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16   Jueves 20 de febrero de 2025                                                                                            www.ladiscusion.cl

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           N-66-O SAN IGNACIO DE PALO-   art. 21 del Decreto Ley N° 2.186   conocimiento del expropiado, que   de 1978. Secretario.  según el rol de avalúo N° 164-171,
           MARES-RAFAEL” Rol V-246-2024,   de 1978. Secretario.        según el rol de avalúo N° 204-1,   20/22                    de la comuna de RANQUIL, que
           referido al lote N° 76, por resolución   19/21              de la comuna de COELEMU, que                                figura a nombre  ROJAS FUEN-
           de fecha 29 de enero de 2025, se ha                         figura a nombre  MELLA FUEN-  SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE      TEALBA CECILIA DEL CAR,, la
           ordenado poner en conocimiento   PRIMER JUZGADO CIVIL DE    TEALBA ALEJANDRO IGNAC Y,     CHILLÁN.- En causa sobre pago   petición formulada por el Fisco
           del expropiado, que según el rol de   CHILLÁN.- En causa sobre pago   la petición formulada por el Fisco   de indemnización por expropia-  de Chile para tomar posesión
           avalúo N° 164-207, de la comuna   de indemnización por expropia-  de Chile para tomar posesión   ción, necesaria para la ejecución   material del bien expropiado. El
           de RANQUIL, que figura a nombre     ción, necesaria para la ejecución   material del bien expropiado. El   de la obra “MEJORAMIENTO   expropiado y otros titulares de
           NEIRA HINOJOSA LUIS ALBERTO,   de la obra “REPOSICION RUTA   expropiado y otros titulares de   RUTA INTERCOMUNAL DEL    derechos, dispondrán de cinco
           la petición formulada por el Fisco   N-59-Q, SECTOR: CHILLAN -   derechos, dispondrán de cinco   SECANO INTERIOR” Rol V-245-  días para manifestar voluntad de
           de Chile para tomar posesión   YUNGAY (TRAMO 1)”. Rol V-250-  días para manifestar voluntad de   2024, referido al lote N° 173-A, por   recoger frutos pendientes, bajo
           material del bien expropiado. El   2024, referido al lote N° 103-A por   recoger frutos pendientes, bajo   resolución de fecha 29 de enero   apercibimiento señalado en el
           expropiado y otros titulares de   resolución de fecha 29 de enero   apercibimiento señalado en el   de 2025, se ha ordenado poner   art. 21 del Decreto Ley N° 2.186
           derechos, dispondrán de cinco   de 2025, se ha ordenado poner   art. 21 del Decreto Ley N° 2.186   en conocimiento del expropiado,   de 1978. Secretario.
           días para manifestar voluntad de   en conocimiento del expropiado,   de 1978. Secretario.  que según el rol de avalúo N°   20/22
           recoger frutos pendientes, bajo   que según el rol de avalúo N°   20/22                   169-140, de la comuna de POR-
           apercibimiento señalado en el   437-75, de la comuna de BULNES,                           TEZUELO, que figura a nombre
           art. 21 del Decreto Ley N° 2.186   que figura a nombre ESPINOZA   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE   FLORES TORRES CRISTIAN IVAN,   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE
           de 1978. Secretario.          FUENTES PERLA ANTONIETA, la   CHILLÁN.- En causa sobre pago   la petición formulada por el Fisco   CHILLÁN.- En causa sobre pago de
           19/21                         petición formulada por el Fisco   de indemnización por expropia-  de Chile para tomar posesión   indemnización por expropiación,
