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10   Jueves 20 de julio de 2023                                                                                              www.ladiscusion.cl

           Economía




           la discusión
           [email protected]         modificación del código de aguas
           fotos: cedidas


                   l pasado jueves 13 se publicó   MOP destaca ampliación
                   en el Diario Oficial la ley
                   N° 21.586, que modifica el
                   Código de Aguas, amplian-
           Edo el plazo de inscripción   del plazo para inscribir
           de los derechos de aguas hasta el 6
           de abril de 2025 e introduciendo un
           procedimiento administrativo que
           permite perfeccionar los títulos de
           los derechos en la misma Dirección   derechos de aguas
           General de Aguas (DGA) del Ministerio
           de Obras Públicas (MOP).
             El seremi de Obras Públicas de
           Ñuble, Paulo De la Fuente Paredes,
           manifestó que el cambio del plazo   Hasta el 6 de abril de 2025. Director regional de la DGA valoró acuerdo con el Conservador de
           original, del 6 de octubre del 2023 al 6 de
           abril de 2025, es una oportunidad más   Bienes Raíces de Chillán para agilizar trámites necesarios para la inscripción.
           para que todos los titulares de derecho
           se ocupen de hacer las gestiones a fin
           de tener sus derechos en regla. “Es una
           excelente noticia, especialmente para                                      este proceso”, comenzó indicando.  derechos de agua, que antes debía
           nuestro mundo rural de la región, ya                                         Godoy detalló que “la ministra vi-  realizarse en sede judicial, lo que
           que permitirá que usuarios y sobre                                         sitadora instruyó al Conservador de   permitirá un procedimiento más
           todo, los agricultores más pequeños,                                       Chillán el poder seguir entregando   expedito y por el cual los usuarios ya
           tengan tiempo suficiente para reunir                                       estos antecedentes que corresponde   no tendrán que pagar.
           antecedentes y tener sus derechos de  Permitirá que usuarios y sobre todo, los   a ambas comunas, a los usuarios que   Ahora, permitirá perfeccionar o
           agua en regla”, comentó.      agricultores más pequeños, tengan tiem-      lo requieran, disminuyendo conside-  completar los elementos o carac-
             De la Fuente llamó a realizar con                                        rablemente los tiempos que significa-  terísticas esenciales de los títulos,
           tiempo la inscripción del derecho  po suficiente para reunir antecedentes”  ban el traslado de la documentación   incluyendo aquellos que consten en
           de aprovechamiento de aguas en                                             desde el CBR Chillán a los CBR de   resoluciones dictadas por el SAG, en
           el Conservador de Bienes Raíces y         paulo de la fuente               estas comunas. Por lo tanto, gracias   la misma DGA. Una vez que el título
           registrarlo en el Catastro Público de   seremi de obras públicas ñuble     a esta gestión en conjunto, todos los   esté perfeccionado por la DGA, este   También se
           Aguas, ya que es una responsabilidad                                       usuarios de Pinto o Coihueco que   mismo Servicio lo registrará direc-  establece
           individual. “Para inscribir el derecho                                     requieran los antecedentes respecto a   tamente en el Catastro Público de   un nuevo
           en el Conservador, el titular debe tener     cuyo proceso de traslado y otros hasta   los derechos de agua, pueden hacerlo   Aguas y a su vez, el titular del dere-  procedimiento
           la resolución de la DGA, del SAG o           poder obtener el documento, tenía   directamente en Chillán, acortando   cho deberá requerir al Conservador   administrativo
           la sentencia judicial que autorizó el        una demora entre tres a cuatro meses,   los plazos”.        que deje constancia del registro   para el
           derecho de aprovechamiento. Ahora            por lo cual hicimos una gestión como   La ley 21.586 también establece un   efectuado en el Catastro Público de   perfeccionamiento
           bien, si no tiene la resolución, debe        DGA con el Conservador de Chillán y   nuevo procedimiento administrativo   Aguas, al margen de la inscripción   de los derechos.
           dirigirse a la oficina regional de la        la Corte Suprema, con el fin de evitar   para el perfeccionamiento de los   del derecho de aguas.
           DGA y pedir una copia autentificada
           de la resolución que autorizó el dere-
           cho. Con la resolución emitida por la
           DGA, el titular debe ir a una notaría
           para reducir a escritura pública la
           resolución DGA, y con ese documento
           ir al Conservador de la comuna donde
           se autorizó el derecho y solicitar la
           inscripción. Luego podrá registrar
           el derecho en el Catastro Público de
           Aguas de la DGA”.
             Producto entonces de la amplia-
           ción del plazo, la caducidad de los
           derechos de aguas no inscritos en el
           Conservador se aplicará a partir del
           6 de abril de 2025.

           Acuerdo con el Conservador
             El director regional de la DGA,
           Marcelo Godoy, destacó el acuerdo
           alcanzado con el Conservador de Bienes
           Raíces de Chillán, que permite a los
           usuarios agilizar este trámite, ya que
           “el Conservador de Chillán, producto
           de que se crearon dos conservadores
           nuevos en Coihueco y Pinto, no en-
           tregaba los documentos necesarios a
           usuarios que tenían inscripciones en
           esas comunas, los que debían solicitar
           en estos nuevos conservadores, los
           cuales, a su vez, debían solicitar los
           antecedentes al conservador de Chillán,


           Indap capacita a viñateros para exportar a países nórdicos



           Con la participación de 19 productores del Valle   requerimientos para exportar, las características de
           del Itata se desarrolló la primera de dos jornadas de   los envíos y la forma de acceder a las licitaciones de
           Asesoría Técnica Especializada (ATE), enfocada en la   los poderes compradores, entre otros aspectos.
           capacitación sobre la exportación de vino a mercados   “Fue una jornada muy dinámica, con muchos datos
           nórdicos, que realizó la consultora Millaray Bergh,   importantes para tener en cuenta y que nos abren
           de Noruega.                                  oportunidades a los pequeños productores”, destacó
           La exposición que se centró en los requerimientos   el viñatero de Portezuelo, Patricio Sanhueza.
           de los monopolios de Noruega, Suecia y Finlandia,   “El programa ATE nos permite resolver una necesidad
           significó para los productores conocer los requisitos   específica, como es capacitar a los usuarios interesados
           para exportar a estos mercados, donde hay interés   en exportar sus vinos a los países nórdicos” comentó
           por los vinos de autor, que se caracterizan por partidas   el encargado de comercialización de Indap Ñuble,
           más pequeñas y de carácter más artesanal.    Luis Flores, quien destacó que una segunda etapa
           Conocieron antecedentes del mercado nórdico, los   del programa es el Gestor Comercial.
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