Page 18 - Diario 01/03/2024
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18   Viernes 1º de marzo de 2024                                                                                             www.ladiscusion.cl

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           ubicado en la Región de Ñuble, Comuna   al acto expropiatorio y acreedores   por la expropiación del lote de terreno   titulares de derechos reales constituidos   de terreno 98, ubicado en la Región
           de Ninhue, dispuesta por D.S. Exento   que mediante resoluciones judicia-  Nº 101, ubicado en la Región de Ñuble,   con anterioridad al acto expropiatorio y   de Ñuble, Comuna de Portezuelo,
           N° 1062 del M.O.P. de 28 de noviembre   les previas a esa fecha embaracen o   Comuna de Portezuelo, dispuesta por   acreedores que mediante resoluciones   dispuesta por D.S. Exento N° 985 del
           de 2023,  lote expropiado para la Obra:   limiten dominio expropiado, hagan   D.S. Exento N° 1039 del M.O.P. de 28 de   judiciales previas a esa fecha embaracen   M.O.P. de 16 de noviembre de 2023, lote
           “MEJORAMIENTO RUTA INTERCO-   valer sus derechos sobre la indem-  noviembre de 2023,  lote expropiado   o limiten dominio expropiado, hagan   expropiado para la Obra: “MEJORA-
           MUNAL DEL SECANO INTERIOR”,   nización, dentro de veinte días, bajo   para la Obra: “MEJORAMIENTO RUTA   valer sus derechos sobre la indem-  MIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL
           que se singulariza así: Lote Nº 5, rol de   apercibimiento legal. Todo conforme   INTERCOMUNAL DEL SECANO INTE-  nización, dentro de veinte días, bajo   SECANO INTERIOR”, que se singulariza
           avalúo N° 141-157, comuna de Ninhue,   D.L. 2186 de 1978.– Secretario.  RIOR”, que se singulariza así: Lote Nº   apercibimiento legal. Todo conforme   así: Lote 98, rol de avalúo 169-733,
           a nombre FORESTAL CELCO S.A, cuyo   01/                     101, rol de avalúo N° 169-733, comuna   D.L. 2186 de 1978.– Secretario.  comuna de Portezuelo, a nombre DE
           domicilio ignoro, de 1626 m2, deslindes:                    de Portezuelo, a nombre DE LA TORRE   01/                   LA TORRE FERNANDEZ ERADIA ELS
           Norte: Camino público; Este: Camino   SEGUNDO  JUZGADO  CIVIL  DE   FERNANDEZ ERADIA ELS Y, cuyo do-                    Y, cuyo domicilio ignoro, de 740 m2,
           público; Sur: Camino Público y resto   CHILLÁN.- En causa sobre pago de   micilio ignoro, de 230 m2, deslindes:   SEGUNDO  JUZGADO  CIVIL  DE   deslindes: Norte: Camino público y
           del predio; Oeste: Resto del predio. El   indemnización por expropiación, Rol   Norte: Camino público y resto del   CHILLÁN.- En causa sobre pago de   lote N° 96; Este: Camino público y lote
           monto provisional de la indemnización   V-262-2023 por resolución de fecha   predio; Este: Camino público y resto   indemnización por expropiación, Rol   N° 96; Sur: Resto del predio; Oeste:
           efectuada por la expropiación del lote   25 de enero de 2024, se ha ordenado   del predio; Sur: Camino vecinal y resto   V-267-2023 por resolución de fecha   Resto del predio. El monto provisional
           expropiado alcanza a $ 8.737.715.- Se   publicar avisos dando cuenta que el   del predio; Oeste: Camino vecinal y   25 de enero de 2024, se ha ordenado   de la indemnización efectuada por la
           avisa a fin de que titulares de derechos   Fisco de Chile ha efectuado la consig-  resto del predio. El monto provisional   publicar avisos dando cuenta que el   expropiación del lote expropiado es $
           reales constituidos con anterioridad   nación de la indemnización provisoria   de la indemnización efectuada por   Fisco de Chile ha efectuado la consig-  2.771.094.- Se avisa a fin de que titulares
