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16   Sábado 23 de marzo de 2024                                                                                              www.ladiscusion.cl

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           para su adecuada inteligencia.  tamo, por medio de igual número de   hay que agregar los dividendos im-  to, equivalentes al 07 de noviembre   se ha colocado, en el caso de persona
           21/23                         dividendos mensuales, vencidos y   pagos y los intereses penales pactados   de 2023 (Valor U.F. 36.445,43) a la suma   cuya residencia es difícil de determi-
                                         sucesivos. Dichos dividendos com-  en la misma escritura de mutuo, que   de $30.203.458. MANDAMIENTO.   nar. Como la notificación en la forma
           NOTIFICACIÓN                  prenderían la amortización y los in-  también se demandan. Consta en la   Chillán, veinte de noviembre de dos   solicitada sería excesivamente dis-
           PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN,   tereses. Se estipuló que la tasa de in-  cláusula VIGÉSIMO del instrumento   mil veintitrés. El Receptor Judicial que   pendiosa si se insertaran en la publi-
           ubicado en calle Vega de Saldías N°1044,   terés  real,  anual  y  vencida  que   indicado que las partes fijaron su   se designe, en calidad de Ministro de   cación íntegramente todas las actua-
           4° piso, Chillán, causa rol C-4438-2023,   devengaría dicho mutuo, es del 4,0700%   domicilio en la ciudad de Chillán para   fe, requerirá de pago a PATRICIO   ciones mencionadas, solicito que los
           “BANCO DE CHILE con MUÑOZ” se   anual, el que se devengaría desde el   todos los efectos legales. La deuda es   MANUEL MUÑOZ MUÑOZ, domici-  avisos correspondientes se hagan en
           dispuso notificación por avisos a don   día en que rija dicha obligación. Se   líquida, actualmente exigible y está   liado en Calle Bueras N°470 Población   extracto redactado por el Sr. Secreta-
           PATRICIO MANUEL MUÑOZ MUÑOZ,   estableció que las cuotas serían paga-  contenida en título ejecutivo no pres-  Arturo Prat, Chillán, para que en el   rio del Tribunal o por quien lo subro-
           RUT 14.027.868-8, lo siguiente: EN LO   das en dinero en efectivo por el   crito. POR TANTO, en mérito de lo   momento de la intimación pague a   gue. POR TANTO, y de acuerdo con
           PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y   equivalente del valor de la Unidad de   expuesto y de lo prescrito en los artí-  “BANCO DE CHILE”, la suma de 828,731   lo dispuesto en el art. 54 del Código
           mandamiento de ejecución y embar-  Fomento a la fecha de su pago efec-  culos 434 Nº 2 y siguientes del Códi-  Unidades de Fomento, equivalentes   de Procedimiento Civil, RUEGO A US.:
           go; PRIMER OTROSÍ, acompaña do-  tivo y dentro de los primeros diez días   go de Procedimiento Civil y demás   al 07 de noviembre de 2023 (Valor U.  se sirva ordenar que se notifique la
           cumentos, con citación; SEGUNDO   del mes siguiente a aquel en que se   disposiciones legales pertinente;   F. 36.445,43) a la suma de $30.203.458,   demanda de estos autos, sus proveídos,
           OTROSÍ, señala bienes para la traba   hubieren devengado, o si este fuera   RUEGO A SSA. se sirva tener por in-  más .intereses que en derecho corres-  y demás actuaciones de autos a don
           del embargo y depositario provisional;   inhábil, el día hábil bancario inmedia-  terpuesta demanda ejecutiva en   pondan y costas. Si no efectuare el   PATRICIO MANUEL MUÑOZ MUÑOZ,
           TERCER OTROSÍ, se tenga presente;   tamente anterior. Se pactó asimismo   contra de don PATRICIO MANUEL   pago, trábese embargo en bienes   RUT 14.027.868-8, por medio de avi-
           CUARTO OTROSÍ, acredita personería   que, si uno a más dividendos no   MUÑOZ MUÑOZ, ya individualizado;   propios del ejecutado, equivalentes al   sos extractados redactados por el Sr.
