Page 6 - Diario 26/04/2024
P. 6

Viernes 26 de abril de 2024                                                                                             www.ladiscusion.cl

           Ciudad






                                                                       Carabineros del OS7 Ñuble incautó

                                                                       más de 8.300 dosis de marihuana




                                                                       La noche de este miércoles Carabineros del oS7 Ñuble   donde se incautaron más de 4,1 kilos de marihuana
                                                                       incautó más de 8.300 dosis de marihuana elaborada,   elaborada y una planta de cannabis sativa de 1.80
                                                                       desde un domicilio del sector Liucura bajo, en la   metros de altura, además de dinero en efectivo y
                                                                       comuna de Quillón, y detuvo a dos personas por el   una pesa digital”, comentó el comisario de bulnes,
                                                                       delito de tráfico de drogas.                 mayor John brown.
                                                                       Las diligencias del equipo especializado de Carabineros   en efecto, la incautación corresponde a un total de
                                                                       se efectuaron en coordinación con la Fiscalía Local   8.300 dosis de marihuana, que en el mercado ilícito
                                                                       de bulnes, y tuvieron como foco de investigación   habrían tenido un avalúo de 40 millones de pesos.
                                                                       una vivienda donde se acopiaba y comercializaba la   en el procedimiento, fueron detenidas dos personas,
                                                                       sustancia ilícita.                           de 39 y 61 años, ambos con antecedentes penales
                                                                       “Con diversas técnicas, el equipo antidrogas de   por estafa, lesiones, hurto y robo, entre otros, las
                                                                       Carabineros pudo verificar el delito y obtener una   cuales fueron puestas a disposición del tribunal por
                                                                       orden judicial de entrada y registro al inmueble,   el delito de tráfico de drogas.


           Diego ChaCana
           [email protected]         fallo de la corte de apelaciones
           fotos: Cristian CáCeres
           A                             Municipio de Chillán
                     poco más de cuatro años
                     del fallecimiento del
                     joven de 16 años a causa
                     del desprendimiento
                     de un árbol en la Plaza
           de Armas de Chillán, durante las   deberá pagar $400
           últimas jornadas se conoció el
           fallo que obliga al municipio local
           pagar una indemnización de $400
           millones a su familia.        millones a familia del
             El trágico hecho conmocionó a
           la comunidad en febrero de 2020,
           donde Juan José Martín Morales se
           encontraba junto a una compañera
           de colegio en la plaza, frente al   joven fallecido por caída
           actual edificio de Serviu, cuando
           repentinamente un olmo les cayó
           encima.
             El desprendimiento dejó en
           estado grave a la joven y provocó   de un árbol en 2020
           el fallecimiento del adolescente,
           quien estudiaba en el Liceo Poli-
           valente de San Nicolás.
             En una primera instancia la
           demanda interpuesta por la fa-  Desde la entidad alcaldicia indicaron que esperan no recurrir a la Corte Suprema, para lo cual
           milia del joven fue acogida por el
           Segundo Juzgado Civil de Chillán,   trabajan en una observación jurídica . El adolescente falleció cuando un olmo le cayó encima en
           acreditando una negligencia por
           parte de la Municipalidad de   la Plaza de Armas.
           Chillán.
             El hecho fue ratificado por la
           Corte de Apelaciones, que emitió el   En una primera                                                                    sin perjuicio de que podría haber
           fallo obligando a la entidad edilicia   instancia la                                                                    considerado otros factores para
           a realizar el pago directamente   demanda                                                                               haber aumentado dicha indem-
           a la familia y, por consiguiente,   interpuesta por                                                                     nización”.
           ser repartida entre los padres y   la familia del                                                                        “Lo que esperamos concreta-
           hermanos de Juan José.        joven fue acogida                                                                         mente es que la Municipalidad de
             El abogado defensor de la fa-  por el Segundo                                                                         Chillán no siga dilatando el juicio,
           milia, José Cisternas, indicó que   Juzgado Civil                                                                       porque de esa forma vislumbrar
           a pesar de que el fallo de la Corte   de Chillán.                                                                       una pronta salida a este caso y de
           de Apelaciones no consideró la                                                                                          esa forma mitigar el daño que se
           indemnización por daño moral,                                                                                           ha provocado en virtud de esta
           y por consiguiente aumentar el                                                                                          falta de servicio por la cual fue
           monto a pagar, destaca que la                                                                                           condenada la entidad edilicia”,
           Corte rechazó un recurso que había                                                                                      indicó Cisternas.
           interpuesto la Municipalidad de
           Chillán “en contra de la sentencia                                                                                      Respuesta del alcalde
           de primer grado”.                                                                                                        Frente a este último punto,
             El abogado indica que “por                                                                                            según información de Radio Bio
           nuestro lado, estamos conformes                                                                                         Bio el alcalde de Chillán, Camilo
           que la Corte de Apelaciones haya                                                                                        Benavente, indicó que el proceso
           confirmado el fallo de primera                                                                                          está en manos de la aseguradora
           instancia, en el contexto de man-                                                                                       y que la intención es pagar y no
           tener el monto indemnizatorio,                                                                                          recurrir a la Corte Suprema.
                                                                                                                                    “Estamos haciendo una observa-
                                                                                                                                   ción en la dirección jurídica para
                                                                                                                                   que permita pagar la aseguradora
                                                                                                                                   y no recurrir a la Corte Suprema”,
                                                                                                                                   indicó el jefe comunal.
                                                                                                                                    Añade que “es clave en esta dis-
                                                                                                                                   cusión que la aseguradora tenga
           lo que esperamos concretamente es que                                                                                   esa voluntad para nosotros pagar
           la Municipalidad de chillán no siga dila-                                                                               esta instancia y no recurrir a la
                                                                                                                                   Corte. Ese es el informe que emitió
           tando el juicio”                                                                                                        la dirección jurídica y está, en este
                                                                                                                                   momento, con tratativas con la
           José cisternAs                                                                                                          aseguradora”, indicó Benavente
           abogado demandante                                                                                                      al citado medio.
   1   2   3   4   5   6   7   8   9   10   11