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16 Viernes 22 de marzo de 2024 www.ladiscusion.cl
Economicos
pese a las averiguaciones practicadas. TERCER OTROSÍ, se tenga presente; indivisible y solidaria para los efectos presente demanda: A lo principal: practicadas. Por otra parte, se sabe que
Por otra parte, se sabe que se encuen- CUARTO OTROSÍ, acredita personería legales. A fin de garantizar al Banco despáchese. Al primer otrosí: por se encuentran en el país según da
tran en el país según da cuenta de con documentos que acompaña; de Chile, el cumplimiento exacto, acompañado el mutuo hipotecario en cuenta de oficio de la PDI de folio 15
oficio de la PDI de folio 14. En conse- QUINTO OTROSÍ, patrocinio, poder íntegro y oportuno de todas las obli- su calidad de título ejecutivo, custó- y 16. En consecuencia, a efectos de
cuencia, a efectos de dar curso a los y forma de notificación especial. gaciones que para el deudor emanan diese; los demás documentos, por dar curso a los autos, procede notifi-
autos, procede notificarle la demanda JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN PAULA en virtud del mutuo hipotecario otor- acompañados, con citación. Al se- carle la demanda de estos autos, sus
de estos autos, sus proveídos, y demás ARANCIBIA RODRÍGUEZ, abogada, gado, como asimismo de todas y gundo otrosí: téngase presente y proveídos, y demás actuaciones de
actuaciones de autos, mediante avisos Rut: 9.342.648-7, domiciliada en calle cualquiera obligación presente o fu- sobre bienes que aparezcan de pro- autos, mediante avisos en los diarios,
en los diarios, pues los demandados Bandera N° 577, Piso 10, Santiago, en tura, directa e indirecta que por cual- piedad del ejecutado al momento de pues el demandado se encuentra, o
se encuentran, o se han colocado, en representación convencional según quier motivo o título le adeude, esta la traba del embargo, en especial el se ha colocado, en el caso de persona
el caso de persona cuya residencia es se acreditará del BANCO DE CHILE, constituyó primera hipoteca sobre inmueble indicado en lo principal de cuya residencia es difícil de determi-
difícil de determinar. Como la notifi- sociedad anónima bancaria del giro propiedad ubicada en Calle Bueras la demanda. Al tercer y cuarto otrosí: nar. Como la notificación en la forma
cación en la forma solicitada sería de su denominación, Rut: 97.004.000- N°470 Población Arturo Prat, Chillán, téngase presente y por acompañado
excesivamente dispendiosa si se in- 5, representada a su vez por su geren- cuyo título rola inscrito a fojas 7112 el mandato, con citación. y quinto solicitada sería excesivamente dis-
sertaran en la publicación íntegra- te general don Eduardo Ebensperger Nº4548 del registro de propiedad del otrosí: Téngase presente y en cuanto pendiosa si se insertaran en la publi-
mente todas las actuaciones mencio- Orrego, ingeniero comercial, domi- Conservador de Bienes Raíces de la al correo: téngase presente la forma cación íntegramente todas las actua-
nadas, solicito que los avisos ciliado calle Ahumada Nº 251 de la ciudad de Chillán correspondiente al de notificación electrónica válida para ciones mencionadas, solicito que los
correspondientes se hagan en extrac- ciudad de Santiago, a US., con respe- año 2018. La referida hipoteca se todo el proceso, sin perjuicio de lo avisos correspondientes se hagan en
to redactado por el Sr. Secretario del to digo: Que, por este acto, vengo en encuentra inscrita a fojas 3375 N º1542 dispuesto en el inciso 1° del artículo extracto redactado por el Sr. Secreta-
Tribunal o por quien lo subrogue. POR interponer demanda ejecutiva en del Registro de Hipotecas del Conser- 48 del Código de Procedimiento Civil. rio del Tribunal o por quien lo subro-
TANTO, y de acuerdo con lo dispues- contra de don PATRICIO MANUEL vador de Bienes Raíces de la ciudad Cuantía: 828,731 Unidades de Fomen- gue. POR TANTO, y de acuerdo con
to en el art. 54 del Código de Proce- MUÑOZ MUÑOZ, Técnico, Rut de Chillán correspondiente al año to, equivalentes al 07 de noviembre lo dispuesto en el art. 54 del Código
dimiento Civil, RUEGO A US.: se sirva 14.027.868- 8, domiciliado en Calle 2018. Es del caso que don PATRICIO de 2023 (Valor U.F. 36.445,43) a la suma de Procedimiento Civil, RUEGO A US.:
ordenar que se notifique la demanda Bueras N°470 Población Arturo Prat, MANUEL MUÑOZ MUÑOZ, no pagó de $30.203.458. MANDAMIENTO. se sirva ordenar que se notifique la
de estos autos, sus proveídos, y demás Chillán, en virtud de los fundamentos la cuota N°59 que vencía el 10 de julio Chillán, veinte de noviembre de dos demanda de estos autos, sus proveídos,
actuaciones de autos a COMERCIA- de hecho y de derecho que paso a de 2023, de modo que a partir de ese mil veintitrés. El Receptor Judicial que y demás actuaciones de autos a don
LIZADORA DE ALIMENTOS RONY exponer: Consta de documentos día el Banco de Chile quedó en con- se designe, en calidad de Ministro de PATRICIO MANUEL MUÑOZ MUÑOZ,
NAVARRETE GARRIDO E.I.R.L, RUT acompañados en el primer otrosí de diciones de hacer exigible el total del fe, requerirá de pago a PATRICIO RUT 14.027.868-8, por medio de avi-
76.535.749-7; y don RONY IVÁN NA- esta presentación, que don PATRICIO saldo adeudado, como si fuere ínte- MANUEL MUÑOZ MUÑOZ, domici- sos extractados redactados por el Sr.
