Page 19 - Diario 16/08/2022
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www.ladiscusion.cl Martes 16 de agosto de 2022 19
Economicos
Obituarios los acreedores que, antes fecha
publicación Diario Oficial, hayan
obtenido resoluciones judiciales
que embaracen o limiten domi-
a a nio del expropiado o ejercicio
facultades de dueño, para que
dentro del plazo 20 días contados
DEFUNCIÓN DEFUNCIÓN desde publicación último aviso,
hagan valer sus derechos en
Comunicamos el fallecimiento de nuestra querida hermana, cuñada y tía, Comunicamos el fallecimiento de nuestra muy querida sobrina y prima procedimiento de liquidación
señora monto indemnización bajo el
CARMEN GLORIA NORIEGA DÍAZ apercibimiento que señala el
CARMEN GLORIA NORIEGA DÍAZ artículo 23 del citado Decreto
(Q.E.P.D.) Ley Nº 2.186. El Secretario.
(Q.E.P.D.)H 16/
Sus restos están siendo velados en la Catedral de Chillán y sus funerales se
Sus restos están siendo velados en la Catedral de Chillán y sus funerales se NOTIFICACIÓN
efectuarán hoy martes 16 de agosto de 2022 en el cementerio Parque Las
efectuarán hoy martes 16 de agosto de 2022 en el cementerio Parque Las 2° Juzgado Civil de Chillán,
Flores de la ciudad, después de una misa que se oficiará a las 14:00 horas. Flores de la ciudad, después de una misa que se oficiará a las 14:00 horas. de fecha 25 de julio de 2022,
en causa Rol N° V-147-2022
FAMILIA JARA NORIEGA, CONSUELO STÜCK NORIEGA Y EMILITA HUGO FUENTEALBA, GLORIA DÍAZ E HIJOS “Servicio de Vivienda y Ur-
banización Región de Ñuble”,
CHILLÁN, agosto 16 de 2022 CHILLÁN, agosto 16 de 2022 por expropiación del inmueble
ubicado en PJE 5 SUR 804 EL
ROBLE, Rol de Avalúo 1822-3,
a desde publicación último aviso, NOTIFICACIÓN desde publicación último aviso, de la comuna de Chillán. La
hagan valer sus derechos en
hagan valer sus derechos en
superficie afecta a expropiación
2° Juzgado Civil de Chillán,
DEFUNCIÓN procedimiento de liquidación de fecha 29 de julio de 2022, procedimiento de liquidación parcial de 50,44 m2 de terreno
y 117,96 m2 total de edificación
en causa Rol N° V-158-2022
monto indemnización bajo el
monto indemnización bajo el
Comunicamos el fallecimiento de apercibimiento que señala el “Servicio de Vivienda y Ur- apercibimiento que señala el según plano de expropiación
nuestra querida prima y tía, señora artículo 23 del citado Decreto banización Región de Ñuble”, artículo 23 del citado Decreto S16R-126, siendo sus deslindes
CARMEN GLORIA NORIEGA DÍAZ Ley Nº2. 186. El Secretario. por expropiación parcial de Ley N°2.186. El Secretario. particulares los que se señalan
16/
terreno del inmueble ubicado
16/
en la resolución exenta de ex-
(Q.E.P.D.) en Huambalí 867 El Roble, Rol propiación. Conforme artículo
Sus restos están siendo velados de Avalúo 01836-0004, comuna NOTIFICACIÓN 51 Ley 16.391 y D.L. 2186 tuvo
en la parroquia del Sagrario de la NOTIFICACIÓN de Chillán, de aparente dominio 2° Juzgado Civil de Chillán, de por efectuada consignación
2° Juzgado Civil de Chillán,
fecha 1 de agosto de 2022, en
suma de $90.586.430.-,por
de SOCIEDAD COMERCIALIZA-
Catedral de Chillán y sus funerales de fecha 25 de julio de 2022, DORA Y CONSTRU. La superficie causa Rol N° V-157-2022, cara- concepto de valor total de
se efectuarán hoy martes 16 en en causa Rol N° V-148- 2022 afecta a expropiación parcial tulada “Servicio de Vivienda y indemnización provisional
el cementerio Parque Las Flores, “Servicio de Vivienda y Ur- de terreno es de 24,29 m2, Urbanización Región de Ñuble”, expropiación de autos; ordenó
después de una misa que se oficiará a banización Región de Ñuble”, según plano de expropiación por expropiación parcial del practicar publicaciones del
las 14 horas. por expropiación del inmueble S16R-132, siendo sus deslindes inmueble ubicado en Huambalí art. 23 del Decreto Ley 2.186
particulares los que se señalan
para poner en conocimiento
N° 855 El Roble, Rol de Avalúo
ubicado en HUAMBALY N°
FAMILIA BUSQUETS MENA 737, Rol de Avalúo 1787-3, de en la Resolución Exenta que 01836-00002, de la comuna de del expropiado, arrendatarios
CHILLÁN, agosto 16 de 2022 la comuna de Chillán. La su- ordena la expropiación. Confor- Chillán. La superficie afecta a y otros titulares de derechos,
perficie afecta a expropiación me artículo 51 Ley 16.391 y D.L. expropiación parcial de terre- la solicitud de la expropiante
parcial de 28,33 m2 de terreno y N°2.186 tuvo por efectuada con- no es de 26,54 m2 (Lote 98), para tomar posesión material
en HUAMBALY N°725, Rol de NOTIFICACIÓN 38,43 m2 parcial de edificación signación suma de $5.325.536.-, según plano de expropiación del inmueble expropiado, para
Avalúo 1787-1, de la comuna 2° Juzgado Civil de Chillán, según plano de expropiación por concepto de valor total de S16R-130, siendo sus deslindes que dentro del plazo de cinco
de Chillán. La superficie afecta de fecha 25 de julio de 2022, S16R-122, siendo sus deslindes indemnización provisional particulares los que se señalan días manifiesten decisión de
a expropiación parcial de 32,56 en causa Rol N° V-148- 2022 particulares los que se señalan expropiación de autos; ordenó en la resolución exenta de ex- recoger los frutos pendientes,
m2 de terreno y 39,79 m2 total “Servicio de Vivienda y Ur- en la resolución exenta de ex- practicar publicaciones del propiación. Conforme artículo bajo apercibimiento indicado
de edificación según plano de banización Región de Ñuble”, propiación. Conforme artículo art. 23 del Decreto Ley N°2.186 51 Ley 16.391 y D.L. 2186 tuvo en el artículo 21, Decreto Ley
expropiación S16R-169, siendo por expropiación del inmueble 51 Ley 16.391 y D.L. 2186 tuvo para poner en conocimiento por efectuada consignación 2.186, de 1978, conminando
sus deslindes particulares los ubicado en HUAMBALY N° por efectuada consignación del expropiado, arrendatarios suma de $6.286.673.-, por a titulares de derechos reales
que se señalan en la resolución 737, Rol de Avalúo 1787-3, de suma de $28.516.544.-,por y otros titulares de derechos, concepto de valor total de constituidos con anterioridad
exenta de expropiación. Confor- la comuna de Chillán. La su- concepto de valor total de la solicitud de la expropiante indemnización provisional acto expropiatorio de autos y a
me artículo 51 Ley 16.391 y D.L. perficie afecta a expropiación indemnización provisional para tomar posesión material expropiación de autos; ordenó los acreedores que, antes fecha
2186 tuvo por efectuada consig- parcial de 28,33 m2 de terreno y expropiación de autos; ordenó del inmueble expropiado, para practicar publicaciones del ar- publicación Diario Oficial, hayan
nación suma de $30.115.308.- 38,43 m2 parcial de edificación practicar publicaciones del que dentro del plazo de cinco tículo 23 del Decreto Ley 2.186 obtenido resoluciones judiciales
,por concepto de valor total según plano de expropiación art. 23 del Decreto Ley 2.186 días manifiesten decisión de para poner en conocimiento que embaracen o limiten domi-
de indemnización provisional S16R-122, siendo sus deslindes para poner en conocimiento recoger los frutos pendientes, del expropiado, arrendatarios nio del expropiado o ejercicio
expropiación de autos; ordenó particulares los que se señalan del expropiado, arrendatarios bajo apercibimiento indicado y otros titulares de derechos, facultades de dueño, para que
