Page 16 - Diario 15/04/2024
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16   Lunes 15 de abril de 2024                                                                                               www.ladiscusion.cl

           Economicos



           cinco días para manifestar voluntad   NANDEZ FIGUEROA ROSA ELVIRA Y   Portezuelo, que figura a nombre VI-  MUNAL DEL SECANO INTERIOR”,   indemnización por expropiación,
           de recoger frutos pendientes, bajo   OT, la petición formulada por el Fisco   LLAGRAN FUENTES ALFONSO LUIS Y   Rol V-274-2023, referido al lote N°   necesaria para la ejecución de la obra
           apercibimiento señalado en el art.   de Chile para tomar posesión material   OT, la petición formulada por el Fisco   150, por resolución de fecha 28 de   “MEJORAMIENTO RUTA INTERCO-
           21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.   del bien expropiado. El expropiado y   de Chile para tomar posesión material   marzo 2024, se ha ordenado poner   MUNAL DEL SECANO INTERIOR”, Rol
           Secretario.                   otros titulares de derechos, dispondrán   del bien expropiado. El expropiado y   en conocimiento del expropiado, que   V-282-2023, referido al lote N° 165, por
           14/16                         de cinco días para manifestar voluntad   otros titulares de derechos, dispondrán   según el rol de avalúo N° 169-150, de   resolución de fecha 3 de abril 2024, se
                                         de recoger frutos pendientes, bajo   de cinco días para manifestar voluntad   la comuna de Portezuelo, que figura   ha ordenado poner en conocimiento
           SEGUNDO  JUZGADO  CIVIL  DE   apercibimiento señalado en el art.   de recoger frutos pendientes, bajo   a nombre TORRES LLANOS OSCAR   del expropiado, que según el rol de
           CHILLÁN.- En causa sobre pago de   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.   apercibimiento señalado en el art.   ARMANDO, la petición formulada   avalúo N° 169-22, de la comuna de
           indemnización por expropiación,   Secretario.               21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.   por el Fisco de Chile para tomar po-  Portezuelo, que figura a nombre
           necesaria para la ejecución de la obra   14/16              Secretario.                   sesión material del bien expropiado.
           “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR:   SEGUNDO  JUZGADO  CIVIL  DE   14/16                    El expropiado y otros titulares de   ARAVENA LUENGO VICTORIA SUC,
           CHILLAN - YUNGAY (TRAMO 1)”, Rol   CHILLÁN.- En causa sobre pago de                       derechos, dispondrán de cinco días   la petición formulada por el Fisco de
           V-260-2023, referido al lote N° 111, por   indemnización por expropiación,   SEGUNDO  JUZGADO  CIVIL  DE   para manifestar voluntad de recoger   Chile para tomar posesión material del
           resolución de fecha 2 de abril 2024, se   necesaria para la ejecución de la obra   CHILLÁN.- En causa sobre pago de   frutos pendientes, bajo apercibimiento   bien expropiado. El expropiado y otros
           ha ordenado poner en conocimiento   “MEJORAMIENTO RUTA INTERCO-  indemnización por expropiación,   señalado en el art. 21 del Decreto Ley   titulares de derechos, dispondrán de
           del expropiado, que según el rol de   MUNAL DEL SECANO INTERIOR”, Rol   necesaria para la ejecución de la obra   N° 2.186 de 1978. Secretario.  cinco días para manifestar voluntad
           avalúo N° 576-20, de la comuna de San   V-265-2023, referido al lote N° 35, por   “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR:   14/16  de recoger frutos pendientes, bajo
           Ignacio, que figura a nombre ALAR-  resolución de fecha 3 de abril 2024, se   CHILLAN – YUNGAY (TRAMO 1)”, Rol          apercibimiento señalado en el art.
           CON RIVAS GRACIELA DEL CARME,   ha ordenado poner en conocimiento   V-271-2023, referido al lote N° 17-I, por   SEGUNDO  JUZGADO  CIVIL  DE   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.
           la petición formulada por el Fisco de   del expropiado, que según el rol de   resolución de fecha 28 de marzo 2024,   CHILLÁN.- En causa sobre pago de   Secretario.
