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Economicos
CHILLÁN.- En causa sobre pago de necesaria para la ejecución de la obra ejecución de la obra “MEJORAMIENTO
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- indemnización por expropiación, “MEJORAMIENTO RUTA INTERCO- RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO
CHILLÁN.- En causa sobre pago de En causa sobre pago de indemnización necesaria para la ejecución de la obra MUNAL DEL SECANO INTERIOR”, Rol INTERIOR”, rol V-101-2024, referido al
indemnización por expropiación, por expropiación, necesaria para la “MEJORAMIENTO RUTA INTERCO- V-97-2024, referido al lote N° 211, por lote N° 254, por resolución de fecha 15
necesaria para la ejecución de la obra ejecución de la obra “MEJORAMIENTO MUNAL DEL SECANO INTERIOR”, resolución de fecha 11 de noviembre de octubre de 2024, se ha ordenado
“MEJORAMIENTO RUTA INTERCO- RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO Rol V-137-2024, referido al lote N° de 2024, se ha ordenado poner en poner en conocimiento del expropiado,
MUNAL DEL SECANO INTERIOR”, Rol INTERIOR”, Rol V-139-2024, referido 259, por resolución de fecha 22 de conocimiento del expropiado, que que según el rol de avalúo N° 160-230,
V-150-2024, referido al lote N° 226, por al lote N° 222, por resolución de fecha octubre de 2024, se ha ordenado poner según el rol de avalúo N° 153-63 de de la comuna de PORTEZUELO, que
resolución de fecha 21 de octubre de 16 de octubre de 2024, se ha ordenado en conocimiento del expropiado, que la comuna de PORTEZUELO, que figura a nombre FORESTAL CELCO S
2024, se ha ordenado poner en cono- poner en conocimiento del expropiado, según el rol de avalúo N° 160-230, figura a nombre FLORES HERNANDEZ A, la petición formulada por el Fisco
cimiento del expropiado, que según el que según el rol de avalúo N° 153-11, de la comuna de PORTEZUELO, que FRANCISCO EDELBERT, la petición de Chile para tomar posesión material
rol de avalúo N° 153-36, de la comuna de la comuna de PORTEZUELO, que figura a nombre FORESTAL CELCO formulada por el Fisco de Chile para del bien expropiado. El expropiado y
de PORTEZUELO, que figura a nombre figura a nombre DE LA TORRE MAR- S A, la petición formulada por el Fisco tomar posesión material del bien ex- otros titulares de derechos, dispondrán
OSSES SANHUEZA JOSE CLEMENTE DONES PAMELA CARM Y, la petición de Chile para tomar posesión material propiado. El expropiado y otros titulares de cinco días para manifestar voluntad
la petición formulada por el Fisco de formulada por el Fisco de Chile para del bien expropiado. El expropiado y de derechos, dispondrán de cinco días de recoger frutos pendientes, bajo
Chile para tomar posesión material del tomar posesión material del bien ex- otros titulares de derechos, dispondrán para manifestar voluntad de recoger apercibimiento señalado en el art.
bien expropiado. El expropiado y otros propiado. El expropiado y otros titulares de cinco días para manifestar voluntad frutos pendientes, bajo apercibimiento 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.
titulares de derechos, dispondrán de de derechos, dispondrán de cinco días de recoger frutos pendientes, bajo señalado en el art. 21 del Decreto Ley Secretario.
cinco días para manifestar voluntad para manifestar voluntad de recoger apercibimiento señalado en el art. N° 2.186 de 1978. Secretario. 28/30
de recoger frutos pendientes, bajo frutos pendientes, bajo apercibimiento 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. 28/30
apercibimiento señalado en el art. señalado en el art. 21 del Decreto Ley Secretario. PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.-
21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. N° 2.186 de 1978. Secretario. 28/30 PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHI- En causa sobre pago de indemnización
Secretario. 28/30 LLÁN.- En causa sobre pago de por expropiación, necesaria para la
28/30 PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- indemnización por expropiación, ejecución de la obra “MEJORAMIENTO
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE En causa sobre pago de indemnización necesaria para la ejecución de la obra RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de por expropiación, necesaria para la “MEJORAMIENTO RUTA INTERCO- INTERIOR”, rol V-102-2024, referido al
CHILLÁN.- En causa sobre pago de indemnización por expropiación, ejecución de la obra “MEJORAMIENTO MUNAL DEL SECANO INTERIOR”, rol lote N° 252, por resolución de fecha 15
indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO V-99-2024, referido al lote N° 267, por de octubre de 2024, se ha ordenado
necesaria para la ejecución de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCO- INTERIOR”, Rol V-142-2024, referido resolución de fecha 15 de octubre de poner en conocimiento del expropiado,
“MEJORAMIENTO RUTA INTERCO- MUNAL DEL SECANO INTERIOR”, Rol al lote N° 258, por resolución de fecha 2024, se ha ordenado poner en cono- que según el rol de avalúo N° 160-230,
