Page 18 - Diario 16/08/2022
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18   Martes 16 de agosto de 2022                                                                                             www.ladiscusion.cl

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           La superficie afecta a expro-  SERVIU REGION DE ÑUBLE  expropiación de autos; ordenó   para poner en conocimiento   la suma de $50.272.655.- Director   NOTIFICACIÓN
           piación Parcial es de 66,76   NOTIFICACIÓN        practicar publicaciones del   del expropiado, arrendatarios   SERVIU Región de Ñuble.  2° Juzgado Civil de Chillán,
           m2 de terreno cuyos linderos   EXTRACTO EXPROPIACION  art. 23 del Decreto Ley 2.186   y otros titulares de derechos,   16/   de fecha 25 de julio de 2022,
           particulares están enmarcados   Resolución Exenta Nº 1023 del   para poner en conocimiento   la solicitud de la expropiante   en causa Rol N° V-144- 2022
           en el plano S16R-158, para   05 de agosto de 2022, SERVIU   del expropiado, arrendatarios   para tomar posesión material     “Servicio de Vivienda y Urba-
           el proyecto “Mejoramiento   REGIÓN DE ÑUBLE ordenó   y otros titulares de derechos,   del inmueble expropiado, para   NOTIFICACIÓN  nización Región de Ñuble”, por
           Avenida Diagonal Las Ter-  expropiación de inmueble   la solicitud de la expropiante   que dentro del plazo de cinco   2° Juzgado Civil de Chillán,   expropiación del inmueble ubi-
           mas, Chillán”, de la comuna   ubicado  en  LA  ROTONDA   para tomar posesión material   días manifiesten decisión de   de fecha 25 de julio de 2022,   cado en HUAMBALY N°731, Rol
           de Chillán, en la Región de   1748 S GAJARDO, comuna   del inmueble expropiado, para   recoger los frutos pendientes,   en causa Rol N° V-146-2022   de Avalúo 1787-2, de la comuna
           Ñuble, conforme artículo 51   de Chillán, Rol de Avalúo N°   que dentro del plazo de cinco   bajo apercibimiento indicado   “Servicio de Vivienda y Ur-  de Chillán. La superficie afecta
           Ley N° 16.391 y D.L. N° 2.186.   1598-18, de aparente dominio   días manifiesten decisión de   en el artículo 21, Decreto Ley   banización Región de Ñuble”,   a expropiación parcial de 27,60
           Comisión Peritos integrada   de MENA GUTIERREZ RAMON   recoger los frutos pendientes,   2.186, de 1978, conminando   por expropiación del inmueble   m2 de terreno según plano de
           por el Arquitecto don Juan   MARIO. La superficie afecta a   bajo apercibimiento indicado   a titulares de derechos reales   ubicado en Huambaly N°743,   expropiación S16R-82, siendo
           Felipe King Domínguez, el   expropiación Parcial es de 64,71   en el artículo 21, Decreto Ley   constituidos con anterioridad   Rol de Avalúo 1787-4, de la   sus deslindes particulares los
           Arquitecto don Andrés Javier   m2 de terreno y la de expropia-  2.186, de 1978, conminando   acto expropiatorio de autos y a   comuna de Chillán. La su-  que se señalan en la resolución
           Tobar Beluzán y el Ingeniero   ción parcial es de 42,86 m2 de   a titulares de derechos reales   los acreedores que, antes fecha   perficie afecta a expropiación   exenta de expropiación. Confor-
           Civil don Juan Armando Salas   edificaciones, cuyos linderos   constituidos con anterioridad   publicación Diario Oficial, hayan   parcial de 32,49 m2 de terreno   me artículo 51 Ley 16.391 y D.L.
