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Economicos
expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-234, de la comuna bajo apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
de Ninhue, que figura a nombre Justo Pastor Moya Molina, la N° 2.186 de 1978. – Secretario. de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución
petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión 28/30 de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-
material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGION DE ÑUBLE”,
derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago Rol V-282-2022, referido al lote N° 36, por resolución de fecha 9
recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. de la obra “REPOSICIÓN RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-277, de la comuna
28/30 - YUNGAY (TRAMO 1), COMUNA DE SAN IGNACIO, BULNES, de Ninhue, que figura a nombre Luis Alberto Molina Melo, la
REGION DE ÑUBLE”, Rol V-276-2022, referido al lote N° 97, por petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago resolución de fecha 9 de febrero de 2023, se ha ordenado poner material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución en conocimiento del expropiado, que según el rol de avalúo derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de
de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE- N° 576-33, de la comuna de San Ignacio, que figura a nombre recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, Patricio del Carmen Ponce Myrik, la petición formulada por el 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
Rol V-270-2022, referido al lote N° 64, por resolución de fecha 9 Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. 28/30
de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco
expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-311, de la comuna días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
de Ninhue, que figura a nombre Rosamel Garrido, la petición apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución
formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión material 1978. – Secretario. de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-
del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de derechos, 28/30 CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGION DE ÑUBLE”,
dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de recoger Rol V-283-2022, referido al lote N° 33, por resolución de fecha 9
frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. 21 del PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-416, de la comuna
28/30 de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE- de Ninhue, que figura a nombre José Roberto Jara Pradena, la
CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGION DE ÑUBLE”, petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago Rol V-277-2022, referido al lote N° 72, por resolución de fecha 9 material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de
de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE- expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-672, de la comuna recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, de Ninhue, que figura a nombre Abaraim Horacio Malverde Gatica, 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
Rol V-271-2022, referido al lote N° 80, por resolución de fecha 9 la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión 28/30
de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-409, de la comuna derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de
de Ninhue, que figura a nombre Fresia del Carmen Moya Gatica, recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de
la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO
material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de 28/30 INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGION DE ÑUBLE”, Rol
derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de V-284-2022, referido al lote N° 198, por resolución de fecha 10
recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago expropiado, que según el rol de avalúo N° 157-86, de la comuna
28/30 de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de Portezuelo, que figura a nombre Hiride Norca Herna Cobo
de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE- Giancaspero, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar
PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGION DE ÑUBLE”, posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares
de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución Rol V-278-2022, referido al lote N° 26, por resolución de fecha 9 de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad
de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE- de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el
CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, expropiado, que según el rol de avalúo N° 149-120, de la comuna art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
Rol V-272-2022, referido al lote N° 77, por resolución de fecha 9 de Ninhue, que figura a nombre Francisca Andrea Rojas Miranda, 28/30
de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-750, de la comuna material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de
de Ninhue, que figura a nombre Lorena Inés Muñoz Molina, la derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de
petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO
material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGION DE ÑUBLE”,
derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de 28/30 Rol V-285-2022, referido al lote N° 196, por resolución de fecha
recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el 9 de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de expropiado, que según el rol de avalúo N° 1157-1, de la comuna de
28/30 indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de Portezuelo, que figura a nombre Rosa Audilia Andrades Fernández,
la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGION DE ÑUBLE”, Rol material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de V-279-2022, referido al lote N° 23, por resolución de fecha 9 de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de
la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del ex- recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”, propiado, que según el rol de avalúo N° 149-421, de la comuna de 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
Rol V-273-2022, referido al lote N° 185, por resolución de fecha Ninhue, que figura a nombre Hernán del Carmen Cartes Acevedo, 28/30
9 de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
expropiado, que según el rol de avalúo N° 157-90, de la comuna de material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de
Portezuelo, que figura a nombre Pedro Antonio Figueroa Andrades, derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de
la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO
material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGION DE ÑUBLE”,
derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de 28/30 Rol V-286-2022, referido al lote N° 194, por resolución de fecha
recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. 9 de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre expropiado, que según el rol de avalúo N° 157-72, de la comuna de
28/30 pago de indemnización por expropiación, necesaria Portezuelo, que figura a nombre Margarita Fernández Fernández,
para la ejecución de la obra “MEJORAMIENTO RUTA la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de INTERCOMUNAL DEL SECANO INTERIOR, COMUNA DE material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de NINHUE, REGION DE ÑUBLE”, Rol V-280-2022, referido derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de
la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO al lote N° 45, por resolución de fecha 9 de febrero de 2023, recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol se ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
V-274-2022, referido al lote N° 27, por resolución de fecha 10 que según el rol de avalúo N° 148-742, de la comuna de 28/30
de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del Ninhue, que figura a nombre Armando Segundo To-
expropiado, que según el rol de avalúo N° 149-425, de la comuna rres Molina, la petición formulada por el Fisco de Chile PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de
de Ninhue, que figura a nombre Waldo Solís Cartes y Otros, la para tomar posesión material del bien expropiado. El indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de
petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO
material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de cinco días para manifestar voluntad de recoger frutos INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGION DE ÑUBLE”,
derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. 21 Rol V-287-2022, referido al lote N° 188, por resolución de fecha
recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. 9 de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. 28/30 expropiado, que según el rol de avalúo N° 157-91, de la comuna de
28/30 Portezuelo, que figura a nombre Miguel Alfonso Figueroa Andrades,
PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
pago de indemnización por expropiación, necesaria para de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE- derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de
la ejecución de la obra “REPOSICIÓN RUTA N-59-Q, SEC- CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGION DE ÑUBLE”, recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
TOR: CHILLAN - YUNGAY (TRAMO 1), COMUNA DE SAN Rol V-281-2022, referido al lote N° 42, por resolución de fecha 9 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
IGNACIO, BULNES, REGION DE ÑUBLE”, Rol V-275-2022, de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del 28/30
referido al lote N° 109, por resolución de fecha 9 de febrero expropiado, que según el rol de avalúo N° 141-97, de la comuna
de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del expro- de Ninhue, que figura a nombre Carlos Guillermo Bórquez Ricci, PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de
piado, que según el rol de avalúo N° 576-20, de la comuna la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de
de San Ignacio, que figura a nombre Graciela del Carmen material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO
Alarcón Rivas, la petición formulada por el Fisco de Chile derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGION DE ÑUBLE”,
para tomar posesión material del bien expropiado. El ex- recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. Rol V-288-2022, referido al lote N° 135, por resolución de fecha 9
propiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, 28/30 expropiado, que según el rol de avalúo N° 169-237, de la comuna de