                                         de Chile para tomar posesión   ción, necesaria para la ejecución   material del bien expropiado. El   necesaria para la ejecución de la
           PRIMER JUZGADO CIVIL DE       material del bien expropiado. El   de la obra “MEJORAMIENTO   expropiado y otros titulares de   obra “MEJORAMIENTO RUTA
           CHILLÁN.- En causa sobre pago de   expropiado y otros titulares de   RUTA N-66-O SAN IGNACIO DE   derechos, dispondrán de cinco   N-66-O SAN IGNACIO DE PALO-
           indemnización por expropiación,   derechos, dispondrán de cinco   PALOMARES-RAFAEL” Rol V-241-  días para manifestar voluntad de   MARES-RAFAEL” Rol V-251-2024,
           necesaria para la ejecución de la   días para manifestar voluntad de   2024, referido al lote N° 41, por   recoger frutos pendientes, bajo   referido al lote N° 51, por resolución
           obra “MEJORAMIENTO RUTA       recoger frutos pendientes, bajo   resolución de fecha 29 de enero   apercibimiento señalado en el   de fecha 29 de enero de 2025, se ha
           N-66-O SAN IGNACIO DE PALO-   apercibimiento señalado en el   de 2025, se ha ordenado poner en   art. 21 del Decreto Ley N° 2.186   ordenado poner en conocimiento
           MARES-RAFAEL” Rol V-247-2024,   art. 21 del Decreto Ley N° 2.186   conocimiento del expropiado, que   de 1978. Secretario.  del expropiado, que según el rol de
           referido al lote N° 54 por resolución   de 1978. Secretario.  según el rol de avalúo N° 204-1,   20/22                  avalúo N° 164-377, de la comuna
           de fecha 29 de enero de 2025, se ha   19/21                 de la comuna de COELEMU, que                                de RANQUIL, que figura a nombre
           ordenado poner en conocimiento                              figura a nombre  MELLA FUEN-  SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE      MARTEL RUIZ MAGALY ISABEL,
           del expropiado, que según el rol de   PRIMER JUZGADO CIVIL DE   TEALBA ALEJANDRO IGNAC Y,   CHILLÁN.- En causa sobre pago   la petición formulada por el Fisco
           avalúo N° 164-377, de la comuna   CHILLÁN.- En causa sobre pago   la petición formulada por el Fisco   de indemnización por expropia-  de Chile para tomar posesión
           de RANQUIL, que figura a nombre     de indemnización por expropia-  de Chile para tomar posesión   ción, necesaria para la ejecución   material del bien expropiado. El
           MARTEL RUIZ MAGALY ISABEL,    ción, necesaria para la ejecución   material del bien expropiado. El   de la obra “MEJORAMIENTO   expropiado y otros titulares de
           la petición formulada por el Fisco   de la obra “MEJORAMIENTO   expropiado y otros titulares de   RUTA N-66-O SAN IGNACIO   derechos, dispondrán de cinco
           de Chile para tomar posesión   RUTA INTERCOMUNAL DEL        derechos, dispondrán de cinco   DE PALOMARES-RAFAEL” Rol    días para manifestar voluntad de
           material del bien expropiado. El   SECANO INTERIOR”. Rol V-251-  días para manifestar voluntad de   V-247-2024, referido al lote N°   recoger frutos pendientes, bajo
           expropiado y otros titulares de   2024, referido al lote N° 63-A por   recoger frutos pendientes, bajo   79, por resolución de fecha 29   apercibimiento señalado en el
           derechos, dispondrán de cinco   resolución de fecha 29 de enero   apercibimiento señalado en el   de enero de 2025, se ha ordena-  art. 21 del Decreto Ley N° 2.186
           días para manifestar voluntad de   de 2025, se ha ordenado poner   art. 21 del Decreto Ley N° 2.186   do poner en conocimiento del   de 1978. Secretario.
           recoger frutos pendientes, bajo   en conocimiento del expropiado,   de 1978. Secretario.  expropiado, que según el rol de   20/22
           apercibimiento señalado en el   que según el rol de avalúo N° 148-  20/22                 avalúo N° 164-372, de la comuna
           art. 21 del Decreto Ley N° 2.186   696, de la comuna de NINHUE,                           de RANQUIL, que figura a nombre     SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE
           de 1978. Secretario.          que figura a nombre CHANDIA   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE      RUIZ ROMERO ARIEL EDUARDO,    CHILLÁN.- En causa sobre pago de
           19/21                         SAN MARTIN ELISA DEL CAR Y,   CHILLÁN.- En causa sobre pago   la petición formulada por el Fisco   indemnización por expropiación,
                                         la petición formulada por el Fisco   de indemnización por expropia-  de Chile para tomar posesión   necesaria para la ejecución de la
           PRIMER JUZGADO CIVIL DE       de Chile para tomar posesión   ción, necesaria para la ejecución   material del bien expropiado. El   obra “MEJORAMIENTO RUTA
           CHILLÁN.- En causa sobre pago de   material del bien expropiado. El   de la obra “MEJORAMIENTO   expropiado y otros titulares de   INTERCOMUNAL DEL SECANO
           indemnización por expropiación,   expropiado y otros titulares de   RUTA N-66-O SAN IGNACIO DE   derechos, dispondrán de cinco   INTERIOR” Rol V-254-2024, referi-
           necesaria para la ejecución de la   derechos, dispondrán de cinco   PALOMARES-RAFAEL” Rol V-242-  días para manifestar voluntad de   do al lote N° 62, por resolución de
           obra “MEJORAMIENTO RUTA       días para manifestar voluntad de   2024, referido al lote N° 49, por   recoger frutos pendientes, bajo   fecha 29 de enero de 2025, se ha
           N-66-O SAN IGNACIO DE PALO-   recoger frutos pendientes, bajo   resolución de fecha 29 de enero   apercibimiento señalado en el   ordenado poner en conocimiento
           MARES-RAFAEL” Rol V-248-2024,   apercibimiento señalado en el   de 2025, se ha ordenado poner   art. 21 del Decreto Ley N° 2.186   del expropiado, que según el rol de
           referido al lote N° 52 por resolución   art. 21 del Decreto Ley N° 2.186   en conocimiento del expropiado,   de 1978. Secretario.  avalúo N° 148-234, de la comuna
           de fecha 29 de enero de 2025, se ha   de 1978. Secretario.  que según el rol de avalúo N° 204-  20/22                   de NINHUE, que figura a nombre
           ordenado poner en conocimiento   19/21                      52, de la comuna de RANQUIL,                                MOYA MOLINA JUSTO PASTOR,
           del expropiado, que según el rol de                         que figura a nombre  HINOJOSA   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE    la petición formulada por el Fisco
           avalúo N° 164-173, de la comuna   PRIMER JUZGADO CIVIL DE   FUENTEALBA CANDELARIO, la     CHILLÁN.- En causa sobre pago   de Chile para tomar posesión
           de RANQUIL, que figura a nombre     CHILLÁN.- En causa sobre pago   petición formulada por el Fisco   de indemnización por expropia-  material del bien expropiado. El
           ROJAS FUENTEALBA ANA MARIA    de indemnización por expropia-  de Chile para tomar posesión   ción, necesaria para la ejecución   expropiado y otros titulares de
           DEL, la petición formulada por el   ción, necesaria para la ejecución   material del bien expropiado. El   de la obra “MEJORAMIENTO   derechos, dispondrán de cinco
           Fisco de Chile para tomar posesión   de la obra “MEJORAMIENTO   expropiado y otros titulares de   RUTA N-66-O SAN IGNACIO   días para manifestar voluntad de
           material del bien expropiado. El   RUTA INTERCOMUNAL DEL    derechos, dispondrán de cinco   DE PALOMARES-RAFAEL” Rol    recoger frutos pendientes, bajo
           expropiado y otros titulares de   SECANO INTERIOR”. Rol V-252-  días para manifestar voluntad de   V-248-2024, referido al lote N°   apercibimiento señalado en el
           derechos, dispondrán de cinco   2024, referido al lote N° 58 por   recoger frutos pendientes, bajo   77, por resolución de fecha 28   art. 21 del Decreto Ley N° 2.186
           días para manifestar voluntad de   resolución de fecha 29 de enero   apercibimiento señalado en el   de enero de 2025, se ha ordena-  de 1978. Secretario.
