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16 Domingo 7 de agosto de 2022 www.ladiscusion.cl
Opinión.
Nombramiento de jueces y juezas
n el sistema de nombra- que actualmente debate la sociedad profesionales, y en la capacitación
miento de jueces y juezas chilena con miras al plebiscito, el académica de los postulantes, es
tiene intervención el sistema de nombramiento se ve decir, que los nombramientos se
Poder Judicial y el Poder parcialmente modificado pues, realicen en base a estrictos pará-
EEjecutivo, a través del en su articulado se propone la metros que puedan ser revisados
Ministerio de Justicia, es decir, En el proyecto de Consti- creación del Consejo de la Jus- por la sociedad y eliminen cual-
para que un abogado pueda ser ticia, el cual se consagra como quier factor de discrecionalidad
designado en un cargo del escala- tución, que actualmente un órgano autónomo, técnico, al respecto.
fón primario, ya sea juez, relator, paritario y plurinacional, y cuya La gran duda que se plantea es si
secretario o ministro, no solo debe debate la sociedad chilena, finalidad, primordial será forta- la propuesta Constitucional logra
aprobar el curso de formación que el sistema de nombra- lecer la independencia judicial, desterrar la intervención política
imparte la Academia Judicial y ser detentando entre otras múltiples de las designaciones judiciales, es
incluido en una terna que elabora miento se ve parcialmente funciones, el nombramiento de decir si la composición del Consejo
la Corte de Apelaciones respectiva, los jueces, pues estará encargado de la Justicia permitirá designa-
sino que además debe obtener la modificado pues, en su de los nombramientos, gobierno, ciones objetivas o simplemente se
designación por parte del Ministro gestión, formación y disciplina en modifica la composición política
de Justicia. articulado se propone el Sistema Nacional de Justicia. que interviene en las elecciones.
Lo anterior, a mi juicio, represen- la creación del Consejo Dicho consejo estará, según el ¿Será el sistema propuesto por
ta un atentado contra el principio de artículo 344 del proyecto, compuesto la Convención Constitucional
independencia en el cual sustenta de la Justicia, el cual se por ocho jueces, dos funcionarios el adecuado para el proceso de
gabriel hernández su base la judicatura chilena. del Sistema Nacional de Justicia, nombramientos?
sotomayor El actual sistema de nombra- consagra como un órgano dos integrantes elegidos por los ¿Se eliminó la discrecionalidad en
profesor departamento mientos, al permitir que al momen- pueblos y naciones indígenas, cinco los nombramientos judiciales?
derecho procesal udec to de decidir, el Juez sepa que sus autónomo, técnico, parita- personas elegidas por el congreso ¿El poder político se encuentra
decisiones serán evaluadas por el rio y plurinacional, y cuya de Diputadas y Diputados y la al margen de las designaciones
órgano político que puede inter- Cámara de las Regiones. de jueces?
venir en su eventual designación a finalidad, primordial será En concreto, se elimina la in- Las respuestas las darán, en
otro cargo o ascenso, provoca que la tervención del Ministerio de caso de ser aprobado el proyecto
decisión, no sea lo suficientemente fortalecer la independen- Justicia como órgano que designa constitucional, no solo el tiempo,
independiente como se aspira que en representación del Presidente sino que el respeto que los even-
sea. Por lo anterior, a mi juicio, el cia judicial, detentando de la República, y se sustituye tuales miembros elegidos para el
actual sistema de nombramientos entre otras múltiples fun- por mencionado Consejo de la Consejo de la Justicia detenten por
requiere de modificaciones en que Justicia. su función y ante todo la contribu-
las designaciones de se susten- ciones, el nombramiento El sistema ideal es aquel que ción efectiva que éstos realicen al
ten esencialmente, en aspectos sustente la designación del Juez fortalecimiento de la independencia
objetivos. de los jueces. en elementos o consideraciones judicial, desterrando injerencias
En el proyecto de Constitución, objetivas basadas en sus méritos políticas en su actuar.
