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20   Domingo 14 de marzo de 2021                                                                                          www.ladiscusion.cl


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           PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHI-  PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHI-  SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHI-  EXTRACTO
           LLÁN.- En causa sobre pago de   LLÁN.- En causa sobre pago de   CHILLÁN.- En causa sobre pago de   CHILLÁN.- En causa sobre pago de   LLÁN.- En causa sobre pago de indem-  Remate: 2º Juzgado Civil Chillán, Bulnes
           indemnización por expropiación,   indemnización por expropiación,   indemnización por expropiación,   indemnización por expropiación,   nización por expropiación, necesaria para   n°545 Chillán, rematará 01 de abril de
           necesaria para la ejecución de la   necesaria para la ejecución de la obra   necesaria para la ejecución de la   necesaria para la ejecución de la   la ejecución de la obra “SISTEMA DE   2021 a las 11:00 horas, por videocon-
           obra “SISTEMA DE AGUA POTABLE   “SISTEMA DE AGUA POTABLE RURAL   obra “SISTEMA DE AGUA POTABLE   obra “ SISTEMA DE AGUA POTABLE   AGUA POTABLE RURAL LOCALIDAD   ferencia mediante la plataforma Zoom,
           RURAL LOCALIDAD DE BELLAVISTA,   PERALES, COMUNA DE COELEMU,   RURAL LOS LLEUQUES, COMUNA   RURAL LOCALIDAD DE BELLAVISTA,   DE MEIPO, COMUNA DE COELEMU,   el bien raíz  denominada Lote Numero
           COMUNA DE CHILLAN VIEJO, RE-  REGION DE ÑUBLE” Rol V-168-2020,   DE PINTO, REGION DE ÑUBLE” Rol   COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGION   PROVINCIA DE ITATA, REGION DE   Seis, resultante de la subdivisión de
           GION DE ÑUBLE” Rol V-164-2020,   referido al lote N° A, por resolución   V-158-2020, referido al lote N° A,   DE ÑUBLE” Rol V-161-2020, referido   ÑUBLE” Rol V-166-2020, referido al   un inmueble consistente en un retazo
           referido al lote N° 4, por resolución   de fecha 5 de febrero de 2021, se ha   por resolución de fecha 5 de marzo   al lote N° 5, por resolución de fecha   lote N° 1, por resolución de fecha 5 de   de reterrno, que forma parte del fundo
           de fecha 4 de febrero de 2021, se ha   ordenado poner en conocimiento   de 2021, se ha ordenado poner en   5 de marzo de 2021, se ha ordenado   marzo de 2021, se ha ordenado poner   Los Peñascos, Hijuela asignada con el
           ordenado poner en conocimiento del   del expropiado - que según el S.I.I.   conocimiento del expropiado - que   poner en conocimiento del expropiado   en conocimiento del expropiado - que   número veinticinco, comuna de Pinto,
           expropiado - que según el S.I.I. Rol de   Rol de avalúo N° 231-20, Comuna   según el S.I.I. Rol de avalúo N° 870-2,   - que según el S.I.I. Rol de avalúo N°   según el S.I.I. Rol de avalúo N° 230-14,   encontrándose inscrito el dominio a
           avalúo N° 2240-1, Comuna de Chillán   de Coelemu, figura a nombre de   Comuna de Pinto, figura a nombre de   2240-1, Comuna de Chillán Viejo,   Comuna de Coelemu, figura a nombre de   fojas 5080 vuelta número 2862, en el
           Viejo, figura a nombre de VICTOR   ERNESTINA MUÑOZ ORTIZ- petición   DIAZ LLULL IRENE ELISA LEONCIA Y   figura a nombre de VICTOR MANUEL   VICTOR ADRIAN GAVILAN VILLARROEL-   Registro de Propiedad del Conservador
           MANUEL GARRIDO ONATE Y OTRO   formulada por el Fisco de Chile, para   OT. - petición formulada por el Fisco   GARRIDO ONATE Y OTRO - petición   petición formulada por el Fisco de Chile,   de Bienes Raíces de Chillán. Mínimo
           - petición formulada por el Fisco de   tomar posesión material del bien ex-  de Chile, para tomar posesión material   formulada por el Fisco de Chile, para   para tomar posesión material del bien   $16.548.026. Mediante plataforma
           Chile, para tomar posesión material del   propiado. Expropiado y otros titulares   del bien expropiado. Expropiado y otros   tomar posesión material del bien ex-  expropiado. Expropiado y otros titulares   Zoom, se deber contar con computador
