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22 Miércoles 1º de febrero de 2023 www.ladiscusion.cl
Economicos
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre D.L. 2186 de 1978.– Secretario.
pago de indemnización por expropiación, Rol V-256-2022 por pago de indemnización por expropiación, Rol V-260-2022 por 01/
resolución de fecha 11 de enero de 2023, se ha ordenado publi- resolución de fecha 11 de enero de 2023, se ha ordenado publicar
car avisos dando cuenta que el Fisco de Chile ha efectuado la avisos dando cuenta que el Fisco de Chile ha efectuado la con- SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de
consignación de la indemnización provisoria por la expropia- signación de la indemnización provisoria por la expropiación del indemnización por expropiación, Rol V-264-2022 por resolución
ción del lote de terreno Nº 44, ubicado en la Región de Ñuble, lote de terreno Nº 63, ubicado en la Región de Ñuble, Provincia de fecha 10 de enero de 2023, se ha ordenado publicar avisos dando
Provincia de Diguillín, Comuna de Chillán Viejo, dispuesta por de Diguillín, Comuna de Chillán Viejo, dispuesta por D.S. Exento cuenta que el Fisco de Chile ha efectuado la consignación de la
D.S. Exento N° 1430 del M.O.P. de 25 de noviembre de 2022, lote N° 1428 del M.O.P. de 25 de noviembre de 2022, lote expropiado indemnización provisoria por la expropiación del lote de terreno
expropiado para la Obra: REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: para la Obra: REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN Nº 65, ubicado en la Región de Ñuble, Provincia de Itata, Comuna
CHILLAN - YUNGAY (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, - YUNGAY (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGION de Ninhue, dispuesta por D.S. Exento N° 1340 del M.O.P. de 16 de
REGION DE ÑUBLE, que se singulariza así: Lote Nº 44, rol de DE ÑUBLE, que se singulariza así: Lote Nº 63, rol de avalúo N° noviembre de 2022, lote expropiado para la Obra: MEJORAMIENTO
avalúo N° 2220-26, comuna de Chillán Viejo, a nombre de Suc. 2217-414, comuna de Chillán Viejo, a nombre de José Alejandro RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO INTERIOR, COMUNA DE
Bustamante Vivanco Fernando E., cuyo domicilio ignoro, de Alfaro Barraza, cuyo domicilio ignoro, de 263 m2, deslindes: Norte, NINHUE, REGION DE ÑUBLE, que se singulariza así: Lote Nº 65,
712 m2, deslindes: Norte, resto del predio; Sur, camino público; Camino público y otro propietario; Sur, Camino público; Este, rol de avalúo N° 148-311, comuna de Ninhue, a nombre de Rosamel
Este, camino público y lote N° 45; Oeste, resto del predio y lote Otro propietario y lote N° 64; Oeste, Otro propietario. El monto Garrido, cuyo domicilio ignoro, de 17 m2, deslindes: Norte, Resto
N° 45. El monto provisional de la indemnización efectuada por provisional de la indemnización efectuada por la expropiación del del predio; Este, Camino público; Sur, Lote N° 69; Oeste, Resto
la expropiación del lote expropiado, alcanza a la cantidad de $ lote expropiado, alcanza a la cantidad de $ 14.132.654. Se avisa a del predio. El monto provisional de la indemnización efectuada
1.213.665. Se avisa a fin que titulares de derechos reales consti- fin que titulares de derechos reales constituidos con anterioridad por la expropiación del lote expropiado, alcanza a la cantidad de
tuidos con anterioridad al acto expropiatorio y acreedores que al acto expropiatorio y acreedores que mediante resoluciones $ 134.551. Se avisa a fin que titulares de derechos reales consti-
mediante resoluciones judiciales previas esa fecha embaracen o judiciales previas esa fecha embaracen o limiten dominio expro- tuidos con anterioridad al acto expropiatorio y acreedores que
limiten dominio expropiado, hagan valer sus derechos sobre la piado, hagan valer sus derechos sobre la indemnización, dentro mediante resoluciones judiciales previas esa fecha embaracen o
indemnización, dentro de veinte días, bajo apercibimiento legal. de veinte días, bajo apercibimiento legal. Todo conforme D.L. limiten dominio expropiado, hagan valer sus derechos sobre la
Todo conforme D.L. 2186 de 1978.– Secretario. 2186 de 1978.– Secretario. indemnización, dentro de veinte días, bajo apercibimiento legal.