           al acto expropiatorio y acreedores   por la expropiación del lote de terreno   la expropiación del lote expropiado   nación de la indemnización provisoria   de derechos reales constituidos con
           que mediante resoluciones judicia-  Nº 116, ubicado en la Región de Ñuble,   alcanza a $ 787.387.- Se avisa a fin que   por la expropiación del lote de terreno   anterioridad al acto expropiatorio y
           les previas a esa fecha embaracen o   Comuna de Portezuelo, dispuesta por   titulares de derechos reales constituidos   Nº 128, ubicado en la Región de Ñuble,   acreedores que mediante resoluciones
           limiten dominio expropiado, hagan   D.S. Exento N° 1039 del M.O.P. de 28 de   con anterioridad al acto expropiatorio y   Comuna de Portezuelo, dispuesta por   judiciales previas a esa fecha embaracen
           valer sus derechos sobre la indem-  noviembre de 2023,  lote expropiado   acreedores que mediante resoluciones   D.S. Exento N° 995 del M.O.P. de 16 de   o limiten dominio expropiado, hagan
           nización, dentro de veinte días, bajo   para la Obra: “MEJORAMIENTO RUTA   judiciales previas a esa fecha embaracen   noviembre de 2023,  lote expropiado   valer sus derechos sobre la indem-
           apercibimiento legal. Todo conforme   INTERCOMUNAL DEL SECANO IN-  o limiten dominio expropiado, hagan   para la Obra: “MEJORAMIENTO RUTA   nización, dentro de veinte días, bajo
           D.L. 2186 de 1978.– Secretario.  TERIOR”, que se singulariza así: Lote   valer sus derechos sobre la indem-  INTERCOMUNAL DEL SECANO IN-  apercibimiento legal. Todo conforme
           01/                           Nº 116, rol de avalúo N° 169-650,   nización, dentro de veinte días, bajo   TERIOR”, que se singulariza así: Lote   D.L. 2186 de 1978.– Secretario.
                                         comuna de Portezuelo, a nombre   apercibimiento legal. Todo conforme   Nº 128, rol de avalúo N° 169-336,   01/
           SEGUNDO  JUZGADO  CIVIL  DE   FERNANDEZ TORRES GRACIELA DEL   D.L. 2186 de 1978.– Secretario.  comuna de Portezuelo, a nombre
           CHILLÁN.- En causa sobre pago de   C, cuyo domicilio ignoro, de 741 m2,   01/             URZUA STRICKER ANALIA BLANCA   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHI-
           indemnización por expropiación, Rol   deslindes: Norte: Camino público,                   MAR Y, cuyo domicilio ignoro, de 356   LLÁN.- En causa rol V-270-2023 por
           V-259-2023 por resolución de fecha   camino vecinal y lote Nº 123; Este:   SEGUNDO  JUZGADO  CIVIL  DE   m2, deslindes: Norte: Resto del predio   resolución de 25 de enero de 2024, se ha
           26 de enero de 2024, se ha ordenado   Resto del predio; Sur: Resto del predio;   CHILLÁN.- En causa sobre pago de   y lote n° 127; Este: lote 127 y lote 129;   ordenado publicar avisos dando cuenta
           publicar avisos dando cuenta que el   Oeste: Camino público y lote Nº 123. El   indemnización por expropiación, Rol   Sur: lote 129; Oeste: Resto del predio. El   que el Fisco de Chile ha efectuado la
           Fisco de Chile ha efectuado la consig-  monto provisional de la indemnización   V-265-2023 por resolución de fecha   monto provisional de la indemnización   consignación de la indemnización
           nación de la indemnización provisoria   efectuada por la expropiación del lote   25 de enero de 2024, se ha ordenado   efectuada por la expropiación del lote   provisoria por la expropiación del lote
           por la expropiación del lote de terreno   expropiado alcanza a $ 3.889.038.- Se   publicar avisos dando cuenta que el   expropiado alcanza a $ 1.871.692.- Se   de terreno 94, ubicado en la Región
