Page 5 - Diario 04/05/2024
P. 5
www.ladiscusion.cl Sábado 4 de mayo de 2024
Ciudad
comerciantes solicitaban amparo económico por no haber obtenido permisos para ejercer
Suprema rechaza demanda de
ambulantes contra municipio
Fallo ratifica la resolución dictada en primera instancia por la Corte de Apelaciones de Chillán. Problema se suscitó
entre los vendedores sin permiso que se instalan en calle Los Puelches, entre Alonso de Ercilla y calle El Volcán.
felipe ahumada jegó
[email protected]
fotos: la discusiòn
l pasado 29 de abril, la
Corte Suprema ratificó
el fallo de primera ins-
tancia, emanado por la
ECorte de Apelaciones de
Chillán, que rechazaba un recurso
de amparo presentado por un grupo
de comerciantes ambulantes del
sector Los Puelches, en contra de
la Municipalidad de Chillán, quie-
nes buscaban una compensación
económica por no haber obtenido
permisos para ejercer, por parte del
municipio.
Se desprende del fallo del tribunal
supremo que los recurrentes acusa-
ban que habían solicitado permiso
municipal para vender en el tramo
mencionado, mediante el sistema
de puestos fijos, determinados por
la respectiva Ordenanza Municipal,
pero que no han obtenido respuesta
alguna.
A su vez, la defensa del consistorio
explicó que no se recibieron presen-
tación ni solicitudes de parte de los
involucrados, y que aun cuando se
estime que hubo afectación al legíti- Suprema, quien ante esto ratificó el Benavente. Los ambulantes
mo derecho a desarrollar actividades rechazo del recurso. Para Alejandra Martínez, direc- no pudieron
económicas, no existe consenso a Más de 500 ambulantes ilegales tora de Inspección Municipal, “Esto demostrar
que pidieron
enfatiza el que ningún comerciante
nivel doctrinario ni jurisprudencial
500 respecto a la procedencia de esta lo demás nos parece de toda lógica. ambulante podrá ejercer la actividad los permisos
“Nos tranquiliza el fallo, que por
sin contar con un permiso municipal
acción tutelar.
necesarios al
Más allá de ese argumento, ini-
La directora, añade que “que este tipo
pueda servir para controlar lo que pasa
cialmente la Corte de Apelaciones Sin embargo, esto no es algo que nos que le respalde”. municipio.
de Chillán rechazó el recurso de cada fin de semana en ese lugar, donde de comercio, pasó a ser un delito con la
vendedores ambulantes se ha llegado a contabilizar, amparo económico, ya que los recu- vemos que se instalan a vender cosas en promulgación de la Ley 21426, ante lo que
por parte de la Inspección Municipal de Seguridad, rrentes tampoco pudieron presentar la vía pública hasta 500 personas. Ante las personas se exponen a sanciones más
ejerciendo el comercio ilegal durante los días sábado documentos que acreditaran la semejante cantidad, es imposible para duras, que ya no van dirigidas al Juzgado
en el sector de calle Los Puelches, entre Alonso de solicitud de tales permisos, asunto nuestros inspectores poder controlar de policía local -ya que dejó de ser falta
Ercilla y calle El Volcán. que se repitió ante la sede de la Corte la situación”, apuntó el alcalde Camilo - sino al ministerio público”
Confirman prisión preventiva para
empresario de Caso Cuentas Corrientes
CORPORACIÓN COLEGIO ALEMÁN DE CHILLAN
Asamblea General Ordinaria de Socios
La Corte de Apelaciones de Chillán confirmó la prisión preventiva Por acuerdo del Directorio y en conformidad a lo previsto
del empresario Rodrigo Andrés Carmona Olivares, imputado por el en el artículo 16 y siguientes del DS. Nº 110 Publicado en el
Ministerio Público como autor de los delitos de estafa y soborno,
ilícitos que habría perpetrado en el marco de procesos de licitación Diario Oficial de la fecha 20.3.79, cítese a Asamblea
de cuentas bancarias de municipios durante el año pasado. General Ordinaria de Socios de la Corporación a celebrarse,
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –inte- el día 14 de mayo de 2024, a las 19:00 horas primera
grada por las ministros Guillermo Arcos, Paulina Gallardo y Érica citación y 19:30 horas segunda citación, en el Colegio
Pezoa– ratificó la resolución impugnada, dictada el 26 de abril
pasado por el Juzgado de Garantía de Bulnes. ubicado en alcalde Flores Millán N.º 1007, Chillán. En la
“Que el transcurso del tiempo no es una circunstancia que por sí asamblea que se cita se someterán a la consideración de
sola sea suficiente para estimar que ha disminuido la necesidad de los señores socios: Informe de marcha general de la
cautela. Y asimismo, el hecho de realizar un depósito judicial no es
antecedente que permita tener por configurada una circunstancia Corporación; Informe financiero de la Corporación;
atenuante, pues dicha calificación es propia del juicio oral no siendo Elección de Directorio, Designación de Inspectores de
la etapa procesal para establecerla”, consigna el fallo. cuenta, y se tratarán las demás materias que prevén los
Según el ente persecutor, mediante una investigación que incluyó estatutos de la Corporación para este tipo de Asamblea.
la interceptación de teléfonos y seguimientos, se logró detectar
que el imputado se concertó con funcionarios públicos para adju- EL PRESIDENTE
dicarse irregularmente procesos de licitación de cuentas bancarias
de la Municipalidad de San Ignacio y otras casas edilicias.