VARRETE GARRIDO, 15.491.880-9, por MANUEL MUÑOZ MUÑOZ, ya indi- gramente de plazo vencido, saldo que liado en Calle Bueras N°470 Población Secretario del tribunal o por quien lo
medio de avisos extractados redacta- vidualizado, suscribió escritura públi- por concepto de capital y saldo capi- Arturo Prat, Chillán, para que en el subrogue, disponiendo que quede
dos por el Sr. Secretario del tribunal o ca de mutuo hipotecario otorgada con tal dividendos impagos asciende a momento de la intimación pague a citado para el requerimiento de pago
por quien lo subrogue, señalando al fecha 07 de junio del año 2018 ante 828,731 Unidades de Fomento. A ello “BANCO DE CHILE”, la suma de 828,731 correspondiente para el décimo día
efecto el periódico en que deberán don Luis Eduardo Álvarez Díaz, Abo- hay que agregar los dividendos im- Unidades de Fomento, equivalentes hábil de la última notificación, en la
hacerse las publicaciones y el núme- gado, Notario Público Titular de la pagos y los intereses penales pactados al 07 de noviembre de 2023 (Valor U. secretaría de este tribunal o, en su
ro de ellas, sin perjuicio de la que Cuarta Notaría de Chillán, por la cual, en la misma escritura de mutuo, que F. 36.445,43) a la suma de $30.203.458, defecto, en la forma que Ssa. estime
corresponde hacer en el Diario Oficial. el Banco de Chile dio un préstamo por también se demandan. Consta en la más .intereses que en derecho corres- procedente, señalando al efecto el
RESOLUCIÓN. Chillán, cuatro de la cantidad de 985,06 Unidades de cláusula VIGÉSIMO del instrumento pondan y costas. Si no efectuare el
Marzo de dos mil veinticuatro. Como fomento. De acuerdo a lo estipulado indicado que las partes fijaron su pago, trábese embargo en bienes periódico en que deberán hacerse las
se pide, notifíquese a COMERCIALI- en la cláusula novena del referido domicilio en la ciudad de Chillán para propios del ejecutado, equivalentes al publicaciones y el número de ellas,
ZADORA DE ALIMENTOS RONY contrato, el deudor se obligó a pagar todos los efectos legales. La deuda es monto antes señalado, más las costas sin perjuicio de la que corresponde
NAVARRETE GARRIDO E.I.R.L. R.U.T.: el Banco de Chile la expresada canti- líquida, actualmente exigible y está de la ejecución, principiando por los hacer en el Diario Oficial. RESOLUCIÓN.