           bien expropiado. Expropiado y otros   de derechos, dispondrán de cinco días   titulares de derechos, dispondrán de   propiado. Expropiado y otros titulares   de derechos, dispondrán de cinco días   o teléfono, en ambos casos, con cámara,
           titulares de derechos, dispondrán de   para manifestar voluntad de recoger   cinco días para manifestar voluntad   de derechos, dispondrán de cinco días   para manifestar voluntad de recoger   micrófono y audio del mismo equipo y
           cinco días para manifestar voluntad   frutos pendientes, bajo apercibimiento   de recoger frutos pendientes, bajo   para manifestar voluntad de recoger   frutos pendientes, bajo apercibimiento   conexión a internet, siendo carga de las
           de recoger frutos pendientes, bajo   señalado en el art. 21 del Decreto Ley   apercibimiento señalado en el art.   frutos pendientes, bajo apercibimiento   señalado en el art. 21 del Decreto Ley   partes y postores tener los elementos
           apercibimiento señalado en el art.   N° 2.186 de 1978.– Secretario.  21 del Decreto Ley N° 2.186 de   señalado en el art. 21 del Decreto Ley   N° 2.186 de 1978.– Secretario.  de conexión y tecnológicos. Interesa-
           21 del Decreto Ley N° 2.186 de               13/15  1978.– Secretario.     N° 2.186 de 1978.– Secretario.              13/15  dos presentar vale vista a la orden del
           1978.– Secretario.                                                    13/15                   13/15                          tribunal equivalente 10% del mínimo
                               13/15  SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE                                                 SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHI-  hasta las 12:00 horas del día anterior
                                    CHILLÁN.- En causa sobre pago de   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE   LLÁN.- En causa sobre pago de indem-  al fijado para la subasta, señalando
           PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHI-  indemnización por expropiación,   CHILLÁN.- En causa sobre pago de   CHILLÁN.- En causa sobre pago de   nización por expropiación, necesaria para   antecedentes personales y correo
           LLÁN.- En causa sobre pago de   necesaria para la ejecución de la   indemnización por expropiación,   indemnización por expropiación,   la ejecución de la obra “SISTEMA DE   electrónico. Igualmente los interesados
           indemnización por expropiación,   obra “SISTEMA DE AGUA POTABLE   necesaria para la ejecución de la obra   necesaria para la ejecución de la   AGUA POTABLE RURAL LOCALIDAD   podrán rendir la garantía mediante depó-
           necesaria para la ejecución de la   RURAL PASO HONDO - VEGAS DE   “MEJORAMIENTO DEL CANAL DE LA   obra “ SISTEMA DE AGUA POTABLE   DE MEIPO, COMUNA DE COELEMU,   sito en la cuenta corriente del Tribunal
           obra “SISTEMA DE AGUA POTABLE   CONCHA, COMUNA DE RANQUIL,   LUZ EN CHILLAN, CANAL DEFENSA   RURAL LOCALIDAD DE BELLAVISTA,   PROVINCIA DE ITATA, REGION DE   N°52100107414, RUT N°60.309.012-8,
           RURAL LOCALIDAD DE BELLAVISTA,   PROVINCIA DE ITATA, REGION DE   NORTE, COMUNA DE COIHUECO,   COMUNA DE CHILLAN VIEJO, RE-  ÑUBLE” Rol V-166-2020, referido al   efectuado mediante cupón de pago del
           COMUNA DE CHILLAN VIEJO, RE-  ÑUBLE” Rol V-156-2020, referido al   REGION DE ÑUBLE” Rol V-159-2020,   GION DE ÑUBLE” Rol V-162-2020,   lote N° 1, por resolución de fecha 5 de   Banco del Estado, obtenido desde el
           GION DE ÑUBLE” Rol V-165-2020,   lote N° 1, por resolución de fecha 5 de   referido al lote N° 9-A, por resolución   referido al lote N° 3, por resolución   marzo de 2021, se ha ordenado poner   Portal www.pjud.cl. El comprobante
           referido al lote N° 2, por resolución   marzo de 2021, se ha ordenado poner   de fecha 5 de marzo de 2021, se ha   de fecha 5 de marzo de 2021, se ha   en conocimiento del expropiado - que   de depósito deber remitirse al correo
           de fecha 3 de febrero de 2021, se ha   en conocimiento del expropiado - que   ordenado poner en conocimiento del   ordenado poner en conocimiento del   según el S.I.I. Rol de avalúo N° 230-14,   electr nico á ó jc2_chillan_remates@
