Page 18 - Diario 30/11/2024
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18   Sábado 30 de noviembre de 2024                                                                                          www.ladiscusion.cl

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           PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.-   indemnización por expropiación,   RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO   de octubre de 2024, se ha ordenado   poner en conocimiento del expropiado,
           En causa sobre pago de indemnización   necesaria para la ejecución de la obra   INTERIOR”, Rol V-141-2024, referido   poner en conocimiento del expropiado,   que según el rol de avalúo N° 160-230,
           por expropiación, necesaria para la   “MEJORAMIENTO RUTA INTERCO-  al lote N° 260, por resolución de fecha   que según el rol de avalúo N° 157-11,   de la comuna de PORTEZUELO, que
           ejecución de la obra “MEJORAMIENTO   MUNAL DEL SECANO INTERIOR”,   17 de octubre de 2024, se ha ordenado   de la comuna de PORTEZUELO, que   figura a nombre FORESTAL CELCO S
           RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO   Rol V-134-2024, referido al lote N°   poner en conocimiento del expropiado,   figura a nombre ARANCIBIA MOLINA   A, la petición formulada por el Fisco
           INTERIOR”, Rol V-154-2024, referido   223, por resolución de fecha 22 de   que según el rol de avalúo N° 160-88, de   LUZMILA Y HUGO, la petición formu-  de Chile para tomar posesión material
           al lote N° 246, por resolución de fecha   octubre de 2024, se ha ordenado poner   la comuna de PORTEZUELO, que figura   lada por el Fisco de Chile para tomar   del bien expropiado. El expropiado y
           17 de octubre de 2024, se ha ordenado   en conocimiento del expropiado, que   a nombre   FORESTAL CHOLGUAN S   posesión material del bien expropia-  otros titulares de derechos, dispondrán
           poner en conocimiento del expropiado,   según el rol de avalúo N° 153-41, de la   A, la petición formulada por el Fisco   do. El expropiado y otros titulares de   de cinco días para manifestar voluntad
           que según el rol de avalúo N° 159-31,   comuna de PORTEZUELO, que figura a   de Chile para tomar posesión material   derechos, dispondrán de cinco días   de recoger frutos pendientes, bajo
           de la comuna de PORTEZUELO, que   nombre   OSSES CORTEZ JOSE TOMAS   del bien expropiado. El expropiado y   para manifestar voluntad de recoger   apercibimiento señalado en el art.
           figura a nombre   LLANOS AREVALO   la petición formulada por el Fisco de   otros titulares de derechos, dispondrán   frutos pendientes, bajo apercibimiento   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.
           FRANCISCO ANTON, la petición   Chile para tomar posesión material del   de cinco días para manifestar voluntad   señalado en el art. 21 del Decreto Ley   Secretario.
           formulada por el Fisco de Chile para   bien expropiado. El expropiado y otros   de recoger frutos pendientes, bajo   N° 2.186 de 1978. Secretario.  28/30
           tomar posesión material del bien ex-  titulares de derechos, dispondrán de   apercibimiento señalado en el art.   28/30
           propiado. El expropiado y otros titulares   cinco días para manifestar voluntad   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.   PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.-
           de derechos, dispondrán de cinco días   de recoger frutos pendientes, bajo   Secretario.  SEGUNDO  JUZGADO  CIVIL  DE   En causa sobre pago de indemnización
           para manifestar voluntad de recoger   apercibimiento señalado en el art.   28/30          CHILLÁN.- En causa sobre pago de   por expropiación, necesaria para la
           frutos pendientes, bajo apercibimiento   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.             indemnización por expropiación,   ejecución de la obra “MEJORAMIENTO
           señalado en el art. 21 del Decreto Ley   Secretario.        SEGUNDO  JUZGADO  CIVIL  DE   necesaria para la ejecución de la obra   RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO
           N° 2.186 de 1978. Secretario.  28/30                        CHILLÁN.- En causa sobre pago de   “MEJORAMIENTO RUTA INTERCO-  INTERIOR”, rol V-101-2024, referido al
           28/30                                                       indemnización por expropiación,   MUNAL DEL SECANO INTERIOR”, Rol   lote N° 254, por resolución de fecha 15
                                         PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.-   necesaria para la ejecución de la obra   V-97-2024, referido al lote N° 211, por   de octubre de 2024, se ha ordenado
