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24 Domingo 27 de septiembre de 2020 www.ladiscusion.cl
la Semana
La propiedad privada en el debate constituyente
Cuando el pasado 23 de di- reconocimiento de la propiedad en
ciembre se promulgó la ley favor de las mujeres en sociedades
21.200, que modifica el Capítulo altamente patriarcales. Al tiempo
XV de la Constitución Política que promueve y hace posible la
de la República y pemite realizar autonomía personal, colabora
el plebiscito del 25 de octubre, el opinión en desmantelar una sociedad
senador Guido Girardi declaró que subordina y empobrece a la
-en un punto de prensa- que mitad de la población.
comenzaba “el inicio del fin de Parece evidente por lo mismo,
la Constitución de Pinochet”, que un factor relevante a la hora
lo que implicaría que “se va a pensar la propiedad es cómo ella
terminar una sociedad en la que está distribuida y las normas que
la propiedad privada está por la regulan. Si de verdad tiene las
sobre cualquier otro valor”. virtudes que muchos le reconocen,
En primer lugar, es necesario una conclusión necesaria es que
aclarar que el derecho de propie- ella que debe estar al alcance de
dad no está por sobre cualquier todos y todas. Como derecho, no
otro valor. Sin embargo una Nuestra constitución protege la propiedad Los viejos republicanos conocían muy como privilegio.
debida protección al derecho privada de acuerdo con lo que debería ser el bien que la propiedad podía ser un factor La operación realizada por la
de propiedad es necesaria para empresa Friosur por el cual la
una sociedad próspera y libre. sentido común. El artículo 19 N° 14 consagra determinante en la estabilidad de las Cooperativa de Trabajadores de
En efecto, una sólida defensa este derecho, estableciendo requisitos para relaciones sociales, y también para la la pesquera pasaron a ser parte
del derecho de propiedad es del directorio y a poseer el 20%
una importante defensa de las poder realizar expropiaciones” legitimidad del régimen político” de la empresa, constituye un hito
personas contra el poder del notable de un esfuerzo privado
Estado y contra la coerción de Camilo CammaS Sergio Fuenzalida por utilizar la propiedad como
terceros, permite el intercambio AbogADo, coNsUltor y ANAlistA lEgislAtivo AbogADo y AcADémico UcEN mecanismo de integración social,
libre, la cooperación entre las económica y también gerencial
personas e incentiva la inversión en la Reforma Agraria de los bienes nacionales de uso público Uno de los temas que con humana. con los trabajadores. La unidad de
y el emprendimiento. años 60 y durante el gobierno y se otorga a los particulares el seguridad serán abordados en Estas dos últimas perspectivas, propósito y comunidad de intere-
Lo dicho con anterioridad no de la Unidad Popular. derecho de aprovechamiento una instancia constituyente en el sin descartar los aportes del utili- ses que esto permite puede marcar
se aplica únicamente respecto A mayor abundamiento, el N° de ellas de acuerdo a las normas país será el relativo a la propiedad tarismo y el liberalismo, parecen una diferencia significativa en la
de los grandes capitales, sino 23 del mismo artículo garantiza establecidas en dicho cuerpo privada. Hay buenos motivos para ser las más fructíferas en cuanto relación capital-trabajo, y puede
que se extiende tanto a grandes el derecho a adquirir la propiedad legal. mantener la tradición constitucio- a fundar la propiedad privada constituir una de las respuestas
como pequeños propietarios. de todo tipo de bienes, debiendo Si bien es legítima una dis- nal chilena y consagrarla como de- como un derecho humano. Para para ir reconfigurando unas rela-
Un claro ejemplo lo podemos ser las leyes que lo restrinjan de cusión sobre los derechos de recho fundamental. Por lo demás, Hegel la propiedad cumple un rol ciones tan resquebrajadas como
encontrar en los Estados Unidos, quórum calificado. aguas, esta debe hacerse con está reconocida expresamente en insustituible en la proyección de la las que se viven en el país.
país próspero y con una clara Por otro lado, el artículo 19 responsabilidad, sin falsas con- la Declaración Universal de De- subjetividad y la libertad humana La propiedad, en vez de ser
conciencia de la importancia de N° 20, prohibe que la ley esta- signas y teniendo en cuenta que rechos Humanos, la Declaración en la realidad material. Es un considerada como límite frente
la propiedad privada. En países blezca tributos manifiestamente sus titulares no son sólo grandes Americana de los Derechos y medio para anclar la libertad en a los otros, atada a la idea de
donde el derecho de propiedad es desproporcionados o injustos, es mineras, sino que también pe- Deberes del Hombre y, asimismo, las cosas tangibles y un escenario exclusión, en este caso abre la
inexistente, muy débil o carente decir, aquéllos que a simple vista queños agricultores, comuneros en la Convención Americana de a partir del cual configurar las posibilidad a crear puentes. El
de suficiente certeza jurídica, se poseen estas características. Esta y asociaciones de canalistas, Derechos Humanos. relaciones sociales. La propiedad dominio es resignificado con la
puede apreciar, en el mejor de los limitación impide que se realice entre otros. Los fundamentos para conti- sobre nuestros hogares es un buen operación de la empresa pesquera
casos, menos prosperidad. una expropiación indirecta a la Cuando la izquierda dice que nuar con esta tradición podemos ejemplo de ello, o la propiedad como un elemento que permite
Nuestra constitución pro- propiedad, por vía de impuestos la Constitución “pone trabas” encontrarla en varias escuelas de que se reconoce a los pueblos y articula relaciones, y sienta las
tege la propiedad privada de a ésta. a las “reformas profundas”, se pensamiento, desde el utilitarismo, indígenas sobre sus territorios bases para designios comunes.