           ordenado poner en conocimiento   según el S.I.I. Rol de avalúo N° 128-5,   expropiado - que según el S.I.I. Rol   expropiado - que según el S.I.I. Rol de   Comuna de Coelemu, figura a nombre de   pjud.cl y [email protected] con copia
           del expropiado - que según el S.I.I.   Comuna de Ranquil, figura a nombre   de avalúo N° 97-150, Comuna de   avalúo N° 2240-1, Comuna de Chillán   VICTOR ADRIAN GAVILAN VILLARROEL-   a [email protected] y jgmunoz@
           Rol de avalúo N° 2247-45, Comuna   de LUIS ALBERTO OLAVE VIDAL   Coihueco, figura a nombre de AR-  Viejo, figura a nombre de VICTOR   petición formulada por el Fisco de Chile,   pjud.cl, junto a la copia digitalizada de
           de Chillán Viejo, figura a nombre de   - petición formulada por el Fisco de   MANDO JOSE RIQUELME RIQUELME   MANUEL GARRIDO ONATE Y OTRO   para tomar posesión material del bien   cédula de identidad, el nombre completo,
           PEDRO IGNACIO CANALES MUÑOZ   Chile, para tomar posesión material del   - petición formulada por el Fisco de   - petición formulada por el Fisco de   expropiado. Expropiado y otros titulares   correo electrónico y teléfono, Rol de la
           - petición formulada por el Fisco de   bien expropiado. Expropiado y otros   Chile, para tomar posesión material del   Chile, para tomar posesión material del   de derechos, dispondrán de cinco días   causa, hasta las 14:00 horas del día
           Chile, para tomar posesión material del   titulares de derechos, dispondrán de   bien expropiado. Expropiado y otros   bien expropiado. Expropiado y otros   para manifestar voluntad de recoger   anterior al remate, a fin de coordinar el
           bien expropiado. Expropiado y otros   cinco días para manifestar voluntad   titulares de derechos, dispondrán de   titulares de derechos, dispondrán de   frutos pendientes, bajo apercibimiento   link con la invitación a la subasta por
           titulares de derechos, dispondrán de   de recoger frutos pendientes, bajo   cinco días para manifestar voluntad   cinco días para manifestar voluntad   señalado en el art. 21 del Decreto Ley   dicho medio. Mayores antecedentes
           cinco días para manifestar voluntad   apercibimiento señalado en el art.   de recoger frutos pendientes, bajo   de recoger frutos pendientes, bajo   N° 2.186 de 1978.– Secretario.  autos AVLA S.A.G.R./CANAHUATE,
           de recoger frutos pendientes, bajo   21 del Decreto Ley N° 2.186 de   apercibimiento señalado en el art.   apercibimiento señalado en el art.   13/15  Rol C-3180-2019. Secretario.
           apercibimiento señalado en el art.   1978.– Secretario.  21 del Decreto Ley N° 2.186 de   21 del Decreto Ley N° 2.186 de                        12/15
           21 del Decreto Ley N° 2.186 de               13/15  1978.– Secretario.     1978.– Secretario.       AVISO
           1978.– Secretario.                                                    13/15                   13/15  En causa Rol V-1572-1991 Segundo
                               13/15  SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE                                                 Jdo. Chillán resolución 19/03/2018
                                    CHILLÁN.- En causa sobre pago   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE   rectifica auto de posesión efectiva
           PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHI-  de indemnización por expropiación,   CHILLÁN.- En causa sobre pago de   CHILLÁN.- En causa sobre pago de   quedada al fallecimiento de Juan de
           LLÁN.- En causa sobre pago de   necesaria para la ejecución de la   indemnización por expropiación,   indemnización por expropiación,   Dios Fuentes Gutiérrez eliminando a
           indemnización por expropiación,   obra “ SISTEMA DE AGUA POTABLE   necesaria para la ejecución de la obra   necesaria para la ejecución de la   hijo legitimo Miguel Arnoldo Fuentes
           necesaria para la ejecución de la   RURAL PORTEZUELO, COMUNA   “ SISTEMA DE AGUA POTABLE RURAL   obra “ SISTEMA DE AGUA POTABLE   Toro por haber fallecido antes del
           obra “ SISTEMA DE AGUA POTABLE   DE SAN NICOLAS, PROVINCIA DE   GUARILIHUE CENTRO, COMUNA DE   RURAL LOCALIDAD DE BELLAVISTA,   causante. Secretario.