           Nº 1, ubicado en la Región de Ñuble,   avisa a fin que titulares de derechos   Fisco de Chile ha efectuado la consig-  avisa a fin que titulares de derechos   de Ñuble, Comuna de Portezuelo,
           Comuna de Ninhue, dispuesta por D.S.   reales constituidos con anterioridad   nación de la indemnización provisoria   reales constituidos con anterioridad   dispuesta por D.S. Exento N° 985 del
           Exento N° 1062 del M.O.P. de 28 de   al acto expropiatorio y acreedores   por la expropiación del lote de terreno   al acto expropiatorio y acreedores   M.O.P. de 16 de noviembre de 2023, lote
           noviembre de 2023,  lote expropiado   que mediante resoluciones judicia-  Nº 35, ubicado en la Región de Ñuble,   que mediante resoluciones judicia-  expropiado para la Obra: “MEJORA-
           para la Obra: “MEJORAMIENTO RUTA   les previas a esa fecha embaracen o   Comuna de Ninhue, dispuesta por D.S.   les previas a esa fecha embaracen o   MIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL
           INTERCOMUNAL DEL SECANO INTE-  limiten dominio expropiado, hagan   Exento N° 1037 del M.O.P. de 28 de   limiten dominio expropiado, hagan   SECANO INTERIOR”, que se singulariza
           RIOR”, que se singulariza así: Lote Nº   valer sus derechos sobre la indem-  noviembre de 2023,  lote expropiado   valer sus derechos sobre la indem-  así: Lote 94, rol de avalúo 169-93,
           1, rol de avalúo N° 141-137, comuna de   nización, dentro de veinte días, bajo   para la Obra: “MEJORAMIENTO RUTA   nización, dentro de veinte días, bajo   comuna de Portezuelo, a nombre
           Ninhue, a nombre HERRERA CARTES   apercibimiento legal. Todo conforme   INTERCOMUNAL DEL SECANO INTE-  apercibimiento legal. Todo conforme   ARAVENA SEPULVEDA PETRONILA
           ANA LUISA Y OTROS, cuyo domicilio   D.L. 2186 de 1978.– Secretario.  RIOR”, que se singulariza así: Lote Nº   D.L. 2186 de 1978.– Secretario.  DEL Y, cuyo domicilio ignoro, de 782
           ignoro, de 828 m2, deslindes: Norte:   01/                  35, rol de avalúo N° 149-125, comuna   01/                  m2, deslindes: Norte: Otra propiedad
           Camino público y resto del predio;                          de Ninhue, a nombre MOLINA SOTO                             y lote N° 91; Este: Resto del predio, otra
           Este: Resto del predio; Sur: Camino   SEGUNDO  JUZGADO  CIVIL  DE   ANDRES, cuyo domicilio ignoro, de   SEGUNDO  JUZGADO  CIVIL  DE   propiedad y lote N° 91; Sur: Camino
           público; Oeste: Camino público. El   CHILLÁN.- En causa sobre pago de   593 m2, deslindes: Norte: Resto del   CHILLÁN.- En causa sobre pago de   público y resto del predio; Oeste:
           monto provisional de la indemnización   indemnización por expropiación, Rol   predio; Este: Camino público y resto   indemnización por expropiación, Rol   Camino público. El monto provisional
           efectuada por la expropiación del lote   V-263-2023 por resolución de fecha   del predio; Sur: Camino público y lote   V-268-2023 por resolución de fecha   de la indemnización efectuada por la
           expropiado alcanza a $ 3.057.330.- Se   25 de enero de 2024, se ha ordenado   36; Oeste: Resto del predio y lote 36. El   25 de enero de 2024, se ha ordenado   expropiación del lote expropiado es $
           avisa a fin de que titulares de derechos   publicar avisos dando cuenta que el   monto provisional de la indemnización   publicar avisos dando cuenta que el   3.423.567.- Se avisa a fin de que titulares
           reales constituidos con anterioridad   Fisco de Chile ha efectuado la consig-  efectuada por la expropiación del lote   Fisco de Chile ha efectuado la consig-  de derechos reales constituidos con
           al acto expropiatorio y acreedores   nación de la indemnización provisoria   expropiado alcanza a $ 941.478.- Se   nación de la indemnización provisoria   anterioridad al acto expropiatorio y
