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18   Jueves 15 de septiembre de 2022                                                                                         www.ladiscusion.cl

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           electrónico para este abogado, el correo: oficina@mcarrascoabo-  la Región de Ñuble, Provincia de Diguillin, Comuna de El   PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de
           gados.cl. QUINTO OTROSI: Sírvase SS., tener presente que en   Carmen, dispuesta por D.S. Exento N° 350 del M.O.P. de 14   indemnización por expropiación, Rol V-136-2022 por resolución
           mi calidad de abogado asumiré el patrocinio y actuaré perso-  de junio de 2022,  lote expropiado para la Obra: CONSER-  de fecha 2 de septiembre de 2022, se ha ordenado publicar avisos
           nalmente en el presente juicio, señalando como domicilio para   VACIÓN PUENTES MENORES, PUENTE TEMUCO, COMUNA   dando cuenta que el Fisco de Chile ha efectuado la consignación
           estos en la ciudad de Chillán. Resolución de 07/02/2022:  A lo   DE EL CARMEN, REGIÓN DE ÑUBLE, que se singulariza así:   de la indemnización provisoria por la expropiación del lote de
           principal: despáchese. Al primer, segundo, quinto y sexto otro-  Lote Nº 2, rol de avalúo 102-290, comuna de El Carmen, a   terreno Nº 263, ubicado en la Región de Ñuble, Provincia de
           síes: téngase presente. Al tercer otrosí: por acompañados, res-  nombre de José Ángel Sandoval Gutiérrez, cuyo domicilio   Diguillin, Comuna de Quillón, dispuesta por D.S. Exento N° 495
           pecto pagaré y liquidación bajo apercibimiento del artículo 346   ignoro, de 753 m2, deslindes: Norte, Estero Temuco; Sur,   del M.O.P. de 5 de julio de 2022,  lote expropiado para la Obra:
           N° 3 del Código de Procedimiento Civil, custódiense, en cuan-  Camino Público; Este, Camino Público; Oeste, Lote N° 3.   REPOSICIÓN RUTA 148, SECTOR: CRUCE RUTA 5 - PUENTE
           to al N°3 para resolver, acompáñese, y de los N°s 4,5 y 6 con   El monto provisional de la indemnización efectuada por   QUEIME, COMUNA DE QUILLÓN, REGIÓN DE ÑUBLE, que se
           citación. Al cuarto otrosí: téngase presente la forma de notifica-  la expropiación del lote expropiado, alcanza a la cantidad   singulariza así: Lote Nº 263, rol de avalúo 1096-921, comuna de
           ción electrónica válida para todo el proceso, sin perjuicio de lo   de $1.730.793. Se avisa a fin que titulares de derechos rea-  Quillón, a nombre de Jorge Bertilo Ormeno Valenzuela, cuyo
           dispuesto en el inciso 1° del artículo 48 del Código de Procedi-  les constituidos con anterioridad al acto expropiatorio y   domicilio ignoro, de 217 m2, deslindes: Norte, Camino público
           miento Civil. Previa búsqueda en lugares señalados como do-  acreedores que mediante resoluciones judiciales previas   y lote N° 262; Sur, Resto del predio y lote N° 264; Este, Resto del
           micilio del demandado, respuestas a oficios enviados a diversas   esa fecha embaracen o limiten dominio expropiado, hagan   predio y lote N° 262; Oeste, Camino público y lote N° 264. El
           entidades acreditándose que la residencia del demandado doña   valer sus derechos sobre la indemnización, dentro de veinte   monto provisional de la indemnización efectuada por la expro-
           Nardy del Carmen San Martin, en representación de Fasama   días, bajo apercibimiento legal. Todo conforme D.L. 2186   piación del lote expropiado, alcanza a la cantidad de $ 4.631.151.
           Limitada, no es determinada, y que se encuentra en territorio   de 1978.– Secretario.               Se avisa a fin que titulares de derechos reales constituidos con
           nacional, además de información sumaria de testigos, tribunal   15/                                 anterioridad al acto expropiatorio y acreedores que mediante
           con fecha 06/09/2022, resuelve: Que HA LUGAR a la notificación                                      resoluciones judiciales previas esa fecha embaracen o limiten
           por medio de avisos, solicitada en lo principal del escrito de   PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de   dominio expropiado, hagan valer sus derechos sobre la indem-
           fecha 07 de marzo de 2022, folio 11 de autos, debiendo efectuar-  indemnización por expropiación, Rol V-133-2022 por resolución   nización, dentro de veinte días, bajo apercibimiento legal. Todo
           se las publicaciones respectivas por tres veces en el diario “La   de fecha 2 de septiembre de 2022, se ha ordenado publicar avisos   conforme D.L. 2186 de 1978.– Secretario.
