Page 16 - Diario 24/05/2023
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16 Miércoles 24 de mayo de 2023 www.ladiscusion.cl
Economicos
Judiciales SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago ción de fecha 23 de febrero de 2023, se ha ordenado poner en
de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución
conocimiento del expropiado, que según el rol de avalúo N°
de la obra ““MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE- 2217-414, de la comuna de Chillán Viejo, que figura a nombre
CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, de José Alejandro Alfaro Barraza, la petición formulada por el
PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago Rol V-253-2022, referido al lote N° 37, por resolución de fecha 23 Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado.
de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco
de la obra “CONSERVACIÓN PUENTES MENORES, PUENTE expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-159, de la comuna días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo
TEMUCO, COMUNA DE EL CARMEN, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol de Ninhue, que figura a nombre de Viviana del Tránsito Cartes apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de
V-155-2022, referido al lote N° 1, por resolución de fecha 16 de Zapata, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar po- 1978. – Secretario.
noviembre de 2022, se ha ordenado poner en conocimiento del sesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares 24/26
expropiado, que según el rol de avalúo N° 104-25, de la comuna de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad
de El Carmen, que figura a nombre de JUAN EUDE URIBE BELLO, de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de
la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la
material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de 24/26 obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN – YUNGAY
derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGIÓN DE ÑUBLE”,
recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago Rol V-261-2022, referido al lote N° 57, por resolución de fecha 23
21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
23/25 la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO expropiado, que según el rol de avalúo N° 2221-8, de la comuna
INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol V-254- de Chillán Viejo, que figura a nombre de Nancy del Carmen Olave
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago 2022, referido al lote N° 50, por resolución de fecha 23 de febrero Lagos, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar po-
de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, sesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares
de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE- que según el rol de avalúo N° 1148-89, de la comuna de Ninhue, de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad
CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, que figura a nombre de Brigitte del Carmen Torres Molina, la de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el
Rol V-247-2022, referido al lote N° 87, por resolución de fecha 23 petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de 24/26
expropiado, que según el rol de avalúo N° 149-342, de la comuna derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de
de Ninhue, que figura a nombre de Raúl Dionel Solís Fernández, recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución
material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de 24/26 de la obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN
derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de – YUNGAY (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGIÓN
recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago DE ÑUBLE”, Rol V-262-2022, referido al lote N° 54, por resolu-
21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución ción de fecha 23 de febrero de 2023, se ha ordenado poner en
24/26 de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE- conocimiento del expropiado, que según el rol de avalúo N°
CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, 2221-58, de la comuna de Chillán Viejo, que figura a nombre de
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago Rol V-255-2022, referido al lote N° 48, por resolución de fecha 23 Suc. Sandoval Orellana Edecia Elena, la petición formulada por el
de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado.
de la obra “REPOSICIÓN RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-20, de la comuna El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco
- YUNGAY (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGION de Ninhue, que figura a nombre de Luis Armando Torres Cadena, días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo
DE ÑUBLE”, Rol V-248-2022, referido al lote N° 20, por resolu- la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de
ción de fecha 23 de febrero de 2023, se ha ordenado poner en material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de 1978. – Secretario.
conocimiento del expropiado, que según el rol de avalúo N° derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de 24/26
1180-16, de la comuna de Chillán Viejo, que figura a nombre recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
de Fernando Sergio Ulloa Moreno, la petición formulada por el 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. 24/26 de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución
El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-
días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”,
apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución Rol V-263-2022, referido al lote N° 68, por resolución de fecha 23
1978. – Secretario. de la obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
24/26 – YUNGAY (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGIÓN expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-141, de la comuna
DE ÑUBLE”, Rol V-256-2022, referido al lote N° 44, por resolución de Ninhue, que figura a nombre de Justo Pastor Moya Molina,
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de de fecha 23 de febrero de 2023, se ha ordenado poner en cono- la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la cimiento del expropiado, que según el rol de avalúo N° 2220-26, material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN – YUNGAY de la comuna de Chillán Viejo, que figura a nombre de Suc. derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de
(TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Bustamante Vivanco Fernando E., la petición formulada por el recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
Rol V-249-2022, referido al lote N° 16, por resolución de fecha 23 Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco 24/26
expropiado, que según el rol de avalúo N° 1180-1, de la comuna de días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo
Chillán Viejo, que figura a nombre de Semillas Generación 2000 apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
S.A., la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar pose- 1978. – Secretario. de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución
sión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares 24/26 de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-
de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGION DE ÑUBLE”,
de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de Rol V-264-2022, referido al lote N° 65, por resolución de fecha 23
art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
24/26 obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN – YUNGAY expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-311, de la comuna
(TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGIÓN DE ÑUBLE”, de Ninhue, que figura a nombre Rosamel Garrido, la petición
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre Rol V-258-2022, referido al lote N° 29, por resolución de fecha 23 formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión material
pago de indemnización por expropiación, necesaria para la de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de derechos,
ejecución de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL expropiado, que según el rol de avalúo N° 1180-47, de la comuna de dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de recoger
DEL SECANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE Chillán Viejo, que figura a nombre César Alfredo Romero Concha, frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. 21 del
ÑUBLE”, Rol V-251-2022, referido al lote N° 75, por resolución la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
de fecha 23 de febrero de 2023, se ha ordenado poner en co- material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de 24/26
nocimiento del expropiado, que según el rol de avalúo N° 148- derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de
558, de la comuna de Ninhue, que figura a nombre de Miguel recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
Eduardo Molina Chandia, la petición formulada por el Fisco 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución
de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El 24/26 de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-
expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”,
días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago Rol V-265-2022, referido al lote N° 61, por resolución de fecha 23
apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
de 1978. – Secretario. de la obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-234, de la comuna
24/26 – YUNGAY (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGIÓN de Ninhue, que figura a nombre de Justo Pastor Moya Molina,
DE ÑUBLE”, Rol V-259-2022, referido al lote N° 68, por resolu- la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa so- ción de fecha 23 de febrero de 2023, se ha ordenado poner en material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
bre pago de indemnización por expropiación, necesaria conocimiento del expropiado, que según el rol de avalúo N° derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de
para la ejecución de la obra “MEJORAMIENTO RUTA 2217-26, de la comuna de Chillán Viejo, que figura a nombre de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
INTERCOMUNAL DEL SECANO INTERIOR, COMUNA DE Sociedad Forestal Las Cruces Lim., la petición formulada por el 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
NINHUE, REGION DE ÑUBLE”, Rol V-252-2022, referido Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. 24/26
al lote N° 40, por resolución de fecha 23 de febrero de El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco
2023, se ha ordenado poner en conocimiento del ex- días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
propiado, que según el rol de avalúo N° 141-157, de la apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución
comuna de Ninhue, que figura a nombre Forestal Celco 1978. – Secretario. de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-
S.A., la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar 24/26 CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”,
posesión material del bien expropiado. El expropiado y Rol V-266-2022, referido al lote N° 79, por resolución de fecha 23
otros titulares de derechos, dispondrán de cinco días para SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución expropiado, que según el rol de avalúo N° 149-343, de la comuna
apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° de la obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN de Ninhue, que figura a nombre de Forestal Cholguán S.A., la
2.186 de 1978. – Secretario. – YUNGAY (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGIÓN petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
24/26 DE ÑUBLE”, Rol V-260-2022, referido al lote N° 63, por resolu- material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de