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16 Jueves 21 de marzo de 2024 www.ladiscusion.cl
Economicos
y don RONY IVÁN NAVARRETE GA- solicitada sería excesivamente dis- hacer en el Diario Oficial. RESOLU-
RRIDO, 15.491.880-9, no han podido pendiosa si se insertaran en la publi- CIÓN. Chillán, cuatro de Marzo de
ser notificados, por no habérseles cación íntegramente todas las actua- dos mil veinticuatro. Como se pide,
encontrado en ninguno de los domi- ciones mencionadas, solicito que los notifíquese a COMERCIALIZADORA
cilios señalados y que aparecen tener avisos correspondientes se hagan en DE ALIMENTOS RONY NAVARRETE
en el SERVICIO DE IMPUESTOS IN- extracto redactado por el Sr. Secreta- GARRIDO E.I.R.L. R.U.T.: 76.535.749-
TERNOS, TESORERÍA GENERAL DE rio del Tribunal o por quien lo subro- 7 representada por don RONY IVÁN
LA REPÚBLICA, SERVEL, REGISTRO gue. POR TANTO, y de acuerdo con NAVARRETE GARRIDO RUT :
CIVIL E IDENTIFICACIÓN, CARABI- lo dispuesto en el art. 54 del Código 15.491.880-9, y don RONY IVÁN
NEROS DE CHILE. De este modo, no de Procedimiento Civil, RUEGO A NAVARRETE GARRIDO RUT :
ha sido posible saber sus paraderos, US.: se sirva ordenar que se notifique 15.491.880-9, en su calidad de aval,
pese a las averiguaciones practicadas. la demanda de estos autos, sus pro- fiador y codeudor solidario por medio
Por otra parte, se sabe que se encuen- veídos, y demás actuaciones de autos de tres avisos publicados en el diario
tran en el país según da cuenta de a COMERCIALIZADORA DE ALIMEN- La Discusión de Chillán, y, en el
oficio de la PDI de folio 14. En con- TOS RONY NAVARRETE GARRIDO Diario Oficial, correspondiente a los
secuencia, a efectos de dar curso a E.I.R.L, RUT 76.535.749-7; y don RONY días primero y quince de cualquier
los autos, procede notificarle la de- IVÁN NAVARRETE GARRIDO, mes o al día siguiente, avisos que
manda de estos autos, sus proveídos, 15.491.880-9, por medio de avisos contendrán los mismos datos que se
y demás actuaciones de autos, me- extractados redactados por el Sr. exigen para la notificación personal,
diante avisos en los diarios, pues los Secretario del tribunal o por quien lo conforme lo indica el artículo 54 del
demandados se encuentran, o se han subrogue, señalando al efecto el Código de Procedimiento Civil y los
colocado, en el caso de persona cuya periódico en que deberán hacerse las necesarios para su adecuada inteli-
residencia es difícil de determinar. publicaciones y el número de ellas, gencia.
Como la notificación en la forma sin perjuicio de la que corresponde 21/23