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20 Jueves 25 de mayo de 2023 www.ladiscusion.cl
Economicos
petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución expropiado, que según el rol de avalúo N° 157-75, de la comuna de
derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE- Portezuelo, que figura a nombre Margarita Montecinos Montecinos,
recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. Rol V-274-2022, referido al lote N° 46, por resolución de fecha 23 material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
24/26 de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de
expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-20, de la comuna recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de Ninhue, que figura a nombre de Luis Armando Torres Cadena, 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión 24/26
de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE- material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
Rol V-267-2022, referido al lote N° 31, por resolución de fecha 23 recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de
de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. la obra ““MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO
expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-277, de la comuna 24/26 INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol
de Ninhue, que figura a nombre Luis Alberto Molina Melo, la V-282-2022, referido al lote N° 181, por resolución de fecha 23
petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución expropiado, que según el rol de avalúo N° 169-640, de la comuna
derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE- de Portezuelo, que figura a nombre de José Romilio Sepúlveda
recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, Mendoza, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar
21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. Rol V-275-2022, referido al lote N° 44, por resolución de fecha 23 posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares
24/26 de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad
expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-742, de la comuna de de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago Ninhue, que figura a nombre de Armando Segundo Torres Molina, art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión 24/26
la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
V-268-2022, referido al lote N° 134, por resolución de fecha 23 recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de
de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO
expropiado, que según el rol de avalúo N° 169-237, de la comuna 24/26 INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol
de Portezuelo, que figura a nombre de Ricardo Daniel Narváez V-283-2022, referido al lote N° 133, por resolución de fecha 23
Calistro, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución expropiado, que según el rol de avalúo N° 169-237, de la comuna
de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE- de Portezuelo, que figura a nombre de Ricardo Daniel Narváez
de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, Calistro, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar
art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. Rol V-277-2022, referido al lote N° 34, por resolución de fecha 23 posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares
24/26 de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad
expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-278, de la comuna de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de Ninhue, que figura a nombre de Carmen Gloria Jara Moya, art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión 24/26
la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
V-269-2022, referido al lote N° 131, por resolución de fecha 23 recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución
de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-
expropiado, que según el rol de avalúo N° 169-136, de la comuna 24/26 CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”,
de Portezuelo, que figura a nombre de Andrés Gatica Aravena, Rol V-284-2022, referido al lote N° 30, por resolución de fecha 23
la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-416, de la comuna
derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE- de Ninhue, que figura a nombre de José Roberto Jara Pradena,
recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. Rol V-278-2022, referido al lote N° 32, por resolución de fecha 23 material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
24/26 de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de
expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-277, de la comuna recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de Ninhue, que figura a nombre de Luis Alberto Molina Melo, 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión 24/26
de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE- material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
Rol V-271-2022, referido al lote N° 73, por resolución de fecha 23 recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución
de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-
expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-672, de la comuna 24/26 CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”,
de Ninhue, que figura a nombre Abaraim Horacio Malverde Gatica, Rol V-285-2022, referido al lote N° 28, por resolución de fecha 23
la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de expropiado, que según el rol de avalúo N° 149-545, de la comuna
derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO de Ninhue, que figura a nombre de Clodomira Gatica Cartes, la
recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. V-279-2022, referido al lote N° 197, por resolución de fecha 23 material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
24/26 de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de
expropiado, que según el rol de avalúo N° 157-2, de la comuna recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de Portezuelo, que figura a nombre de Mirta de las, Andrades 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución Fernández, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar 24/26
de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE- posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares
CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
Rol V-272-2022, referido al lote N° 71, por resolución de fecha 23 de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de
de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO
expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-415, de la comuna de 24/26 INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol
Ninhue, que figura a nombre de Segundo Arcadio D. Rivas Agurto, V-286-2022, referido al lote N° 199, por resolución de fecha 23
la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecu- expropiado, que según el rol de avalúo N° 157-72, de la comuna de
derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de ción de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL Portezuelo, que figura a nombre Margarita Fernández Fernández,
recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. SECANO INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. ÑUBLE”, Rol V-280-2022, referido al lote N° 195, por resolución material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
24/26 de fecha 23 de febrero de 2023, se ha ordenado poner en cono- derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de
cimiento del expropiado, que según el rol de avalúo N° 157-74, recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de la comuna de Portezuelo, que figura a nombre de Modesto 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución Segundo Sepúlveda Andrade, la petición formulada por el Fisco 24/26
de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE- de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El
CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
Rol V-273-2022, referido al lote N° 24, por resolución de fecha 23 días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de
de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO
expropiado, que según el rol de avalúo N° 149-422, de la comuna 1978. – Secretario. INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”,
de Ninhue, que figura a nombre de Waldo Solís Cartes y Otros, 24/26 Rol V-287-2022, referido al lote N° 96, por resolución de fecha 23
la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago expropiado, que según el rol de avalúo N° 169-71, de la comuna
derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de de Portezuelo, que figura a nombre de Ricardo Flabi. Fernández
recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO Zapata, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar po-
21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. INTERIOR, COMUNA DE PORTEZUELO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol sesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares
24/26 V-281-2022, referido al lote N° 189, por resolución de fecha 23 de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad