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16   Sábado 13 de julio de 2024                                                                                              www.ladiscusion.cl

           Economicos





           SÍ: Sírvase SSa, tener por acompañado   nes, subinscripciones y en general todo   ROMERO, abogado por la ejecutante   Obituarios
           bajo apercibimiento del artículo 346 Nº   lo necesario para dar oportuno y cabal   en autos caratulados “BANCO DE
           3 del Código de Procedimiento Civil el   cumplimiento de la rogativa. Este ex-  CHILE con ACUÑA”, rol C-4274-2023,
           pagaré singularizado en lo principal de   horto deberá contener copia íntegra de   a S.S. con respeto digo: Consta en las
           esta presentación. SEGUNDO OTROSÍ:   la demanda, su proveído, mandamien-  diligencias consignadas en autos por
           Conforme lo dispuesto por la ley N°   to de ejecución y embargo, las notifi-  receptores judiciales de Chillán y Bul- a
           21.320, y con el fin de ofrecer al deman-  caciones correspondientes, y todas las   nes, que el demandado don ETIEL
           dado salidas alternativas a este juicio,   presentaciones y resoluciones que   ISAAC ACUÑA MUÑOZ, RUT 9.699.001-  DEFUNCIÓN
           distintas del remate de los bienes em-  correspondan al cometido de esta   4, no han podido ser notificado, por no   Comunicamos el fallecimiento del padre de nuestra querida colega Rocío
           bargados en autos; o del pago íntegro   solicitud. CUARTO OTROSÍ: Ruego a   habérsele encontrado en ninguno de
           e inmediato de los créditos demandados   US. tener presente que mi personería   los domicilios señalados y que aparecen   Parra Mardones, señor
           en esta ejecución, vengo en solicitar a   para representar al Banco de Chile   tener en el SERVICIO DE IMPUESTOS
           S.S. tener presente que para efectos de   consta de Escritura pública otorgada   INTERNOS, TESORERÍA GENERAL DE   PEDRO SEGUNDO PARRA CUEVAS
           evaluar alternativas de normalización   con fecha 29 de septiembre del año   LA REPÚBLICA, SERVEL, REGISTRO   (Q.E.P.D.)
           de su situación crediticia, el demanda-  2.017 ante el Notario Público de la   CIVIL E IDENTIFICACIÓN, CARABI-
           do puede comunicarse con Socofin   ciudad de Santiago don René Benaven-  NEROS DE CHILE y PREVIRED. De este   Sus funerales se efectuarán hoy sábado 13 de julio en el cementerio
           S.A. al teléfono (2)28768000, al correo   te Cash, repertorio Nº 37.874-2017, cuya   modo, no ha sido posible saber sus   Parques de Chillán, ubicado en Av. Sepúlveda Bustos, camino a Huape /
           electrónico [email protected];   copia emitida y firmada digitalmente   paraderos, pese a las averiguaciones
           dirigirse a nuestras oficinas ubicadas   conforme a la ley 19.799 sobre firma   practicadas. Por otra parte, se sabe que   Ruta 5 Chillán, después de una misa que se oficiará a las 09:00 horas, en
           en calle Santo Domingo 1088, Piso 9,   electrónica, se adjunta en este acto y   se encuentran en el país según da   la capilla Divino Maestro ubicada en Pasaje 1 Oriente #1731, Chillán.
           Santiago o ingresar en el sitio web www.  solicito, además, se tenga por acom-  cuenta de oficio de la PDI de folio 23.
