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www.ladiscusion.cl Jueves 7 de septiembre de 2023 15
Economicos
GARRIDO E.I.R.L., ya individualizada, este letrado el haber señalado a este actuaciones mencionadas, solicito lo indica el artículo 54 del Código de mente el RUT de don RONY IVÁN
en calidad de deudora principal y en último como demandado en calidad que los avisos correspondientes se Procedimiento Civil y los necesarios NAVARRETE GARRIDO, siendo este
contra de su representante legal don de avalista, fiador y codeudor solida- hagan en extracto redactado por para su adecuada inteligencia. Para los 15.491.880-9 y no aquel ahí señalado.
RONY IVÁN NAVARRETE GARRIDO, rio. POR TANTO, RUEGO A US.: tener el Sr. Secretario del Tribunal o por efectos de requerirle de pago, cítesele POR TANTO, en virtud de lo expuesto;
ya individualizado, en calidad de por rectificada la demanda en el sen- quien lo subrogue. POR TANTO, y de a la audiencia a celebrarse al quinto RUEGO A S.S., tener por rectificada la
avalista, fiador y codeudor solidario; tido indicado y así dar curso progre- acuerdo con lo dispuesto en el art. 54 día hábil contado desde la fecha de la resolución ya individualizada, en los
admitirla a tramitación disponiendo sivo a los autos. RESOLUCIÓN: Chillán, del Código de Procedimiento Civil, última publicación, a las 09.30 horas términos expuestos. RESOLUCIÓN.
se despache mandamiento de ejecu- veinticuatro de Mayo de dos mil vein- RUEGO A US.: se sirva ordenar que se y si recayere en sábado al día hábil Chillán, diecisiete de Agosto de dos
ción y embargo en su contra por la titrés. Téngase por rectificada en la notifique la demanda de estos autos, siguiente a la misma hora, debiendo mil veintitrés. Atendido el m rito de
suma líquida de $16.429.699 más in- demanda en los términos propuestos. sus proveídos, y demás actuaciones de manifestar el ejecutado su intención autos, como se pide, se modifica la
tereses pactados y los penales y, en Habiéndose cumplido lo ordenado, autos a don RONY IVÁN NAVARRETE de comparecer el día hábil anterior resolución de fecha 11 de Agosto en
definitiva, acoger la presente deman- se provee la demanda de folio 1: A lo GARRIDO, RUT 15.491.880-9 y a la a su realización a través de correo curso, folio 38 en el siguiente tenor:
da en todas sus partes, ordenando se principal, despáchese. Al primer otro- COMERCIALIZADORA DE ALIMEN- electrónico [email protected] o vía DONDE DICE: “r.u.n: 12.105.649–6.”,
siga adelante la ejecución hasta el sí, téngase por acompañado el pagar, TOS RONY NAVARRETE GARRIDO telefónica 42- 2221842 y en caso de no DEBE DECIR: “r.u.n: 15.491.880-9”.
entero pago de todo lo adeudado, con en su calidad de título ejecutivo; en E.I.R.L, RUT 76.535.749-7, por medio contar con los medios para conexión, Manteniéndose en lo demás. Sirva la
costas. PRIMER OTROSÍ: Sírvase SSa, cuanto a su custodia, estese al mérito de avisos extractados redactados por podrá concurrir al Tribunal. Ingrésese presente resolución como parte integran-
tener por acompañado bajo apercibi- de autos. Al segundo otrosí téngase el Sr. Secretario del tribunal o por extracto redactado por el solicitante, a te de la que se rectifica. RESOLUCIÓN
miento del artículo 346 Nº 3 del Có- presente, sobre bienes que aparezcan quien lo subrogue, disponiendo que través de módulo destinado al efecto Chillán, veintiuno de Agosto de dos mil
digo de Procedimiento Civil el paga- de propiedad del ejecutado al momen- quede citado para el requerimiento de en la Oficina Judicial Virtual, a fin veintitrés. MANDAMIENTO. Chillán, 21
ré singularizado en lo principal de esta to de la traba de embargo. Al tercer y pago. RESOLUCIÓN: Chillán, once de sea autorizado por el Secretario del de Agosto de 2023. Se complementa el