           Urzúa, que fijó el monto de   particulares están enmarcados   acto expropiatorio de autos y a   obtenido resoluciones judiciales   según plano de expropiación   2186 tuvo por efectuada con-
           la indemnización provisional   en el plano S16R-161, para el   los acreedores que, antes fecha   que embaracen o limiten domi-  S16R-083, siendo sus deslindes   signación suma de $8.800.245.-
           por la expropiación, en la   proyecto “Mejoramiento Avenida   publicación Diario Oficial, hayan   nio del expropiado o ejercicio   particulares los que se señalan   ,por concepto de valor total de
           suma de $15.753.443.- Director   Diagonal Las Termas, Chillán”,   obtenido resoluciones judiciales   facultades de dueño, para que   en la resolución exenta de ex-  indemnización provisional
           SERVIU Región de Ñuble.  de la comuna de Chillán, en   que embaracen o limiten domi-  dentro del plazo 20 días contados   propiación. Conforme artículo   expropiación de autos; ordenó
           16/                      la Región de Ñuble, conforme   nio del expropiado o ejercicio   desde publicación último aviso,   51 Ley 16.391 y D.L. 2186 tuvo   practicar publicaciones del
                                    artículo 51 Ley N° 16.391 y D.L.   facultades de dueño, para que   hagan valer sus derechos en   por efectuada consignación   art. 23 del Decreto Ley 2.186
           SERVIU REGION DE ÑUBLE   N° 2.186. Comisión Peritos   dentro del plazo 20 días contados   procedimiento de liquidación   suma de $11.063.987.-,por   para poner en conocimiento
           NOTIFICACIÓN             integrada por el Arquitecto don   desde publicación último aviso,   monto indemnización bajo el   concepto de valor total de   del expropiado, arrendatarios
           EXTRACTO EXPROPIACION    Juan Felipe King Domínguez,   hagan valer sus derechos en   apercibimiento que señala el   indemnización provisional   y otros titulares de derechos,
           Resolución Exenta Nº 1022   el Arquitecto don Andrés Javier   procedimiento de liquidación   artículo 23 del citado Decreto   expropiación de autos; ordenó   la solicitud de la expropiante
           del 04.08.2022 de agosto de   Tobar Beluzán y el Ingeniero   monto indemnización bajo el   Ley Nº 2.186. El Secretario.  practicar publicaciones del   para tomar posesión material
           2022, SERVIU REGIÓN DE   Civil don Juan Armando Salas   apercibimiento que señala el   16/          art. 23 del Decreto Ley 2.186   del inmueble expropiado, para
           ÑUBLE ordenó expropiación   Urzúa, que fijó el monto de la   artículo 23 del citado Decreto         para poner en conocimiento   que dentro del plazo de cinco
           de inmueble ubicado en PAS   indemnización provisional por   Ley Nº2. 186. El Secretario.  SERVIU REGION DE ÑUBLE  del expropiado, arrendatarios   días manifiesten decisión de
           CALAMA 32 AMP SRTA GA-   la expropiación, en la suma de   16/              NOTIFICACIÓN             y otros titulares de derechos,   recoger los frutos pendientes,
           JARDO, comuna de Chillán,   $39.854.889.- Director SERVIU                  EXTRACTO EXPROPIACION    la solicitud de la expropiante   bajo apercibimiento indicado
           Rol de Avalúo N° 01606-00001,   Región de Ñuble.  NOTIFICACIÓN             Resolución Exenta Nº 1024 del   para tomar posesión material   en el artículo 21, Decreto Ley
           de aparente dominio de LAGOS   16/                2° Juzgado Civil de Chillán, de   05 de agosto de 2022, SERVIU   del inmueble expropiado, para   2.186, de 1978, conminando
           CASTILLO MARIANELA. La                            fecha 1 de agosto de 2022, en   REGIÓN DE ÑUBLE ordenó ex-  que dentro del plazo de cinco   a titulares de derechos reales
           superficie afecta a expropiación   NOTIFICACIÓN   causa Rol N° V-156-2022, ca-  propiación de inmueble ubicado   días manifiesten decisión de   constituidos con anterioridad
           parcial de 36,68 m2 de terreno   2° Juzgado Civil de Chillán, de   ratulada “Servicio de Vivienda y   en PJE 5 SUR 805 EL ROBLE,   recoger los frutos pendientes,   acto expropiatorio de autos y a
           y la de expropiación Total es   fecha 01 de agosto de 2022,   Urbanización Región de Ñuble”,   comuna de Chillán, Rol de Avalúo   bajo apercibimiento indicado   los acreedores que, antes fecha