01/ 01/ Todo conforme D.L. 2186 de 1978.– Secretario.
01/
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre
pago de indemnización por expropiación, Rol V-257-2022 por pago de indemnización por expropiación, Rol V-261-2022 por SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre
resolución de fecha 11 de enero de 2023, se ha ordenado publicar resolución de fecha 11 de enero de 2023, se ha ordenado publicar pago de indemnización por expropiación, Rol V-265-2022 por
avisos dando cuenta que el Fisco de Chile ha efectuado la con- avisos dando cuenta que el Fisco de Chile ha efectuado la con- resolución de fecha 10 de enero de 2023, se ha ordenado publicar
signación de la indemnización provisoria por la expropiación del signación de la indemnización provisoria por la expropiación del avisos dando cuenta que el Fisco de Chile ha efectuado la con-
lote de terreno Nº 32, ubicado en la Región de Ñuble, Provincia lote de terreno Nº 57, ubicado en la Región de Ñuble, Provincia signación de la indemnización provisoria por la expropiación del
de Diguillín, Comuna de Chillán Viejo, dispuesta por D.S. Exento de Diguillín, Comuna de Chillán Viejo, dispuesta por D.S. Exento lote de terreno Nº 61, ubicado en la Región de Ñuble, Provincia
N° 1430 del M.O.P. de 25 de noviembre de 2022, lote expropiado N° 1342 del M.O.P. de 16 de noviembre de 2022, lote expropiado de Itata, Comuna de Ninhue, dispuesta por D.S. Exento N° 1340
para la Obra: REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN para la Obra: REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN del M.O.P. de 16 de noviembre de 2022, lote expropiado para la
- YUNGAY (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGION - YUNGAY (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGION Obra: MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO
DE ÑUBLE, que se singulariza así: Lote Nº 32, rol de avalúo N° DE ÑUBLE, que se singulariza así: Lote Nº 57, rol de avalúo N° INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGION DE ÑUBLE, que se
1180-61, comuna de Chillán Viejo, a nombre de Guillermo David 2221-8, comuna de Chillán Viejo, a nombre de Nancy del Carmen singulariza así: Lote Nº 61, rol de avalúo N° 148-234, comuna de
Pradenas Gaete, cuyo domicilio ignoro, de 150 m2, deslindes: Norte, Olave Lagos, cuyo domicilio ignoro, de 384 m2, deslindes: Norte, Ninhue, a nombre de Justo Pastor Moya Molina, cuyo domicilio
Lote N° 31; Sur, Resto del predio; Este, Lote N° 33; Oeste, Camino Resto del predio y lote N° 56; Sur, Camino público; Este, Camino ignoro, de 88 m2, deslindes: Norte, Camino público y resto del
público. El monto provisional de la indemnización efectuada por público y otro propietario; Oeste, Resto del predio. El monto pro- predio; Este, Camino público y lote N° 59; Sur, Camino público
la expropiación del lote expropiado, alcanza a la cantidad de $ visional de la indemnización efectuada por la expropiación del y lote N° 62; Oeste, Resto del predio y lote N° 62. El monto provi-
9.516.196. Se avisa a fin que titulares de derechos reales consti- lote expropiado, alcanza a la cantidad de $ 3.634.866. Se avisa a sional de la indemnización efectuada por la expropiación del lote
tuidos con anterioridad al acto expropiatorio y acreedores que fin que titulares de derechos reales constituidos con anterioridad expropiado, alcanza a la cantidad de $ 704.347. Se avisa a fin que
mediante resoluciones judiciales previas esa fecha embaracen o al acto expropiatorio y acreedores que mediante resoluciones titulares de derechos reales constituidos con anterioridad al acto
limiten dominio expropiado, hagan valer sus derechos sobre la judiciales previas esa fecha embaracen o limiten dominio expro- expropiatorio y acreedores que mediante resoluciones judiciales
indemnización, dentro de veinte días, bajo apercibimiento legal. piado, hagan valer sus derechos sobre la indemnización, dentro previas esa fecha embaracen o limiten dominio expropiado,
Todo conforme D.L. 2186 de 1978.– Secretario. de veinte días, bajo apercibimiento legal. Todo conforme D.L. hagan valer sus derechos sobre la indemnización, dentro de
01/ 2186 de 1978.– Secretario. veinte días, bajo apercibimiento legal. Todo conforme D.L. 2186
01/ de 1978.– Secretario.