practicar publicaciones del en la resolución exenta de ex- y otros titulares de derechos, en el artículo 21, Decreto Ley la solicitud de la expropiante dentro del plazo 20 días contados
art. 23 del Decreto Ley 2.186 propiación. Conforme artículo la solicitud de la expropiante N°2.186, de 1978, conminando para tomar posesión material desde publicación último aviso,
para poner en conocimiento 51 Ley 16.391 y D.L. 2186 tuvo para tomar posesión material a titulares de derechos reales del inmueble expropiado, para hagan valer sus derechos en
del expropiado, arrendatarios por efectuada consignación del inmueble expropiado, para constituidos con anterioridad que dentro del plazo de cinco procedimiento de liquidación
y otros titulares de derechos, suma de $28.516.544.-,por que dentro del plazo de cinco acto expropiatorio de autos y a días manifiesten decisión de monto indemnización bajo el
la solicitud de la expropiante concepto de valor total de días manifiesten decisión de los acreedores que, antes fecha recoger los frutos pendientes, apercibimiento que señala el
para tomar posesión material indemnización provisional recoger los frutos pendientes, publicación Diario Oficial, hayan bajo apercibimiento indicado artículo 23 del citado Decreto
del inmueble expropiado, para expropiación de autos; ordenó bajo apercibimiento indicado obtenido resoluciones judiciales en el artículo 21, Decreto Ley Ley Nº2. 186. El Secretario.
que dentro del plazo de cinco practicar publicaciones del en el artículo 21, Decreto Ley que embaracen o limiten domi- 2.186, de 1978, conminando 16/
días manifiesten decisión de art. 23 del Decreto Ley 2.186 2.186, de 1978, conminando nio del expropiado o ejercicio a titulares de derechos reales
recoger los frutos pendientes, para poner en conocimiento a titulares de derechos reales facultades de dueño, para que constituidos con anterioridad
bajo apercibimiento indicado del expropiado, arrendatarios constituidos con anterioridad dentro del plazo 20 días contados acto expropiatorio de autos y a
en el artículo 21, Decreto Ley y otros titulares de derechos, acto expropiatorio de autos y a
2.186, de 1978, conminando la solicitud de la expropiante los acreedores que, antes fecha
a titulares de derechos reales para tomar posesión material publicación Diario Oficial, hayan
constituidos con anterioridad del inmueble expropiado, para obtenido resoluciones judiciales
acto expropiatorio de autos y a que dentro del plazo de cinco que embaracen o limiten domi-
los acreedores que, antes fecha días manifiesten decisión de nio del expropiado o ejercicio
publicación Diario Oficial, hayan recoger los frutos pendientes, facultades de dueño, para que
obtenido resoluciones judiciales bajo apercibimiento indicado dentro del plazo 20 días contados
que embaracen o limiten domi- en el artículo 21, Decreto Ley desde publicación último aviso,
nio del expropiado o ejercicio 2.186, de 1978, conminando hagan valer sus derechos en
facultades de dueño, para que a titulares de derechos reales procedimiento de liquidación
dentro del plazo 20 días contados constituidos con anterioridad monto indemnización bajo el
desde publicación último aviso, acto expropiatorio de autos y a apercibimiento que señala el
hagan valer sus derechos en los acreedores que, antes fecha artículo 23 del citado Decreto
procedimiento de liquidación publicación Diario Oficial, hayan Ley Nº2. 186. El Secretario.
monto indemnización bajo el obtenido resoluciones judiciales 16/
apercibimiento que señala el que embaracen o limiten domi-
artículo 23 del citado Decreto nio del expropiado o ejercicio
Ley Nº2. 186. El Secretario. facultades de dueño, para que
16/ dentro del plazo 20 días contados