           con documentos que acompaña;   fuese pagados dentro del plazo indi-  admitirla a tramitación, disponiendo   monto antes señalado, más las costas   Secretario del tribunal o por quien lo
           QUINTO OTROSÍ, patrocinio, poder   cado, el banco podrá determinar una   se despache mandamiento de ejecu-  de la ejecución, principiando por los   subrogue, disponiendo que quede
           y forma de notificación especial.   tasa de interés superior a la pactada   ción y embargo en su contra por la   bienes que guarnecen en el domicilio   citado para el requerimiento de pago
           JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN PAULA   que se encontrare rigiendo la que no   cantidad líquida de 828,731 Unidades   del ejecutado. Se ha designado depo-  correspondiente para el décimo día
           ARANCIBIA RODRÍGUEZ, abogada,   podrá exceder de la tasa máxima   de Fomento, equivalentes al 07 de   sitario provisional de los bienes que   hábil de la última notificación, en la
           Rut: 9.342.648-7, domiciliada en calle   permitida para operaciones de crédi-  noviembre de 2023 (Valor U.F. 36.445,43)   se embarguen al propio ejecutado,   secretaría de este tribunal o, en su
           Bandera N° 577, Piso 10, Santiago, en   to de dinero en moneda nacional   a la suma de $30.203.458 según el   bajo su responsabilidad legal. Así esta   defecto, en la forma que Ssa. estime
           representación convencional según   reajustable hasta el día de pago efec-  valor de dicho índice a esta fecha   ordenado por resolución de fecha 20   procedente, señalando al efecto el
           se acreditará del BANCO DE CHILE,   tivo. Quedó expresamente estipulado   reajustadas en conformidad a esta   de noviembre de 2023 en los autos   periódico en que deberán hacerse las
           sociedad anónima bancaria del giro   que esta obligación tendrá carácter   unidad, más reajustes pactados, inte-  caratulados “BANCO DE CHILE/MU-  publicaciones y el número de ellas,
           de su denominación, Rut: 97.004.000-  indivisible y solidaria para los efectos   reses y gastos, conteniéndose en el   ÑOZ” con el rol C-4438- 2023 de este   sin perjuicio de la que corresponde
           5, representada a su vez por su geren-  legales. A fin de garantizar al Banco   mandamiento la orden de requerirle   Primer Juzgado Civil de Chillán. ES-  hacer en el Diario Oficial. RESOLUCIÓN.
           te general don Eduardo Ebensperger   de Chile, el cumplimiento exacto,   de pago y la de embargarle bienes   CRITO. SOLICITA NOTIFICACIÓN   Chillan, seis de marzo de dos mil
           Orrego, ingeniero comercial, domi-  íntegro y oportuno de todas las obli-  suficientes si no efectuare el pago en   POR AVISOS. 1° JUZGADO CIVIL DE   veinticuatro. VISTOS: Atendido el
           ciliado calle Ahumada Nº 251 de la   gaciones que para el deudor emanan   el acto de su intimación y, en defini-  CHILLÁN RAÚL GARRETÓN ROMERO,   mérito de los antecedentes, habiendo
           ciudad de Santiago, a US., con respe-  en virtud del mutuo hipotecario otor-  tiva, acoger la presente demanda en   abogado por la ejecutante en autos   el demandante acreditado los funda-
           to digo: Que, por este acto, vengo en   gado, como asimismo de todas y   todas sus partes, ordenando se siga   caratulados “BANCO DE CHILE con   mentos de su petición y lo dispuesto
           interponer demanda ejecutiva en   cualquiera obligación presente o fu-  adelante la ejecución hasta el entero   MUÑOZ”, rol C-4438-2023, a S.S. con   en el artículo 54 del Código de Proce-
           contra de don PATRICIO MANUEL   tura, directa e indirecta que por cual-  pago de todo lo adeudado, con costas.   respeto digo: Consta en las diligencias   dimiento Civil, se resuelve: Que HA
           MUÑOZ  MUÑOZ,  Técnico,  Rut   quier motivo o título le adeude, esta   RESOLUCIÓN. Chillan, veinte de   consignadas en autos por receptor   LUGAR a la notificación de la deman-
           14.027.868- 8, domiciliado en Calle   constituyó primera hipoteca sobre   noviembre de dos mil veintitrés Por   judicial de Los Ángeles y Chillán, que   da de folio 1 a don PATRICIO MANUEL
           Bueras N°470 Población Arturo Prat,   propiedad ubicada en Calle Bueras   cumplido lo ordenado, se provee la   el demandado don PATRICIO MANUEL   MUÑOZ MUÑOZ, RUT 14.027.868-8,
