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18 Jueves 15 de septiembre de 2022 www.ladiscusion.cl
Economicos
electrónico para este abogado, el correo: oficina@mcarrascoabo- la Región de Ñuble, Provincia de Diguillin, Comuna de El PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de
gados.cl. QUINTO OTROSI: Sírvase SS., tener presente que en Carmen, dispuesta por D.S. Exento N° 350 del M.O.P. de 14 indemnización por expropiación, Rol V-136-2022 por resolución
mi calidad de abogado asumiré el patrocinio y actuaré perso- de junio de 2022, lote expropiado para la Obra: CONSER- de fecha 2 de septiembre de 2022, se ha ordenado publicar avisos
nalmente en el presente juicio, señalando como domicilio para VACIÓN PUENTES MENORES, PUENTE TEMUCO, COMUNA dando cuenta que el Fisco de Chile ha efectuado la consignación
estos en la ciudad de Chillán. Resolución de 07/02/2022: A lo DE EL CARMEN, REGIÓN DE ÑUBLE, que se singulariza así: de la indemnización provisoria por la expropiación del lote de
principal: despáchese. Al primer, segundo, quinto y sexto otro- Lote Nº 2, rol de avalúo 102-290, comuna de El Carmen, a terreno Nº 263, ubicado en la Región de Ñuble, Provincia de
síes: téngase presente. Al tercer otrosí: por acompañados, res- nombre de José Ángel Sandoval Gutiérrez, cuyo domicilio Diguillin, Comuna de Quillón, dispuesta por D.S. Exento N° 495
pecto pagaré y liquidación bajo apercibimiento del artículo 346 ignoro, de 753 m2, deslindes: Norte, Estero Temuco; Sur, del M.O.P. de 5 de julio de 2022, lote expropiado para la Obra:
N° 3 del Código de Procedimiento Civil, custódiense, en cuan- Camino Público; Este, Camino Público; Oeste, Lote N° 3. REPOSICIÓN RUTA 148, SECTOR: CRUCE RUTA 5 - PUENTE
to al N°3 para resolver, acompáñese, y de los N°s 4,5 y 6 con El monto provisional de la indemnización efectuada por QUEIME, COMUNA DE QUILLÓN, REGIÓN DE ÑUBLE, que se
citación. Al cuarto otrosí: téngase presente la forma de notifica- la expropiación del lote expropiado, alcanza a la cantidad singulariza así: Lote Nº 263, rol de avalúo 1096-921, comuna de
ción electrónica válida para todo el proceso, sin perjuicio de lo de $1.730.793. Se avisa a fin que titulares de derechos rea- Quillón, a nombre de Jorge Bertilo Ormeno Valenzuela, cuyo
dispuesto en el inciso 1° del artículo 48 del Código de Procedi- les constituidos con anterioridad al acto expropiatorio y domicilio ignoro, de 217 m2, deslindes: Norte, Camino público
miento Civil. Previa búsqueda en lugares señalados como do- acreedores que mediante resoluciones judiciales previas y lote N° 262; Sur, Resto del predio y lote N° 264; Este, Resto del
micilio del demandado, respuestas a oficios enviados a diversas esa fecha embaracen o limiten dominio expropiado, hagan predio y lote N° 262; Oeste, Camino público y lote N° 264. El
entidades acreditándose que la residencia del demandado doña valer sus derechos sobre la indemnización, dentro de veinte monto provisional de la indemnización efectuada por la expro-
Nardy del Carmen San Martin, en representación de Fasama días, bajo apercibimiento legal. Todo conforme D.L. 2186 piación del lote expropiado, alcanza a la cantidad de $ 4.631.151.
Limitada, no es determinada, y que se encuentra en territorio de 1978.– Secretario. Se avisa a fin que titulares de derechos reales constituidos con
nacional, además de información sumaria de testigos, tribunal 15/ anterioridad al acto expropiatorio y acreedores que mediante
con fecha 06/09/2022, resuelve: Que HA LUGAR a la notificación resoluciones judiciales previas esa fecha embaracen o limiten
por medio de avisos, solicitada en lo principal del escrito de PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de dominio expropiado, hagan valer sus derechos sobre la indem-
fecha 07 de marzo de 2022, folio 11 de autos, debiendo efectuar- indemnización por expropiación, Rol V-133-2022 por resolución nización, dentro de veinte días, bajo apercibimiento legal. Todo
se las publicaciones respectivas por tres veces en el diario “La de fecha 2 de septiembre de 2022, se ha ordenado publicar avisos conforme D.L. 2186 de 1978.– Secretario.
