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Martes 4 DE MAYO de 2021 www.ladiscusion.cl
Ciudad
recambio de luminarias
Corte de Chillán
rechaza recurso de
amparo y mantiene en
$480 millones prisión preventiva a
permiten financiar
el primer semestre exadministrador municipal
de la Tarifa Adulto
Mayor en Ñuble Es sindicado por el Ministerio Público como presunto autor del delito de
cohecho. Ilícito que habría perpetrado entre mayo de 2019 y abril del año pasado.
Desde la División de Trans- POR: lA DISCuSIón *[email protected] / FOTOS: lA DISCuSIón
porte Público Regional, per-
Han pos- teneciente al Ministerio de
tulados 665 Transportes y Telecomuni- a Corte de Apela-
vehículos de caciones, informaron que se ciones de Chillán
transporte pagó la primera cuota del año rechazó ayer el re-
para esta de la Tarifa Adulto Mayor a los curso de amparo
compen- transportistas de Ñuble, que Lpresentado en contra
sación representa el monto total del de la resolución pronunciada
económica primer semestre de este año. por el Juzgado de Garantía
y de ellos, El total del subsidio cancela- de San Carlos, el 19 de abril
620 fueron do fue de $484 millones, que pasado, que mantuvo sujeto a
pagados en financia el beneficio para la la medida cautelar de prisión
esta primera tercera edad, que tiene pasaje preventiva al exadministrador
instancia. rebajado. de la municipalidad local,
Desde el 1 de julio del año Ricardo Vallejos Palacios,
2020, los adultos mayores sobre sindicado por el Ministerio
los 65 años de edad pueden Público como autor del delito
hacer efectivo la tarifa especial de cohecho, ilícito que habría
en el transporte público mayor, perpetrado entre mayo de
urbano y rural, en todo el 2019 y abril del año pasado,
país. La Tarifa Adulto Mayor en el proceso de recambio de
consiste en una rebaja de 50% luminarias led en la comuna
en las tarifas del transporte de Chillán.
público. En fallo unánime (cau-
“El beneficio de la Tarifa de sa rol 47-2021), la Primera
Adulto Mayor es una ayuda Sala del tribunal de alzada
directa a la calidad de vida –integrada por los ministros
de nuestros adultos mayores, Darío Silva, Guillermo Arcos,
es por esto, como Ministerio Claudio Arias y Paulina Ga-
de Transportes y Telecomu- llardo– desestimó la pretensión
nicaciones, subsidiamos el del recurrente, tras establecer
transporte público mayor para que la resolución impugnada
que todas las personas que lo se adoptó en forma fundada
necesiten utilicen este bene- y que, además, la defensa del
ficio. Hacemos un llamado a amparado había recurrido
quedarse en casa, sin embargo, de apelación en contra de la
si necesitan comprar alimentos misma resolución que ahora
o asistir a una atención médica, reclama vía amparo, y que la
estén tranquilos que esta tarifa Corte de Chillán confirmó.
especial se respetará tanto en El tribunal de alzada razona
buses rurales como urbanos que: “(…) ambos recursos,
en todo el país, solo presen- el de apelación y amparo, Recurso fue preventiva el imputado, y pedir advierte la vulneración al de-
tando su cédula de identidad”, ciertamente son herramientas en contra de una cautelar menos gravosa, se recho a guardar silencio, pues,
valoró la titular de la cartera de diferentes tanto en requisitos la resolución conformó con la legalidad de el que la jueza recurrida no se
Transportes en Ñuble, Bárbara como finalidades, de que pronuncia- la resolución, cuestionando su convenza de las explicaciones
Kopplin. dispone el imputado para da por el mérito, pidiéndole al superior que ha dado el amparado y
La población beneficiaria de atacar la prisión preventiva Juzgado de una nueva y completa revisión su defensa, no significa que
adultos mayores de esta rebaja que se ha impuesto, pero su Garantía de de los presupuestos del artículo lo obligue a declarar o que
de la tarifa en Ñuble asciende elección por una de ellas, 140 del Código del Ramo”. no respete tal derecho. Y en
a 76.705 personas. Las comu- que si bien es exclusiva de su San Carlos, La resolución agrega que: cuanto a la presunción de
nas con mayor porcentaje de defensa técnica, hace precluir el 19 de abril “(…) en dicho escenario, no inocencia, cabe anotar que
personas mayores de 65 años el derecho a utilizar la restante. pasado. resulta admisible, que coetá- la magistrada ha dado por
son Cobquecura, Ninhue y En efecto, al apelar de la prisión neamente, recurra de amparo, acreditados los presupuestos
Ránquil, donde el promedio en ahora cuestionando la legalidad a que se refiere el artículo 140
comparación a la cantidad de de la resolución, por cuanto del Código Procesal Penal, y
habitantes totales corresponde dicha conducta procesal se ello significa que derribó, por
a un 21%. contradice con la que adoptó al ahora, la referida presunción,
En cuanto a la aplicación apelar, como se dijo. Y en todo lo que resulta perfectamente
de la rebaja tarifaria en la re- “No se advierte la caso, al confirmar esta Corte legal y la defensa, podrá, por
gión, los adultos mayores solo vulneración al dere- el 27 de abril pasado, validó la su parte, intentar modificar
necesitan presentar su cédula legalidad del procedimiento aquello, atacando la prueba
de identidad al momento de cho a guardar silen- y de la resolución, razón su- de cargo y ofreciendo otra de
subir al transporte, para acre- cio”. ficiente para desestimar este descargo”.
ditar haber nacido en 1955 o recurso”.
antes, y el conductor aplicará FALLO PRIMERA SALA Asimismo, para la Primera COMENTA E INFóRMATE MÁS EN:
el descuento del pasaje. CORtE DE ApElACIOnES Sala, en la especie, “(…) no se www.ladiscusion.cl