presentación y disponer su custodia. quinto otrosí, téngase presente. Al Agosto de dos mil veintitrés. Atendido Tribunal. En Chillán, a once de Agosto mandamiento de folio 1, en el sentido
SEGUNDO OTROSÍ: Sírvase SSa. tener cuarto otrosí, téngase presente y, por el mérito de autos, se resuelve lo soli- de dos mil veintitrés, se notificó por el que donde dice “requerir de pago a á
presente que señalo como bienes para acompañadas, con citación. Cuantía: citado con fecha 13 de Junio de 2023 estado diario, la resolución precedente. COMERCIALIZADORA DE ALIMENTOS
la traba del embargo, todos los bienes $16.429.699.- En Chillán, a veinticua- a folio 11: Notifíquese a don RONY ESCRITO. SOLICITA RECTIFICACIÓN RONY NAVARRETE GARRIDO E.I.R.L.,
de los demandados, incluidos los tro de Mayo de dos mil veintitrés, se IVÁN NAVARRETE GARRIDO, R.U.N: Y ENMIENDA 2° JUZGADO CIVIL DE RUT 76.535.749-7, representada por don
muebles que guarnecen sus domici- notificó por el estado diario, la reso- 12.105.649 6 en representación de CHILLÁN. RAÚL GARRETÓN ROMERO, RONY IVÁN NAVARRETE GARRIDO,
lios y demás que puedan aparecer en lución precedente. MANDAMIENTO: COMERCIALIZADORA DE ALIMENTOS abogado, en representación de la parte RUN: 12.105.649-6,” debe decir, “requerir
el futuro, los que permanecerán en su Chillán, 24 de Mayo de 2023.- El Re- RONY NAVARRETE GARRIDO E.I.R.L, ejecutante en estos autos caratulados de pago COMERCIALIZADORA DE ALI-
poder en calidad de depositario pro- ceptor Judicial que se designe, en R.U.T 76.535.749-7, por medio de “BANCO DE CHILE con NAVARRETE”, MENTOS RONY NAVARRETE GARRIDO
visional bajo las responsabilidades calidad de Ministro de fe, requerir de tres avisos publicados en el diario La rol C-1322-2023, de Vuestro Tribunal, E.I.R.L., RUT 76.535.749-7, representada
civiles y penales. TERCER OTROSÍ: pago a don COMERCIALIZADORA DE Discusión de Chillán, y, en el Diario a S.S. respetuosamente digo: Que, por legalmente por don RONY IVÁN NAVA-
Conforme lo dispuesto por la ley N° ALIMENTOS RONY NAVARRETE Oficial, correspondiente a los días este acto y en virtud de lo dispuesto RRETE GARRIDO, RUN 15.491.880-9,
21.320, y con el fin de ofrecer al de- GARRIDO E.I.R.L., RUT 76.535.749 - 7, primero y quince de cualquier mes o en el artículo 182 del Código de Pro- manteniéndose en lo demás. Sirva
mandado salidas alternativas a este representada por don RONY IVÁN al día siguiente, avisos que contendrán cedimiento Civil, vengo en solicitar esta resolución de complemento del
juicio, distintas del remate de los NAVARRETE GARRIDO, RUN: 12.105.649 los mismos datos que se exigen para rectificar y enmendar la resolución mandamiento de folio 1.
bienes embargados en autos; o del 6, ambos domiciliados en El Roble 933, la notificación personal, conforme de folio 38, la cual señala errónea- 07/09
pago íntegro e inmediato de los cré- Chillán, para que en el momento de
ditos demandados en esta ejecución, la intimación pague a BANCO DE Guía de Oficios
vengo en solicitar a S.S. tener presen- CHILE la suma $16.429.699.-, más los
te que para efectos de evaluar alter- intereses que en derecho correspon-
nativas de normalización de su situa- da y costas. Si no efectuare el pago,
ción crediticia, el demandado puede trábese embargo en bienes propios de
comunicarse con Socofin S.A. a los la ejecutada equivalentes al monto
teléfonos (42)2233190- (42)2222870, antes señalado, más las costas de la
al correo electrónico vnavarro@soco- ejecución, principiando por los bienes
fin.cl; dirigirse a nuestras oficinas muebles que guarnecen el domicilio POZOS PROFUNDOS
ubicadas en calle Constitución 664, de la ejecutada. Se ha designado de- PUNTERAS
Of. 119 - 120, de la ciudad de Chillán positario provisional de los bienes que HABITACIONALES
o ingresar en el sitio web www.soco- se embarguen a la propia ejecutada, ARRIENDO
fin.cl CUARTO OTROSÍ: Ruego a US. bajo su responsabilidad legal. Así está BULLDOZER D6
