Page 19 - Diario 25/05/2023
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        Economicos



        Judiciales                                        SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago   DE ÑUBLE”, Rol V-260-2022, referido al lote N° 63, por resolu-
                                                                                                           ción de fecha 23 de febrero de 2023, se ha ordenado poner en
                                                          de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución
                                                          de la obra ““MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-  conocimiento del expropiado, que según el rol de avalúo N°
        PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago   CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”,   2217-414, de la comuna de Chillán Viejo, que figura a nombre
        de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución   Rol V-253-2022, referido al lote N° 37, por resolución de fecha 23   de  José Alejandro Alfaro Barraza, la petición formulada por el
        de la obra “CONSERVACIÓN PUENTES MENORES, PUENTE   de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del   Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado.
        TEMUCO, COMUNA DE EL CARMEN, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol   expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-159, de la comuna   El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco
        V-155-2022, referido al lote N° 1, por resolución de fecha 16 de   de Ninhue, que figura a nombre de  Viviana del Tránsito Cartes   días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo
        noviembre de 2022, se ha ordenado poner en conocimiento del   Zapata, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar po-  apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de
        expropiado, que según el rol de avalúo N° 104-25, de la comuna   sesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares   1978. – Secretario.
        de El Carmen, que figura a nombre de JUAN EUDE URIBE BELLO,   de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad   24/26
        la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión   de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el
        material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de   art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de
        derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de   24/26                             indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la
        recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.                                 obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN – YUNGAY
        21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago   (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGIÓN DE ÑUBLE”,
        23/25                                             de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de   Rol V-261-2022, referido al lote N° 57, por resolución de fecha 23
                                                          la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO   de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
        SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago   INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol V-254-  expropiado, que según el rol de avalúo N° 2221-8, de la comuna
        de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución   2022, referido al lote N° 50, por resolución de fecha 23 de febrero   de Chillán Viejo, que figura a nombre de Nancy del Carmen Olave
        de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-  de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del expropiado,   Lagos, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar po-
        CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”,   que según el rol de avalúo N° 1148-89, de la comuna de Ninhue,   sesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares
        Rol V-247-2022, referido al lote N° 87, por resolución de fecha 23   que figura a nombre de  Brigitte del Carmen Torres Molina, la   de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad
        de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del   petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión   de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el
        expropiado, que según el rol de avalúo N° 149-342, de la comuna   material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de   art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
        de Ninhue, que figura a nombre de  Raúl Dionel Solís Fernández,   derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de   24/26
        la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión   recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
        material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
        derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de   24/26                             de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución
        recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.                                 de la obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN
        21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago   – YUNGAY (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGIÓN
        24/26                                             de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución   DE ÑUBLE”, Rol V-262-2022, referido al lote N° 54, por resolu-
                                                          de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-  ción de fecha 23 de febrero de 2023, se ha ordenado poner en
        SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago   CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”,   conocimiento del expropiado, que según el rol de avalúo N°
        de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución   Rol V-255-2022, referido al lote N° 48, por resolución de fecha 23   2221-58, de la comuna de Chillán Viejo, que figura a nombre de
        de la obra “REPOSICIÓN RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN   de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del   Suc. Sandoval Orellana Edecia Elena, la petición formulada por el
        - YUNGAY (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGION   expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-20, de la comuna   Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado.
        DE ÑUBLE”, Rol V-248-2022, referido al lote N° 20, por resolu-  de Ninhue, que figura a nombre de Luis Armando Torres Cadena,   El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco
        ción de fecha 23 de febrero de 2023, se ha ordenado poner en   la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión   días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo
        conocimiento del expropiado, que según el rol de avalúo N°   material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de   apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de
        1180-16, de la comuna de Chillán Viejo, que figura a nombre   derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de   1978. – Secretario.