Discusión” de esta ciudad, y por una vez en el “Diario Oficial” en dando cuenta que el Fisco de Chile ha efectuado la consignación 15/
los días primero o quince de cualquier mes, o al día siguiente si de la indemnización provisoria por la expropiación del lote de
no se ha publicado en las fechas indicadas, por medio de ex- terreno Nº 271, ubicado en la Región de Ñuble, Provincia de PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de
tracto redactado por la secretaria del Tribunal. Ordenando no- Diguillin, Comuna de Quillón, dispuesta por D.S. Exento N° 495 indemnización por expropiación, Rol V-137-2022 por resolución
tificar la demanda de autos, al demandado principal, la sociedad del M.O.P. de 5 de julio de 2022, lote expropiado para la Obra: de fecha 2 de septiembre de 2022, se ha ordenado publicar avisos
SERVICIOS Y ASESORIAS INTEGRALES EN SEGURIDAD PRIVA- REPOSICION RUTA 148, SECTOR: CRUCE RUTA 5 - PUENTE dando cuenta que el Fisco de Chile ha efectuado la consignación
DA FASAMA LIMITADA, RUT N° 76.805.766-4, representada por QUEIME, COMUNA DE QUILLON, REGIÓN DE ÑUBLE, que se de la indemnización provisoria por la expropiación del lote de
doña NARDY DEL CARMEN SAN MARTIN CABRERA, RUT singulariza así: Lote Nº 271, rol de avalúo 1096-157, comuna de terreno Nº 262, ubicado en la Región de Ñuble, Provincia de
Nº7.978.518-0, en calidad de deudor principal, quien deberá Quillón, a nombre de El Torreón de Coyanco SPA, cuyo domicilio Diguillin, Comuna de Quillón, dispuesta por D.S. Exento N° 495
comparecer al quinto día hábil, desde la última notificación, para ignoro, de 110 m2, deslindes: Norte, Camino público y lote N° 270; del M.O.P. de 5 de julio de 2022, lote expropiado para la Obra:
ser requerido de pago, ante el señor Secretario del Tribunal, Sur, Resto del predio y lote N° 272; Este, Resto del predio y lote REPOSICIÓN RUTA 148, SECTOR: CRUCE RUTA 5 - PUENTE
hasta por la suma de $19.195.960, entre las 08:00 y 14:00 horas, N° 270; Oeste, Camino público y lote N° 272. El monto provisio- QUEIME, COMUNA DE QUILLÓN, REGIÓN DE ÑUBLE, que se
de lunes a viernes, bajo apercibimiento de tenerlo por requerido nal de la indemnización efectuada por la expropiación del lote singulariza así: Lote Nº 262, rol de avalúo 1096-921, comuna de
en rebeldía. Conforme con lo que notifico y requiero. Secreta- expropiado, alcanza a la cantidad de $915.449. Se avisa a fin que Quillón, a nombre de Jorge Bertilo Ormeno Valenzuela, cuyo
rio. titulares de derechos reales constituidos con anterioridad al acto domicilio ignoro, de 227 m2, deslindes: Norte, Camino público;
13/15 expropiatorio y acreedores que mediante resoluciones judiciales Sur, Resto del predio y lote N° 263; Este, Resto del predio y lote N°
previas esa fecha embaracen o limiten dominio expropiado, 261; Oeste, Camino público y lote N° 263. El monto provisional
PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de hagan valer sus derechos sobre la indemnización, dentro de de la indemnización efectuada por la expropiación del lote ex-
indemnización por expropiación, Rol V-129-2022 por resolución veinte días, bajo apercibimiento legal. Todo conforme D.L. 2186 propiado, alcanza a la cantidad de $ 1.226.886. Se avisa a fin que
de fecha 2 de septiembre de 2022, se ha ordenado publicar avisos de 1978.– Secretario. titulares de derechos reales constituidos con anterioridad al acto
dando cuenta que el Fisco de Chile ha efectuado la consigna- 15/ expropiatorio y acreedores que mediante resoluciones judiciales
ción de la indemnización provisoria por la expropiación del lote previas esa fecha embaracen o limiten dominio expropiado,
de terreno Nº 11, ubicado en la Región de Ñuble, Provincia de PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de hagan valer sus derechos sobre la indemnización, dentro de
Diguillin, Comuna de San Ignacio, dispuesta por D.S. Exento indemnización por expropiación, Rol V-134-2022 por resolución veinte días, bajo apercibimiento legal. Todo conforme D.L. 2186
N° 493 del M.O.P. de 5 de julio de 2022, lote expropiado para la de fecha 2 de septiembre de 2022, se ha ordenado publicar avisos de 1978.– Secretario.
