Page 17 - Diario 24/05/2023
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www.ladiscusion.cl Miércoles 24 de mayo de 2023 17
Economicos
derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago expropiado, que según el rol de avalúo N° 157-75, de la comuna de
recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución Portezuelo, que figura a nombre Margarita Montecinos Montecinos,
21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE- la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
24/26 CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
Rol V-274-2022, referido al lote N° 46, por resolución de fecha 23 derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-20, de la comuna 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE- de Ninhue, que figura a nombre de Luis Armando Torres Cadena, 24/26
CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
Rol V-267-2022, referido al lote N° 31, por resolución de fecha 23 material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de
expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-277, de la comuna recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. la obra ““MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO
de Ninhue, que figura a nombre Luis Alberto Molina Melo, la 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol
petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión 24/26 V-282-2022, referido al lote N° 181, por resolución de fecha 23
material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago expropiado, que según el rol de avalúo N° 169-640, de la comuna
recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de Portezuelo, que figura a nombre de José Romilio Sepúlveda
21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE- Mendoza, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar
24/26 CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares
Rol V-275-2022, referido al lote N° 44, por resolución de fecha 23 de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el
de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-742, de la comuna de art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO Ninhue, que figura a nombre de Armando Segundo Torres Molina, 24/26
INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
V-268-2022, referido al lote N° 134, por resolución de fecha 23 material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de
expropiado, que según el rol de avalúo N° 169-237, de la comuna recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO
de Portezuelo, que figura a nombre de Ricardo Daniel Narváez 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol
Calistro, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar 24/26 V-283-2022, referido al lote N° 133, por resolución de fecha 23
posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago expropiado, que según el rol de avalúo N° 169-237, de la comuna
de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de Portezuelo, que figura a nombre de Ricardo Daniel Narváez
art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE- Calistro, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar
24/26 CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares
Rol V-277-2022, referido al lote N° 34, por resolución de fecha 23 de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el
de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-278, de la comuna art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO de Ninhue, que figura a nombre de Carmen Gloria Jara Moya, 24/26
INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
V-269-2022, referido al lote N° 131, por resolución de fecha 23 material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución
expropiado, que según el rol de avalúo N° 169-136, de la comuna recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-
de Portezuelo, que figura a nombre de Andrés Gatica Aravena, 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”,
la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión 24/26 Rol V-284-2022, referido al lote N° 30, por resolución de fecha 23
material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-416, de la comuna
recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de Ninhue, que figura a nombre de José Roberto Jara Pradena,
21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE- la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
24/26 CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
Rol V-278-2022, referido al lote N° 32, por resolución de fecha 23 derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-277, de la comuna 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE- de Ninhue, que figura a nombre de Luis Alberto Molina Melo, 24/26
CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
Rol V-271-2022, referido al lote N° 73, por resolución de fecha 23 material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución
expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-672, de la comuna recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-
de Ninhue, que figura a nombre Abaraim Horacio Malverde Gatica, 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”,
la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión 24/26 Rol V-285-2022, referido al lote N° 28, por resolución de fecha 23
material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago expropiado, que según el rol de avalúo N° 149-545, de la comuna
recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de de Ninhue, que figura a nombre de Clodomira Gatica Cartes, la
21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
24/26 INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
V-279-2022, referido al lote N° 197, por resolución de fecha 23 derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución expropiado, que según el rol de avalúo N° 157-2, de la comuna 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE- de Portezuelo, que figura a nombre de Mirta de las, Andrades 24/26
CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, Fernández, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar
Rol V-272-2022, referido al lote N° 71, por resolución de fecha 23 posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de
expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-415, de la comuna de de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO
Ninhue, que figura a nombre de Segundo Arcadio D. Rivas Agurto, art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol
la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión 24/26 V-286-2022, referido al lote N° 199, por resolución de fecha 23
material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago expropiado, que según el rol de avalúo N° 157-72, de la comuna de
recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecu- Portezuelo, que figura a nombre Margarita Fernández Fernández,
21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. ción de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
24/26 SECANO INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
ÑUBLE”, Rol V-280-2022, referido al lote N° 195, por resolución derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre de fecha 23 de febrero de 2023, se ha ordenado poner en cono- recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
pago de indemnización por expropiación, necesaria cimiento del expropiado, que según el rol de avalúo N° 157-74, 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
para la ejecución de la obra “MEJORAMIENTO RUTA de la comuna de Portezuelo, que figura a nombre de Modesto 24/26
INTERCOMUNAL DEL SECANO INTERIOR, COMUNA Segundo Sepúlveda Andrade, la petición formulada por el Fisco
DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol V-273-2022, de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de
referido al lote N° 24, por resolución de fecha 23 de expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra
febrero de 2023, se ha ordenado poner en conoci- días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO INTERIOR,
miento del expropiado, que según el rol de avalúo N° apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol V-287-2022,
149-422, de la comuna de Ninhue, que figura a nombre 1978. – Secretario. referido al lote N° 96, por resolución de fecha 23 de febrero de 2023, se
de Waldo Solís Cartes y Otros, la petición formulada 24/26 ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, que según el rol
por el Fisco de Chile para tomar posesión material del de avalúo N° 169-71, de la comuna de Portezuelo, que figura a nombre
bien expropiado. El expropiado y otros titulares de SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de Ricardo Flabi. Fernández Zapata, la petición formulada por el Fisco de
derechos, dispondrán de cinco días para manifestar de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El expropiado
voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibi- la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar
miento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado
de 1978. – Secretario. V-281-2022, referido al lote N° 189, por resolución de fecha 23 en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
24/26 de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del 24/26