           socofin.cl. TERCER OTROSÍ: Atendien-  pañada con citación y por acreditadas   En consecuencia, a efectos de dar   DIRECCIÓN, DOCENTES, ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN Y
           do el hecho de que el domicilio de la   la personería para actuar en esta causa   curso a los autos, procede notificarle la
           demandada corresponde a una juris-  en representación del Banco de Chile,   demanda de estos autos, sus proveídos,   CENTRO GENERAL DE PADRES LICEO REPÚBLICA DE ITALIA
           dicción distinta, solicito a Ssa., se ex-  en conformidad a lo dispuesto en los   y demás actuaciones de autos, median-  CHILLÁN, julio 13 de 2024
           horte al Juzgado de Letras de BULNES,   artículos 6 y 7 del Código de Procedi-  te avisos en los diarios, pues el deman-
           a fin de que se ordene notificar la de-  miento Civil y los artículos 6 y 7 de la   dado se encuentra, o se ha colocado,
           manda ejecutiva, requerir de pago,   ley N° 20.886, sobre tramitación elec-  en el caso de persona cuya residencia
           embargarle bienes suficientes, sean   trónica. QUINTO OTROSÍ: Que por el   es difícil de determinar. Como la noti-
           estos bienes muebles o inmuebles, y   presente instrumento confiero patro-  ficación en la forma solicitada sería
           en caso de no efectuarse este, ordenar   cinio y poder al abogado habilitado para   excesivamente dispendiosa si se inser-
           que se trabe el embargo con auxilio de   el ejercicio de la profesión don RAÚL   taran en la publicación íntegramente
           la fuerza pública, con la facultad de   GARRETÓN ROMERO, RUT 15.625.822-  todas las actuaciones mencionadas,
           allanar y descerrajar si fuere necesario,   9, forma de notificación especial correo   solicito que los avisos correspondien-
           pudiendo ampliar el embargo, o resol-  electrónico [email protected],   tes se hagan en extracto redactado por
           ver sobre su situación, ordenar las   domiciliado en calle Constitución 664,   el Sr. Secretario del Tribunal o por quien
           medidas necesarias para la conservación   Of. 119 - 120, de la ciudad de Chillán,   lo subrogue. POR TANTO, y de acuer-
           de los bienes embargados, trasladán-  quien firma en señal de aceptación.   do con lo dispuesto en el art. 54 del
           dolos o sustituyendo al depositario   RESOLUCIÓN. Chillán, ocho de no-  Código de Procedimiento Civil, RUEGO
           provisional del mismo si así se nece-  viembre de dos mil veintitrés. A lo   A US.: se sirva ordenar que se notifique
           sitara, a el retiro de los bienes embar-  principal: Traslado en juicio ordinario   la demanda de estos autos, sus proveí-
           gados, nombrar martilleros, síndicos u   de menor cuantía. Al primer otrosí: Por   dos, y demás actuaciones de autos a
           otros funcionarios. Para recibir la con-  acompañado pagaré, bajo apercibi-  don ETIEL ISAAC ACUÑA MUÑOZ,
           signación total o parcial de dineros para   miento del artículo 346 N° 3 del Códi-  RUT 9.699.001-4, por medio de avisos
           el pago de la deuda, para enviar el   go de Procedimiento Civil. Al segundo   extractados redactados por el Sr. Secre-
           producto de la realización de los bienes   otrosí: Téngase presente. Al tercer   tario del tribunal o por quien lo subro-
           o de los fondos consignados, según el   otrosí: Como se pide, exhórtese, facul-  gue, señalando al efecto el periódico
           caso, al tribunal exhortante, y en ge-  tándose al tribunal exhortado solo   en que deberán hacerse las publicacio-
           neral para realizar las demás actuacio-  hasta la notificación de la demanda. Se   nes y el número de ellas, sin perjuicio
           nes necesarias o útiles para cumplir   previene al Receptor judicial que prac-  de la que corresponde hacer en el
           con estos fines y, en definitiva, hacer   tique las diligencias en la presente   Diario Oficial. RESOLUCIÓN. Chillán,
           cumplido pago a todo lo adeudado,   causa, que deberá utilizar la herramien-  tres de julio de dos mil veinticuatro.
           más intereses y costas. El tribunal ex-  ta de georreferencia en todas sus ac-  VISTO: Atendido el mérito de los an-
           hortado estará facultado para ordenar   tuaciones, conforme lo dispuesto en el   tecedentes, notifíquese la demanda a
           que se practiquen todas las diligencias   inciso tercero del artículo 9 de la ley   don ETIEL ISAAC ACUÑA MUÑOZ,
           notificaciones y requerimientos, ya se   20.886. Al cuarto otrosí: Téngase pre-  RUN 9.699.001-4, por medio de tres
           personalmente, por cedula, o de con-  sente y por acompañado con citación.   avisos publicados en el diario “La Dis-
           formidad a lo dispuesto en el artículo   Al quinto otrosí: Téngase presente   cusión” o “La Crónica” de esta ciudad
           44 y 443 del Código de Procedimiento   patrocinio, poder y forma de notifica-  y en el Diario Oficial, correspondiente
           Civil, podrá además tener presente   ción electrónica válida para todo el   a los días primero o quince de cualquier
           delegaciones de poder, nuevos domi-  proceso, sin perjuicio de lo dispuesto   mes o al día siguiente, avisos que con-
           cilios; rectificaciones de domicilios   en el inciso 1° del artículo 48 del Códi-  tendrán los mismos datos que se exigen
           señalados; despechar oficios, recibir   go de Procedimiento Civil. Cuantía:   para la notificación personal, conforme
           nuevos oficios, habilitar lugares, días y   $25.171.055. ESCRITO. SOLICITA NO-  lo indica el artículo 54 del Código de
           horas inhábiles para la realización de   TIFICACIÓN POR AVISOS. 1° JUZGADO   Procedimiento Civil. Secretario (S).
           las diligencias, practicar las inscripcio-  CIVIL DE CHILLÁN RAÚL GARRETÓN   12/14
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