Page 20 - Diario 25/05/2023
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20   Jueves 25 de mayo de 2023                                                                                               www.ladiscusion.cl

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           petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago   de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
           material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de   de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución   expropiado, que según el rol de avalúo N° 157-75, de la comuna de
           derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de   de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-  Portezuelo, que figura a nombre Margarita Montecinos Montecinos,
           recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.   CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”,   la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
           21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  Rol V-274-2022, referido al lote N° 46, por resolución de fecha 23   material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
           24/26                                             de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del   derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de
                                                             expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-20, de la comuna   recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
           SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago   de Ninhue, que figura a nombre de  Luis Armando Torres Cadena,   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
           de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución   la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión   24/26
           de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-  material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
           CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”,   derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
           Rol V-267-2022, referido al lote N° 31, por resolución de fecha 23   recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.   de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de
           de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  la obra ““MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO
           expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-277, de la comuna   24/26                             INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol
           de Ninhue, que figura a nombre Luis Alberto Molina Melo, la                                         V-282-2022, referido al lote N° 181, por resolución de fecha 23
           petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago   de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
           material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de   de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución   expropiado, que según el rol de avalúo N° 169-640, de la comuna
           derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de   de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-  de Portezuelo, que figura a nombre de  José Romilio Sepúlveda
           recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.   CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”,   Mendoza, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar
           21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  Rol V-275-2022, referido al lote N° 44, por resolución de fecha 23   posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares
           24/26                                             de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del   de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad
                                                             expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-742, de la comuna de   de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el
           SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago   Ninhue, que figura a nombre de Armando Segundo Torres Molina,   art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
           de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de   la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión   24/26
           la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO   material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
           INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol   derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
           V-268-2022, referido al lote N° 134, por resolución de fecha 23   recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.   de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de
           de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO
           expropiado, que según el rol de avalúo N° 169-237, de la comuna   24/26                             INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol
           de Portezuelo, que figura a nombre de Ricardo Daniel Narváez                                        V-283-2022, referido al lote N° 133, por resolución de fecha 23
           Calistro, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago   de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
           posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares   de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución   expropiado, que según el rol de avalúo N° 169-237, de la comuna
           de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad   de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-  de Portezuelo, que figura a nombre de  Ricardo Daniel Narváez
           de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el   CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”,   Calistro, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar
           art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  Rol V-277-2022, referido al lote N° 34, por resolución de fecha 23   posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares
           24/26                                             de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del   de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad
                                                             expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-278, de la comuna   de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el
           SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago   de Ninhue, que figura a nombre de  Carmen Gloria Jara Moya,   art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
           de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de   la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión   24/26
           la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO   material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
           INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol   derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
           V-269-2022, referido al lote N° 131, por resolución de fecha 23   recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.   de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución
           de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-
           expropiado, que según el rol de avalúo N° 169-136, de la comuna   24/26                             CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”,
           de Portezuelo, que figura a nombre de Andrés Gatica Aravena,                                        Rol V-284-2022, referido al lote N° 30, por resolución de fecha 23
           la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago   de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
           material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de   de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución   expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-416, de la comuna
           derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de   de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-  de Ninhue, que figura a nombre de  José Roberto Jara Pradena,
           recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.   CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”,   la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
           21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  Rol V-278-2022, referido al lote N° 32, por resolución de fecha 23   material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
           24/26                                             de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del   derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de
                                                             expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-277, de la comuna   recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
           SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago   de Ninhue, que figura a nombre de  Luis Alberto Molina Melo,   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
           de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución   la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión   24/26
           de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-  material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
           CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”,   derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
           Rol V-271-2022, referido al lote N° 73, por resolución de fecha 23   recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.   de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución
           de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-
           expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-672, de la comuna   24/26                             CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”,
           de Ninhue, que figura a nombre Abaraim Horacio Malverde Gatica,                                     Rol V-285-2022, referido al lote N° 28, por resolución de fecha 23
           la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago   de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
           material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de   de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de   expropiado, que según el rol de avalúo N° 149-545, de la comuna
           derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de   la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO   de Ninhue, que figura a nombre de  Clodomira Gatica Cartes, la
           recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.   INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol   petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
           21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  V-279-2022, referido al lote N° 197, por resolución de fecha 23   material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
           24/26                                             de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del   derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de
                                                             expropiado, que según el rol de avalúo N° 157-2, de la comuna   recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
           SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago   de Portezuelo, que figura a nombre de  Mirta de las, Andrades   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
           de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución   Fernández, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar   24/26
           de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-  posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares
           CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”,   de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
           Rol V-272-2022, referido al lote N° 71, por resolución de fecha 23   de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el   de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de
           de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del   art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO
           expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-415, de la comuna de   24/26                          INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol
           Ninhue, que figura a nombre de  Segundo Arcadio D. Rivas Agurto,                                    V-286-2022, referido al lote N° 199, por resolución de fecha 23
           la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago   de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
           material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de   de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecu-  expropiado, que según el rol de avalúo N° 157-72, de la comuna de
           derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de   ción de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL   Portezuelo, que figura a nombre Margarita Fernández Fernández,
           recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.   SECANO INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE   la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
           21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  ÑUBLE”, Rol V-280-2022, referido al lote N° 195, por resolución   material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
           24/26                                             de fecha 23 de febrero de 2023, se ha ordenado poner en cono-  derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de
                                                             cimiento del expropiado, que según el rol de avalúo N° 157-74,   recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
           SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago   de la comuna de Portezuelo, que figura a nombre de  Modesto   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
           de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución   Segundo Sepúlveda Andrade, la petición formulada por el Fisco   24/26
           de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-  de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El
           CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”,   expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
           Rol V-273-2022, referido al lote N° 24, por resolución de fecha 23   días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo   de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de
           de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del   apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de   la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO
           expropiado, que según el rol de avalúo N° 149-422, de la comuna   1978. – Secretario.               INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”,
           de Ninhue, que figura a nombre de  Waldo Solís Cartes y Otros,   24/26                              Rol V-287-2022, referido al lote N° 96, por resolución de fecha 23
           la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión                                     de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
           material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago   expropiado, que según el rol de avalúo N° 169-71, de la comuna
           derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de   de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de   de Portezuelo, que figura a nombre de  Ricardo Flabi. Fernández
           recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.   la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO   Zapata, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar po-
           21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol   sesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares
           24/26                                             V-281-2022, referido al lote N° 189, por resolución de fecha 23   de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad
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