Page 17 - Diario 30/11/2024
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        Economicos





        otros titulares de derechos, dispondrán
        de cinco días para manifestar voluntad   PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHI-  SEGUNDO  JUZGADO  CIVIL  DE   SEGUNDO  JUZGADO  CIVIL  DE   PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.-
        de recoger frutos pendientes, bajo   LLÁN.- En causa sobre pago de   CHILLÁN.- En causa sobre pago de   CHILLÁN.- En causa sobre pago de   En causa sobre pago de indemnización
        apercibimiento señalado en el art.   indemnización por expropiación,   indemnización por expropiación,   indemnización por expropiación,   por expropiación, necesaria para la
        21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.   necesaria para la ejecución de la obra   necesaria para la ejecución de la   necesaria para la ejecución de la   ejecución de la obra “MEJORAMIENTO
        Secretario.                   “CONSERVACION PUENTES MENORES,   obra “CONSERVACION DE PUENTES   obra “CONSERVACION DE PUENTES   RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO
        28/30                         PUENTE LILAHUE”, Rol V-150-2024,   MENORES, PUENTE LOLOCO”, Rol   MENORES, PUENTE LOLOCO”, Rol   INTERIOR”, Rol V-153-2024, referido
                                      referido al lote N° 2, por resolución   V-146-2024, referido al lote N° 5, por   V-147-2024, referido al lote N° 3, por   al lote N° 251, por resolución de fecha
        PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHI-  de fecha 17 de octubre de 2024, se ha   resolución de fecha 22 de octubre de   resolución de fecha 22 de octubre de   16 de octubre de 2024, se ha ordenado
        LLÁN.- En causa sobre pago de   ordenado poner en conocimiento   2024, se ha ordenado poner en cono-  2024, se ha ordenado poner en cono-  poner en conocimiento del expropiado,
        indemnización por expropiación,   del expropiado, que según el rol de   cimiento del expropiado, que según el   cimiento del expropiado, que según el   que según el rol de avalúo N° 159-120,
        necesaria para la ejecución de la obra   avalúo N° 204-19, de la comuna de   rol de avalúo N° 201-157, de la comuna   rol de avalúo N° 201-34, de la comuna   de la comuna de PORTEZUELO, que


        “CONSERVACION PUENTES MENORES,   SAN NICOLAS, que figura a nombre   de SAN NICOLAS, que figura a nombre   de SAN NICOLAS, que figura a nombre   figura a nombre   PASTEN CARTES

