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Economicos
Judiciales SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago DE ÑUBLE”, Rol V-260-2022, referido al lote N° 63, por resolu-
ción de fecha 23 de febrero de 2023, se ha ordenado poner en
de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución
de la obra ““MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE- conocimiento del expropiado, que según el rol de avalúo N°
PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, 2217-414, de la comuna de Chillán Viejo, que figura a nombre
de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución Rol V-253-2022, referido al lote N° 37, por resolución de fecha 23 de José Alejandro Alfaro Barraza, la petición formulada por el
de la obra “CONSERVACIÓN PUENTES MENORES, PUENTE de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado.
TEMUCO, COMUNA DE EL CARMEN, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-159, de la comuna El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco
V-155-2022, referido al lote N° 1, por resolución de fecha 16 de de Ninhue, que figura a nombre de Viviana del Tránsito Cartes días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo
noviembre de 2022, se ha ordenado poner en conocimiento del Zapata, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar po- apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de
expropiado, que según el rol de avalúo N° 104-25, de la comuna sesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares 1978. – Secretario.
de El Carmen, que figura a nombre de JUAN EUDE URIBE BELLO, de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad 24/26
la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el
material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de
derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de 24/26 indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la
recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN – YUNGAY
21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGIÓN DE ÑUBLE”,
23/25 de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de Rol V-261-2022, referido al lote N° 57, por resolución de fecha 23
la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol V-254- expropiado, que según el rol de avalúo N° 2221-8, de la comuna
de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución 2022, referido al lote N° 50, por resolución de fecha 23 de febrero de Chillán Viejo, que figura a nombre de Nancy del Carmen Olave
de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE- de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, Lagos, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar po-
CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, que según el rol de avalúo N° 1148-89, de la comuna de Ninhue, sesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares
Rol V-247-2022, referido al lote N° 87, por resolución de fecha 23 que figura a nombre de Brigitte del Carmen Torres Molina, la de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad
de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el
expropiado, que según el rol de avalúo N° 149-342, de la comuna material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
de Ninhue, que figura a nombre de Raúl Dionel Solís Fernández, derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de 24/26
la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de 24/26 de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución
recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. de la obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN
21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago – YUNGAY (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGIÓN
24/26 de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución DE ÑUBLE”, Rol V-262-2022, referido al lote N° 54, por resolu-
de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE- ción de fecha 23 de febrero de 2023, se ha ordenado poner en
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, conocimiento del expropiado, que según el rol de avalúo N°
de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución Rol V-255-2022, referido al lote N° 48, por resolución de fecha 23 2221-58, de la comuna de Chillán Viejo, que figura a nombre de
de la obra “REPOSICIÓN RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del Suc. Sandoval Orellana Edecia Elena, la petición formulada por el
- YUNGAY (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGION expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-20, de la comuna Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado.
DE ÑUBLE”, Rol V-248-2022, referido al lote N° 20, por resolu- de Ninhue, que figura a nombre de Luis Armando Torres Cadena, El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco
ción de fecha 23 de febrero de 2023, se ha ordenado poner en la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo
conocimiento del expropiado, que según el rol de avalúo N° material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de
1180-16, de la comuna de Chillán Viejo, que figura a nombre derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de 1978. – Secretario.
de Fernando Sergio Ulloa Moreno, la petición formulada por el recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. 24/26
Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco 24/26 SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución
apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-
1978. – Secretario. de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”,
24/26 de la obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN Rol V-263-2022, referido al lote N° 68, por resolución de fecha 23
– YUNGAY (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGIÓN de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de DE ÑUBLE”, Rol V-256-2022, referido al lote N° 44, por resolución expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-141, de la comuna
indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la de fecha 23 de febrero de 2023, se ha ordenado poner en cono- de Ninhue, que figura a nombre de Justo Pastor Moya Molina,
obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN – YUNGAY cimiento del expropiado, que según el rol de avalúo N° 2220-26, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
(TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGIÓN DE ÑUBLE”, de la comuna de Chillán Viejo, que figura a nombre de Suc. material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
Rol V-249-2022, referido al lote N° 16, por resolución de fecha 23 Bustamante Vivanco Fernando E., la petición formulada por el derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de
de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
expropiado, que según el rol de avalúo N° 1180-1, de la comuna de El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
Chillán Viejo, que figura a nombre de Semillas Generación 2000 días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo 24/26
S.A., la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar pose- apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de
sión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares 1978. – Secretario. SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad 24/26 de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución
de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-
art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGION DE ÑUBLE”,
24/26 indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la Rol V-264-2022, referido al lote N° 65, por resolución de fecha 23
obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN – YUNGAY de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGIÓN DE ÑUBLE”, expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-311, de la comuna
de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución Rol V-258-2022, referido al lote N° 29, por resolución de fecha 23 de Ninhue, que figura a nombre Rosamel Garrido, la petición
de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE- de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión material
CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”, expropiado, que según el rol de avalúo N° 1180-47, de la comuna de del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de derechos,
Rol V-251-2022, referido al lote N° 75, por resolución de fecha 23 Chillán Viejo, que figura a nombre César Alfredo Romero Concha, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de recoger
de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. 21 del
expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-558, de la comuna de material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
Ninhue, que figura a nombre de Miguel Eduardo Molina Chandia, derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de 24/26
la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de 24/26 de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución
recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-
21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”,
24/26 de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución Rol V-265-2022, referido al lote N° 61, por resolución de fecha 23
de la obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa – YUNGAY (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGIÓN expropiado, que según el rol de avalúo N° 148-234, de la comuna
sobre pago de indemnización por expropiación, ne- DE ÑUBLE”, Rol V-259-2022, referido al lote N° 68, por resolu- de Ninhue, que figura a nombre de Justo Pastor Moya Molina,
cesaria para la ejecución de la obra “MEJORAMIEN- ción de fecha 23 de febrero de 2023, se ha ordenado poner en la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión
TO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO INTERIOR, conocimiento del expropiado, que según el rol de avalúo N° material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de
COMUNA DE NINHUE, REGION DE ÑUBLE”, Rol V- 2217-26, de la comuna de Chillán Viejo, que figura a nombre de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de
252-2022, referido al lote N° 40, por resolución de Sociedad Forestal Las Cruces Lim., la petición formulada por el recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art.
fecha 23 de febrero de 2023, se ha ordenado poner Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario.
en conocimiento del expropiado, que según el rol El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco 24/26
de avalúo N° 141-157, de la comuna de Ninhue, que días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo
figura a nombre Forestal Celco S.A., la petición for- apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
mulada por el Fisco de Chile para tomar posesión 1978. – Secretario. de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución
material del bien expropiado. El expropiado y otros 24/26 de la obra “MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SE-
titulares de derechos, dispondrán de cinco días para CANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE”,
manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago Rol V-266-2022, referido al lote N° 79, por resolución de fecha 23
bajo apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de febrero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento del
Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. de la obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN expropiado, que según el rol de avalúo N° 149-343, de la comuna
24/26 – YUNGAY (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGIÓN de Ninhue, que figura a nombre de Forestal Cholguán S.A., la