           RURAL SANTA RAQUEL DE RELOCA,   PUNILLA, REGION DE ÑUBLE” Rol   COELEMU, REGION DE ÑUBLE” Rol   COMUNA DE CHILLAN VIEJO, RE-  13/14
           COMUNA DE CHILLAN, REGION DE   V-157-2020, referido al lote N° A,   V-160-2020, referido al lote N° C,   GION DE ÑUBLE” Rol V-163-2020,
           ÑUBLE” Rol V-167-2020, referido al   por resolución de fecha 5 de marzo   por resolución de fecha 5 de marzo   referido al lote N° 1, por resolución   Obituario
           lote N° 1, por resolución de fecha 5   de 2021, se ha ordenado poner en   de 2021, se ha ordenado poner en   de fecha 5 de marzo de 2021, se ha
           de febrero de 2021, se ha ordenado   conocimiento del expropiado - que   conocimiento del expropiado - que   ordenado poner en conocimiento
           poner en conocimiento del expropiado   según el S.I.I. Rol de avalúo N°   según el S.I.I. Rol de avalúo N°   del expropiado - que según el S.I.I.   a
           - que según el S.I.I. Rol de avalúo N°   180-1, Comuna de San Nicolas,   209-59, Comuna de Coelemu, figura   Rol de avalúo N° 2247-45, Comuna   DEFUNCIÓN
           2213-128, Comuna de Chillán, figura   figura a nombre de AGRICOLA Y   a nombre de ANA MARIA JESUS   de Chillán Viejo, figura a nombre de
           a nombre de COOP. STA. RAQUEL   FORESTAL SIETE LAGOS- petición   REYES DOMINGUEZ Y O. - petición   PEDRO IGNACIO CANALES MUÑOZ   Comunicamos el fallecimiento de nuestro hermano
           - petición formulada por el Fisco de   formulada por el Fisco de Chile,   formulada por el Fisco de Chile,   - petición formulada por el Fisco de   JAIME FRIEDL BAÑARES
           Chile, para tomar posesión material del   para tomar posesión material del   para tomar posesión material del   Chile, para tomar posesión material del   (Q.E.P.D.)
           bien expropiado. Expropiado y otros   bien expropiado. Expropiado y otros   bien expropiado. Expropiado y otros   bien expropiado. Expropiado y otros
           titulares de derechos, dispondrán de   titulares de derechos, dispondrán de   titulares de derechos, dispondrán de   titulares de derechos, dispondrán de   Sus restos fueron velados en el Parque del Recuerdo y sus
           cinco días para manifestar voluntad   cinco días para manifestar voluntad   cinco días para manifestar voluntad   cinco días para manifestar voluntad   funerales se efectuaron ayer sábado 13 de marzo del 2021
           de recoger frutos pendientes, bajo   de recoger frutos pendientes, bajo   de recoger frutos pendientes, bajo   de recoger frutos pendientes, bajo   en el cementerio Parque de Recuerdo después de una misa
           apercibimiento señalado en el art.   apercibimiento señalado en el art.   apercibimiento señalado en el art.   apercibimiento señalado en el art.   que se ofició a las 15:00 hrs.
           21 del Decreto Ley N° 2.186 de   21 del Decreto Ley N° 2.186 de   21 del Decreto Ley N° 2.186 de   21 del Decreto Ley N° 2.186 de   JUAN IGNACIO FRIEDL BAÑARES, SEÑORA Y FAMILIA
 1818  Martes 18 de febrero de 2020o de 2020  13/15  1978.– Secretario.  13/15  1978.– Secretario.  13/15  1978.– Secretario.  13/15 www.ladiscusion.cl.ladiscusion.cl www.ladiscusion.cl
           1978.– Secretario.
                                                                                                             www
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 Martes 18 de febr
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                Martes 18 de febrero de 2020
 Martes 18 de febrero de 2020
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