Obra: MEJORAMIENTO CAMINO BASICO INTERMEDIO RUTA dando cuenta que el Fisco de Chile ha efectuado la consignación 15/
N-773, SECTOR LOS TILOS, COMUNA DE SAN IGNACIO, REGIÓN de la indemnización provisoria por la expropiación del lote de
DE ÑUBLE, que se singulariza así: Lote Nº 11, rol de avalúo 619-11, terreno Nº 265, ubicado en la Región de Ñuble, Provincia de EXTRACTO
comuna de San Ignacio, a nombre de De La Sotta Mizon Jorge Diguillin, Comuna de Quillón, dispuesta por D.S. Exento N° 495 Por Decreto MOP. (Exento) Nº652, de 17 de agosto de 2022, y en
y Otros, cuyo domicilio ignoro, de 344 m2, deslindes: Norte, del M.O.P. de 5 de julio de 2022, lote expropiado para la Obra: base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c),
Camino público; Sur, Resto del predio; Este, Camino Público REPOSICIÓN RUTA 148, SECTOR: CRUCE RUTA 5 - PUENTE 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto
y resto del predio; Oeste, Resto del predio y camino público. El QUEIME, COMUNA DE QUILLÓN, REGIÓN DE ÑUBLE, que se refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del
monto provisional de la indemnización efectuada por la expro- singulariza así: Lote Nº 265, rol de avalúo 1096-102, comuna de DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 1,
piación del lote expropiado, alcanza a la cantidad de $2.092.809. Quillón, a nombre de María Loreto Ormeno Saavedra y Otro, para la obra: CONSERVACIÓN PUENTES MENORES, PUENTE
Se avisa a fin que titulares de derechos reales constituidos con cuyo domicilio ignoro, de 927 m2, deslindes: Norte, Camino TEMUCO, que figura a nombre de URIBE BELLO JUAN EUDE, rol
anterioridad al acto expropiatorio y acreedores que mediante público; Sur, Resto del predio; Este, Resto del predio y lote N° 264; de avalúo 104-25, Comuna de EL CARMEN, REGION DE ÑUBLE,
resoluciones judiciales previas esa fecha embaracen o limiten Oeste, Camino público y lote N° 267. El monto provisional de la superficie 204 m2. La Comisión de Peritos integrada por VALE-
dominio expropiado, hagan valer sus derechos sobre la indem- indemnización efectuada por la expropiación del lote expropiado, RIA MARDONEZ LEMA, VALESKA ALÉ GOÑI y MARIA PAMELA
nización, dentro de veinte días, bajo apercibimiento legal. Todo alcanza a la cantidad de $13.043.487. MAC-GUIRE ACEVEDO, mediante informe de tasación de 28 de
conforme D.L. 2186 de 1978.– Secretario. Se avisa a fin que titulares de derechos reales constituidos con abril de 2021, fijó el monto de la indemnización provisional en
15/ anterioridad al acto expropiatorio y acreedores que mediante la cantidad de $1.522.484 para el lote N°1. La indemnización se
resoluciones judiciales previas esa fecha embaracen o limiten pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento
PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de dominio expropiado, hagan valer sus derechos sobre la indem- a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978.
indemnización por expropiación, Rol V-130-2022 por resolución nización, dentro de veinte días, bajo apercibimiento legal. Todo Fiscalía MOP.