           que mediante resoluciones judicia-  por la expropiación del lote de terreno   avisa a fin que titulares de derechos   por la expropiación del lote de terreno   acreedores que mediante resoluciones
           les previas a esa fecha embaracen o   Nº 107, ubicado en la Región de Ñuble,   reales constituidos con anterioridad   Nº 124, ubicado en la Región de Ñuble,   judiciales previas a esa fecha embaracen
           limiten dominio expropiado, hagan   Comuna de Portezuelo, dispuesta por   al acto expropiatorio y acreedores   Comuna de Portezuelo, dispuesta por   o limiten dominio expropiado, hagan
           valer sus derechos sobre la indem-  D.S. Exento N° 1039 del M.O.P. de 28 de   que mediante resoluciones judicia-  D.S. Exento N° 995 del M.O.P. de 16 de   valer sus derechos sobre la indem-
           nización, dentro de veinte días, bajo   noviembre de 2023,  lote expropiado   les previas a esa fecha embaracen o   noviembre de 2023,  lote expropiado   nización, dentro de veinte días, bajo
           apercibimiento legal. Todo conforme   para la Obra: “MEJORAMIENTO RUTA   limiten dominio expropiado, hagan   para la Obra: “MEJORAMIENTO RUTA   apercibimiento legal. Todo conforme
           D.L. 2186 de 1978.– Secretario.  INTERCOMUNAL DEL SECANO INTE-  valer sus derechos sobre la indem-  INTERCOMUNAL DEL SECANO INTE-  D.L. 2186 de 1978.– Secretario.
           01/                           RIOR”, que se singulariza así: Lote Nº   nización, dentro de veinte días, bajo   RIOR”, que se singulariza así: Lote Nº   01/
                                         107, rol de avalúo N° 169-76, comuna   apercibimiento legal. Todo conforme   124, rol de avalúo N° 169-96, comuna
           SEGUNDO  JUZGADO  CIVIL  DE   de Portezuelo, a nombre FERNANDEZ   D.L. 2186 de 1978.– Secretario.  de Portezuelo, a nombre VILLAGRAN   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHI-
           CHILLÁN.- En causa sobre pago de   FIGUEROA ROSA ELVIRA Y OT, cuyo   01/                  FUENTES ALFONSO LUIS Y OT, cuyo   LLÁN.- En causa rol V-271-2023 por
           indemnización por expropiación, Rol   domicilio ignoro, de 388 m2, deslindes:             domicilio ignoro, de 143 m2, deslindes:   resolución de 6 de febrero de 2024, se ha
           V-260-2023 por resolución de fecha   Norte: Camino público y lote 104; Este:   SEGUNDO  JUZGADO  CIVIL  DE   Norte: Resto del predio y lote n° 122;   ordenado publicar avisos dando cuenta
           25 de enero de 2024, se ha ordenado   Camino público; Sur: Resto del predio;   CHILLÁN.- En causa sobre pago de   Este: Camino público y lote 122; Sur:   que el Fisco de Chile ha efectuado la
           publicar avisos dando cuenta que el   Oeste: Resto del predio y lote Nº 104. El   indemnización por expropiación, Rol   Camino público y lote 123; Oeste:   consignación de la indemnización
           Fisco de Chile ha efectuado la consig-  monto provisional de la indemnización   V-266-2023 por resolución de fecha   Resto del predio y lote 125. El monto   provisoria por la expropiación del lote
           nación de la indemnización provisoria   efectuada por la expropiación del lote   25 de enero de 2024, se ha ordenado   provisional de la indemnización   de terreno 17-I, ubicado en la Región
           por la expropiación del lote de terreno   expropiado alcanza a $ 2.710.314.- Se   publicar avisos dando cuenta que el   efectuada por la expropiación del lote   de Ñuble, Comuna de Chillán Viejo,
           Nº 111, ubicado en la Región de Ñuble,   avisa a fin que titulares de derechos   Fisco de Chile ha efectuado la consig-  expropiado alcanza a $ 530.253.- Se   dispuesta por D.S. Exento N° 984 del