           Chile para tomar posesión material del   avalúo N° 149-125, de la comuna de   se ha ordenado poner en conocimiento   indemnización por expropiación,   14/16
           bien expropiado. El expropiado y otros   Ninhue, que figura a nombre MOLINA   del expropiado, según inscripción   necesaria para la ejecución de la obra
           titulares de derechos, dispondrán de   SOTO ANDRES, la petición formulada   de dominio inscrito a fojas 1.975 n°   “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR:   SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHI-
           cinco días para manifestar voluntad   por el Fisco de Chile para tomar po-  1.080 del año 2022, del Conservador   CHILLAN – YUNGAY (TRAMO 1)”, Rol   LLÁN.- En causa sobre pago de indemni-
           de recoger frutos pendientes, bajo   sesión material del bien expropiado.   de Bienes Raíces de Chillán Viejo, que   V-280-2023, referido al lote N° 65, por   zación por expropiación, necesaria para
           apercibimiento señalado en el art.   El expropiado y otros titulares de   figura a nombre ALEJANDRO ENRIQUE   resolución de fecha 3 de abril 2024, se   la ejecución de la obra “MEJORAMIENTO
           21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.   derechos, dispondrán de cinco días   BOCAZ BOCAZ, la petición formulada   ha ordenado poner en conocimiento del   RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO
           Secretario.                   para manifestar voluntad de recoger   por el Fisco de Chile para tomar po-  expropiado, que según el rol de avalúo
           14/16                         frutos pendientes, bajo apercibimiento   sesión material del bien expropiado.   N° 2217-9, de la comuna de Chillán   INTERIOR”, Rol V-283-2023, referido
                                         señalado en el art. 21 del Decreto Ley   El expropiado y otros titulares de   Viejo, que figura a nombre CONTRE-  al lote N° 163, por resolución de fecha
                                         N° 2.186 de 1978. Secretario.  derechos, dispondrán de cinco días   RAS ALCARRUZ LUIS HUMBERTO,   3 de abril 2024, se ha ordenado poner
           SEGUNDO  JUZGADO  CIVIL  DE   14/16                         para manifestar voluntad de recoger   la petición formulada por el Fisco de   en conocimiento del expropiado, que
           CHILLÁN.- En causa sobre pago de                            frutos pendientes, bajo apercibimiento   Chile para tomar posesión material del   según el rol de avalúo N° 169-22, de la
           indemnización por expropiación,   SEGUNDO  JUZGADO  CIVIL  DE   señalado en el art. 21 del Decreto Ley   bien expropiado. El expropiado y otros   comuna de Portezuelo, que figura a
           necesaria para la ejecución de la obra   CHILLÁN.- En causa sobre pago de   N° 2.186 de 1978. Secretario.  titulares de derechos, dispondrán de   nombre ARAVENA LUENGO VICTORIA
           “MEJORAMIENTO RUTA INTERCO-   indemnización por expropiación,   14/16                     cinco días para manifestar voluntad   SUC, la petición formulada por el Fisco
           MUNAL DEL SECANO INTERIOR”, Rol   necesaria para la ejecución de la obra                  de recoger frutos pendientes, bajo   de Chile para tomar posesión material
           V-262-2023, referido al lote N° 116, por   “MEJORAMIENTO RUTA INTERCO-  SEGUNDO  JUZGADO  CIVIL  DE   apercibimiento señalado en el art.   del bien expropiado. El expropiado y
           resolución de fecha 2 de abril 2024, se   MUNAL DEL SECANO INTERIOR, Rol   CHILLÁN.- En causa sobre pago de   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.   otros titulares de derechos, dispondrán
           ha ordenado poner en conocimiento   V-266-2023, referido al lote N° 21, por   indemnización por expropiación,   Secretario.  de cinco días para manifestar voluntad
           del expropiado, que según el rol de   resolución de fecha 3 de abril 2024, se   necesaria para la ejecución de la obra   14/16  de recoger frutos pendientes, bajo
           avalúo N° 169-650, de la comuna de   ha ordenado poner en conocimiento   “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR:               apercibimiento señalado en el art.
           Portezuelo, que figura a nombre FER-  del expropiado, que según el rol de   CHILLAN – YUNGAY (TRAMO 1)”, Rol   SEGUNDO  JUZGADO  CIVIL  DE   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.
           NANDEZ TORRES GRACIELA DEL C,   avalúo N° 149-419, de la comuna de   V-272-2023, referido al lote N° 17-G, por   CHILLÁN.- En causa sobre pago de   Secretario.