de fecha 2 de septiembre de 2022, se ha ordenado publicar avisos conforme D.L. 2186 de 1978.– Secretario. 15/
dando cuenta que el Fisco de Chile ha efectuado la consigna- 15/
ción de la indemnización provisoria por la expropiación del lote EXTRACTO
de terreno Nº 6, ubicado en la Región de Ñuble, Provincia de PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre Por Decreto MOP. (Exento) Nº742, de 25 de agosto de 2022, y en
Diguillin, Comuna de San Ignacio, dispuesta por D.S. Exento pago de indemnización por expropiación, Rol V-135-2022 base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c),
N° 493 del M.O.P. de 5 de julio de 2022, lote expropiado para la por resolución de fecha 2 de septiembre de 2022, se ha or- 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto
Obra: MEJORAMIENTO CAMINO BÁSICO INTERMEDIO RUTA denado publicar avisos dando cuenta que el Fisco de Chile refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del
N-773, SECTOR LOS TILOS, COMUNA DE SAN IGNACIO, REGIÓN ha efectuado la consignación de la indemnización provisoria DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno
DE ÑUBLE, que se singulariza así: Lote Nº 6, rol de avalúo 619-317, por la expropiación del lote de terreno Nº 264, ubicado en la N°s.284 y 289, para la obra: REPOSICION RUTA 148 SECTOR:
comuna de San Ignacio, a nombre de Roberto Carlos Rodríguez Región de Ñuble, Provincia de Diguillin, Comuna de Quillón, CRUCE RUTA 5 - PUENTE QUEIME, que figura a nombre de
Riffo, cuyo domicilio ignoro, de 1.365 m2, deslindes: Norte, Resto dispuesta por D.S. Exento N° 495 del M.O.P. de 5 de julio de ORELLANA ACUNA ORIANA PATRICIA y SANHUEZA CAMPOS
del predio; Sur, Camino público; Este, Camino público; Oeste, 2022, lote expropiado para la Obra: REPOSICION RUTA SERGIO HERNAN, roles de avalúo 1096-601 y 1093-624, Comu-
Resto del predio. El monto provisional de la indemnización 148, SECTOR: CRUCE RUTA 5 - PUENTE QUEIME, COMUNA na de QUILLON, REGION DE ÑUBLE, superficies 126 y 248 m2
efectuada por la expropiación del lote expropiado, alcanza a la DE QUILLON, REGIÓN DE ÑUBLE, que se singulariza así: respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por VALERIA
cantidad de $2.079.084. Lote Nº 264, rol de avalúo 1096-921, comuna de Quillón, a MARDONEZ LEMA, VALESKA ALÉ GOÑI y MARIA PAMELA
Se avisa a fin que titulares de derechos reales constituidos con nombre de Jorge Bertilo Ormeno Valenzuela, cuyo domicilio MAC-GUIRE ACEVEDO, mediante informe de tasación de 01 de
anterioridad al acto expropiatorio y acreedores que mediante ignoro, de 1.008 m2, deslindes: Norte, Camino público y abril de 2020, fijó el monto de la indemnización provisional en la
resoluciones judiciales previas esa fecha embaracen o limiten lote N° 263; Sur, Resto del predio y lote N° 265; Este, Resto cantidad de $1.024.936 para el lote N°284, y $3.232.328 para el lote
dominio expropiado, hagan valer sus derechos sobre la indem- del predio y lote N° 263; Oeste, Camino público y lote N° N°289. La indemnización se pagará al contado. La publicación
nización, dentro de veinte días, bajo apercibimiento legal. Todo 265. El monto provisional de la indemnización efectuada se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del
conforme D.L. 2186 de 1978.– Secretario. por la expropiación del lote expropiado, alcanza a la can- Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.
15/ tidad de $3.477.036. Se avisa a fin que titulares de derechos 15/
reales constituidos con anterioridad al acto expropiatorio
PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre y acreedores que mediante resoluciones judiciales previas SERVIU REGION DE ÑUBLE
pago de indemnización por expropiación, Rol V-132-2022 esa fecha embaracen o limiten dominio expropiado, hagan NOTIFICACIÓN
por resolución de fecha 2 de septiembre de 2022, se ha or- valer sus derechos sobre la indemnización, dentro de veinte EXTRACTO EXPROPIACIÓN
denado publicar avisos dando cuenta que el Fisco de Chile días, bajo apercibimiento legal. Todo conforme D.L. 2186 Resolución Exenta Nº 1106 del 02 de septiembre de 2022, SERVIU
ha efectuado la consignación de la indemnización provisoria de 1978.– Secretario. REGIÓN DE ÑUBLE ordenó expropiación de inmueble ubicado
por la expropiación del lote de terreno Nº 2, ubicado en 15/ en HUAMBALÍ N°310, comuna de Chillán, Rol de Avalúo N° 643-