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre 01/
pago de indemnización por expropiación, Rol V-258-2022 por SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre
resolución de fecha 11 de enero de 2023, se ha ordenado publicar pago de indemnización por expropiación, Rol V-262-2022 por SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
avisos dando cuenta que el Fisco de Chile ha efectuado la con- resolución de fecha 11 de enero de 2023, se ha ordenado publicar de indemnización por expropiación, Rol V-266-2022 por resolu-
signación de la indemnización provisoria por la expropiación del avisos dando cuenta que el Fisco de Chile ha efectuado la con- ción de fecha 12 de enero de 2023, se ha ordenado publicar avisos
lote de terreno Nº 29, ubicado en la Región de Ñuble, Provincia signación de la indemnización provisoria por la expropiación del dando cuenta que el Fisco de Chile ha efectuado la consignación
de Diguillín, Comuna de Chillán Viejo, dispuesta por D.S. Exento lote de terreno Nº 54, ubicado en la Región de Ñuble, Provincia de la indemnización provisoria por la expropiación del lote de
N° 1430 del M.O.P. de 25 de noviembre de 2022, lote expropiado de Diguillín, Comuna de Chillán Viejo, dispuesta por D.S. Exento terreno Nº 79, ubicado en la Región de Ñuble, Provincia de Itata,
para la Obra: REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN N° 1342 del M.O.P. de 16 de noviembre de 2022, lote expropiado Comuna de Ninhue, dispuesta por D.S. Exento N° 1287 del M.O.P.
- YUNGAY (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGION para la Obra: REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN - de 16 de noviembre de 2022, lote expropiado para la Obra: ME-
DE ÑUBLE, que se singulariza así: Lote Nº 29, rol de avalúo N° YUNGAY (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGION DE JORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO INTERIOR,
1180-47, comuna de Chillán Viejo, a nombre de Cesar Alfredo Ro- ÑUBLE, que se singulariza así: Lote Nº 54, rol de avalúo N° 2221- COMUNA DE NINHUE, REGION DE ÑUBLE, que se singulariza
mero Concha, cuyo domicilio ignoro, de 168 m2, deslindes: Norte, 58, comuna de Chillán Viejo, a nombre de Suc. Sandoval Orellana así: Lote Nº 79, rol de avalúo N° 149-343, comuna de Ninhue, a
Lote N° 28; Sur, Resto del predio; Este, Lote N° 30; Oeste, Camino Edecia Elena, cuyo domicilio ignoro, de 4.194 m2, deslindes: Norte, nombre de Forestal Cholguán S.A., cuyo domicilio ignoro, de
público. El monto provisional de la indemnización efectuada por Camino público y lote N° 50; Sur, Resto del predio y lote N° 50; 323 m2, deslindes: Norte, resto del predio y Estero Chonchol;
la expropiación del lote expropiado, alcanza a la cantidad de $ Este, Resto del predio y lote N° 55; Oeste, Camino público y lote Este, Camino público y Estero Chonchol; Sur, camino público;
15.863.960. Se avisa a fin que titulares de derechos reales cons- N° 55. El monto provisional de la indemnización efectuada por Oeste, resto del predio. El monto provisional de la indemnización
tituidos con anterioridad al acto expropiatorio y acreedores que la expropiación del lote expropiado, alcanza a la cantidad de $ efectuada por la expropiación del lote expropiado, alcanza a la
mediante resoluciones judiciales previas esa fecha embaracen o 14.096.679. Se avisa a fin que titulares de derechos reales cons- cantidad de $ 460.166. Se avisa a fin que titulares de derechos reales
limiten dominio expropiado, hagan valer sus derechos sobre la tituidos con anterioridad al acto expropiatorio y acreedores que constituidos con anterioridad al acto expropiatorio y acreedores
indemnización, dentro de veinte días, bajo apercibimiento legal. mediante resoluciones judiciales previas esa fecha embaracen o que mediante resoluciones judiciales previas esa fecha embaracen
Todo conforme D.L. 2186 de 1978.– Secretario. limiten dominio expropiado, hagan valer sus derechos sobre la o limiten dominio expropiado, hagan valer sus derechos sobre la
01/ indemnización, dentro de veinte días, bajo apercibimiento legal. indemnización, dentro de veinte días, bajo apercibimiento legal.
Todo conforme D.L. 2186 de 1978.– Secretario. Todo conforme D.L. 2186 de 1978.– Secretario.