tener presente que mi personería para ordenado por resolución de fecha 24 Rosauro Acuña 387
representar al Banco de Chile consta DE MAYO DE 2023, en los autos cara- Fonos: 998732778 / 956671497
de Escritura pública otorgada con tulados “BANCO DE CHILE CON Email: [email protected] - Chillán
fecha 29 de septiembre del año 2.017 COMERCIALIZADORA DE ALIMENTOS
ante el Notario Público de la ciudad RONY NAVARRETE GARRIDO E.I.R.L”
de Santiago don René Benavente Cash, con el rol-1322-2023, de este Segun- Guía Profesional
repertorio Nº 37.874-2017, cuya copia do Juzgado Civil de Chillán. ESCRITO:
emitida y firmada digitalmente con- SOLICITA NOTIFICACIÓN POR AVI- DR. HELMUT SCHWEITZER
forme a la ley 19.799 sobre firma SOS. 2° JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN ABOGADO ODONTOLOGÍA
electrónica, se adjunta en este acto y RAÚL GARRETÓN ROMERO, abogado DELAUNOY
solicito, además, se tenga por acom- por la ejecutante en autos caratulados PAMELA JIMÉNEZ SEPÚLVEDA DR. MIGUEL ÁNGEL CONTRERAS Cirujano Dentista
pañada con citación y por acreditadas “BANCO DE CHILE con NAVARRETE”, Abogada Magister en Derecho CARRASCO Universidad de Chile
la personería para actuar en esta cau- rol C-1322-2023, a S.S. con respeto Penal Cirujano Dentista Implantes dentales -
sa en representación del Banco de digo: Consta en las diligencias con- Otras áreas: Familia, Civil Periodoncista Rehabilitación
Chile, en conformidad a lo dispuesto signadas en autos por receptor judicial Bulnes N° 832 oficina 8, Chillán Atiende: de lunes a viernes Constitución 882, Chillan
en los artículos 6 y 7 del Código de de Chillán, que el representante legal +56992437274 18 de Septiembre 685 42-2324030
Procedimiento Civil y los artículos 6 de la demandada COMERCIALIZA- [email protected] 42-2224361 - 982073937 998876358
y 7 de la ley N° 20.886, sobre tramita- DORA DE ALIMENTOS RONY NAVA-
ción electrónica. QUINTO OTROSÍ: RRETE GARRIDO E.I.R.L, RUT
Que por el presente instrumento 76.535.749-7 y demandado solidario
confiero patrocinio y poder al aboga- don RONY IVÁN NAVARRETE GARRI-
do habilitado para el ejercicio de la DO, RUT 15.491.880- 9, no ha podido
profesión don RAÚL GARRETÓN ser notificados, por no habérseles
ROMERO, RUT 15.625.822-9, forma encontrado en ninguno de los domi-
de notificación especial al correo cilios señalados y que aparecen tener
electrónico [email protected], en el REGISTRO CIVIL, TESORERÍA
domiciliado en calle Constitución 664, GENERAL DE LA REPÚBLICA, CARA-
Of. 119 - 120, de la ciudad de Chillán, BINEROS DE CHILE, SERVEL y SER-
quien firma en señal de aceptación VICIO DE
ESCRITO: RECTIFICA DEMANDA. IMPUESTOS INTERNOS. De este modo,
CUMPLIENDO LO ORDENADO, REC- no ha sido posible saber sus paraderos,
TIFICA DEMANDA. 2° JUZGADO pese a las averiguaciones practicadas.
CIVIL DE CHILLÁN RAÚL GARRETÓN Por otra parte, se sabe que se encuentra
ROMERO, abogado, por la ejecutante en el país según da cuenta de oficio de
en autos caratulados “BANCO DE la PDI de folio 35. En consecuencia, a
CHILE con NAVARRETE” Rol C-1322- efectos de dar curso a los autos, procede
2023, a US., respetuosamente digo: notificarle la demanda de estos autos,
Que, cumpliendo lo ordenado a folio sus proveídos, y demás actuaciones de
7, por este acto vengo en rectificar la autos, mediante avisos en los diarios,
demanda, en el sentido de aclarar que pues los demandados se encuentran,
el único demandado es la COMER- o se han colocado, en el caso de
CIALIZADORA DE ALIMENTOS RONY persona cuya residencia es difícil de
NAVARRETE GARRIDO E.I.R.L., RUT determinar. Como la notificación en la
76.535.749-7, representada legalmen- forma solicitada sería excesivamente
te por don RONY IVÁN NAVARRETE dispendiosa si se insertaran en la
GARRIDO, obedeciendo a un error de publicación íntegramente todas las