        PUENTE LILAHUE”, Rol V-149-2024,   CONTRERAS BAEZA MANUEL ESTE-  HENRIQUEZ URIBE VALERIA XIMENA   ARRIAGADA ZAPATA HUGO MARIO,   SANDRA JACQUELINE, la petición
        referido al lote N° 3, por resolución   BAN, la petición formulada por el Fisco   la petición formulada por el Fisco de   la petición formulada por el Fisco de   formulada por el Fisco de Chile para
        de fecha 16 de octubre de 2024, se ha   de Chile para tomar posesión material   Chile para tomar posesión material del   Chile para tomar posesión material del   tomar posesión material del bien ex-
        ordenado poner en conocimiento   del bien expropiado. El expropiado y   bien expropiado. El expropiado y otros   bien expropiado. El expropiado y otros   propiado. El expropiado y otros titulares
        del expropiado, que según el rol de   otros titulares de derechos, dispondrán   titulares de derechos, dispondrán de   titulares de derechos, dispondrán de   de derechos, dispondrán de cinco días
        avalúo N° 204-30, de la comuna de   de cinco días para manifestar voluntad   cinco días para manifestar voluntad   cinco días para manifestar voluntad   para manifestar voluntad de recoger
        SAN NICOLAS, que figura a nombre      de recoger frutos pendientes, bajo   de recoger frutos pendientes, bajo   de recoger frutos pendientes, bajo   frutos pendientes, bajo apercibimiento
        ASESORIAS E INVERSIONES SANTA   apercibimiento señalado en el art.   apercibimiento señalado en el art.   apercibimiento señalado en el art.   señalado en el art. 21 del Decreto Ley
        MA, la petición formulada por el Fisco   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.   N° 2.186 de 1978. Secretario.
        de Chile para tomar posesión material   Secretario.         Secretario.                  Secretario.                   28/30
        del bien expropiado. El expropiado y   28/30                28/30                        28/30
        otros titulares de derechos, dispondrán                                                                                SEGUNDO  JUZGADO  CIVIL  DE
        de cinco días para manifestar voluntad   SEGUNDO  JUZGADO  CIVIL  DE   PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHI-  PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHI-  CHILLÁN.- En causa sobre pago de
        de recoger frutos pendientes, bajo   CHILLÁN.- En causa sobre pago de   LLÁN.- En causa sobre pago de   LLÁN.- En causa sobre pago de   indemnización por expropiación,
        apercibimiento señalado en el art.   indemnización por expropiación,   indemnización por expropiación,   indemnización por expropiación,   necesaria para la ejecución de la obra
        21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.   necesaria para la ejecución de la obra   necesaria para la ejecución de la   necesaria para la ejecución de la   “MEJORAMIENTO RUTA INTERCO-
        Secretario.                   “CONSERVACION PUENTES MENORES,   obra “CONSERVACION DE PUENTES   obra “CONSERVACION DE PUENTES   MUNAL DEL SECANO INTERIOR”, Rol
        28/30                         PUENTE LILAHUE”, Rol V-145-2024,   MENORES, PUENTE LOLOCO”, Rol   MENORES, PUENTE LOLOCO”, Rol   V-149-2024, referido al lote N° 249,
                                      referido al lote N° 1, por resolución   V-151-2024, referido al lote N° 4, por   V-152-2024, referido al lote N° 2, por   por resolución de fecha 21 de octubre
                                      de fecha 22 de octubre de 2024, se   resolución de fecha 17 de octubre de   resolución de fecha 17 de octubre de   de 2024, se ha ordenado poner en
        Guía de Oficios               ha ordenado poner en conocimiento   2024, se ha ordenado poner en cono-  2024, se ha ordenado poner en cono-  conocimiento del expropiado, que
                                                                                                                               según el rol de avalúo N° 159-120,
                                      del expropiado, que según el rol de
                                                                                                 cimiento del expropiado, que según el
                                                                    cimiento del expropiado, que según el
                                      avalúo N° 204-30, de la comuna de   rol de avalúo N° 201-33, de la comuna   rol de avalúo N° 201-34, de la comuna   de la comuna de PORTEZUELO, que


                                      SAN NICOLAS, que figura a nombre   de SAN NICOLAS, que figura a nombre   de SAN NICOLAS, que figura a nombre   figura a nombre   PASTEN CARTES

                                      ASESORIAS E INVERSIONES SANTA   AGRICOLA FORESTAL Y GANADERA   ARRIAGADA ZAPATA HUGO MARIO,   SANDRA JACQUELINE la petición
                                      MA la petición formulada por el Fisco   LOS, la petición formulada por el Fisco   la petición formulada por el Fisco de   formulada por el Fisco de Chile para
                                      de Chile para tomar posesión material   de Chile para tomar posesión material   Chile para tomar posesión material del   tomar posesión material del bien ex-
                                      del bien expropiado. El expropiado y   del bien expropiado. El expropiado y   bien expropiado. El expropiado y otros   propiado. El expropiado y otros titulares
                                      otros titulares de derechos, dispondrán   otros titulares de derechos, dispondrán   titulares de derechos, dispondrán de   de derechos, dispondrán de cinco días
           POZOS PROFUNDOS            de cinco días para manifestar voluntad   de cinco días para manifestar voluntad   cinco días para manifestar voluntad   para manifestar voluntad de recoger
                                                                    de recoger frutos pendientes, bajo
                                                                                                 de recoger frutos pendientes, bajo
                                      de recoger frutos pendientes, bajo
                                                                                                                               frutos pendientes, bajo apercibimiento
                PUNTERAS              apercibimiento señalado en el art.   apercibimiento señalado en el art.   apercibimiento señalado en el art.   señalado en el art. 21 del Decreto Ley
            HABITACIONALES            21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.   N° 2.186 de 1978. Secretario.
                                                                                                 Secretario.
                                                                    Secretario.
                                      Secretario.
                                                                                                                               28/30
                 Y RIEGO              28/30                         28/30                        28/30
             Rosauro Acuña 387        Guía de Oficios
            Fonos: +56956671497
         Email: [email protected] - Chillán
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