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        Economicos



        GARRIDO E.I.R.L., ya individualizada,   este letrado el haber señalado a este   actuaciones mencionadas, solicito   lo indica el artículo 54 del Código de   mente el RUT de don RONY IVÁN
        en calidad de deudora principal y en   último como demandado en calidad   que los avisos correspondientes se   Procedimiento Civil y los necesarios   NAVARRETE GARRIDO, siendo este
        contra de su representante legal don   de avalista, fiador y codeudor solida-  hagan en extracto redactado por   para su adecuada inteligencia. Para los   15.491.880-9 y no aquel ahí señalado.
        RONY IVÁN NAVARRETE GARRIDO,   rio. POR TANTO, RUEGO A US.: tener   el Sr. Secretario del Tribunal o por   efectos de requerirle de pago, cítesele   POR TANTO, en virtud de lo expuesto;
        ya individualizado, en calidad de   por rectificada la demanda en el sen-  quien lo subrogue. POR TANTO, y de   a la audiencia a celebrarse al quinto   RUEGO A S.S., tener por rectificada la
        avalista, fiador y codeudor solidario;   tido indicado y así dar curso progre-  acuerdo con lo dispuesto en el art. 54   día hábil contado desde la fecha de la   resolución ya individualizada, en los
        admitirla a tramitación disponiendo   sivo a los autos. RESOLUCIÓN: Chillán,   del Código de Procedimiento Civil,   última publicación, a las 09.30 horas   términos expuestos. RESOLUCIÓN.
        se despache mandamiento de ejecu-  veinticuatro de Mayo de dos mil vein-  RUEGO A US.: se sirva ordenar que se   y si recayere en sábado al día hábil   Chillán, diecisiete de Agosto de dos
        ción y embargo en su contra por la   titrés. Téngase por rectificada en la   notifique la demanda de estos autos,   siguiente a la misma hora, debiendo   mil veintitrés. Atendido el m rito de
        suma líquida de $16.429.699 más in-  demanda en los términos propuestos.   sus proveídos, y demás actuaciones de   manifestar el ejecutado su intención   autos, como se pide, se modifica la
        tereses pactados y los penales y, en   Habiéndose cumplido lo ordenado,   autos a don RONY IVÁN NAVARRETE   de comparecer el día hábil anterior   resolución de fecha 11 de Agosto en
        definitiva, acoger la presente deman-  se provee la demanda de folio 1: A lo   GARRIDO, RUT 15.491.880-9 y a la   a su realización a través de correo   curso, folio 38 en el siguiente tenor:
        da en todas sus partes, ordenando se   principal, despáchese. Al primer otro-  COMERCIALIZADORA DE ALIMEN-  electrónico [email protected] o vía   DONDE DICE: “r.u.n: 12.105.649–6.”,
        siga adelante la ejecución hasta el   sí, téngase por acompañado el pagar,   TOS RONY NAVARRETE GARRIDO   telefónica 42- 2221842 y en caso de no   DEBE DECIR: “r.u.n: 15.491.880-9”.
        entero pago de todo lo adeudado, con   en su calidad de título ejecutivo; en   E.I.R.L, RUT 76.535.749-7, por medio   contar con los medios para conexión,   Manteniéndose en lo demás. Sirva la
        costas. PRIMER OTROSÍ: Sírvase SSa,   cuanto a su custodia, estese al mérito   de avisos extractados redactados por   podrá concurrir al Tribunal. Ingrésese   presente resolución como parte integran-
        tener por acompañado bajo apercibi-  de autos. Al segundo otrosí téngase   el Sr. Secretario del tribunal o por   extracto redactado por el solicitante, a   te de la que se rectifica. RESOLUCIÓN