MUNAL DEL SECANO INTERIOR”, Rol V-135-2024, referido al lote N° 237, por 17 de octubre de 2024, se ha ordenado cimiento del expropiado, que según el de la comuna de PORTEZUELO, que
V-151-2024, referido al lote N° 225, por resolución de fecha 22 de octubre de poner en conocimiento del expropiado, rol de avalúo N° 161-12, de la comuna figura a nombre FORESTAL CELCO S
resolución de fecha 21 de octubre de 2024, se ha ordenado poner en cono- que según el rol de avalúo N° 160-230, de PORTEZUELO, que figura a nombre A, la petición formulada por el Fisco
2024, se ha ordenado poner en cono- cimiento del expropiado, que según el de la comuna de PORTEZUELO, que LEIGHTON GONZALEZ ALEX IVAN, de Chile para tomar posesión material
cimiento del expropiado, que según el rol de avalúo N° 153-29, de la comuna figura a nombre FORESTAL CELCO la petición formulada por el Fisco de del bien expropiado. El expropiado y
rol de avalúo N° 153-36, de la comuna de PORTEZUELO, que figura a nombre S A, la petición formulada por el Fisco Chile para tomar posesión material del otros titulares de derechos, dispondrán
de PORTEZUELO, que figura a nombre POBLETE TAPIA RAMON DE LA CRUZ de Chile para tomar posesión material bien expropiado. El expropiado y otros de cinco días para manifestar voluntad
OSSES SANHUEZA JOSE CLEMENTE la petición formulada por el Fisco de del bien expropiado. El expropiado y titulares de derechos, dispondrán de de recoger frutos pendientes, bajo
la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión material del otros titulares de derechos, dispondrán cinco días para manifestar voluntad apercibimiento señalado en el art.
Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros de cinco días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.
bien expropiado. El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. Secretario.
titulares de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. 28/30
cinco días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. Secretario.
de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. Secretario. 28/30 PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.-
apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. 28/30 En causa sobre pago de indemnización
21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. Secretario. SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE por expropiación, necesaria para la
Secretario. 28/30 PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- CHILLÁN.- En causa sobre pago de ejecución de la obra “REPOSICION
28/30 En causa sobre pago de indemnización indemnización por expropiación, RUTA 148 SECTOR: CRUCE RUTA 5
PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- por expropiación, necesaria para la necesaria para la ejecución de la obra - PUENTE QUEIME”, rol V-103-2024,
PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de indemnización ejecución de la obra “MEJORAMIENTO “MEJORAMIENTO RUTA INTERCO- referido al lote N° 337, por resolución
En causa sobre pago de indemnización por expropiación, necesaria para la RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO MUNAL DEL SECANO INTERIOR”, Rol de fecha 15 de octubre de 2024, se ha
por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra “MEJORAMIENTO INTERIOR”, Rol V-155-2024, referido V-98-2024, referido al lote N° 265, por ordenado poner en conocimiento del
ejecución de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO al lote N° 257, por resolución de fecha resolución de fecha 23 de octubre de expropiado, que según el rol de avalúo
RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO INTERIOR”, Rol V-140-2024, referido 16 de octubre de 2024, se ha ordenado 2024, se ha ordenado poner en cono- N° 1095-41, de la comuna de QUILLON,
INTERIOR”, Rol V-138-2024, referido al lote N° 235, por resolución de fecha poner en conocimiento del expropiado, cimiento del expropiado, que según el que figura a nombre FORESTAL CELCO
al lote N° 224, por resolución de fecha 17 de octubre de 2024, se ha ordenado que según el rol de avalúo N° 160-230, rol de avalúo N° 161-12 de la comuna S A, la petición formulada por el Fisco
17 de octubre de 2024, se ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, de la comuna de PORTEZUELO, que de PORTEZUELO, que figura a nombre de Chile para tomar posesión material
poner en conocimiento del expropiado, que según el rol de avalúo N° 153-30, figura a nombre FORESTAL CELCO LEIGHTON GONZALEZ ALEX IVAN, del bien expropiado. El expropiado y
que según el rol de avalúo N° 153-38, de la comuna de PORTEZUELO, que S A, la petición formulada por el Fisco la petición formulada por el Fisco de otros titulares de derechos, dispondrán
de la comuna de PORTEZUELO, que figura a nombre CARCAMO OYARZO de Chile para tomar posesión material Chile para tomar posesión material del de cinco días para manifestar voluntad
figura a nombre OSSES GALLARDO JOSE ARCADIO Y OTRO, la petición del bien expropiado. El expropiado y bien expropiado. El expropiado y otros de recoger frutos pendientes, bajo
SERGIO DOMINGO, la petición formu- formulada por el Fisco de Chile para otros titulares de derechos, dispondrán titulares de derechos, dispondrán de apercibimiento señalado en el art.