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de 01/ 01/
indemnización por expropiación, Rol V-259-2022 por resolución
de fecha 11 de enero de 2023, se ha ordenado publicar avisos dando SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de
cuenta que el Fisco de Chile ha efectuado la consignación de la indemnización por expropiación, Rol V-263-2022 por resolución de indemnización por expropiación, Rol V-267-2022 por resolución de
indemnización provisoria por la expropiación del lote de terreno fecha 10 de enero de 2023, se ha ordenado publicar avisos dando fecha 9 de enero de 2023, se ha ordenado publicar avisos dando cuenta
Nº 68, ubicado en la Región de Ñuble, Provincia de Diguillín, cuenta que el Fisco de Chile ha efectuado la consignación de la que el Fisco de Chile ha efectuado la consignación de la indemnización
Comuna de Chillán Viejo, dispuesta por D.S. Exento N° 1428 del indemnización provisoria por la expropiación del lote de terreno provisoria por la expropiación del lote de terreno Nº 31, ubicado en la
M.O.P. de 25 de noviembre de 2022, lote expropiado para la Obra: Nº 68, ubicado en la Región de Ñuble, Provincia de Itata, Comuna Región de Ñuble, Provincia de Itata, Comuna de Ninhue, dispuesta
REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN - YUNGAY (TRA- de Ninhue, dispuesta por D.S. Exento N° 1340 del M.O.P. de 16 de por D.S. Exento N° 1285 del M.O.P. de 16 de noviembre de 2022, lote
MO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGION DE ÑUBLE, que noviembre de 2022, lote expropiado para la Obra: MEJORAMIENTO expropiado para la Obra: MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL
se singulariza así: Lote Nº 68, rol de avalúo N° 2217-26, comuna RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO INTERIOR, COMUNA DE DEL SECANO INTERIOR, COMUNA DE NINHUE, REGION DE ÑUBLE,
de Chillán Viejo, a nombre de Sociedad Forestal Las Cruces Lim., NINHUE, REGION DE ÑUBLE, que se singulariza así: Lote Nº 68, que se singulariza así: Lote Nº 31, rol de avalúo N° 148-277, comuna de
cuyo domicilio ignoro, de 2.548 m2, deslindes: Norte, Resto del rol de avalúo N° 148-141, comuna de Ninhue, a nombre de Justo Ninhue, a nombre de Luis Alberto Molina Melo, cuyo domicilio ignoro,
predio y lote N° 67; Sur, Resto del predio; Este, Camino público Pastor Moya Molina, cuyo domicilio ignoro, de 44 m2, deslindes: de 60 m2, deslindes: Norte, Camino vecinal; Este, Camino vecinal; Sur,
y lote N° 69; Oeste, Camino público. El monto provisional de la Norte, Resto del predio y lote N° 66; Este, Camino público y lote Resto del predio; Oeste, Camino Público y resto del predio. El monto
indemnización efectuada por la expropiación del lote expropiado, N° 66; Sur, Camino público y lote N° 69; Oeste, Resto del predio provisional de la indemnización efectuada por la expropiación del lote
alcanza a la cantidad de $ 33.646.264. Se avisa a fin que titulares de y lote N° 69. El monto provisional de la indemnización efectuada expropiado, alcanza a la cantidad de $ 332.313. Se avisa a fin que titulares
derechos reales constituidos con anterioridad al acto expropiatorio por la expropiación del lote expropiado, alcanza a la cantidad de $ de derechos reales constituidos con anterioridad al acto expropiatorio
y acreedores que mediante resoluciones judiciales previas esa fecha 263.194. Se avisa a fin que titulares de derechos reales constituidos y acreedores que mediante resoluciones judiciales previas esa fecha
embaracen o limiten dominio expropiado, hagan valer sus derechos con anterioridad al acto expropiatorio y acreedores que mediante embaracen o limiten dominio expropiado, hagan valer sus derechos
sobre la indemnización, dentro de veinte días, bajo apercibimiento resoluciones judiciales previas esa fecha embaracen o limiten domi- sobre la indemnización, dentro de veinte días, bajo apercibimiento
legal. Todo conforme D.L. 2186 de 1978.– Secretario. nio expropiado, hagan valer sus derechos sobre la indemnización, legal. Todo conforme D.L. 2186 de 1978.– Secretario.
01/ dentro de veinte días, bajo apercibimiento legal. Todo conforme 01/