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Economicos
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución expropiado, que según el rol de avalúo N° 157-75, de la comuna de
de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE- de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE- Portezuelo, que figura a nombre Margarita Montecinos Montecinos,
CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
Rol V-267-2022, referido al lote N° 31, por resolución de fecha 23 Rol V-274-2022, referido al lote N° 46, por resolución de fecha 23 material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de
expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-277, de la comuna expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-20, de la comuna recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
de Ninhue, que figura a nombre Luis Alberto Molina Melo, la de Ninhue, que figura a nombre de Luis Armando Torres Cadena, 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión 24/26
material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de
21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. la obra ““MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO
24/26 24/26 INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol
V-282-2022, referido al lote N° 181, por resolución de fecha 23
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución expropiado, que según el rol de avalúo N° 169-640, de la comuna
la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE- de Portezuelo, que figura a nombre de José Romilio Sepúlveda
INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, Mendoza, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar
V-268-2022, referido al lote N° 134, por resolución de fecha 23 Rol V-275-2022, referido al lote N° 44, por resolución de fecha 23 posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares
de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad
expropiado, que según el rol de avalúo N° 169-237, de la comuna expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-742, de la comuna de de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el
de Portezuelo, que figura a nombre de Ricardo Daniel Narváez Ninhue, que figura a nombre de Armando Segundo Torres Molina, art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
Calistro, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión 24/26
posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de
art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO
24/26 24/26 INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol
V-283-2022, referido al lote N° 133, por resolución de fecha 23
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa so- SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
bre pago de indemnización por expropiación, necesaria de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución expropiado, que según el rol de avalúo N° 169-237, de la comuna
para la ejecución de la obra “MEJORAMIENTO RUTA de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE- de Portezuelo, que figura a nombre de Ricardo Daniel Narváez
INTERCOMUNAL DEL SECANO INTERIOR, COMUNA CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, Calistro, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar
DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol V-269-2022, Rol V-277-2022, referido al lote N° 34, por resolución de fecha 23 posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares
referido al lote N° 131, por resolución de fecha 23 de de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad
febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-278, de la comuna de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el
del expropiado, que según el rol de avalúo N° 169-136, de de Ninhue, que figura a nombre de Carmen Gloria Jara Moya, art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
la comuna de Portezuelo, que figura a nombre de Andrés la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión 24/26
Gatica Aravena, la petición formulada por el Fisco de material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
Chile para tomar posesión material del bien expropiado. derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución
de cinco días para manifestar voluntad de recoger frutos 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-
pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. 21 del 24/26 CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”,
Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. Rol V-284-2022, referido al lote N° 30, por resolución de fecha 23
24/26 SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-416, de la comuna
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE- de Ninhue, que figura a nombre de José Roberto Jara Pradena,
pago de indemnización por expropiación, necesaria para la CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
ejecución de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL Rol V-278-2022, referido al lote N° 32, por resolución de fecha 23 material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
DEL SECANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de
ÑUBLE”, Rol V-271-2022, referido al lote N° 73, por resolución expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-277, de la comuna recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
de fecha 23 de febrero de 2023, se ha ordenado poner en de Ninhue, que figura a nombre de Luis Alberto Molina Melo, 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
conocimiento del expropiado, que según el rol de avalúo la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión 24/26
N° 148-672, de la comuna de Ninhue, que figura a nombre material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
Abaraim Horacio Malverde Gatica, la petición formulada derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
por el Fisco de Chile para tomar posesión material del bien recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución
expropiado. El expropiado y otros titulares de derechos, dis- 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-
pondrán de cinco días para manifestar voluntad de recoger 24/26 CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”,
frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. Rol V-285-2022, referido al lote N° 28, por resolución de fecha 23
21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
24/26 de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de expropiado, que según el rol de avalúo N° 149-545, de la comuna
la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO de Ninhue, que figura a nombre de Clodomira Gatica Cartes, la
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
pago de indemnización por expropiación, necesaria para V-279-2022, referido al lote N° 197, por resolución de fecha 23 material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
la ejecución de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCO- de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de
MUNAL DEL SECANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, expropiado, que según el rol de avalúo N° 157-2, de la comuna recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol V-272-2022, referido al lote N° de Portezuelo, que figura a nombre de Mirta de las, Andrades 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
71, por resolución de fecha 23 de febrero de 2023, se ha Fernández, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar 24/26
ordenado poner en conocimiento del expropiado, que se- posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares
gún el rol de avalúo N° 148-415, de la comuna de Ninhue, de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
que figura a nombre de Segundo Arcadio D. Rivas Agurto, de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de
la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO
posesión material del bien expropiado. El expropiado y 24/26 INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol
otros titulares de derechos, dispondrán de cinco días para V-286-2022, referido al lote N° 199, por resolución de fecha 23
manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecu- expropiado, que según el rol de avalúo N° 157-72, de la comuna de
2.186 de 1978. – Secretario. ción de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL Portezuelo, que figura a nombre Margarita Fernández Fernández,
24/26 SECANO INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
ÑUBLE”, Rol V-280-2022, referido al lote N° 195, por resolución material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre de fecha 23 de febrero de 2023, se ha ordenado poner en cono- derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de
pago de indemnización por expropiación, necesaria para cimiento del expropiado, que según el rol de avalúo N° 157-74, recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
la ejecución de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCO- de la comuna de Portezuelo, que figura a nombre de Modesto 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
MUNAL DEL SECANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, Segundo Sepúlveda Andrade, la petición formulada por el Fisco 24/26
REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol V-273-2022, referido al lote N° de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El
24, por resolución de fecha 23 de febrero de 2023, se ha expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
ordenado poner en conocimiento del expropiado, que días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de
según el rol de avalúo N° 149-422, de la comuna de Nin- apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO
hue, que figura a nombre de Waldo Solís Cartes y Otros, 1978. – Secretario. INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”,
la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar 24/26 Rol V-287-2022, referido al lote N° 96, por resolución de fecha 23
posesión material del bien expropiado. El expropiado y de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
otros titulares de derechos, dispondrán de cinco días para SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago expropiado, que según el rol de avalúo N° 169-71, de la comuna
manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de de Portezuelo, que figura a nombre de Ricardo Flabi. Fernández
apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO Zapata, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar po-
2.186 de 1978. – Secretario. INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol sesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares
24/26 V-281-2022, referido al lote N° 189, por resolución de fecha 23 de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad