Page 4 - Diario 16/10/2024
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Miércoles 16 de octubre de 2024                                                                                         www.ladiscusion.cl



                                                                                 Yo he asistido a muchas causas por so-
           Ciudad.                                                               con tan poco fundamento como ésta”
                                                                                 licitudes de desafuero, pero nunca antes


                                                                                 enriqUe aldUnate
                                                                                 abogado defensor de óscar crisóstomo





           corte de apelaciones rechazó de forma unánime los argumentos presentados por la fiscalía
           Gobernador dice que tras





           fracasada solicitud de






           desafuero salió “más fuerte”






           Además, la autoridad regional llamó al Ministerio Público a “realizar un proceso de reflexión”. Pese al resultado adverso (4 a
           0), el persecutor estudiará una posible apelación a la Corte Suprema que, de concretarse, involucraría al Tribunal Constitucional.




           felipe ahumada jegó                          un total de diez delitos, la Fiscalía   “Claramente estamos con más
           [email protected]
           fotos: la discusión                          llegó a la Corte de Apelaciones, ar-  fortaleza que nunca, porque no somos
                                                        gumentando su solicitud solo por   sólo nosotros quienes sostenemos  La jurisprudencia
                                                        uno de ellos.                 nuestra inocencia y que las imputacio-
                     na decena de adherentes              Tras esta sentencia, ya no podrá   nes eran falsas, hoy los ministros de   existe una ambigüedad respecto a la posibilidad de apelar
                     parados con banderas               formalizar a la autoridad regional   la corte, no dejaron espacio a dudas y   de los fallos de las cortes de apelaciones sobre casos de
                     blancas con el nombre de           por ninguno de ellos.         eso no solamente nos satisface, sino   sobreimientos. mientras el código Procesal Penal reconoce
                     Óscar Crisóstomo, con-               Crisóstomo fue consultado si seguía   que nos fortalece”.  la facultad de la corte suprema para alzar la medida, el
           Uformaban un optimista                       interpretando intenciones políticas                         tribunal constitucional, lo impide. La posibilidad, entonces,
           telón de fondo para el gobernador,           tras esta moción legal. Aunque no   La Suprema y el TC      es que la fiscalía apele a la suprema, pero (si la defensa
           quien acompañado de su abogado               respondió de manera directa, dijo   Francisco Soto, abogado asistente   actúa) le pide al tc que lo declare incostitucional. en
           Enrique Aldunate, entregaba a la             que “aquí debe haber un proceso de   de la Fiscalía, y representante del   efecto, situaciones así se han generado, pero el tc los
           prensa sus conclusiones tras ser             reflexión frente a quienes han hecho   Ministerio Público en esta audiencia,   ha rechazo en la gran mayoría.
           notificado del fallo favorable, por   Pese a que el   estas imputaciones, porque creo que   anunció que se reunirá con el equipo
           parte de la Corte de Apelaciones de   tribunal calificó   la ciudadanía espera mucho más de   fiscal para revisar el fallo y así evaluar
           Chillán, respecto a la solicitud de   de “impropios”,   ellos y que se avoquen a la labor para   la posibilidad de apelar de la determi-  pronuncie al respecto, toda vez que
           desafuero que la Fiscalía de Chillán,   los fundamentos   la que han sido constitucionalmente     nación en la Corte Suprema.  conforme a la Constitución vigente,
           había pedido en su contra.    fiscales, no   encomendados”.                  De ser así, el proceso normativo si-  salvo casos excepcionales, la resolución
             La moción interpuesta en septiem-  decretó el pago   Sin embargo, sí admitió que este   tuaría al defensor Aldunate, acudiendo   de primera instancia para causas de
           bre por el Fiscal Jefe de Chillán, Sergio   de las costas.  episodio lo terminó por fortalecer.  al Tribunal Constitucional para que se   desafuero no son apelables.
           Pérez (quien ayer no estuvo presente
           en la lectura del fallo), apuntaba a qui-
           tar el fuero que detenta el gobernador
           para no solo formalizarlo por el delito
           de corrupción entre particulares, sino
           además pedir medidas cautelares en
           su contra.
             Sin embargo, ayer tras hacerse
           pública la redacción del fallo del
           tribunal de alzada, Crisóstomo y sus
           adherentes no solo tenían razones
           para alegrarse porque los ministros
           rechazaron la petición del Ministerio
           Público, sino porque “perdieron cuatro
           a cero, y de eso es lo que ahora tienen
           que hacerse cargo”, dijo el abogado
           Aldunate.
             El defensor añadió que pese a haber
           participado de incontables causas
           similares en diversas cortes del país,
           “nunca antes me había encontrado
           con imputaciones tan graves, sobre
           todo por el tipo de personas a quien
           se acusa, ni tampoco con acusaciones
           tan poco fundadas”.
             Y en efecto, el fallo -redactado por
           la ministra Paulina Gallardo- dice
           como colorario que “que, lo expuesto
           y razonado conduce a concluir que
           no existe mérito suficiente para
           acceder a la petición de desafuero,
           pues los antecedentes presentados
           por el Ministerio Público no resultan
           bastantes ni idóneos para justificar
           la existencia del delito previsto y
           sancionado en el artículo 287 bis del
           Código Penal, ni la participación que
           en él se atribuye al actual gobernador
           de la Región de Ñuble”.
             Si bien la querella inicial, la de 2020,
           apuntaba al actual gobernador por
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