           recoger frutos pendientes, bajo   de 2025, se ha ordenado poner   art. 21 del Decreto Ley N° 2.186   do poner en conocimiento del   20/22
           apercibimiento señalado en el   en conocimiento del expropiado,   de 1978. Secretario.    expropiado, que según el rol de
           art. 21 del Decreto Ley N° 2.186   que según el rol de avalúo N° 148-  20/22              avalúo N° 164-294, de la comuna   PRIMER JUZGADO CIVIL DE
           de 1978. Secretario.          858, de la comuna de NINHUE,                                de RANQUIL, que figura a nombre     CHILLÁN.- En causa sobre pago
           19/21                         que figura a nombre RIGOBER-  SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE      PANTOJA PEREZ ANDRONICO,      de indemnización por expropia-
                                         TO JESUS MOYA CHANDIA, la     CHILLÁN.- En causa sobre pago   la petición formulada por el Fisco   ción, necesaria para la ejecución
           PRIMER JUZGADO CIVIL DE       petición formulada por el Fisco   de indemnización por expropia-  de Chile para tomar posesión   de la obra “MEJORAMIENTO
           CHILLÁN.- En causa sobre pago de   de Chile para tomar posesión   ción, necesaria para la ejecución   material del bien expropiado. El   RUTA INTERCOMUNAL DEL
           indemnización por expropiación,   material del bien expropiado. El   de la obra “MEJORAMIENTO   expropiado y otros titulares de   SECANO INTERIOR” Rol V-255-
           necesaria para la ejecución de la   expropiado y otros titulares de   RUTA N-66-O SAN IGNACIO DE   derechos, dispondrán de cinco   2024, referido al lote N° 57-B, por
           obra “REPOSICION RUTA N-59-   derechos, dispondrán de cinco   PALOMARES-RAFAEL” Rol V-243-  días para manifestar voluntad de   resolución de fecha 29 de enero
           Q, SECTOR: CHILLAN - YUNGAY   días para manifestar voluntad de   2024, referido al lote N° 47, por   recoger frutos pendientes, bajo   de 2025, se ha ordenado poner
           (TRAMO 1)”. Rol V-249-2024, refe-  recoger frutos pendientes, bajo   resolución de fecha 29 de enero   apercibimiento señalado en el   en conocimiento del expropiado,
           rido al lote N° 132-A por resolución   apercibimiento señalado en el   de 2025, se ha ordenado poner   art. 21 del Decreto Ley N° 2.186   que según el rol de avalúo N° 148-
           de fecha 29 de enero de 2025, se ha   art. 21 del Decreto Ley N° 2.186   en conocimiento del expropiado,   de 1978. Secretario.  316, de la comuna de NINHUE,
           ordenado poner en conocimiento   de 1978. Secretario.       que según el rol de avalúo N° 204-  20/22                   que figura a nombre  GRANDON
           del expropiado, que según el rol de   19/21                 52, de la comuna de RANQUIL,                                CADENA RUDERCINDO Y OTRO,
           avalúo N° 576-107, de la comuna                             que figura a nombre  HINOJOSA   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE    la petición formulada por el Fisco
           de SAN IGNACIO, que figura a   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE     FUENTEALBA CANDELARIO, la     CHILLÁN.- En causa sobre pago   de Chile para tomar posesión
           nombre PINO RECABAL JULIO     CHILLÁN.- En causa sobre pago   petición formulada por el Fisco   de indemnización por expropia-  material del bien expropiado. El
           CESAR, la petición formulada por   de indemnización por expropia-  de Chile para tomar posesión   ción, necesaria para la ejecución   expropiado y otros titulares de
           el Fisco de Chile para tomar pose-  ción, necesaria para la ejecución   material del bien expropiado. El   de la obra “MEJORAMIENTO   derechos, dispondrán de cinco
           sión material del bien expropiado.   de la obra “MEJORAMIENTO   expropiado y otros titulares de   RUTA N-66-O SAN IGNACIO DE   días para manifestar voluntad de
           El expropiado y otros titulares de   RUTA N-66-O SAN IGNACIO DE   derechos, dispondrán de cinco   PALOMARES-RAFAEL” Rol V-250-  recoger frutos pendientes, bajo
           derechos, dispondrán de cinco   PALOMARES-RAFAEL” Rol V-239-  días para manifestar voluntad de   2024, referido al lote N° 53, por   apercibimiento señalado en el
           días para manifestar voluntad de   2024, referido al lote N° 45, por   recoger frutos pendientes, bajo   resolución de fecha 29 de enero   art. 21 del Decreto Ley N° 2.186
           recoger frutos pendientes, bajo   resolución de fecha 29 de enero   apercibimiento señalado en el   de 2025, se ha ordenado poner en   de 1978. Secretario.
           apercibimiento señalado en el   de 2025, se ha ordenado poner en   art. 21 del Decreto Ley N° 2.186   conocimiento del expropiado, que   20/22
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