           Discusión” de esta ciudad, y por una vez en el “Diario Oficial” en   dando cuenta que el Fisco de Chile ha efectuado la consignación   15/
           los días primero o quince de cualquier mes, o al día siguiente si   de la indemnización provisoria por la expropiación del lote de
           no se ha publicado en las fechas indicadas, por medio de ex-  terreno Nº 271, ubicado en la Región de Ñuble, Provincia de   PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de
           tracto redactado por la secretaria del Tribunal. Ordenando no-  Diguillin, Comuna de Quillón, dispuesta por D.S. Exento N° 495   indemnización por expropiación, Rol V-137-2022 por resolución
           tificar la demanda de autos, al demandado principal, la sociedad   del M.O.P. de 5 de julio de 2022,  lote expropiado para la Obra:   de fecha 2 de septiembre de 2022, se ha ordenado publicar avisos
           SERVICIOS Y ASESORIAS INTEGRALES EN SEGURIDAD PRIVA-  REPOSICION RUTA 148, SECTOR: CRUCE RUTA 5 - PUENTE   dando cuenta que el Fisco de Chile ha efectuado la consignación
           DA FASAMA LIMITADA, RUT N° 76.805.766-4, representada por   QUEIME, COMUNA DE QUILLON, REGIÓN DE ÑUBLE, que se   de la indemnización provisoria por la expropiación del lote de
           doña NARDY DEL CARMEN SAN MARTIN CABRERA, RUT     singulariza así: Lote Nº 271, rol de avalúo 1096-157, comuna de   terreno Nº 262, ubicado en la Región de Ñuble, Provincia de
           Nº7.978.518-0, en calidad de deudor principal, quien deberá   Quillón, a nombre de El Torreón de Coyanco SPA, cuyo domicilio   Diguillin, Comuna de Quillón, dispuesta por D.S. Exento N° 495
           comparecer al quinto día hábil, desde la última notificación, para   ignoro, de 110 m2, deslindes: Norte, Camino público y lote N° 270;   del M.O.P. de 5 de julio de 2022,  lote expropiado para la Obra:
           ser requerido de pago, ante el señor Secretario del Tribunal,   Sur, Resto del predio y lote N° 272; Este, Resto del predio y lote   REPOSICIÓN RUTA 148, SECTOR: CRUCE RUTA 5 - PUENTE
           hasta por la suma de $19.195.960, entre las 08:00 y 14:00 horas,   N° 270; Oeste, Camino público y lote N° 272. El monto provisio-  QUEIME, COMUNA DE QUILLÓN, REGIÓN DE ÑUBLE, que se
           de lunes a viernes, bajo apercibimiento de tenerlo por requerido   nal de la indemnización efectuada por la expropiación del lote   singulariza así: Lote Nº 262, rol de avalúo 1096-921, comuna de
           en rebeldía. Conforme con lo que notifico y requiero. Secreta-  expropiado, alcanza a la cantidad de $915.449. Se avisa a fin que   Quillón, a nombre de Jorge Bertilo Ormeno Valenzuela, cuyo
           rio.                                              titulares de derechos reales constituidos con anterioridad al acto   domicilio ignoro, de 227 m2, deslindes: Norte, Camino público;
           13/15                                             expropiatorio y acreedores que mediante resoluciones judiciales   Sur, Resto del predio y lote N° 263; Este, Resto del predio y lote N°
                                                             previas esa fecha embaracen o limiten dominio expropiado,   261; Oeste, Camino público y lote N° 263. El monto provisional
           PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de   hagan valer sus derechos sobre la indemnización, dentro de   de la indemnización efectuada por la expropiación del lote ex-
           indemnización   por expropiación, Rol V-129-2022 por resolución   veinte días, bajo apercibimiento legal. Todo conforme D.L. 2186   propiado, alcanza a la cantidad de $ 1.226.886. Se avisa a fin que
           de fecha 2 de septiembre de 2022, se ha ordenado publicar avisos   de 1978.– Secretario.            titulares de derechos reales constituidos con anterioridad al acto
           dando cuenta que el Fisco de Chile ha efectuado la consigna-  15/                                   expropiatorio y acreedores que mediante resoluciones judiciales
           ción de la indemnización provisoria por la expropiación del lote                                    previas esa fecha embaracen o limiten dominio expropiado,
           de terreno Nº 11, ubicado en la Región de Ñuble, Provincia de   PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de   hagan valer sus derechos sobre la indemnización, dentro de
           Diguillin, Comuna de San Ignacio, dispuesta por D.S. Exento   indemnización por expropiación, Rol V-134-2022 por resolución   veinte días, bajo apercibimiento legal. Todo conforme D.L. 2186
           N° 493 del M.O.P. de 5 de julio de 2022,  lote expropiado para la   de fecha 2 de septiembre de 2022, se ha ordenado publicar avisos   de 1978.– Secretario.
           Obra:  MEJORAMIENTO CAMINO BASICO INTERMEDIO RUTA   dando cuenta que el Fisco de Chile ha efectuado la consignación   15/
           N-773, SECTOR LOS TILOS, COMUNA DE SAN IGNACIO, REGIÓN   de la indemnización provisoria por la expropiación del lote de
           DE ÑUBLE, que se singulariza así: Lote Nº 11, rol de avalúo 619-11,   terreno Nº 265, ubicado en la Región de Ñuble, Provincia de   EXTRACTO
           comuna de San Ignacio, a nombre de De La Sotta Mizon Jorge   Diguillin, Comuna de Quillón, dispuesta por D.S. Exento N° 495   Por Decreto MOP. (Exento) Nº652, de 17 de agosto de 2022, y en
           y Otros, cuyo domicilio ignoro, de 344 m2, deslindes: Norte,   del M.O.P. de 5 de julio de 2022,  lote expropiado para la Obra:   base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c),
           Camino público; Sur, Resto del predio; Este, Camino Público   REPOSICIÓN RUTA 148, SECTOR: CRUCE RUTA 5 - PUENTE   14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto
           y resto del predio; Oeste, Resto del predio y camino público. El   QUEIME, COMUNA DE QUILLÓN, REGIÓN DE ÑUBLE, que se   refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del
           monto provisional de la indemnización efectuada por la expro-  singulariza así: Lote Nº 265, rol de avalúo 1096-102, comuna de   DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió el lote de terreno N° 1,
           piación del lote expropiado, alcanza a la cantidad de $2.092.809.   Quillón, a nombre de María Loreto Ormeno Saavedra y Otro,   para la obra: CONSERVACIÓN PUENTES MENORES, PUENTE
           Se avisa a fin que titulares de derechos reales constituidos con   cuyo domicilio ignoro, de 927 m2, deslindes: Norte, Camino   TEMUCO, que figura a nombre de URIBE BELLO JUAN EUDE, rol
           anterioridad al acto expropiatorio y acreedores que mediante   público; Sur, Resto del predio; Este, Resto del predio y lote N° 264;   de avalúo 104-25, Comuna de EL CARMEN, REGION DE ÑUBLE,
           resoluciones judiciales previas esa fecha embaracen o limiten   Oeste, Camino público y lote N° 267. El monto provisional de la   superficie 204 m2. La Comisión de Peritos integrada por VALE-
           dominio expropiado, hagan valer sus derechos sobre la indem-  indemnización efectuada por la expropiación del lote expropiado,   RIA MARDONEZ LEMA, VALESKA ALÉ GOÑI y MARIA PAMELA
           nización, dentro de veinte días, bajo apercibimiento legal. Todo   alcanza a la cantidad de $13.043.487.  MAC-GUIRE ACEVEDO, mediante informe de tasación de 28 de
           conforme D.L. 2186 de 1978.– Secretario.          Se avisa a fin que titulares de derechos reales constituidos con   abril de 2021, fijó el monto de la indemnización provisional en
           15/                                               anterioridad al acto expropiatorio y acreedores que mediante   la cantidad de $1.522.484 para el lote N°1. La indemnización se
                                                             resoluciones judiciales previas esa fecha embaracen o limiten   pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento
           PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de   dominio expropiado, hagan valer sus derechos sobre la indem-  a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978.
           indemnización por expropiación, Rol V-130-2022 por resolución   nización, dentro de veinte días, bajo apercibimiento legal. Todo   Fiscalía MOP.