           Chillán, en virtud de los fundamentos   N°470 Población Arturo Prat, Chillán,   presente demanda: A lo principal:   MUÑOZ MUÑOZ, RUT 14.027.868-8,   quien deberá comparecer al quinto
           de hecho y de derecho que paso a   cuyo título rola inscrito a fojas 7112   despáchese. Al primer otrosí: por   no han podido ser notificado, por no   día hábil, desde la última notificación,
           exponer: Consta de documentos   Nº4548 del registro de propiedad del   acompañado el mutuo hipotecario en   habérsele encontrado en ninguno de   para ser requerido de pago, ante el
           acompañados en el primer otrosí de   Conservador de Bienes Raíces de la   su calidad de título ejecutivo, custó-  los domicilios señalados y que apare-  señor Secretario del Tribunal, hasta
           esta presentación, que don PATRICIO   ciudad de Chillán correspondiente al   diese; los demás documentos, por   cen tener en el SERVICIO DE IMPUES-  por la suma de 828,731 Unidades de
           MANUEL MUÑOZ MUÑOZ, ya indi-  año 2018. La referida hipoteca se   acompañados, con citación. Al se-  TOS INTERNOS, TESORERÍA GENERAL   Fomento, equivalentes al 07 de no-
           vidualizado, suscribió escritura públi-  encuentra inscrita a fojas 3375 N º1542   gundo otrosí: téngase presente y   DE LA REPÚBLICA, SERVEL, REGISTRO   viembre de 2023 (Valor U.F. 36.445,43)
           ca de mutuo hipotecario otorgada con   del Registro de Hipotecas del Conser-  sobre bienes que aparezcan de pro-  CIVIL E IDENTIFICACIÓN, COMISA-  a la suma de $30.203.458, entre las
           fecha 07 de junio del año 2018 ante   vador de Bienes Raíces de la ciudad   piedad del ejecutado al momento de   RÍA VIRTUAL DE CARABINEROS DE   08:00 y 14:00 horas, bajo apercibi-
           don Luis Eduardo Álvarez Díaz, Abo-  de Chillán correspondiente al año   la traba del embargo, en especial el   CHILE, FONASA, y PREVIRED. De este   miento de tenerlo por requerido en
           gado, Notario Público Titular de la   2018. Es del caso que don PATRICIO   inmueble indicado en lo principal de   modo, no ha sido posible saber sus   rebeldía; notificación que se hará por
           Cuarta Notaría de Chillán, por la cual,   MANUEL MUÑOZ MUÑOZ, no pagó   la demanda. Al tercer y cuarto otrosí:   paraderos, pese a las averiguaciones   medio de avisos, debiendo efectuarse
           el Banco de Chile dio un préstamo por   la cuota N°59 que vencía el 10 de julio   téngase presente y por acompañado   practicadas. Por otra parte, se sabe que   las publicaciones respectivas por tres
           la cantidad de 985,06 Unidades de   de 2023, de modo que a partir de ese   el mandato, con citación. y quinto   se encuentran en el país según da   veces en el diario “La Discusión” de
           fomento. De acuerdo a lo estipulado   día el Banco de Chile quedó en con-  otrosí: Téngase presente y en cuanto   cuenta de oficio de la PDI de folio 15   esta ciudad; y por una vez en el “Dia-
           en la cláusula novena del referido   diciones de hacer exigible el total del   al correo: téngase presente la forma   y 16. En consecuencia, a efectos de   rio Oficial” en los días primero o
           contrato, el deudor se obligó a pagar   saldo adeudado, como si fuere ínte-  de notificación electrónica válida para   dar curso a los autos, procede notifi-  quince de cualquier mes, o al día si-
           el Banco de Chile la expresada canti-  gramente de plazo vencido, saldo que   todo el proceso, sin perjuicio de lo   carle la demanda de estos autos, sus   guiente si no se ha publicado en las
           dad en el plazo de 240 meses, a con-  por concepto de capital y saldo capi-  dispuesto en el inciso 1° del artículo   proveídos, y demás actuaciones de   fechas indicadas, por medio de ex-
           tar del día primero del mes siguiente   tal dividendos impagos asciende a   48 del Código de Procedimiento Civil.   autos, mediante avisos en los diarios,   tracto. Secretario (S).
           al de la fecha de desembolso del prés-  828,731 Unidades de Fomento. A ello   Cuantía: 828,731 Unidades de Fomen-  pues el demandado se encuentra, o   22/24
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