acuerdo con lo que debería ser Respecto del caso de la supues- están refiriendo simplemente a que ve a la propiedad como un ancestrales. Ya los viejos republicanos
el sentido común. El artículo ta propiedad privada de las aguas que ésta les impide acabar, entre factor que hace posible y pro- La perspectiva aristotélica- conocían muy bien que la
19 N°14 consagra este derecho, es necesario establecer la falsedad otras cosas, con la propiedad mueve el bienestar, pasando por tomista, por su parte, vincula la propiedad podía ser un factor
estableciendo requisitos para de esta consigna populista. La privada tal como la conocemos, la concepción liberal que vincula propiedad con las capacidades determinante en la estabilidad
poder realizar expropiaciones, Constitución establece en el dando a conocer sólo algunos moralmente la propiedad con el humanas. El despliegue de la de las relaciones sociales,
los que consisten en el deber 19 N° 24, inciso final, que los planteamientos vagos, tal como lo trabajo y el mérito, la tradición persona, que nunca puede ser y también para la legitimi-
de indemnizar al propietario particulares son propietarios hizo el Senador, pero sin revelar hegeliana que concibe el dominio pensada desde un punto de dad del régimen político. De
por el daño patrimonial efec- sobre derechos de aguas y no sus verdaderas intenciones. Para como un medio para la autorrea- vista atomista o individualista, hecho, sólo una propiedad
tivamente causado, pagando sobre las aguas propiamente tal. ello requieren quitar todas estas lización personal, hasta la visión sino que relacional (como ser suficientemente distribuida
la indemnización en dinero Esta materia debe ser regulada barreras, pudiendo hacernos aristotélica-tomista que la relaciona que encuentra su realización en hacía posible la democracia.
efectivo y al contado. Esto es un por ley, lo que hace el Código una idea de lo que se busca al a los recursos necesarios para el y por la sociedad), requiere de Bajo este designio hay que
claro desincentivo a expropiacio- de Aguas, que establece en plantear la idea de una nueva desarrollo de las capacidades, un control sobre determinados pensarla en nuestra discusión
nes abusivas, como las ocurridas su artículo 5 que las aguas son Carta Magna. la prosperidad y la autonomía recursos. Un ejemplo de ello es el constitucional.
polítiCa San CarloS región movilidad eduCaCión
topfivE Abren sumarios sanitarios a Alcalde ingresa a cuarentena Atraso en comunas y un alto En 19 comunas permiten 60% de alumnos de escuelas
tras dar positivo examen PCR
viajes interregionales
centralismo de Chillán
diputados Carvajal y Silber
no pueden acceder a internet
Casi un 60% de los estudiantes
La Seremi de Salud de Ñuble
A partir del lunes 28 de septiem-
El alcalde suplente de San Car-
La Región de Ñuble no salió
que asistentes a los establecimien-
bre, los habitantes de 19 comunas
bien ubicada a nivel nacional, en
los, Pedro Méndez Sánchez, dio
ratificó el lunes la apertura de su-
marios sanitarios en contra de los
instrumento que mide la gestión de
fases 3 o Preparación, podrán sacar
poseen los medios para conectarse
confirmarse un brote que afecta a
diputados Loreto Carvajal (PPD)
funcionarios públicos. La infor-
un permiso especial para visitar
y Gabriel Silber (DC) en medio de
las comunas en salud, educación,
de manera remota con sus profe-
comunas de otras regiones, que
sores y recibir materias de forma
mación fue confirmada desde el
una controversia que se desató el positivo en un examen PCR, tras el Índice de Desarrollo Comunal, de la región, que se encuentran en tos municipales de Chillán no
economía, ente otras. El estudio
fin de semana por los controles a municipio donde se precisó que pone a Chillán en un nivel de también se encuentren en fase 3, 4 telemática. El municipio estudia
ambos parlamentarios en las dos se encuentra estable y en una calidad de vida muy superior a y 5. No está permitido desviarse a entregar a estudiantes en calidad
aduanas dispuestas en los accesos residencia sanitaria para cumplir las otras 20 comunas del territorio Chillán y Chillán Viejo, que son las de comodato equipos por el tiempo
norte y sur de la región. la cuarentena de 14 días. regional. dos comunas en cuarentena. que dure la pandemia.