           Comuna de San Ignacio, dispuesta por   reales constituidos con anterioridad   nación de la indemnización provisoria   avisa a fin que titulares de derechos   M.O.P. de 16 de noviembre de 2023,
           D.S. Exento N° 1060 del M.O.P. de 28 de   al acto expropiatorio y acreedores   por la expropiación del lote de terreno   reales constituidos con anterioridad   lote expropiado para la Obra: “RE-
           noviembre de 2023,  lote expropiado   que mediante resoluciones judicia-  Nº 21, ubicado en la Región de Ñuble,   al acto expropiatorio y acreedores   POSICIÓN RUTA N-59-Q, SECTOR:
           para la Obra: “REPOSICIÓN RUTA N-  les previas a esa fecha embaracen o   Comuna de Ninhue, dispuesta por D.S.   que mediante resoluciones judicia-  CHILLAN-YUNGAY (TRAMO 1)”, que se
           59-Q, SECTOR: CHILLAN-YUNGAY   limiten dominio expropiado, hagan   Exento N° 1037 del M.O.P. de 28 de   les previas a esa fecha embaracen o   singulariza así: Lote 17-I, inscripción
           (TRAMO 1)”, que se singulariza así:   valer sus derechos sobre la indem-  noviembre de 2023,  lote expropiado   limiten dominio expropiado, hagan   fojas 1975 N°1.080 del año 2022, CBR
           Lote Nº 111, rol de avalúo N° 576-20,   nización, dentro de veinte días, bajo   para la Obra: “MEJORAMIENTO RUTA   valer sus derechos sobre la indem-  Chillán Viejo, comuna de Chillan Viejo, a
           comuna de San Ignacio, a nombre   apercibimiento legal. Todo conforme   INTERCOMUNAL DEL SECANO INTE-  nización, dentro de veinte días, bajo   nombre ALEJANDRO ENRIQUE BOCAZ
           ALARCON RIVAS GRACIELA DEL    D.L. 2186 de 1978.– Secretario.  RIOR”, que se singulariza así: Lote Nº   apercibimiento legal. Todo conforme   BOCAZ, cuyo domicilio ignoro, de 396
           CARME, cuyo domicilio ignoro, de   01/                      21, rol de avalúo N° 149-419, comuna   D.L. 2186 de 1978.– Secretario.  m2, deslindes: Norte: Lote 17-H; Sur:
           1018 m2, deslindes: Norte: Resto del                        de Ninhue, a nombre CARTES BUSTOS   01/                     lote 17-J; Sur: Camino público; Oeste:
           predio; Sur: Camino público y lote Nº   SEGUNDO  JUZGADO  CIVIL  DE   TERESA, cuyo domicilio ignoro, de 150             Resto del predio. El monto provisional
           114; Este: Resto del predio y lote Nº 114;   CHILLÁN.- En causa sobre pago de   m2, deslindes: Norte: Resto del predio;   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHI-  de la indemnización efectuada por la
           Oeste: Camino público y lote Nº 109. El   indemnización por expropiación, Rol   Este: Camino público; Sur: camino   LLÁN.- En causa rol V-269-2023 por   expropiación del lote expropiado es $
           monto provisional de la indemnización   V-264-2023 por resolución de fecha   público y lote 22; Oeste: Resto del   resolución de 01 de febrero de 2024,   2.847.446.- Se avisa a fin de que titulares
           efectuada por la expropiación del lote   25 de enero de 2024, se ha ordenado   predio y lote 22. El monto provisional   se ha ordenado publicar avisos dando   de derechos reales constituidos con
           expropiado alcanza a $ 10.203.440.- Se   publicar avisos dando cuenta que el   de la indemnización efectuada por   cuenta que el Fisco de Chile ha efectua-  anterioridad al acto expropiatorio y
           avisa a fin que titulares de derechos   Fisco de Chile ha efectuado la consig-  la expropiación del lote expropiado   do la consignación de la indemnización   acreedores que mediante resoluciones
           reales constituidos con anterioridad   nación de la indemnización provisoria   alcanza a $ 809.659.- Se avisa a fin que   provisoria por la expropiación del lote   judiciales previas a esa fecha embaracen
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