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Economicos
que según el rol de avalúo N° 2217-617, de para manifestar voluntad de recoger frutos bien expropiado. El expropiado y otros la petición formulada por el Fisco de por el Fisco de Chile para tomar posesión
la comuna de Chillan Viejo, que figura a pendientes, bajo apercibimiento señalado titulares de derechos, dispondrán de cinco Chile para tomar posesión material del material del bien expropiado. El expropiado
nombre Inversiones e Inmobiliaria Bos- en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de días para manifestar voluntad de recoger bien expropiado. El expropiado y otros y otros titulares de derechos, dispondrán
ques, la petición formulada por el Fisco 1978. Secretario. frutos pendientes, bajo apercibimiento titulares de derechos, dispondrán de cinco de cinco días para manifestar voluntad de
de Chile para tomar posesión material 20/22 señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° días para manifestar voluntad de recoger recoger frutos pendientes, bajo apercibi-
del bien expropiado. El expropiado y otros 2.186 de 1978. Secretario. frutos pendientes, bajo apercibimiento miento señalado en el art. 21 del Decreto
titulares de derechos, dispondrán de cinco PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En 20/22 señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° Ley N° 2.186 de 1978. Secretario.
días para manifestar voluntad de recoger causa sobre pago de indemnización por 2.186 de 1978. Secretario. 20/22
frutos pendientes, bajo apercibimiento expropiación, necesaria para la ejecución PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En 20/22
señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° de la obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, causa sobre pago de indemnización por SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.-
2.186 de 1978. Secretario. SECTOR CHILLAN-YUNGAY (TRAMO 1), expropiación, necesaria para la ejecución PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de indemnización por
20/22 COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGION de la obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, En causa sobre pago de indemnización expropiación, necesaria para la ejecución
DE ÑUBLE”, Rol V-167-2023, referido al SECTOR CHILLAN-YUNGAY (TRAMO 1), por expropiación, necesaria para la de la obra “REPOSICION RUTA N-59-Q,
PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- lote N° 17-L, por resolución de fecha 22 COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGION ejecución de la obra “REPOSICION SECTOR CHILLAN-YUNGAY (TRAMO 1),
En causa sobre pago de indemnización de noviembre de 2023, se ha ordenado DE ÑUBLE”, Rol V-168-2023, referido al RUTA N-59-Q, SECTOR CHILLAN- COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGION
por expropiación, necesaria para la poner en conocimiento del expropiado, lote N° 17-E, por resolución de fecha 22 YUNGAY (TRAMO 1), COMUNA DE DE ÑUBLE”, Rol V-170-2023, referido al
ejecución de la obra “MEJORAMIENTO que según inscripción fojas 1975 N°1080, de noviembre de 2023, se ha ordenado CHILLAN VIEJO, REGION DE ÑUBLE”, lote N° 17-B, por resolución de fecha 13 de
RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO del CBR de Chillán Viejo, año 2022, de poner en conocimiento del expropiado, Rol V-169-2023, referido al lote N° diciembre de 2023, se ha ordenado poner
INTERIOR”, Rol V-165-2023, referido al la comuna de Chillan Viejo, que figura a que según inscripción fojas 1975 N°1080, 17-C, por resolución de fecha 22 de en conocimiento del expropiado, que según
lote N° 118, por resolución de fecha 22 nombre Alejandro Enrique Bocaz Bocaz, del CBR de Chillán Viejo, año 2022, de noviembre de 2023, se ha ordenado inscripción fojas 1975 N°1080, del CBR de
de noviembre de 2023, se ha ordenado la petición formulada por el Fisco de la comuna de Chillan Viejo, que figura a poner en conocimiento del expropia- Chillán Viejo, año 2022, de la comuna de
poner en conocimiento del expropiado, Chile para tomar posesión material del nombre Alejandro Enrique Bocaz Bocaz, do, que según inscripción fojas 1975 Chillan Viejo, que figura a nombre Alejandro
que según el rol de avalúo N° 169-500, bien expropiado. El expropiado y otros la petición formulada por el Fisco de N°1080, del CBR de Chillán Viejo, año Enrique Bocaz Bocaz, la petición formulada
de la comuna de Portezuelo, que figura titulares de derechos, dispondrán de cinco Chile para tomar posesión material del 2022, de la comuna de Chillan Viejo, por el Fisco de Chile para tomar posesión
a nombre Aravena Figueroa Jovino, la días para manifestar voluntad de recoger bien expropiado. El expropiado y otros que figura a nombre Alejandro Enrique material del bien expropiado. El expropiado
petición formulada por el Fisco de Chile frutos pendientes, bajo apercibimiento titulares de derechos, dispondrán de cinco Bocaz Bocaz, la petición formulada y otros titulares de derechos, dispondrán
para tomar posesión material del bien señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° días para manifestar voluntad de recoger por el Fisco de Chile para tomar po- de cinco días para manifestar voluntad de
expropiado. El expropiado y otros titulares 2.186 de 1978. Secretario. frutos pendientes, bajo apercibimiento sesión material del bien expropiado. recoger frutos pendientes, bajo apercibi-
de derechos, dispondrán de cinco días 20/22 señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° El expropiado y otros titulares de miento señalado en el art. 21 del Decreto
para manifestar voluntad de recoger frutos 2.186 de 1978. Secretario. derechos, dispondrán de cinco días Ley N° 2.186 de 1978. Secretario.