           SEGUNDO  JUZGADO  CIVIL  DE   En causa sobre pago de indemnización   “MEJORAMIENTO RUTA INTERCO-  resolución de fecha 11 de noviembre   poner en conocimiento del expropiado,
           CHILLÁN.- En causa sobre pago de   por expropiación, necesaria para la   MUNAL DEL SECANO INTERIOR”,   de 2024, se ha ordenado poner en   que según el rol de avalúo N° 160-230,
           indemnización por expropiación,   ejecución de la obra “MEJORAMIENTO   Rol V-137-2024, referido al lote N°   conocimiento del expropiado, que   de la comuna de PORTEZUELO, que
           necesaria para la ejecución de la obra   RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO   259, por resolución de fecha 22 de   según el rol de avalúo N° 153-63 de   figura a nombre FORESTAL CELCO S
           “MEJORAMIENTO RUTA INTERCO-   INTERIOR”, Rol V-139-2024, referido   octubre de 2024, se ha ordenado poner   la comuna de PORTEZUELO, que   A, la petición formulada por el Fisco
           MUNAL DEL SECANO INTERIOR”, Rol   al lote N° 222, por resolución de fecha   en conocimiento del expropiado, que   figura a nombre FLORES HERNANDEZ   de Chile para tomar posesión material
           V-150-2024, referido al lote N° 226, por   16 de octubre de 2024, se ha ordenado   según el rol de avalúo N° 160-230,   FRANCISCO EDELBERT, la petición   del bien expropiado. El expropiado y
           resolución de fecha 21 de octubre de   poner en conocimiento del expropiado,   de la comuna de PORTEZUELO, que   formulada por el Fisco de Chile para   otros titulares de derechos, dispondrán
           2024, se ha ordenado poner en cono-  que según el rol de avalúo N° 153-11,   figura a nombre   FORESTAL CELCO   tomar posesión material del bien ex-  de cinco días para manifestar voluntad
           cimiento del expropiado, que según el   de la comuna de PORTEZUELO, que   S A, la petición formulada por el Fisco   propiado. El expropiado y otros titulares   de recoger frutos pendientes, bajo
           rol de avalúo N° 153-36, de la comuna   figura a nombre   DE LA TORRE MAR-  de Chile para tomar posesión material   de derechos, dispondrán de cinco días   apercibimiento señalado en el art.

           de PORTEZUELO, que figura a nombre   DONES PAMELA CARM Y, la petición   del bien expropiado. El expropiado y   para manifestar voluntad de recoger   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.
           OSSES SANHUEZA JOSE CLEMENTE   formulada por el Fisco de Chile para   otros titulares de derechos, dispondrán   frutos pendientes, bajo apercibimiento   Secretario.
           la petición formulada por el Fisco de   tomar posesión material del bien ex-  de cinco días para manifestar voluntad   señalado en el art. 21 del Decreto Ley   28/30
           Chile para tomar posesión material del   propiado. El expropiado y otros titulares   de recoger frutos pendientes, bajo   N° 2.186 de 1978. Secretario.
           bien expropiado. El expropiado y otros   de derechos, dispondrán de cinco días   apercibimiento señalado en el art.   28/30  PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.-
           titulares de derechos, dispondrán de   para manifestar voluntad de recoger   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.       En causa sobre pago de indemnización
           cinco días para manifestar voluntad   frutos pendientes, bajo apercibimiento   Secretario.  PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHI-  por expropiación, necesaria para la
           de recoger frutos pendientes, bajo   señalado en el art. 21 del Decreto Ley   28/30       LLÁN.- En causa sobre pago de   ejecución de la obra “MEJORAMIENTO
           apercibimiento señalado en el art.   N° 2.186 de 1978. Secretario.                        indemnización por expropiación,   RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO
           21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.   28/30                PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.-   necesaria para la ejecución de la obra   INTERIOR”, rol V-102-2024, referido al
           Secretario.                                                 En causa sobre pago de indemnización   “MEJORAMIENTO RUTA INTERCO-  lote N° 252, por resolución de fecha 15
           28/30                         SEGUNDO  JUZGADO  CIVIL  DE   por expropiación, necesaria para la   MUNAL DEL SECANO INTERIOR”, rol   de octubre de 2024, se ha ordenado
                                         CHILLÁN.- En causa sobre pago de   ejecución de la obra “MEJORAMIENTO   V-99-2024, referido al lote N° 267, por   poner en conocimiento del expropiado,
           SEGUNDO  JUZGADO  CIVIL  DE   indemnización por expropiación,   RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO   resolución de fecha 15 de octubre de   que según el rol de avalúo N° 160-230,
           CHILLÁN.- En causa sobre pago de   necesaria para la ejecución de la obra   INTERIOR”, Rol V-142-2024, referido   2024, se ha ordenado poner en cono-  de la comuna de PORTEZUELO, que
           indemnización por expropiación,   “MEJORAMIENTO RUTA INTERCO-  al lote N° 258, por resolución de fecha   cimiento del expropiado, que según el   figura a nombre FORESTAL CELCO S
           necesaria para la ejecución de la obra   MUNAL DEL SECANO INTERIOR”, Rol   17 de octubre de 2024, se ha ordenado   rol de avalúo N° 161-12, de la comuna   A, la petición formulada por el Fisco
           “MEJORAMIENTO RUTA INTERCO-   V-135-2024, referido al lote N° 237, por   poner en conocimiento del expropiado,   de PORTEZUELO, que figura a nombre   de Chile para tomar posesión material
           MUNAL DEL SECANO INTERIOR”, Rol   resolución de fecha 22 de octubre de   que según el rol de avalúo N° 160-230,   LEIGHTON GONZALEZ ALEX IVAN,   del bien expropiado. El expropiado y
           V-151-2024, referido al lote N° 225, por   2024, se ha ordenado poner en cono-  de la comuna de PORTEZUELO, que   la petición formulada por el Fisco de   otros titulares de derechos, dispondrán
           resolución de fecha 21 de octubre de   cimiento del expropiado, que según el   figura a nombre  FORESTAL CELCO   Chile para tomar posesión material del   de cinco días para manifestar voluntad
           2024, se ha ordenado poner en cono-  rol de avalúo N° 153-29, de la comuna   S A, la petición formulada por el Fisco   bien expropiado. El expropiado y otros   de recoger frutos pendientes, bajo
           cimiento del expropiado, que según el   de PORTEZUELO, que figura a nombre       de Chile para tomar posesión material   titulares de derechos, dispondrán de   apercibimiento señalado en el art.
           rol de avalúo N° 153-36, de la comuna   POBLETE TAPIA RAMON DE LA CRUZ   del bien expropiado. El expropiado y   cinco días para manifestar voluntad   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.

           de PORTEZUELO, que figura a nombre   la petición formulada por el Fisco de   otros titulares de derechos, dispondrán   de recoger frutos pendientes, bajo   Secretario.
           OSSES SANHUEZA JOSE CLEMENTE   Chile para tomar posesión material del   de cinco días para manifestar voluntad   apercibimiento señalado en el art.   28/30
           la petición formulada por el Fisco de   bien expropiado. El expropiado y otros   de recoger frutos pendientes, bajo   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.
           Chile para tomar posesión material del   titulares de derechos, dispondrán de   apercibimiento señalado en el art.   Secretario.  PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.-
           bien expropiado. El expropiado y otros   cinco días para manifestar voluntad   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.   28/30  En causa sobre pago de indemnización
           titulares de derechos, dispondrán de   de recoger frutos pendientes, bajo   Secretario.                                 por expropiación, necesaria para la
           cinco días para manifestar voluntad   apercibimiento señalado en el art.   28/30          SEGUNDO  JUZGADO  CIVIL  DE   ejecución de la obra “REPOSICION
           de recoger frutos pendientes, bajo   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.                 CHILLÁN.- En causa sobre pago de   RUTA 148 SECTOR: CRUCE RUTA 5
           apercibimiento señalado en el art.   Secretario.            PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.-   indemnización por expropiación,   - PUENTE QUEIME”, rol V-103-2024,
           21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.   28/30                En causa sobre pago de indemnización   necesaria para la ejecución de la obra   referido al lote N° 337, por resolución
           Secretario.                                                 por expropiación, necesaria para la   “MEJORAMIENTO RUTA INTERCO-  de fecha 15 de octubre de 2024, se ha
           28/30                         PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.-   ejecución de la obra “MEJORAMIENTO   MUNAL DEL SECANO INTERIOR”, Rol   ordenado poner en conocimiento del
                                         En causa sobre pago de indemnización   RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO   V-98-2024, referido al lote N° 265, por   expropiado, que según el rol de avalúo
           PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.-   por expropiación, necesaria para la   INTERIOR”, Rol V-155-2024, referido   resolución de fecha 23 de octubre de   N° 1095-41, de la comuna de QUILLON,
           En causa sobre pago de indemnización   ejecución de la obra “MEJORAMIENTO   al lote N° 257, por resolución de fecha   2024, se ha ordenado poner en cono-  que figura a nombre FORESTAL CELCO
           por expropiación, necesaria para la   RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO   16 de octubre de 2024, se ha ordenado   cimiento del expropiado, que según el   S A, la petición formulada por el Fisco
           ejecución de la obra “MEJORAMIENTO   INTERIOR”, Rol V-140-2024, referido   poner en conocimiento del expropiado,   rol de avalúo N° 161-12 de la comuna   de Chile para tomar posesión material
           RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO   al lote N° 235, por resolución de fecha   que según el rol de avalúo N° 160-230,   de PORTEZUELO, que figura a nombre   del bien expropiado. El expropiado y
           INTERIOR”, Rol V-138-2024, referido   17 de octubre de 2024, se ha ordenado   de la comuna de PORTEZUELO, que   LEIGHTON GONZALEZ ALEX IVAN,   otros titulares de derechos, dispondrán
           al lote N° 224, por resolución de fecha   poner en conocimiento del expropiado,   figura a nombre  FORESTAL CELCO   la petición formulada por el Fisco de   de cinco días para manifestar voluntad
           17 de octubre de 2024, se ha ordenado   que según el rol de avalúo N° 153-30,   S A, la petición formulada por el Fisco   Chile para tomar posesión material del   de recoger frutos pendientes, bajo
           poner en conocimiento del expropiado,   de la comuna de PORTEZUELO, que   de Chile para tomar posesión material   bien expropiado. El expropiado y otros   apercibimiento señalado en el art.
           que según el rol de avalúo N° 153-38,   figura a nombre   CARCAMO OYARZO   del bien expropiado. El expropiado y   titulares de derechos, dispondrán de   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.
           de la comuna de PORTEZUELO, que   JOSE ARCADIO Y OTRO, la petición   otros titulares de derechos, dispondrán   cinco días para manifestar voluntad   Secretario.
           figura a nombre   OSSES GALLARDO   formulada por el Fisco de Chile para   de cinco días para manifestar voluntad   de recoger frutos pendientes, bajo   28/30
           SERGIO DOMINGO, la petición formu-  tomar posesión material del bien ex-  de recoger frutos pendientes, bajo   apercibimiento señalado en el art.
           lada por el Fisco de Chile para tomar   propiado. El expropiado y otros titulares   apercibimiento señalado en el art.   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.   PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.-
           posesión material del bien expropia-  de derechos, dispondrán de cinco días   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.   Secretario.  En causa sobre pago de indemnización
           do. El expropiado y otros titulares de   para manifestar voluntad de recoger   Secretario.  28/30                       por expropiación, necesaria para la
           derechos, dispondrán de cinco días   frutos pendientes, bajo apercibimiento   28/30                                     ejecución de la obra “REPOSICION
           para manifestar voluntad de recoger   señalado en el art. 21 del Decreto Ley              PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.-   RUTA 148 SECTOR: CRUCE RUTA 5
           frutos pendientes, bajo apercibimiento   N° 2.186 de 1978. Secretario.  PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.-   En causa sobre pago de indemnización   - PUENTE QUEIME”, rol V-104-2024,
           señalado en el art. 21 del Decreto Ley   28/30              En causa sobre pago de indemnización   por expropiación, necesaria para la   referido al lote N° 335, por resolución
           N° 2.186 de 1978. Secretario.                               por expropiación, necesaria para la   ejecución de la obra “MEJORAMIENTO   de fecha 15 de octubre de 2024, se ha
           28/30                         PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.-   ejecución de la obra “MEJORAMIENTO   RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO   ordenado poner en conocimiento del
                                         En causa sobre pago de indemnización   RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO   INTERIOR”, rol V-100-2024, referido al   expropiado, que según el rol de avalúo
           SEGUNDO  JUZGADO  CIVIL  DE   por expropiación, necesaria para la   INTERIOR”, rol V-98-2024, referido al   lote N° 256, por resolución de fecha 16   N° 1095-41, de la comuna de QUILLON,
           CHILLÁN.- En causa sobre pago de   ejecución de la obra “MEJORAMIENTO   lote N° 220, por resolución de fecha 16   de octubre de 2024, se ha ordenado   que figura a nombre FORESTAL CELCO
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