Una transición socioecológica justa
os procesos de transición y ecosistemas, a fin de incluir con- trabajadores y comunidades. Que,
desde economías inten- diciones vinculantes para que esta junto con garantizar el derecho a la
sivas en gases de efecto sea justa y equitativa, y considere salud y la vida para los habitantes
invernadero hacia econo- las necesidades socioecológicas de de las comunas afectadas, a través
Lmías con bajas emisiones las comunidades, localidades y de de instrumentos públicos que el
de carbono que mandata el Acuerdo Luego de la traumática los grupos vulnerables potencial- Sistema de Salud reconozca y asuma
de París, requieren considerar mente afectados. la reparación de los impactos para
como eje central el reconocimiento transición del salitre, Chile Durante su historia reciente, las personas y familias.
de los derechos legítimos de los luego de la traumática transición Simultáneamente, deben re-
trabajadores, las necesidades e ha experimentado otras del salitre, Chile ha experimentado mediarse sustantivamente los
intereses de las comunidades, reconversiones produc- otras reconversiones productivas impactos y pasivos ambientales,
consumidores y ciudadanos, de vinculadas a industrias extractivas, junto con actualizar las Normas
tal forma de asegurar que nadie tivas vinculadas a indus- como el caso de Lota con el cierre de Calidad del Aire en coherencia
se quede atrás. de las minas a carbón que también con las recomendaciones de la
El concepto de Transición Justa trias extractivas, como el fue un fracaso. Organización Mundial de la Salud
presenta la oportunidad de aunar Por esta razón, desde la sociedad (OMS).
estrategias y combinar las deman- caso de Lota con el cierre civil, y en particular desde Chile El nuevo gobierno ha comprome-
das de justicia social y empleo de las minas a carbón que Sustentable, hemos impulsado tido en su Programa descarbonizar
decente contenidas en dicho con- una conceptualización y estrate- la matriz eléctrica y poner fin a las
cepto con una visión renovada para también fue un fracaso. gia de Transición Justa que no se zonas de sacrificio. No obstante,
incorporar respuestas integrales reduce solo al cierre de industrias aún no existen criterios claros, ximena salinas gonzález
y estructurales a los impactos del Por esta razón, hemos im- contaminantes como las termoeléc- ni coordinación de instituciones subdirectora ejecutiva
cambio climático. En definitiva, tricas a carbón, sino que, además, públicas para implementar una chile sustentable
considerar la protección de los pulsado una estrategia de asegure los derechos laborales, transición que sea socioambien-
derechos humanos reconociendo Transición Justa que no la remediación y restauración talmente justa y que incorpore
los principios de la justicia am- ambiental, y la reparación de los a todos los actores públicos, pri-
biental, la justicia energética y la se reduce solo al cierre de daños ocasionados a la salud física vados, académicos y ciudadanos
justicia climática. y mental de la población. involucrados.
En este sentido, una buena industrias contaminantes, Asimismo, Chile Sustentable Por ello, sería oportuno apoyar la
señal es el proyecto de Ley sobre ha planteado que para que una iniciativa parlamentaria y estable-
Transición SocioEcológica Justa sino que, además, asegure transición Justa sea robusta y cer por ley los principios, criterios
presentada recientemente por un los derechos laborales y la responsable es necesario que las y acciones que permitan al Estado y
conjunto transversal de parlamen- actuales autoridades de gobierno a la ciudadanía tener orientaciones
tarios, cuyo objetivo principal es remediación y restaura- establezcan un cronograma vincu- y procedimientos claros para que
regular el proceso de transición lante que considere una descarbo- los procesos de transición sean
energética y económica, como ción ambiental. nización rápida entre 2025 y 2030, social y ambientalmente justos y
también de protección de sumideros que entregue certeza a empresas, democráticos.