        de  Fernando Sergio Ulloa Moreno, la petición formulada por el   recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.   24/26
        Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado.   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
        El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco   24/26                           SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
        días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo                                   de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución
        apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago   de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-
        1978. – Secretario.                               de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución   CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”,
        24/26                                             de la obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN   Rol V-263-2022, referido al lote N° 68, por resolución de fecha 23
                                                          – YUNGAY (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGIÓN   de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
        SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de   DE ÑUBLE”, Rol V-256-2022, referido al lote N° 44, por resolución   expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-141, de la comuna
        indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la   de fecha 23 de febrero de 2023, se ha ordenado poner en cono-  de Ninhue, que figura a nombre de  Justo Pastor Moya Molina,
        obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN – YUNGAY   cimiento del expropiado, que según el rol de avalúo N° 2220-26,   la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
        (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGIÓN DE ÑUBLE”,   de la comuna de Chillán Viejo, que figura a nombre de  Suc.   material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
        Rol V-249-2022, referido al lote N° 16, por resolución de fecha 23   Bustamante Vivanco Fernando E., la petición formulada por el   derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de
        de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del   Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado.   recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
        expropiado, que según el rol de avalúo N° 1180-1, de la comuna de   El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
        Chillán Viejo, que figura a nombre de  Semillas Generación 2000   días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo   24/26
        S.A., la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar pose-  apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de
        sión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares   1978. – Secretario.           SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
        de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad   24/26                             de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución
        de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el                                   de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-
        art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de   CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGION DE ÑUBLE”,
        24/26                                             indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la   Rol V-264-2022, referido al lote N° 65, por resolución de fecha 23
                                                          obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN – YUNGAY   de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
        SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago   (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGIÓN DE ÑUBLE”,   expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-311, de la comuna
        de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución   Rol V-258-2022, referido al lote N° 29, por resolución de fecha 23   de Ninhue, que figura a nombre Rosamel Garrido, la petición
        de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-  de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del   formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión material
        CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”,   expropiado, que según el rol de avalúo N° 1180-47, de la comuna de   del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de derechos,
        Rol V-251-2022, referido al lote N° 75, por resolución de fecha 23   Chillán Viejo, que figura a nombre César Alfredo Romero Concha,   dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de recoger
        de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del   la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión   frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. 21 del
        expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-558, de la comuna de   material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de   Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
        Ninhue, que figura a nombre de  Miguel Eduardo Molina Chandia,   derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de   24/26
        la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión   recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
        material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
        derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de   24/26                             de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución
        recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.                                 de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-
        21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.  SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago   CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”,
        24/26                                             de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución   Rol V-265-2022, referido al lote N° 61, por resolución de fecha 23
                                                          de la obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN   de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
        SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa       – YUNGAY (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGIÓN   expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-234, de la comuna
        sobre pago de indemnización por expropiación, ne-  DE ÑUBLE”, Rol V-259-2022, referido al lote N° 68, por resolu-  de Ninhue, que figura a nombre de  Justo Pastor Moya Molina,
        cesaria para la ejecución de la obra “MEJORAMIEN-  ción de fecha 23 de febrero de 2023, se ha ordenado poner en   la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
        TO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO INTERIOR,         conocimiento del expropiado, que según el rol de avalúo N°   material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
        COMUNA  DE  NINHUE,  REGION  DE  ÑUBLE”,  Rol  V-  2217-26, de la comuna de Chillán Viejo, que figura a nombre de     derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de
        252-2022,  referido  al  lote  N°  40,  por  resolución  de   Sociedad Forestal Las Cruces Lim., la petición formulada por el   recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
        fecha  23  de  febrero  de  2023,  se  ha  ordenado  poner   Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado.   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
        en  conocimiento  del  expropiado,  que  según  el  rol   El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco   24/26
        de avalúo N° 141-157, de la comuna de Ninhue, que   días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo
        figura a nombre Forestal Celco S.A., la petición for-  apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
        mulada  por  el  Fisco  de  Chile  para  tomar  posesión   1978. – Secretario.                     de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución
        material del bien expropiado. El expropiado y otros   24/26                                        de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-
        titulares de derechos, dispondrán de cinco días para                                               CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”,
        manifestar  voluntad  de  recoger  frutos  pendientes,   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago   Rol V-266-2022, referido al lote N° 79, por resolución de fecha 23
        bajo apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto   de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución   de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
        Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.               de la obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN   expropiado, que según el rol de avalúo N° 149-343, de la comuna
        24/26                                             – YUNGAY (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGIÓN   de Ninhue, que figura a nombre de Forestal Cholguán S.A., la
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