27, por resolución de fecha 10   material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
           28/30                                             de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del   derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de
                                                             expropiado, que según el rol de avalúo N° 149-425, de la comuna   recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
           PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de   de Ninhue, que figura a nombre Waldo Solís Cartes y Otros, la   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
           indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la   petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión   28/30
           obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN – YUNGAY   material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
           (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGIÓN DE ÑUBLE”,   derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de   PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
           Rol V-268-2022, referido al lote N° 53, por resolución de fecha 9   recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.   de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución
           de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-
           expropiado, que según el rol de avalúo N° 2221-118, de la comuna   28/30                            CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGION DE ÑUBLE”,
           de Chillán Viejo, que figura a nombre Sigisfredo Andrés Salazar                                     Rol V-281-2022, referido al lote N° 42, por resolución de fecha 9
           Silva, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar pose-  PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago   de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
           sión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares   de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución   expropiado, que según el rol de avalúo N° 141-97, de la comuna
           de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad   de la obra “REPOSICIÓN RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN   de Ninhue, que figura a nombre Carlos Guillermo Bórquez Ricci,
           de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el   - YUNGAY (TRAMO 1), COMUNA DE SAN IGNACIO, BULNES,   la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
           art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  REGION DE ÑUBLE”, Rol V-275-2022, referido al lote N° 109, por   material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
           28/30                                             resolución de fecha 9 de febrero de 2023, se ha ordenado poner   derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de
                                                             en conocimiento del expropiado, que según el rol de avalúo   recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
           PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago   N° 576-20, de la comuna de San Ignacio, que figura a nombre   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
           de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución   Graciela del Carmen Alarcón Rivas, la petición formulada por el   28/30
           de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-  Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado.
           CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”,   El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco   PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
           Rol V-269-2022, referido al lote N° 66, por resolución de fecha 9   días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo   de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución
           de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del   apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de   de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-
           expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-234, de la comuna   1978. – Secretario.               CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGION DE ÑUBLE”,
           de Ninhue, que figura a nombre Justo Pastor Moya Molina, la   28/30                                 Rol V-282-2022, referido al lote N° 36, por resolución de fecha 9
           petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión                                        de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
           material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de   PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago   expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-277, de la comuna
           derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de   de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución   de Ninhue, que figura a nombre Luis Alberto Molina Melo, la
           recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.   de la obra “REPOSICIÓN RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN   petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
           21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  - YUNGAY (TRAMO 1), COMUNA DE SAN IGNACIO, BULNES,   material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
           28/30                                             REGION DE ÑUBLE”, Rol V-276-2022, referido al lote N° 97, por   derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de
                                                             resolución de fecha 9 de febrero de 2023, se ha ordenado poner   recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
           PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago   en conocimiento del expropiado, que según el rol de avalúo   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
           de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución   N° 576-33, de la comuna de San Ignacio, que figura a nombre   28/30
           de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-  Patricio del Carmen Ponce Myrik, la petición formulada por el
           CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”,   Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado.   PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
           Rol V-270-2022, referido al lote N° 64, por resolución de fecha 9   El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco   de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución
           de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del   días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo   de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-
           expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-311, de la comuna   apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de   CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGION DE ÑUBLE”,
           de Ninhue, que figura a nombre Rosamel Garrido, la petición   1978. – Secretario.                   Rol V-283-2022, referido al lote N° 33, por resolución de fecha 9
           formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión material   28/30                                de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
           del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de derechos,                                   expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-416, de la comuna
           dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de recoger   PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre   de Ninhue, que figura a nombre José Roberto Jara Pradena, la
           frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. 21 del   pago de indemnización por expropiación, necesaria para   petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
           Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.       la ejecución de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCO-  material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
           28/30                                             MUNAL DEL SECANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE,      derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de
                                                             REGION DE ÑUBLE”, Rol V-277-2022, referido al lote N° 72,   recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
           PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago   por resolución de fecha 9 de febrero de 2023, se ha ordenado   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
           de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución   poner en conocimiento del expropiado, que según el rol de   28/30
           de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-  avalúo N° 148-672, de la comuna de Ninhue, que figura a
           CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”,   nombre Abaraim Horacio Malverde Gatica, la petición for-  PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de
           Rol V-271-2022, referido al lote N° 80, por resolución de fecha 9   mulada por el Fisco de Chile para tomar posesión material   indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de
           de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del   del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de dere-  la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO
           expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-409, de la comuna   chos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de   INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGION DE ÑUBLE”, Rol
           de Ninhue, que figura a nombre Fresia del Carmen Moya Gatica,   recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en   V-284-2022, referido al lote N° 198, por resolución de fecha 10
           la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión   el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
           material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de   28/30                            expropiado, que según el rol de avalúo N° 157-86, de la comuna
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