pendientes, bajo apercibimiento señalado SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- 20/22 para manifestar voluntad de recoger 20/22
en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de En causa sobre pago de indemnización por frutos pendientes, bajo apercibimiento
1978. Secretario. expropiación, necesaria para la ejecución SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- señalado en el art. 21 del Decreto Ley SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.-
20/22 de la obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, En causa sobre pago de indemnización por N° 2.186 de 1978. Secretario. En causa sobre pago de indemnización por
SECTOR CHILLAN-YUNGAY (TRAMO 1), expropiación, necesaria para la ejecución 20/22 expropiación, necesaria para la ejecución
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGION de la obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, de la obra “REPOSICION RUTA N-59-Q,
En causa sobre pago de indemnización por DE ÑUBLE”, Rol V-167-2023, referido al SECTOR CHILLAN-YUNGAY (TRAMO 1), SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- SECTOR CHILLAN-YUNGAY (TRAMO 1),
expropiación, necesaria para la ejecución lote N° 17-M, por resolución de fecha 13 COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGION En causa sobre pago de indemnización por COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGION
de la obra “MEJORAMIENTO RUTA IN- de diciembre de 2023, se ha ordenado DE ÑUBLE”, Rol V-168-2023, referido al expropiación, necesaria para la ejecución DE ÑUBLE”, Rol V-171-2023, referido al
TERCOMUNAL DEL SECANO INTERIOR”, poner en conocimiento del expropiado, lote N° 17-K, por resolución de fecha 13 de la obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, lote N° 35, por resolución de fecha 13 de
Rol V-165-2023, referido al lote N° 119, por que según inscripción fojas 1975 N°1080, de diciembre de 2023, se ha ordenado SECTOR CHILLAN-YUNGAY (TRAMO 1), diciembre de 2023, se ha ordenado poner
resolución de fecha 13 de diciembre de 2023, del CBR de Chillán Viejo, año 2022, de poner en conocimiento del expropiado, COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGION en conocimiento del expropiado, que según
se ha ordenado poner en conocimiento del la comuna de Chillan Viejo, que figura a que según inscripción fojas 1975 N°1080, DE ÑUBLE”, Rol V-169-2023, referido al el rol de avalúo N° 2217-617, de la comuna
expropiado, que según el rol de avalúo N° nombre Alejandro Enrique Bocaz Bocaz, del CBR de Chillán Viejo, año 2022, de lote N° 17-D, por resolución de fecha 13 de de Chillan Viejo, que figura a nombre Inver-
169-68, de la comuna de Portezuelo, que la petición formulada por el Fisco de la comuna de Chillan Viejo, que figura a diciembre de 2023, se ha ordenado poner siones e Inmobiliaria Bosques, la petición
figura a nombre Fuentes Zapata Gloria del Chile para tomar posesión material del nombre Alejandro Enrique Bocaz Bocaz, en conocimiento del expropiado, que según formulada por el Fisco de Chile para tomar
Pilar, la petición formulada por el Fisco de inscripción fojas 1975 N°1080, del CBR de posesión material del bien expropiado. El
Chile para tomar posesión material del Obituarios Chillán Viejo, año 2022, de la comuna de expropiado y otros titulares de derechos,
bien expropiado. El expropiado y otros Chillan Viejo, que figura a nombre Alejandro dispondrán de cinco días para manifestar
titulares de derechos, dispondrán de cinco Enrique Bocaz Bocaz, la petición formulada voluntad de recoger frutos pendientes, bajo
días para manifestar voluntad de recoger por el Fisco de Chile para tomar posesión apercibimiento señalado en el art. 21 del
frutos pendientes, bajo apercibimiento material del bien expropiado. El expropiado Decreto Ley N° 2.186 de 1978. Secretario.
señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° a y otros titulares de derechos, dispondrán 20/22
2.186 de 1978. Secretario. de cinco días para manifestar voluntad de
20/22 DEFUNCIÓN recoger frutos pendientes, bajo apercibi- EXTRACTO JUZGADO DE LETRAS DE
miento señalado en el art. 21 del Decreto YUNGAY
PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En Comunicamos el fallecimiento de nuestra esposa, mamá, abuela Ley N° 2.186 de 1978. Secretario. Ante el Juzgado de Letras de Yungay, en
causa sobre pago de indemnización por 20/22 causa Rol C-88-2021, caratulados “Araneda
expropiación, necesaria para la ejecución con Araneda”, con fecha 3-3-2021, don Gus-
de la obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, IRIS GANIFFO ARANCIBIA PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En tavo Enrique Araneda Carrasco, cedula de
SECTOR CHILLAN-YUNGAY (TRAMO 1), causa sobre pago de indemnización por identidad 8.382.366-6, don Gabriel Eduardo
COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGION (Q.E.P.D.) expropiación, necesaria para la ejecución Araneda Carrasco, cedula de identidad
DE ÑUBLE”, Rol V-166-2023, referido al de la obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, 8.467.159-2 y doña Dolores del Carmen
lote N° 17-N, por resolución de fecha 22 Sus restos están siendo velados en la casa familiar y sus funerales se SECTOR CHILLAN-YUNGAY (TRAMO 1), Araneda Carrasco, cedula de identidad
de noviembre de 2023, se ha ordenado COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGION 8.744.684-0, solicitaron se cite a comparendo
poner en conocimiento del expropiado, efectuarán en San pedro de la Paz, Concepcion, en el cementerio Parque DE ÑUBLE”, Rol V-170-2023, referido al para la designación de arbitro de derecho que
que según inscripción fojas 1975 N°1080, lote N° 17-A, por resolución de fecha 22 de efectúe la partición de los bienes que dados
del CBR de Chillán Viejo, año 2022, de la San Pedro después de una misa que se oficiará a las: 11:30 a.m. noviembre de 2023, se ha ordenado poner al fallecimiento de sus padres. El demandado
comuna de Chillan Viejo, que figura a en conocimiento del expropiado, que según en esa causa es Ramon Gonzalo Araneda
nombre Alejandro Enrique Bocaz Bocaz, FAMILIA vIvANcO GANIFFO inscripción fojas 1975 N°1080, del CBR de Carrasco. ERNESTO QUIJON ARAVENA
la petición formulada por el Fisco de Chillán Viejo, año 2022, de la comuna de MINISTRO DE FE JUZGADO DE LETRAS
Chile para tomar posesión material del Chillan Viejo, que figura a nombre Alejandro DE YUNGAY.
bien expropiado. El expropiado y otros CHILLÁN, enero 22 de 2024 Enrique Bocaz Bocaz, la petición formulada 22/24
titulares de derechos, dispondrán de cinco
días para manifestar voluntad de recoger
frutos pendientes, bajo apercibimiento a a
señalado en el art. 21 del Decreto Ley N°
2.186 de 1978. Secretario. DEFUNCIÓN DEFUNCIÓN
20/22
Con mucha pena, pero también con la tranquilidad de su descanso, Comunicamos el fallecimiento de nuestro(a): Esposa, Mamá, Suegra,
SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- Nonna y Bisabuela
En causa sobre pago de indemnización ofrecemos nuestra oración por el fallecimiento de nuestra querida
por expropiación, necesaria para la MARTA QUINTANA VILLAGRÁN
ejecución de la obra “MEJORAMIENTO MARTA QUINTANA VILLAGRÁN
RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO (Q.E.P.D.)
INTERIOR”, Rol V-166-2023, referido al (Q.E.P.D.)
lote N° 117, por resolución de fecha 13 Sus restos están siendo velados en la Parroquia Santo Domingo y sus
de diciembre de 2023, se ha ordenado Velamos sus restos en la Parroquia Santo Domingo, donde hoy será su funerales se efectuarán el día lunes 22 de enero 2024 en el Cementerio
poner en conocimiento del expropiado,
que según el rol de avalúo N° 169-499, misa a las 11:00 horas, tras lo cual la trasladaremos hasta el Cementerio Municipal, después de una misa que se oficiará a las 11:00 hrs.
de la comuna de Portezuelo, que figura Municipal. Acompañamos a su familia, en esta difícil despedida
a nombre Aravena Figueroa Jovino, la RAMóN HORAcIO MUñOZ RONDANELLI, HIjOs, NIEtOs Y
petición formulada por el Fisco de Chile MARÍA EUGENIA RONDANELLI RODRÍGUEZ Y FAMILIA
para tomar posesión material del bien BIsNIEtOs
expropiado. El expropiado y otros titulares CHILLÁN, enero 22 de 2024 CHILLÁN, enero 22 de 2024
de derechos, dispondrán de cinco días