           la petición formulada por el Fisco de   Ninhue, que figura a nombre CARTES   resolución de fecha 28 de marzo 2024,   indemnización por expropiación,   14/16
           Chile para tomar posesión material del   BUSTOS TERESA, la petición formu-  se ha ordenado poner en conocimiento   necesaria para la ejecución de la obra
           bien expropiado. El expropiado y otros   lada por el Fisco de Chile para tomar   del expropiado, según inscripción   “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR:   SEGUNDO  JUZGADO  CIVIL  DE
           titulares de derechos, dispondrán de   posesión material del bien expropia-  de dominio inscrito a fojas 1.975 n°   CHILLAN – YUNGAY (TRAMO 1)”, Rol
           cinco días para manifestar voluntad   do. El expropiado y otros titulares de   1.080 del año 2022, del Conservador   V-281-2023, referido al lote N° 23, por   CHILLÁN.- En causa sobre pago de
           de recoger frutos pendientes, bajo   derechos, dispondrán de cinco días   de Bienes Raíces de Chillán Viejo, que   resolución de fecha 3 de abril 2024, se   indemnización por expropiación,
           apercibimiento señalado en el art.   para manifestar voluntad de recoger   figura a nombre ALEJANDRO ENRIQUE   ha ordenado poner en conocimiento del   necesaria para la ejecución de la obra
           21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.   frutos pendientes, bajo apercibimiento   BOCAZ BOCAZ, la petición formulada   expropiado, que según el rol de avalúo   “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR
           Secretario.                   señalado en el art. 21 del Decreto Ley   por el Fisco de Chile para tomar po-  N° 2217-617, de la comuna de Chillán   CHILLAN-YUNGAY (TRAMO 1)”, Rol
           14/16                         N° 2.186 de 1978. Secretario.  sesión material del bien expropiado.   Viejo, que figura a nombre INVER-  V-230-2023, referido al lote N° 131, por
                                         14/16                         El expropiado y otros titulares de   SIONES E INMOBILIARIA BOSQUES,   resolución de fecha 5 de abril 2024, se
           SEGUNDO  JUZGADO  CIVIL  DE                                 derechos, dispondrán de cinco días   la petición formulada por el Fisco de   ha ordenado poner en conocimiento
           CHILLÁN.- En causa sobre pago de   SEGUNDO  JUZGADO  CIVIL  DE   para manifestar voluntad de recoger   Chile para tomar posesión material del   del expropiado, que según el rol de
           indemnización por expropiación,   CHILLÁN.- En causa sobre pago de   frutos pendientes, bajo apercibimiento   bien expropiado. El expropiado y otros   avalúo N° 437-28, de la comuna de
           necesaria para la ejecución de la obra   indemnización por expropiación,   señalado en el art. 21 del Decreto Ley   titulares de derechos, dispondrán de   Bulnes, que figura a nombre SAN-
           “MEJORAMIENTO RUTA INTERCO-   necesaria para la ejecución de la obra   N° 2.186 de 1978. Secretario.  cinco días para manifestar voluntad   DOVAL PAVEZ IVAR JOSE, la petición
           MUNAL DEL SECANO INTERIOR”, Rol   “MEJORAMIENTO RUTA INTERCO-  14/16                      de recoger frutos pendientes, bajo   formulada por el Fisco de Chile para
           V-263-2023, referido al lote N° 107, por   MUNAL DEL SECANO INTERIOR”, Rol                apercibimiento señalado en el art.   tomar posesión material del bien ex-
           resolución de fecha 3 de abril 2024, se   V-268-2023, referido al lote N° 124, por   SEGUNDO  JUZGADO  CIVIL  DE   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.   propiado. El expropiado y otros titulares
           ha ordenado poner en conocimiento   resolución de fecha 3 de abril 2024, se   CHILLÁN.- En causa sobre pago de   Secretario.  de derechos, dispondrán de cinco días
           del expropiado, que según el rol de   ha ordenado poner en conocimiento   indemnización por expropiación,   14/16       para manifestar voluntad de recoger
           avalúo N° 169-76, de la comuna de   del expropiado, que según el rol de   necesaria para la ejecución de la obra   SEGUNDO  JUZGADO  CIVIL  DE
           Portezuelo, que figura a nombre FER-  avalúo N° 169-96, de la comuna de   “MEJORAMIENTO RUTA INTERCO-  CHILLÁN.- En causa sobre pago de   frutos pendientes, bajo apercibimiento
                                                                                                                                   señalado en el art. 21 del Decreto Ley
                                                                                                                                   N° 2.186 de 1978. Secretario.
                                                                                                                                   14/16

                                                                                                                                   SEGUNDO  JUZGADO  CIVIL  DE
                                                                                                                                   CHILLÁN.- En causa sobre pago de
                                                                                                                                   indemnización por expropiación,
                                                                                                                                   necesaria para la ejecución de la obra
                                                                                                                                   “MEJORAMIENTO RUTA INTERCO-
                                                                                                                                   MUNAL DEL SECANO INTERIOR”, Rol
                                                                                                                                   V-267-2023, referido al lote N° 128, por
                                                                                                                                   resolución de fecha 3 de abril 2024, se
                                                                                                                                   ha ordenado poner en conocimiento
                                                                                                                                   del expropiado, que según el rol de
                                                                                                                                   avalúo N° 169-336, de la comuna de
                                                                                                                                   Portezuelo, que figura a nombre URZUA
                                                                                                                                   STRICKER ANALIA BLANCA MAR Y,
                                                                                                                                   la petición formulada por el Fisco de
                                                                                                                                   Chile para tomar posesión material del
                                                                                                                                   bien expropiado. El expropiado y otros
                                                                                                                                   titulares de derechos, dispondrán de
                                                                                                                                   cinco días para manifestar voluntad
                                                                                                                                   de recoger frutos pendientes, bajo
                                                                                                                                   apercibimiento señalado en el art.
                                                                                                                                   21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978.
                                                                                                                                   Secretario.
                                                                                                                                   14/16
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