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Miércoles 21 de febrero de 2024




                                                                    MONEDAS   $ 963,68  UF        $ 36.785,65  UTM FEBRERO           IPC ENERO      0,7%
        Economía.                                                   EURO      $1.041,82  MAÑANA   $ 36.794,50  DESEMPLEO (OCTUBRE-DICIEMBRE)        3,8%
                                                                                                               $ 64.343,00
                                                                    DÓLAR
                                                                                        HOY
                                                                                                                                     MENSUAL
                                                                                                                                     ACUM. 12 MESES
                                                                    SUPERMERCADOS
                                                                                        IMACEC
                                                                                                               ÑUBLE: 8,2% / DIGUILLÍN: 8,1%
                                                                                                  -1,0%
                                                                              -3,9%
                                                                                        DICIEMBRE
                                                                    DICIEMBRE
        tercer tribunal ambiental
        Protección del huemul fue





        clave en fallo que anuló RCA




        de línea Punilla-San Fabián







        Setencia acogió reclamaciones de vecinos en contra del proyecto de transmisión. Los reclamantes adujeron que hubo
        irregularidades metodológicas en la determinación de la línea de base y en los impactos del proyecto en la población de
        dicha especie.



                                                                                                                               la ausencia de efectos sinérgicos en
                                                                                                                               la fragmentación.
                                                                                                                                 También respecto de este compo-
                                                                                                                               nente, el tribunal consideró que la
                                                                                                                               extensión del monitoreo asociada
                                                                                                                               a la medida de compensación de
                                                                                                                               colecta de germoplasma, asociada
                                                                                                                               a la degradación del bosque en el
                                                                                                                               entorno del proyecto, debería abarcar
                                                                                                                               un periodo donde sea factible deter-
                                                                                                                               minar el éxito de la plantación y que
                                                                                                                               debería respaldarse con antecedentes
                                                                                                                               vinculados a tasas de crecimiento y
                                                                                                                               sobrevivencia de las especies. Además,
                                                                                                                               concluyó que un periodo adecuado
                                                                                                                               de monitoreo del componente, de
                                                                                                                               acuerdo con la literatura especializada,
                                                                                                                               debió ser superior a los 10 años, siendo
                                                                                                                               improcedente asociar este período
                                                                                                                               a los plazos de prescripción de las
                                                                                                                               infracciones a la Ley 20.283.
                                                                                                                                 A su vez, el Tribunal acogió la ale-
                                                                                                                               gación de los reclamantes respecto
                                                                                                                               a la indebida consideración de los
                                                                                                                               impactos en ciertas especies del com-
                                                                                                                               ponente flora por la fragmentación
                                                                                                                               del hábitat que causaría la línea de
                                                                                                                               transmisión.
                                                                                                                                 Por último, las alegaciones y motivos
        la discusión                                                              en el marco del procedimiento de   La sentencia   para acoger las reclamaciones inclu-
        [email protected]                                                                                   anula las
        fotos: La Discusión                                                       evaluación ambiental, si la medida   resoluciones y   yeron preocupaciones sobre aspectos
                                                                                                                               como la falta de fundamentación en
                                                                                  de compensación efectivamente es
               a protección del huemul y   92                                     apropiada para cumplir su finalidad.   calificaciones   la determinación de la zona buffer
                                                                                                                               alrededor del proyecto, así como
                                                                                  Esto es relevante dado que la com-
                                                                                                                ambientales
               de su hábitat fueron ele-                                          pensación supone la existencia de un   anteriores.  ciertos aspectos de la evaluación del
               mentos determinantes                                               conjunto de componentes ambientales          componente medio humano.
               en la decisión del Tercer                                          (hábitat) que sufrirán una alteración
        LTribunal Ambiental, que en   hectáreas es la estimación de la superficie que ocupará   significativa (que no es posible mi-  El proyecto
        su sentencia fechada el 8 de febrero   la línea de transmisión, considerando un ancho de   tigar o reparar), por lo que resulta   El EIA del proyecto fue presentado
        pasado, dejó sin efecto la resolución   faja de 40 metros, es decir, 20 metros a cada lado del   indispensable evaluar si aquellos que   en 2017 por la concesionaria Astaldi,
        de calificación ambiental (RCA) del   eje del trazado proyectado, en el que se montarán   se proponen en sustitución cumplen   y según se indica, considera la cons-
        proyecto de línea de transmisión   70 estructuras.                        la misma función ambiental y tienen          trucción y operación de una línea de
        que permitirá evacuar la energía que                                      similares características.”                  transmisión de simple circuito, con
        genere la futura central hidroeléctrica                                                                                una tensión nominal de 220 kV, de
        del embalse Nueva La Punilla.                resoluciones.                Bosque nativo                                23 kilómetros de longitud, destinada
          El Tribunal, con jurisdicción entre         Uno de los asuntos debatidos fue la   Respecto de los impactos sobre el   a la inyección de la energía generada
        Ñuble y Magallanes, acogió las recla-        afectación al huemul. Los reclamantes   componente flora, el Tribunal expuso   por Central Hidroeléctrica Punilla. La
        maciones presentadas (R-20-2020 y            adujeron que hubo irregularidades   que se ha descartado teóricamente el   línea se emplazará entre la subestación
        R-21-2020) por vecinos de San Fabián         metodológicas en la determinación   efecto de fragmentación del hábitat,   eléctrica del futuro Embalse La Punilla
        contra la Res. Ex. N° 20201610121, de        de la línea de base y en los impactos   utilizando una cita descontextualizada   y la subestación San Fabián, al norte
        2 de junio de 2020, dictada por la           del proyecto en la población de dicha   y errónea sobre el funcionamiento de   del río Ñuble y ruta N-31.
        Comisión de Evaluación de la Región          especie, así como en la delimitación   las poblaciones naturales. Además,   En aquel entonces, se proyectaba
        del Ñuble, que rechazó la solicitud de       del área de compensación destinada   la modelación para desestimar los    una inversión de US$9,2 millones
        invalidación de la Res. Ex. N° 289, de       a la misma, considerando su estatus   efectos sinérgicos en la fragmentación   para su concreción.
        10 de octubre de 2018, de la Comisión        de especie en peligro.       del hábitat, entregó resultados que            Debido al término del contrato de
        de Evaluación de la Región del Bio-           Al efecto, el Tribunal hizo presente   no se compararon con valores reales   concesión con la empresa Astaldi, la
        bío, que calificó favorablemente el          que la medida de compensación de   o valores esperados que proporcionen   titularidad del proyecto pasó en 2021
        estudio de impacto ambiental (EIA)           dicho hábitat se aprobó considerando   un criterio técnico de descarte de efec-  a manos del Ministerio de Obras Pú-
        del proyecto “Línea de Transmisión           criterios generales para la selección   tos. Igualmente, no se explicó cómo   blicas, que actualmente lleva adelante
        1X220 KV Punilla-San Fabián”. En la          del futuro predio. Sin embargo, esta   los valores de la tabla de resultados   un proceso de licitación para una
        sentencia, el Tribunal anuló ambas           decisión, “no permite determinar,   de la modelación permiten sustentar   nueva concesión del embalse.
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