Page 8 - Diario 25/10/2024
P. 8
Viernes 25 de octubre de 2024 www.ladiscusion.cl
Ciudad
Causa se mantiene en calidad de reservada Corte de ApelACiones reChAzó tesis del Ministerio públiCo
y ni el persecutor ni la defensa se refirieron
públicamente a este hecho. Defensa del hoy Fiscalía acude a la
gobernador de Ñuble deberá acudir al Tribunal
Constitucional para validar la condición de
inapelabilidad del fallo de la Corte local. Corte Suprema tras
felipe ahumada jegó Según los planteamientos fiscales, rechazo a solicitud
[email protected]
fotos: la discusión los hechos investigados ocurrieron
en 2019, cuando Crisóstomo había
dejado ya de ser el director regio-
uego que el pasado 15 de nal del Serviu, pero ejercía como
octubre la Corte de Apela- mediador entre la entidad estatal de desafuero contra
ciones, mediante un fallo y diversos comités habitacionales
unánime, rechazara la de la región.
Lsolicitud de la Fiscalía Local En esa ocasión, según la tesis fiscal,
de Chillán para desaforar al gober- habría recibido cerca de $23 millones, Óscar Crisóstomo
nador de Chillán, Óscar Crisóstomo, por concepto de soborno, de manos
en orden de generar en su contra de un empresario de la construcción,
una audiencia de formalización por para garantizar la adjudicación de la
supuestos delitos de corrupción entre licitación de estos proyectos, asunto
particulares, el Ministerio Público- tal que ha sido negado tajantemente
como lo había anunciado- hizo uso por parte de Crisóstomo y su equipo no existe mérito suficiente para en la Constitución de 1980 respecto
de su derecho a presentar un recurso jurídico compuesto por los abogados acceder a la petición de desafuero, a si los fallos de desafuero son o no
de apelación en la Corte Suprema, Enrique Aldunate y Gumercindo pues los antecedentes presen- apelables, en los últimos años quie-
dentro de los 10 días que le confiere Quezada. tados por el Ministerio Público nes resultan desfavorecidos con los
como plazo la ley. Se puede leer en el fallo de primera no resultan bastantes ni idóneos fallos de primera instancia pueden
Considerando lo manifestado instancia que los argumentos del para justificar la existencia del acudir a la Corte Suprema; y a su
tras la audiencia en el tribunal de persecutor fueron considerados por delito previsto y sancionado en el vez, la contraparte debe acudir al
alzada, por el abogado asesor de la los ministros como insatisfactorios artículo 287 bis del Código Penal, Tribunal Constitucional para evitar
Fiscalía Regional, Francisco Soto, esta para “el estándar de convicción que ni la participación que en él se ese proceso.
moción se realizaría en la medida exige el artículo 140 del Código atribuye al actual Gobernador de La defensa del Gobernador tiene
que los persecutores encontraran Procesal, tanto en lo concerniente la Región de Ñuble”. 10 días, por lo tanto, para acudir
discrepancias plausibles con los a la existencia del delito”, y “que Ante la ambigüedad que se generó al TC.
argumentos del fallo de la Corte
de Apelaciones, redactada por la Óscar
ministra Paulina Gallardo. Crisóstomo,
La causa sigue en calidad de gobernador
reservada, por lo que no es posible regional de
acceder a su contenido argumenta- Ñuble.
tivo por parte del público, y solo los
intervinientes de esta tienen acceso
a la documentación y movimientos
tramitados en la Corte.
Pese a que La Discusión buscó
conocer los detalles que motivaron
la nueva acción fiscal, tanto desde el
Ministerio Público como la defensa
del gobernador se excusaron de
referirse al tema.
2019
es el año en que se sitúan los hechos que han sido
investigados por la Fiscalía Local de Ñuble, en contra
de Óscar Crisóstomo, en ocasión que la autoridad
ejercía como particular mediador entre el Serviu y
algunos comités habitacionales.
PDI Chillán detuvo a condenado
por violación que estaba prófugo
Detectives de la Brigada Investigadora de Delitos El oficial de la PDI precisó que “se realizó un em-
Sexuales (Brisex) detuvieron a un hombre de 54 años, padronamiento en diferentes sectores de Chillán,
quien se mantenía prófugo, luego de ser condenado debido a que el hombre se encontraba prófugo al
a seis años de cárcel por el delito de violación, el cual saber de su requerimiento judicial y estaba eludien-
cometió en contra de su expareja. do la acción policial, cambiando constantemente
El jefe de la Brisex Chillán, subprefecto Iván Velásquez domicilios laborales”.
Medina, comentó que “detectives de esta brigada La causa en la cual fue condenado el hombre dice
especializadas, en virtud a una orden de detención relación con una investigación de la misma Brisex,
emanada por el juzgado de Garantía de Chillán, se en que se acreditó que atacó a su ex pareja, “y por
abocaron a realizar distintas diligencias investigativas medio de intimidación con arma cortante, la agredió
para ubicar al condenado. Por ello, realizaron auscul- sexualmente, y la mantuvo bajo amenazas en su
taciones, puntos fijos, trazabilidad de información con domicilio”.
fuentes abiertas y cerradas de información, además En cumplimiento a lo ordenado, los detectives pu-
de análisis criminal, lo cual tuvo resultados favorables, sieron a disposición del tribunal al condenado, para
por cuanto fue ubicado y detenido”. que ingrese a la cárcel a cumplir condena.