        miento del artículo 346 Nº 3 del Có-  presente, sobre bienes que aparezcan   quien lo subrogue, disponiendo que   través de módulo destinado al efecto   Chillán, veintiuno de Agosto de dos mil
        digo de Procedimiento Civil el paga-  de propiedad del ejecutado al momen-  quede citado para el requerimiento de   en la Oficina Judicial Virtual, a fin   veintitrés. MANDAMIENTO. Chillán, 21
        ré singularizado en lo principal de esta   to de la traba de embargo. Al tercer y   pago. RESOLUCIÓN: Chillán, once de   sea autorizado por el Secretario del   de Agosto de 2023. Se complementa el
        presentación y disponer su custodia.   quinto otrosí, téngase presente. Al   Agosto de dos mil veintitrés. Atendido   Tribunal. En Chillán, a once de Agosto   mandamiento de folio 1, en el sentido
        SEGUNDO OTROSÍ: Sírvase SSa. tener   cuarto otrosí, téngase presente y, por   el mérito de autos, se resuelve lo soli-  de dos mil veintitrés, se notificó por el   que donde dice “requerir de pago a á
        presente que señalo como bienes para   acompañadas, con citación. Cuantía:   citado con fecha 13 de Junio de 2023   estado diario, la resolución precedente.   COMERCIALIZADORA DE ALIMENTOS
        la traba del embargo, todos los bienes   $16.429.699.- En Chillán, a veinticua-  a folio 11: Notifíquese a don RONY   ESCRITO. SOLICITA RECTIFICACIÓN   RONY NAVARRETE GARRIDO E.I.R.L.,
        de los demandados, incluidos los   tro de Mayo de dos mil veintitrés, se   IVÁN NAVARRETE GARRIDO, R.U.N:   Y ENMIENDA 2° JUZGADO CIVIL DE   RUT 76.535.749-7, representada por don
        muebles que guarnecen sus domici-  notificó por el estado diario, la reso-  12.105.649 6 en representación de   CHILLÁN. RAÚL GARRETÓN ROMERO,   RONY IVÁN NAVARRETE GARRIDO,
        lios y demás que puedan aparecer en   lución precedente. MANDAMIENTO:   COMERCIALIZADORA DE ALIMENTOS   abogado, en representación de la parte   RUN: 12.105.649-6,” debe decir, “requerir
        el futuro, los que permanecerán en su   Chillán, 24 de Mayo de 2023.- El Re-  RONY NAVARRETE GARRIDO E.I.R.L,   ejecutante en estos autos caratulados   de pago COMERCIALIZADORA DE ALI-
        poder en calidad de depositario pro-  ceptor Judicial que se designe, en   R.U.T 76.535.749-7, por medio de   “BANCO DE CHILE con NAVARRETE”,   MENTOS RONY NAVARRETE GARRIDO
        visional bajo las responsabilidades   calidad de Ministro de fe, requerir de   tres avisos publicados en el diario La   rol C-1322-2023, de Vuestro Tribunal,   E.I.R.L., RUT 76.535.749-7, representada
        civiles y penales. TERCER OTROSÍ:   pago a don COMERCIALIZADORA DE   Discusión de Chillán, y, en el Diario   a S.S. respetuosamente digo: Que, por   legalmente por don RONY IVÁN NAVA-
        Conforme lo dispuesto por la ley N°   ALIMENTOS RONY NAVARRETE   Oficial, correspondiente a los días   este acto y en virtud de lo dispuesto   RRETE GARRIDO, RUN 15.491.880-9,
        21.320, y con el fin de ofrecer al de-  GARRIDO E.I.R.L., RUT 76.535.749 - 7,   primero y quince de cualquier mes o   en el artículo 182 del Código de Pro-  manteniéndose en lo demás. Sirva
        mandado salidas alternativas a este   representada por don RONY IVÁN   al día siguiente, avisos que contendrán   cedimiento Civil, vengo en solicitar   esta resolución de complemento del
        juicio, distintas del remate de los   NAVARRETE GARRIDO, RUN: 12.105.649   los mismos datos que se exigen para   rectificar y enmendar la resolución   mandamiento de folio 1.
