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           Económicos



           GO C 07 PROCEDIMIENTO EJECU-  julio de 2016 por el cual el deudor   la ejecución en contra de doña PA-  Señalo para el embargo todos los   el pagar, bajo el apercibimiento  del   al propio ejecutado, bajo su respon-
           TIVO MATERIA DEMANDA EJECU-  quedó obligado a pagar al Banco, la   MELA MAGDALENA SEPULVEDA   bienes muebles o inmuebles, corpo-  artículo 346 N°3 del C digo de   sabilidad legal. Así esta ordenado
           TIVA  COBRO  DE  PAGARÉ   suma de 734,988533 Unidades de   SABATHIER por la cantidad líquida   rales e incorporales, de propiedad   Procedimiento Civil; por acompaña-  por resolución de fecha 8 de Enero
           DEMANDANTE BANCO DEL ESTADO   Fomento por concepto de capital,   734,351636 Unidades de Fomento,   del demandado, a quien propongo   do, con citación mandato judicial.   de 2019, en los autos caratulados
           DE CHILE RUT 97.030.000-7 REPRE-  más la suma que resulta al aplicar al   equivalentes al 26 de noviembre de   como depositario provisional de los   En cuanto a la custodia, estese a lo   BANCO DEL ESTADO DE “ CHILE
           SENTANTE MAXIMILIANO JOSE   capital adeudado una tasa de interés   2018 a la suma de $20.208.000.-   mismos bajo la responsabilidad legal   resuelto el 27 de Diciembre de 2018.   CON SEPULVEDA SABATHIER ” con
           SANCHEZ DERIO RUT 13.233.382-3   del 4,3% real anual, en 360 cuotas   según el valor de dicho índice a esa   del caso al propio. Sírvase Us. tener-  AL SEGUNDO OTROSÍ Téngase   el rol5477-2018 de este Segundo
           PATROCINANTE CLAUDIO HERNÁN-  mensuales y sucesivas por la suma   fecha ($27.518,15 por unidad) más   lo presente. TERCER OTROSI: Soli-  presente, sobre bienes que aparez-  Juzgado Civil de Chillán. Así esta
           DEZ SOTOMAYOR RUT 13.860.0008-  de 3,601736 Unidades de Fomento   intereses penales y costas POR   cito a Us. tener presente que mi   can de propiedad del ejecutado al   ordenado por resolución de fecha
           4 APODERADO CLAUDIO HERNÁN-  excepto la última de ella por la suma   TANTO, en mérito de lo expuesto y   personería por el Banco del Estado   momento de la traba de embargo.   25 DE MARZO DE 2021 en los autos
           D E Z   S O T O M AY O R   R U T   de 3,830994 Unidades de Fomento,   de lo prescrito en los artículos 434   de Chile consta de escritura pública   AL TERCER OTROSÍ Téngase pre-  caratulados “BANCO DEL ESTADO
           13.860.008-4 DEMANDADO PAME-  con vencimiento la primera de ellas   Nº 4 y siguientes del Código de   de mandato firmado a través de firma   sente y por acompañada, con citación.   DE CHILE CON SEPULVEDA” con
           LA MAGDALENA SEPULVEDA SA-  el día 1 de agosto de 2.016 y las   Procedimiento Civil y demás dispo-  electrónica avanzada, de fecha 18 de   AL CUARTO OTROSÍ: Téngase   el rol 5477-2018, de este Segundo
           BATHIER RUT 13.044.002-9 EN LO   restantes los días 1 de cada uno de   siciones legales pertinentes; PIDO A   julio de 2018, otorgada ante el No-  presente. CUANTIA: 705,073824.-   Juzgado Civil de Chillán. A lo
           PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y   los meses calendarios siguientes a   US. se sirva tener por interpuesta   tario de Santiago don Álvaro Gonzá-  Unidades de Fomento, equivalentes   principal, téngase presente. Al
           mandamiento de ejecución y embar-  partir de dicha fecha; pactándose que   demanda ejecutiva en contra de la   lez Salinas, el cuál es acompañado   al 26 de Noviembre de 2018 a la   otrosí, notifíquese la demanda a doña
           go; PRIMER OTROSI: Acompaña   en caso de mora o simple retardo se   suscriptor doña PAMELA MAGDA-  en Otrosí en formato pdf a estos   suma de $19.402.327.- En Chillan,   Pamela Magdalena Sepúlveda Sa-
           documento y custodia; SEGUNDO   devengarían intereses penales a razón   LENA SEPULVEDA SABATHIER, ya   autos, con citación. POR TANTO,   a ocho de Enero de dos mil dieci-  bathier, RUT N°13.044.002-9, por
           OTROSI: Bienes para embargo y   de la tasa pactada más un 50% de la   individualizada; admitirla a tramitación,   RUEGO A US. tenerlo por acompa-  nueve, se notificó por el estado   medio de tres avisos publicados en
           depositario; TERCER OTROSI: Se   misma, y que el Banco podría hacer   disponiendo se despache manda-  ñado. CUARTO OTROSÍ: Ruego a Us.   diario, la resolución precedente.   el diario La Discusión de Chillán y
           tenga presente; CUARTO OTROSÍ:   de inmediato exigible el total del   miento de ejecución y embargo en   tener presente que patrocina esta   Firmo María Alejandra Cruz Vial.   en el Diario Oficial, correspondien-
           Patrocinio y poder. S. J. L. MAXIMI-  saldo como sí fuera de plazo vencido.   su contra por la cantidad líquida de   gestión la Abogado habilitada para   MANDAMIENTO. Chillán, 8 de   te a los días primero y quince de
           LIANO JOSE SANCHEZ DERIO,   Es del caso que solo se pagaron las   734,351636 Unidades de Fomento,   el ejercicio profesional Claudio   Enero 2019.- El Receptor Judicial   cualquier mes o al día siguiente,
           Abogado habilitada para el ejercicio   primeras 21 cuotas del pagaré, es-  equivalentes al 26 de noviembre de   Hernández Sotomayor, a quien con-  que se designe, en calidad de Mi-  avisos que contendrán los mismos
           profesional, domiciliada para estos   tando todas las restantes cuotas in-  2018 a la suma de $20.208.000.-   fiero poder, con las facultades de   nistro de fe, requerir de pago a   datos que se exigen para la notifi-
           efectos en Chillán, calle Maipón 833,   solutas, cuyo capital el 10 de mayo   según el valor de dicho índice a esa   ambos incisos del artículo 7º del   PAMELA MAGDALENA SEPULVEDA   cación personal, conforme lo indica
           en representación según se acredi-  de 2018 asciende en total a la suma   fecha ($27.518,15 por unidad) demás   Código de Procedimiento Civil, los   SABATHIER, con domicilio en   el artículo 54 del Código de Proce-
           tará del BANCO DEL ESTADO DE   de 734,351636 Unidades de Fomen-  intereses penales y costas, conte-  que doy por reproducidos, domici-  Chillán, Las Crisálidas, Pilmayken   dimiento Civil, y la necesaria para
           CHILE, sociedad anónima bancaria,   to, equivalentes al 26 de noviembre   niéndose en el mandamiento la orden   liada en Chillán, 18 de septiembre   147, para que en el momento de la   su adecuada inteligencia. Para los
           del giro de su denominación, repre-  de 2018 a la suma de $20.208.000.-   de requerirle de pago y la de embar-  671 oficina 201. MAXIMILIANO JOSE   intimación, pague a BANCO DEL   efectos del requerimiento de pago,
           sentada a su vez por su gerente ge-  según el valor de dicho índice a esa   garle bienes suficientes si no efec-  SANCHEZ DERIO C.I. 13.233.382-3   ESTADO DE CHILE, la cantidad de   cítesele a la audiencia a celebrarse
           neral ejecutivo don Juan Cooper   fecha ($27.518,15 por unidad) y que   tuare el pago en el acto de su intima-  Abogado HERNANDEZ SOTOMAYOR   705,073824.- Unidades de Fomen-  al quinto día hábil contado desde la
           Álvarez, ingeniero comercial, domi-  el Banco pudo exigir a partir del día   ción; y, en definitiva, acoger la   CLAUDIO C.I. 13.860.008-4 Aboga-  to, equivalentes al 26 de noviembre   fecha de la última publicación, a las
           ciliada para estos efectos en Santia-  11 de mayo de 2018, y que viene en   presente demanda en todas sus   do. El tribunal proveyó: Chillan, ocho   de 2018 a la suma de $19.402.327.-  09:30 horas y si recayere en día sá-
           go, Avda. Libertador Bernardo   hacer exigible en este acto, de acuer-  partes, ordenando se siga adelante   de Enero de dos mil diecinueve Por   .-, más los intereses que en derecho   bado, al día hábil siguiente a la
           O’Higgins Nº 1.111, a Us. digo: Que   do a la cláusula de aceleración y de   la ejecución hasta el entero pago de   acompañada liquidación de deuda,   correspondan. Si no efectuare el   misma hora, la que se llevar a efecto
           el BANCO DEL ESTADO DE CHILE,   capitalización de intereses pactada.   lo adeudado, en capital, intereses y   con citación. Habiéndose cumplido   pago, trábese embargo en bienes   en Secretaría del Tribunal, ubicado
           ya individualizado, es dueño y bene-  La firma en el pagaré se encuentran   costas. PRIMER OTROSI: Acompaño,   con lo ordenado, se provee la de-  propios del ejecutado equivalente   en calle Bulnes N°545, de Chillán.
           ficiario 1 pagaré, suscrito por doña   autorizada ante Notario Público, de   con citación: 1.- Pagare indicado en   manda: A LO PRINCIPAL: Despáche-  al monto antes señalado, más las   En Chillán, a veinticinco de Marzo
           PAMELA MAGDALENA SEPULVEDA   modo tal que el pagaré tiene mérito   lo principal de la demanda. 2.- Man-  se solo hasta por la cantidad de   costas de la ejecución, principiando   de dos mil veintiuno, se notifica por
           SABATHIER, de quien se ignora su   ejecutivo. Siendo la deuda líquida,   dato en que consta mi personería por   705,073824.- Unidades de Fomento,   por los bienes muebles que guar-  el estado diario, la resolución prece-
           profesión u oficio, domiciliado en   actualmente exigible y estando   la parte demandante.- POR TANTO,   equivalentes al 26 de noviembre de   necen el domicilio del ejecutado. Se   dente. Firmo Milena Andrea Aedo
 18  Martes 18 de febrero de 2020   contenida en título ejecutivo no   RUEGO A US. tener por acompañado   2018 a la suma de $19.402.327.- AL  www.ladiscusion.cl www.ladiscusion.cl
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                                                                                                               ha designado depositario provisio-
           Chillán, Las Crisalidas, Pilmayken
                                                                                                                                        Zapata.
                                                                                                             www.ladiscusion.cl
                Martes 18 de febrero de 2020
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 Martes 18 de febrero de 2020
           147. Pagaré suscrito con fecha 20 de   prescrito, corresponde se despache   los documentos. SEGUNDO OTROSI:   PRIMER OTROSÍ Por acompañado   nal de los bienes que se embarguen   24/29
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