lada por el Fisco de Chile para tomar tomar posesión material del bien ex- de cinco días para manifestar voluntad cinco días para manifestar voluntad 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.
posesión material del bien expropia- propiado. El expropiado y otros titulares de recoger frutos pendientes, bajo de recoger frutos pendientes, bajo Secretario.
do. El expropiado y otros titulares de de derechos, dispondrán de cinco días apercibimiento señalado en el art. apercibimiento señalado en el art. 28/30
derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de recoger 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.
para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento Secretario. Secretario. PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.-
frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley 28/30 28/30 En causa sobre pago de indemnización
señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. Secretario. por expropiación, necesaria para la
N° 2.186 de 1978. Secretario. 28/30 PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- ejecución de la obra “REPOSICION
28/30 En causa sobre pago de indemnización En causa sobre pago de indemnización RUTA 148 SECTOR: CRUCE RUTA 5
PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- por expropiación, necesaria para la por expropiación, necesaria para la - PUENTE QUEIME”, rol V-104-2024,
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE En causa sobre pago de indemnización ejecución de la obra “MEJORAMIENTO ejecución de la obra “MEJORAMIENTO referido al lote N° 335, por resolución
CHILLÁN.- En causa sobre pago de por expropiación, necesaria para la RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO de fecha 15 de octubre de 2024, se ha
indemnización por expropiación, ejecución de la obra “MEJORAMIENTO INTERIOR”, rol V-98-2024, referido al INTERIOR”, rol V-100-2024, referido al ordenado poner en conocimiento del
necesaria para la ejecución de la obra RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO lote N° 220, por resolución de fecha 16 lote N° 256, por resolución de fecha 16 expropiado, que según el rol de avalúo
“MEJORAMIENTO RUTA INTERCO- INTERIOR”, Rol V-141-2024, referido de octubre de 2024, se ha ordenado de octubre de 2024, se ha ordenado N° 1095-41, de la comuna de QUILLON,
MUNAL DEL SECANO INTERIOR”, al lote N° 260, por resolución de fecha poner en conocimiento del expropiado, poner en conocimiento del expropiado, que figura a nombre FORESTAL CELCO
Rol V-134-2024, referido al lote N° 17 de octubre de 2024, se ha ordenado que según el rol de avalúo N° 157-11, que según el rol de avalúo N° 160-230, S A, la petición formulada por el Fisco
223, por resolución de fecha 22 de poner en conocimiento del expropiado, de la comuna de PORTEZUELO, que de la comuna de PORTEZUELO, que de Chile para tomar posesión material
octubre de 2024, se ha ordenado poner que según el rol de avalúo N° 160-88, de figura a nombre ARANCIBIA MOLINA figura a nombre FORESTAL CELCO S del bien expropiado. El expropiado y
en conocimiento del expropiado, que la comuna de PORTEZUELO, que figura LUZMILA Y HUGO, la petición formu- A, la petición formulada por el Fisco otros titulares de derechos, dispondrán
según el rol de avalúo N° 153-41, de la a nombre FORESTAL CHOLGUAN S lada por el Fisco de Chile para tomar de Chile para tomar posesión material de cinco días para manifestar voluntad
comuna de PORTEZUELO, que figura a A, la petición formulada por el Fisco posesión material del bien expropia- del bien expropiado. El expropiado y de recoger frutos pendientes, bajo
nombre OSSES CORTEZ JOSE TOMAS de Chile para tomar posesión material do. El expropiado y otros titulares de otros titulares de derechos, dispondrán apercibimiento señalado en el art.
la petición formulada por el Fisco de del bien expropiado. El expropiado y derechos, dispondrán de cinco días de cinco días para manifestar voluntad 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.
Chile para tomar posesión material del otros titulares de derechos, dispondrán para manifestar voluntad de recoger de recoger frutos pendientes, bajo Secretario.
bien expropiado. El expropiado y otros de cinco días para manifestar voluntad frutos pendientes, bajo apercibimiento apercibimiento señalado en el art. 28/30
titulares de derechos, dispondrán de de recoger frutos pendientes, bajo señalado en el art. 21 del Decreto Ley 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.
cinco días para manifestar voluntad apercibimiento señalado en el art. N° 2.186 de 1978. Secretario. Secretario. PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.-
de recoger frutos pendientes, bajo 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. 28/30 28/30 En causa sobre pago de indemnización
apercibimiento señalado en el art. Secretario. por expropiación, necesaria para la
21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. 28/30 SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- ejecución de la obra “REPOSICION
Secretario. CHILLÁN.- En causa sobre pago de En causa sobre pago de indemnización RUTA 148 SECTOR: CRUCE RUTA 5
28/30 SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE indemnización por expropiación, por expropiación, necesaria para la - PUENTE QUEIME”, rol V-105-2024,