Page 12 - Diario 29/10/2023
P. 12

12   Domingo 29 de octubre de 2023                                                                                           www.ladiscusion.cl

           Política







                                                                                                     Expulsión inmediata de migrantes en
                                                                                                     situación irregular

                                                                                                     La propuesta que será plebiscitada en diciembre propone dar rango
                                                                                                     constitucional a ciertos casos de expulsión, estableciendo que los
                                                                                                     extranjeros que ingresen al territorio nacional de forma clandestina o
                                                                                                     por pasos no habilitados, serán expulsados en el menor tiempo posible.
                                                                                                     Las únicas excepciones serán los refugiados y asilados.
                                                                                                     Según Waleska Ureta, directora nacional del Servicio Jesuita a Migran-
                                                                                                     tes, “esto va derechamente en contra del principio de no devolución
                                                                                                     –vinculante según los tratados internacionales suscritos por Chile– o
                                                                                                     con otros principios que son relevantes en nuestro ordenamiento
                                                                                                     jurídico y jurisprudencia, como los de reunificación familiar e interés
                                                                                                     superior del niño. La norma, además, abre muchas interrogantes. Por
                                                                                                     ejemplo, se indica que quien cometa un crimen o simple delito dentro
                                                                                                     del territorio nacional, y que haya sido condenado a presidio efectivo,
                                                                                                     deberá cumplir su condena en su país de origen cuando corresponda.
                                                                                                     En este caso, ¿consentirá el otro Estado a recibir a uno de sus nacio-
                                                                                                     nales que delinquió en Chile para que cumpla su condena allá? La
                                                                                                     redacción de la enmienda continúa para indicar que de cumplir la pena
                                                                                                     en nuestro país será inmediatamente expulsado. De lo propuesto, no
                                                                                                     hay claridad si se trata de extranjeros condenados que ya cumplieron
                                                                                                     su condena o que podrían sustituir su pena por la expulsión. En este
                                                                                                     último caso, ya existe en nuestro ordenamiento jurídico la expulsión
                                                                                                     judicial como pena sustitutiva en ciertos casos de simples delitos de
                                                                                                     acuerdo a la Ley 20.603”, arguyó.
                                                                                                     Para Ureta, aparentemente, esta norma incluye medidas para orde-
                                                                                                     nar los flujos migratorios y atender las demandas de seguridad de la
                                                                                                     iniciativa. Sin embargo, dijo, “se corre un evidente riesgo de aprobar
                                                                                                     normas que dejarán en una posición muy compleja al legislador y a
                                                                                                     los tribunales de justicia que deberán aplicarla”.
                                                                                                     Distinto piensa el exdirector del Servicio Nacional de Migraciones
                                                                                                     durante el segundo mandato de Sebastián Piñera, Álvaro Bellolio.
                                                                                                     “Es una norma positiva, porque implica reforzar la soberanía estatal
                                                                                                     respecto de la decisión de qué personas deben abandonar Chile. Ade-
                                                                                                     más, genera más responsabilidad en las autoridades con respecto a las
                                                                                                     expulsiones por ingreso clandestino, y deja fuera de lugar procesos de
                                                                                                     perdonazos masivos como hace hoy el gobierno, que con el proceso
                                                                                                     biométrico y la política migratoria promete visa a quien ingresa ilegal-
                                                                                                     mente y se consigue un contrato de trabajo, lo que es contrapuesto
                                                                                                     a la regularización aprobada por el Congreso el 2021, que se exigía
                                                                                                     entrar legalmente a Chile para poder regularizar”.







           Menos diputados: ¿Menor participación de
           las minorías?

           El Consejo Constitucional modificó el sistema electoral, disminu-
           yendo  la magnitud de los distritos y reduciendo los escaños de la
           Cámara de Diputadas y Diputados.
           De esta forma, los distritos ya no repartirán entre tres y ocho es-
           caños, sino que distribuirán entre dos y seis. El Servicio Electoral
           deberá redistritar el sistema electoral, pero con un tope máximo de
           diputados: 138. Es decir, se recortaron 17 escaños.
           Dicho redistritaje será tramitado en el congreso en una comisión
           bicameral que, si no despacha el asunto en dieciocho meses a par-
           tir de la aprobación del nuevo texto, regirá la propuesta del Servel.
           El nuevo sistema tendría su debut en la elección parlamentaria de
           2029.
           Según el académico Arturo Fontaine, “la propuesta es balanceada.
           Ni es una refundacional ni mantiene el statu quo. Es una reforma
           modesta, pero muy significativa. Habrá entre tres y cuatro grandes
           listas electorales. Al interior de ellas, habrá una pluralidad de partidos.
           Se espera que esas listas electorales tiendan a mantenerse como
           alianzas políticas estables en el Parlamento, disminuyendo así la
           fragmentación efectiva”, afirmó.
           Algo similar opina el director del Laboratorio de Democracia y Go-
           bierno de la Universidad San Sebastián, Kenneth Bunker.
           Para el académico, la reforma electoral del Consejo “es moderada y
           razonable”. Bunker plantea que “si no hubiese un problema de frag-
           mentación tan grave no estaría justificado un tipo de reforma electoral
           como ésta”. En esa línea, añade: “Trabajar sobre la magnitud de los
           distritos y el tamaño de la asamblea me parece que es suficiente
           para disminuir en una proporción necesaria el número de partidos
           y no disminuirlo descabelladamente”, sostuvo a La Tercera.
           En tanto, el director de la consultora Polca y profesor universitario,
           Roberto Munita, planteó a Ex-Ante que “si se mantiene el sistema
           electoral proporcional, cualquier disminución de escaños debiera
           tender a afectar a los partidos más chicos. De hecho, siempre se
           dice que estas reducciones son buenas para disminuir el número de
           partidos con representación en el congreso, que en el caso chileno
           se considera extremo”.
           Advirtió que, dada la cambiante realidad electoral del país, no es
           posible asegurar cuáles resultarían más perjudicados. Sin embargo,
           planteó que “una propuesta así va a ayudar a los partidos más con-
           solidados y grandes, especialmente si se toma en conjunto con la
           otra norma que plantea un umbral de un 5%”.
   7   8   9   10   11   12   13   14   15   16   17