           de fecha 2 de septiembre de 2022, se ha ordenado publicar avisos   conforme D.L. 2186 de 1978.– Secretario.  15/
           dando cuenta que el Fisco de Chile ha efectuado la consigna-  15/
           ción de la indemnización provisoria por la expropiación del lote                                    EXTRACTO
           de terreno Nº 6, ubicado en la Región de Ñuble, Provincia de   PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre   Por Decreto MOP. (Exento) Nº742, de 25 de agosto de 2022, y en
           Diguillin, Comuna de San Ignacio, dispuesta por D.S. Exento   pago de indemnización por expropiación, Rol V-135-2022   base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c),
           N° 493 del M.O.P. de 5 de julio de 2022,  lote expropiado para la   por resolución de fecha 2 de septiembre de 2022, se ha or-  14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto
           Obra:  MEJORAMIENTO CAMINO BÁSICO INTERMEDIO RUTA   denado publicar avisos dando cuenta que el Fisco de Chile   refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del
           N-773, SECTOR LOS TILOS, COMUNA DE SAN IGNACIO, REGIÓN   ha efectuado la consignación de la indemnización provisoria   DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno
           DE ÑUBLE, que se singulariza así: Lote Nº 6, rol de avalúo 619-317,   por la expropiación del lote de terreno Nº 264, ubicado en la   N°s.284 y 289, para la obra: REPOSICION RUTA 148 SECTOR:
           comuna de San Ignacio, a nombre de Roberto Carlos Rodríguez   Región de Ñuble, Provincia de Diguillin, Comuna de Quillón,   CRUCE RUTA 5 - PUENTE QUEIME, que figura a nombre de
           Riffo, cuyo domicilio ignoro, de 1.365 m2, deslindes: Norte, Resto   dispuesta por D.S. Exento N° 495 del M.O.P. de 5 de julio de   ORELLANA ACUNA ORIANA PATRICIA y SANHUEZA CAMPOS
           del predio; Sur, Camino público; Este, Camino público; Oeste,   2022,  lote expropiado para la Obra:  REPOSICION RUTA   SERGIO HERNAN, roles de avalúo 1096-601 y 1093-624, Comu-
           Resto del predio. El monto provisional de la indemnización   148, SECTOR: CRUCE RUTA 5 - PUENTE QUEIME, COMUNA   na de QUILLON, REGION DE ÑUBLE, superficies 126 y 248 m2
           efectuada por la expropiación del lote expropiado, alcanza a la   DE QUILLON, REGIÓN DE ÑUBLE, que se singulariza así:   respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por VALERIA
           cantidad de $2.079.084.                           Lote Nº 264, rol de avalúo 1096-921, comuna de Quillón, a   MARDONEZ LEMA, VALESKA ALÉ GOÑI y MARIA PAMELA
           Se avisa a fin que titulares de derechos reales constituidos con   nombre de Jorge Bertilo Ormeno Valenzuela, cuyo domicilio   MAC-GUIRE ACEVEDO, mediante informe de tasación de 01 de
           anterioridad al acto expropiatorio y acreedores que mediante   ignoro, de 1.008 m2, deslindes: Norte, Camino público y   abril de 2020, fijó el monto de la indemnización provisional en la
           resoluciones judiciales previas esa fecha embaracen o limiten   lote N° 263; Sur, Resto del predio y lote N° 265; Este, Resto   cantidad de $1.024.936 para el lote N°284, y $3.232.328 para el lote
           dominio expropiado, hagan valer sus derechos sobre la indem-  del predio y lote N° 263; Oeste, Camino público y lote N°   N°289. La indemnización se pagará al contado. La publicación
           nización, dentro de veinte días, bajo apercibimiento legal. Todo   265. El monto provisional de la indemnización efectuada   se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del
           conforme D.L. 2186 de 1978.– Secretario.          por la expropiación del lote expropiado, alcanza a la can-  Decreto Ley N°2186, de 1978. Fiscalía MOP.
           15/                                               tidad de $3.477.036. Se avisa a fin que titulares de derechos   15/
                                                             reales constituidos con anterioridad al acto expropiatorio
           PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre   y acreedores que mediante resoluciones judiciales previas   SERVIU REGION DE ÑUBLE
           pago de indemnización por expropiación, Rol V-132-2022   esa fecha embaracen o limiten dominio expropiado, hagan   NOTIFICACIÓN
           por resolución de fecha 2 de septiembre de 2022, se ha or-  valer sus derechos sobre la indemnización, dentro de veinte   EXTRACTO EXPROPIACIÓN
           denado publicar avisos dando cuenta que el Fisco de Chile   días, bajo apercibimiento legal. Todo conforme D.L. 2186   Resolución Exenta Nº 1106 del 02 de septiembre de 2022, SERVIU
           ha efectuado la consignación de la indemnización provisoria   de 1978.– Secretario.                 REGIÓN DE ÑUBLE ordenó expropiación de inmueble ubicado
           por la expropiación del lote de terreno Nº 2, ubicado en   15/                                      en HUAMBALÍ N°310, comuna de Chillán, Rol de Avalúo N° 643-
   15   16   17   18   19   20   21   22   23   24