Page 18 - Diario 24/05/2023
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18   Miércoles 24 de mayo de 2023                                                                                            www.ladiscusion.cl

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           SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de   y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar   se ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, que según
           indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra   voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado   el rol de avalúo N° 169-217, de la comuna de Portezuelo, que figura a
           “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO INTERIOR,   en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  nombre de  Óscar Torres Llanos, la petición formulada por el Fisco de
           COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol V-288-2022,   24/26                                     Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El expropiado
           referido al lote N° 92, por resolución de fecha 23 de febrero de 2023, se                           y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar
           ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, que según el rol   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de   voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado
           de avalúo N° 169-196, de la comuna de Portezuelo, que figura a nombre   indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra   en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
           de  Carlos Hto. Torres de la Fuente, la petición formulada por el Fisco de   “REPOSICIÓN RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN - YUNGAY (TRAMO   24/26
           Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El expropiado   1), COMUNA DE SAN IGNACIO, BULNES, REGION DE ÑUBLE”, Rol V-
           y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar   292-2022, referido al lote N° 108, por resolución de fecha 23 de febrero   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de
           voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado   de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, que   indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra
           en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  según el rol de avalúo N° 437-167, de la comuna de Bulnes, que figura a   “REPOSICIÓN RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN - YUNGAY (TRAMO
           24/26                                             nombre Jacobita Jorquera Carreño, la petición formulada por el Fisco de   1), COMUNA DE SAN IGNACIO, BULNES, REGION DE ÑUBLE”, Rol V-
                                                             Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El expropiado   292-2022, referido al lote N° 108, por resolución de fecha 23 de febrero
           SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de   y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar   de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, que
           indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra   voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado   según el rol de avalúo N° 437-167, de la comuna de Bulnes, que figura a
           “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO INTERIOR,   en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  nombre Jacobita Jorquera Carreño, la petición formulada por el Fisco de
           COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol V-289-2022,   24/26                                     Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El expropiado
           referido al lote N° 138, por resolución de fecha 23 de febrero de 2023, se                          y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar
           ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, que según el rol   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de   voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado
           de avalúo N° 169-121, de la comuna de Portezuelo, que figura a nombre   indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra   en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
           de  Domingo Antonio Venegas Luengo, la petición formulada por el   “REPOSICIÓN RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN - YUNGAY (TRAMO   24/26
           Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El   1), COMUNA DE SAN IGNACIO, BULNES, REGION DE ÑUBLE”, Rol V-
           expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco días para   293-2022, referido al lote N° 106, por resolución de fecha 23 de febrero   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de
           manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento   de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, que   indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra
           señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  según el rol de avalúo N° 437-10, de la comuna de Bulnes, que figura a   “REPOSICIÓN RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN - YUNGAY (TRAMO
           24/26                                             nombre de  Andrés José Hellman Navarrete, la petición formulada por   1), COMUNA DE SAN IGNACIO, BULNES, REGION DE ÑUBLE”, Rol V-
                                                             el Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El   293-2022, referido al lote N° 106, por resolución de fecha 23 de febrero
           SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de   expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco días para   de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, que
           indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra   manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento   según el rol de avalúo N° 437-10, de la comuna de Bulnes, que figura a
           “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO INTERIOR,   señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  nombre de  Andrés José Hellman Navarrete, la petición formulada por
           COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol V-290-2022,   24/26                                     el Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El
           referido al lote N° 130, por resolución de fecha 23 de febrero de 2023, se                          expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco días para
           ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, que según el rol   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de indem-  manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento
           de avalúo N° 169-793, de la comuna de Portezuelo, que figura a nombre   nización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra “REPOSICIÓN   señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
           de  Yesica de la Torre Fernández, la petición formulada por el Fisco de   RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN - YUNGAY (TRAMO 1), COMUNA DE SAN   24/26
           Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El expropiado   IGNACIO Y BULNES, REGION DE ÑUBLE”, Rol V-294-2022, referido al lote N°
           y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar   102, por resolución de fecha 23 de febrero de 2023, se ha ordenado poner en   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de
           voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado   conocimiento del expropiado, que según el rol de avalúo N° 576-47, de la comuna   indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra
           en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  de San Ignacio, que figura a nombre de  Manuel Riquelme Gutierrez y Otros, la   “REPOSICIÓN RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN - YUNGAY (TRAMO
           24/26                                             petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión material del bien   1), COMUNA DE SAN IGNACIO Y BULNES, REGION DE ÑUBLE”, Rol
                                                             expropiado. El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco   V-294-2022, referido al lote N° 102, por resolución de fecha 23 de febrero
           SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de   días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento   de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, que
           indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra   señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  según el rol de avalúo N° 576-47, de la comuna de San Ignacio, que
           “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO INTERIOR,   24/26                                        figura a nombre de  Manuel Riquelme Gutierrez y Otros, la petición
           COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol V-291-2022,                                             formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión material del bien
           referido al lote N° 139, por resolución de fecha 23 de febrero de 2023,   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de   expropiado. El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán
           se ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, que según   indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra   de cinco días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes,
           el rol de avalúo N° 169-217, de la comuna de Portezuelo, que figura a   “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO INTERIOR,   bajo apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de
           nombre de  Óscar Torres Llanos, la petición formulada por el Fisco de   COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol V-291-2022,   1978. – Secretario.
           Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El expropiado   referido al lote N° 139, por resolución de fecha 23 de febrero de 2023,   24/26
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