Page 7 - Diario 03/10/2024
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www.ladiscusion.cl Jueves 3 de octubre de 2024
Ciudad
la discusión
[email protected] AbogAdo defensor del gobernAdor de Ñuble responde A Argumentos de lA
fotos: la discusión
ras la audiencia realizada “Es curioso el afán
del 24 de septiembre en
la Corte de Apelaciones
de Chillán, donde la
TFiscalía Local entregó persecutorio del Ministerio
sus argumentos para solicitar
el desafuero del gobernador de
Ñuble, Óscar Crisóstomo, por la
investigación de eventuales hechos Público en un hecho que no
ocurridos cuando la actual auto-
ridad trabajaba de forma privada
asesorando a comités de vivienda;
su defensa criticó el actuar del
Ministerio Público por intentar tiene respaldo probatorio”
conseguir un desafuero sin ele-
mentos probatorios. La espera del
fallo, que se entregará el próximo
15 de octubre, ha generado variadas Enrique Aldunate aseveró que todas las actuaciones por las cuales se intenta acusar
reacciones, incluyendo la negación
de intervencionismo electoral por a Crisóstomo demuestran un “sesgo el actuar del Ministerio Público, que malentiende las
parte del Ministerio Público en
hechos que se desarrollan justo exigencias legales de un privado en la materia”.
en momentos en que la actual
autoridad busca la reelección de
su cargo.
En una entrevista con La Discu- La defensa del
sión, el abogado Enrique Aldunate, gobernador
defensor de Crisóstomo, expresó criticó el actuar
su confianza en la inocencia de del Ministerio
su representado, “respecto a las Público.
imputaciones que de manera poco
sustentada y sin prueba alguna, ha
efectuado el Ministerio Público”.
La semana pasada, el caso se
discutió ante el Pleno de la Corte
de Apelaciones de Chillán, donde
Aldunate señaló que “quedó de
manifiesto que, habiendo sido
expuesto el caso, las debilidades
fueron notorias”. El abogado resaltó
que el sustento de la acusación se
basa en “declaraciones de tres per-
sonas que en ningún caso hablan
o le dan sustento a la imputación
del Ministerio Público. Muy por el
contrario, la contradicen”.
En su presentación ante la Corte,
la Fiscalía sostuvo que Crisóstomo
habría solicitado pagos ilegales
para facilitar contratos, a lo que
Aldunate argumenta que “todas
las actuaciones que realizó Óscar
Crisóstomo en representación de
la empresa de la cual era propie- Crisóstomo junto al abogado fueron desacreditados por la propia sarrolló consistieron esencialmente
tario en aquella época, fueron en chillanejo Gumercindo Quezada, Fiscalía, quien no tiene ninguna en asesorar técnicamente a estas
el contexto de actividades lícitas”. sostiene que el Ministerio Público prueba que pueda sustentarla. Es empresas para que familias pudie-
Subrayó además lo inusual del “insiste en hacer una imputación por eso que finalmente requirió el ran concretar una vivienda propia”.
momento en que se presentó el que adicionalmente tiene un grave desafuero basado solo en el delito Añadió que la falta de concreción
requerimiento de desafuero, a problema, porque lo que le repro- de cohecho entre privados, postura de un único caso —debido a un
un poco más de un mes previo a chamos no sólo es lo tardía, sino en la queda de manifiesto el sesgo conflicto familiar y no atribuible
las elecciones. “Nos parece a lo que también la curiosa presenta- del Ministerio Público, que malen- a Crisóstomo— fue aclarada por
menos curioso el afán persecu- ción de un requerimiento a poco tiende las exigencias legales de un una investigación administrativa
tor del Ministerio Público, sobre más de un mes de una elección de privado en la materia”. del Serviu, que excluyó tanto al
un hecho que no tiene respaldo gobernador, en circunstancias que Finalmente, Aldunate defendió las Gobernador como a la Inmobiliaria
probatorio, el cual incluso podría la última diligencia que practicaron acciones de su cliente, destacando Pullay de responsabilidades. Esto,
estar prescrito”. fue a principios del 2022, y donde que “el señor Crisóstomo actuó según Aldunate, “ratifica nuestra
En la misma línea, Aldunate, todos los hechos que imputó la dentro del marco de la legalidad y convicción de su total y absoluta
quien comparte la defensa de querella inicialmente presentada, todas las actuaciones que éste de- inocencia”.