           de 63,83 m2 de edificaciones,   en causa Rol N° V-160- 2022   por expropiación parcial del in-  N° 1814-1, de aparente dominio   en el artículo 21, Decreto Ley   publicación Diario Oficial, hayan
           cuyos linderos particulares   “Servicio de Vivienda y Ur-  mueble ubicado en Huambalí N°   de HASLER GONZALEZ ABRA-  2.186, de 1978, conminando   obtenido resoluciones judiciales
           están enmarcados en el plano   banización Región de Ñuble”,   849, Rol de Avalúo 01836-00025,   HAM HUMBERTO. La superficie   a titulares de derechos reales   que embaracen o limiten domi-
           S16R-159, para el proyecto   por expropiación del inmueble   de la comuna de Chillán. La   afecta a expropiación Parcial de   constituidos con anterioridad   nio del expropiado o ejercicio
           “Mejoramiento Avenida Dia-  ubicado en ALONSO DE ER-  superficie afecta a expropiación   53,76   m2  y total de edificación   acto expropiatorio de autos   facultades de dueño, para que
           gonal Las Termas, Chillán”, de   CILLA 1795 AMP S GAJARDO,   parcial de terreno es de 27,14   de 84,49 m2 cuyos linderos   y a los acreedores que, antes   dentro del plazo 20 días contados
           la comuna de Chillán, en la   Rol de Avalúo 001606-00007,   m2 (Lote 97) y la expropiación   particulares están enmarcados   fecha publicación Diario Oficial,   desde publicación último aviso,
           Región de Ñuble, conforme   de la comuna de Chillán. La   parcial de edificaciones (a)+(b)   en el plano S16R-089, para el   hayan obtenido resoluciones   hagan valer sus derechos en
           artículo 51 Ley N° 16.391 y D.L.   superficie afecta a expropiación   es de 77,75 m2, según plano de   proyecto “Mejoramiento Avenida   judiciales que embaracen o   procedimiento de liquidación
           N° 2.186. Comisión Peritos   total de 176,92 m2 de terreno y   expropiación S16R-129, siendo   Huambalí, Chillán”, de la comuna   limiten dominio del expropiado   monto indemnización bajo el
           integrada por el Arquitecto don   83,70 m2 total de edificación   sus deslindes particulares los   de Chillán, en la Región de Ñuble,   o ejercicio facultades de dueño,   apercibimiento que señala el
           Juan Felipe King Domínguez,   según plano de expropiación   que se señalan en la resolución   conforme artículo 51 Ley N° 16.391   para que dentro del plazo 20 días   artículo 23 del citado Decreto
           el Arquitecto don Andrés Javier   S16R-158, siendo sus deslindes   exenta de expropiación. Confor-  y D.L. N° 2.186. Comisión Peritos   contados desde publicación   Ley Nº2. 186. El Secretario.
           Tobar Beluzán y el Ingeniero   particulares los que se señalan   me artículo 51 Ley 16.391 y D.L.   integrada por el Arquitecto don   último aviso, hagan valer sus
           Civil don Juan Armando Salas   en la resolución exenta de ex-  2186 tuvo por efectuada consig-  Alexander Theodor Boye Trenit,   derechos en procedimiento de   NOTIFICACIÓN
           Urzúa, que fijó el monto de la   propiación. Conforme artículo   nación suma de $48.130.896.-,   la Ingeniero Constructor doña   liquidación monto indemni-  2° Juzgado Civil de Chillán, de
           indemnización provisional por   51 Ley 16.391 y D.L. 2186 tuvo   por concepto de valor total de   Lorena Elizabeth Gajardo Alarcón,   zación bajo el apercibimiento   fecha 25 de julio de 2022, en
           la expropiación, en la suma de   por efectuada consignación   indemnización provisional   y por el Arquitecto don Rodrigo   que señala el artículo 23 del   causa Rol N° V-145-2022 “Servi-
           $59.358.484.- Director SERVIU   suma de $90.586.430.-,por   expropiación de autos; ordenó   Alexis Escobar Fernández, que   citado Decreto Ley Nº2. 186.   cio de Vivienda y Urbanización
           Región de Ñuble.         concepto de valor total de   practicar publicaciones del ar-  fijó el monto de la indemnización   El Secretario.  Región de Ñuble”, por expro-
           16/                      indemnización provisional   tículo 23 del Decreto Ley 2.186   provisional por la expropiación, en   16/  piación del inmueble ubicado
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