76.535.749-7 representada por don dad en el plazo de 240 meses, a con- contenida en título ejecutivo no pres- bienes que guarnecen en el domicilio Chillan, seis de marzo de dos mil
RONY IVÁN NAVARRETE GARRIDO tar del día primero del mes siguiente crito. POR TANTO, en mérito de lo del ejecutado. Se ha designado depo- veinticuatro. VISTOS: Atendido el
RUT : 15.491.880-9, y don RONY IVÁN al de la fecha de desembolso del prés- expuesto y de lo prescrito en los artí- sitario provisional de los bienes que mérito de los antecedentes, habiendo
NAVARRETE GARRIDO RUT : 15.491.880- tamo, por medio de igual número de culos 434 Nº 2 y siguientes del Códi- se embarguen al propio ejecutado, el demandante acreditado los funda-
9, en su calidad de aval, fiador y co- dividendos mensuales, vencidos y go de Procedimiento Civil y demás bajo su responsabilidad legal. Así esta mentos de su petición y lo dispuesto
deudor solidario por medio de tres sucesivos. Dichos dividendos com- disposiciones legales pertinente; ordenado por resolución de fecha 20 en el artículo 54 del Código de Proce-
avisos publicados en el diario La Dis- prenderían la amortización y los in- RUEGO A SSA. se sirva tener por in- de noviembre de 2023 en los autos dimiento Civil, se resuelve: Que HA
cusión de Chillán, y, en el Diario tereses. Se estipuló que la tasa de in- terpuesta demanda ejecutiva en caratulados “BANCO DE CHILE/MU- LUGAR a la notificación de la deman-
Oficial, correspondiente a los días terés real, anual y vencida que contra de don PATRICIO MANUEL ÑOZ” con el rol C-4438- 2023 de este da de folio 1 a don PATRICIO MANUEL
primero y quince de cualquier mes o devengaría dicho mutuo, es del 4,0700% MUÑOZ MUÑOZ, ya individualizado; Primer Juzgado Civil de Chillán. ES- MUÑOZ MUÑOZ, RUT 14.027.868-8,
al día siguiente, avisos que contendrán anual, el que se devengaría desde el admitirla a tramitación, disponiendo CRITO. SOLICITA NOTIFICACIÓN quien deberá comparecer al quinto
los mismos datos que se exigen para día en que rija dicha obligación. Se se despache mandamiento de ejecu- POR AVISOS. 1° JUZGADO CIVIL DE día hábil, desde la última notificación,
la notificación personal, conforme lo estableció que las cuotas serían paga- ción y embargo en su contra por la CHILLÁN RAÚL GARRETÓN ROMERO, para ser requerido de pago, ante el
indica el artículo 54 del Código de das en dinero en efectivo por el cantidad líquida de 828,731 Unidades abogado por la ejecutante en autos señor Secretario del Tribunal, hasta
Procedimiento Civil y los necesarios equivalente del valor de la Unidad de de Fomento, equivalentes al 07 de caratulados “BANCO DE CHILE con por la suma de 828,731 Unidades de
para su adecuada inteligencia. Fomento a la fecha de su pago efec- noviembre de 2023 (Valor U.F. 36.445,43) MUÑOZ”, rol C-4438-2023, a S.S. con Fomento, equivalentes al 07 de no-
21/23 tivo y dentro de los primeros diez días a la suma de $30.203.458 según el respeto digo: Consta en las diligencias viembre de 2023 (Valor U.F. 36.445,43)
del mes siguiente a aquel en que se valor de dicho índice a esta fecha consignadas en autos por receptor a la suma de $30.203.458, entre las
NOTIFICACIÓN hubieren devengado, o si este fuera reajustadas en conformidad a esta judicial de Los Ángeles y Chillán, que 08:00 y 14:00 horas, bajo apercibi-
PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN, inhábil, el día hábil bancario inmedia- unidad, más reajustes pactados, inte- el demandado don PATRICIO MANUEL
ubicado en calle Vega de Saldías N°1044, tamente anterior. Se pactó asimismo reses y gastos, conteniéndose en el MUÑOZ MUÑOZ, RUT 14.027.868-8, miento de tenerlo por requerido en
4° piso, Chillán, causa rol C-4438-2023, que, si uno a más dividendos no mandamiento la orden de requerirle no han podido ser notificado, por no rebeldía; notificación que se hará por
“BANCO DE CHILE con MUÑOZ” se fuese pagados dentro del plazo indi- de pago y la de embargarle bienes habérsele encontrado en ninguno de medio de avisos, debiendo efectuarse
dispuso notificación por avisos a don cado, el banco podrá determinar una suficientes si no efectuare el pago en los domicilios señalados y que apare- las publicaciones respectivas por tres
PATRICIO MANUEL MUÑOZ MUÑOZ, tasa de interés superior a la pactada el acto de su intimación y, en defini- cen tener en el SERVICIO DE IMPUES- veces en el diario “La Discusión” de
RUT 14.027.868-8, lo siguiente: EN LO que se encontrare rigiendo la que no tiva, acoger la presente demanda en TOS INTERNOS, TESORERÍA GENERAL esta ciudad; y por una vez en el “Dia-
PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y podrá exceder de la tasa máxima todas sus partes, ordenando se siga DE LA REPÚBLICA, SERVEL, REGISTRO rio Oficial” en los días primero o
mandamiento de ejecución y embar- permitida para operaciones de crédi- adelante la ejecución hasta el entero CIVIL E IDENTIFICACIÓN, COMISA- quince de cualquier mes, o al día si-
go; PRIMER OTROSÍ, acompaña do- to de dinero en moneda nacional pago de todo lo adeudado, con costas. RÍA VIRTUAL DE CARABINEROS DE guiente si no se ha publicado en las
cumentos, con citación; SEGUNDO reajustable hasta el día de pago efec- RESOLUCIÓN. Chillan, veinte de CHILE, FONASA, y PREVIRED. De este fechas indicadas, por medio de ex-
OTROSÍ, señala bienes para la traba tivo. Quedó expresamente estipulado noviembre de dos mil veintitrés Por modo, no ha sido posible saber sus tracto. Secretario (S).
del embargo y depositario provisional; que esta obligación tendrá carácter cumplido lo ordenado, se provee la paraderos, pese a las averiguaciones 22/24