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10 Domingo 11 de abril de 2021
Ciudad
fue el fallo
de la Corte
suprema,
respecto a
un detenido
en Aysén, lo
que generó
la jurispru-
dencia a nivel
nacional.
A juicio de
los penalis-
tas locales,
el incumplir
medidas
sanitarias,
no es un
delito penal.
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Recursos
presentados
por comu-
nidades
religiosas
podrían ser
fallados a
su favor.
l pasado 20 de febrero, pusiere en peligro la salud públi- según Fallo sólo transitar no pone en riesgo la salud pública
un hombre, que ca- ca’ es uno de peligro hipotético
minaba por calle Las o abstracto-concreto, por lo que
Rosas, de la comuna la conducta desplegada por el Corte de Apelaciones
Ede Bulnes, a las 21.20 requerido quien fue sorpren-
horas, es decir, 20 minutos dido en la vía pública cuando
iniciado el toque de queda, regía horario de restricción
fue detenido por una patrulla domiciliaria nocturna o toque
de Carabineros por infringir la de queda sin salvoconducto revoca sentencia por
norma sanitaria. que lo autoriza, no satisface la
Puesto a disposición de la exigencia de peligro”.
Fiscalía de San Carlos, se le Pese a que aún queda el re-
formalizó por “Poner en peligro curso ante la Corte Suprema por salir en toque de queda
la salud pública en Tiempos de parte de la fiscalía para dar por
epidemia” y se pidió en su contra cerrado el caso, la resolución de
una multa de 6 UTM, similar los ministros chillanejos asoma
a la sanción solicitada para en plena sintonía con el último
todos quienes pasan a control y polémico fallo del máximo y difiere de criterio
de detención por esta causa en tribunal chileno, que en idén-
la Región de Ñuble. tico caso, pero acontecido en la
Pese a que el Juzgado de localidad de Cochrane (región
Garantía sancarlino acogió de Aysén), revocó la sanción de con el Gobierno
la solicitud fiscal, la Defen- primera instancia y lo absolvió
soría Penal Pública presentó de los cargos.
un recurso ante la Corte de Hoy, que en nuestra región
Apelaciones de Chillán, y el se ha concretado más de 12.900
25 de marzo el tribunal de detenciones por incumplir estas Tribunal de alzada establece que la resolución está acorde al actuar
alzada revocó la sentencia sin medidas sanitarias y con cerca
siquiera sustituirla por una de de cinco mil causas tramitadas o mostrado por la Corte Suprema ante el ya polémico artículo 318 del
menor entidad. por tramitarse en los tribunales Código Sanitario. Abogados penalistas locales critican que se instrumentalice
Y en el fallo se acogía además de la región, aparece una con-
el argumento que, desde iniciada tradicción fundamental entre el el Código Penal para políticas de Gobierno. Causas ya se acercan a las 5 mil
la pandemia, la Defensoría ha discurso disuasivo del Gobierno,
discutido en los juzgados de Ñu- que promete persecuciones en los tribunales de la Región.
ble: “El artículo 318 del Código y sanciones penales para los
Penal que dispone que ‘El que infractores, y los últimos fallos por: feliPe AhumADA jeGó *[email protected] / foToS: lA DisCusión