        bienes embargados en autos; o del   6, ambos domiciliados en El Roble 933,   la notificación personal, conforme   de folio 38, la cual señala errónea-  07/09
        pago íntegro e inmediato de los cré-  Chillán, para que en el momento de
        ditos demandados en esta ejecución,   la intimación pague a BANCO DE       Guía de Oficios
        vengo en solicitar a S.S. tener presen-  CHILE la suma $16.429.699.-, más los
        te que para efectos de evaluar alter-  intereses que en derecho correspon-
        nativas de normalización de su situa-  da y costas. Si no efectuare el pago,
        ción crediticia, el demandado puede   trábese embargo en bienes propios de
        comunicarse con Socofin S.A. a los   la ejecutada equivalentes al monto
        teléfonos (42)2233190- (42)2222870,   antes señalado, más las costas de la
        al correo electrónico vnavarro@soco-  ejecución, principiando por los bienes
        fin.cl; dirigirse a nuestras oficinas   muebles que guarnecen el domicilio                                                     POZOS PROFUNDOS
        ubicadas en calle Constitución 664,   de la ejecutada. Se ha designado de-                                                         PUNTERAS
        Of. 119 - 120, de la ciudad de Chillán   positario provisional de los bienes que                                                HABITACIONALES
        o ingresar en el sitio web www.soco-  se embarguen a la propia ejecutada,                                                          ARRIENDO
        fin.cl CUARTO OTROSÍ: Ruego a US.   bajo su responsabilidad legal. Así está                                                      BULLDOZER D6
        tener presente que mi personería para   ordenado por resolución de fecha 24                                                     Rosauro Acuña 387
        representar al Banco de Chile consta   DE MAYO DE 2023, en los autos cara-                                                   Fonos: 998732778 / 956671497
        de Escritura pública otorgada con   tulados “BANCO DE CHILE CON                                                              Email: [email protected] - Chillán
        fecha 29 de septiembre del año 2.017   COMERCIALIZADORA DE ALIMENTOS
        ante el Notario Público de la ciudad   RONY NAVARRETE GARRIDO E.I.R.L”
        de Santiago don René Benavente Cash,   con el rol-1322-2023, de este Segun-  Guía Profesional
        repertorio Nº 37.874-2017, cuya copia   do Juzgado Civil de Chillán. ESCRITO:
        emitida y firmada digitalmente con-  SOLICITA NOTIFICACIÓN POR AVI-                                                         DR. HELMUT SCHWEITZER
        forme a la ley 19.799 sobre firma   SOS. 2° JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN      ABOGADO                  ODONTOLOGÍA
        electrónica, se adjunta en este acto y   RAÚL GARRETÓN ROMERO, abogado                                                      DELAUNOY
        solicito, además, se tenga por acom-  por la ejecutante en autos caratulados   PAMELA JIMÉNEZ SEPÚLVEDA  DR. MIGUEL ÁNGEL CONTRERAS   Cirujano Dentista
        pañada con citación y por acreditadas   “BANCO DE CHILE con NAVARRETE”,   Abogada Magister en Derecho  CARRASCO             Universidad de Chile
        la personería para actuar en esta cau-  rol C-1322-2023, a S.S. con respeto   Penal                Cirujano Dentista        Implantes dentales -
        sa en representación del Banco de   digo: Consta en las diligencias con-  Otras áreas: Familia, Civil  Periodoncista        Rehabilitación
        Chile, en conformidad a lo dispuesto   signadas en autos por receptor judicial   Bulnes N° 832 oficina 8, Chillán  Atiende: de lunes a viernes  Constitución 882, Chillan
        en los artículos 6 y 7 del Código de   de Chillán, que el representante legal   +56992437274       18 de Septiembre 685     42-2324030
        Procedimiento Civil y los artículos 6   de la demandada COMERCIALIZA-     [email protected]  42-2224361 - 982073937  998876358
        y 7 de la ley N° 20.886, sobre tramita-  DORA DE ALIMENTOS RONY NAVA-
        ción electrónica. QUINTO OTROSÍ:   RRETE  GARRIDO  E.I.R.L,  RUT
        Que por el presente instrumento   76.535.749-7 y demandado solidario
        confiero patrocinio y poder al aboga-  don RONY IVÁN NAVARRETE GARRI-
        do habilitado para el ejercicio de la   DO, RUT 15.491.880- 9, no ha podido
        profesión don RAÚL GARRETÓN   ser notificados, por no habérseles
        ROMERO, RUT 15.625.822-9, forma   encontrado en ninguno de los domi-
        de notificación especial al correo   cilios señalados y que aparecen tener
        electrónico [email protected],   en el REGISTRO CIVIL, TESORERÍA
        domiciliado en calle Constitución 664,   GENERAL DE LA REPÚBLICA, CARA-
        Of. 119 - 120, de la ciudad de Chillán,   BINEROS DE CHILE, SERVEL y SER-
        quien firma en señal de aceptación   VICIO DE
        ESCRITO: RECTIFICA DEMANDA.   IMPUESTOS INTERNOS. De este modo,
        CUMPLIENDO LO ORDENADO, REC-  no ha sido posible saber sus paraderos,
        TIFICA DEMANDA. 2° JUZGADO    pese a las averiguaciones practicadas.
        CIVIL DE CHILLÁN RAÚL GARRETÓN   Por otra parte, se sabe que se encuentra
        ROMERO, abogado, por la ejecutante   en el país según da cuenta de oficio de
        en autos caratulados “BANCO DE   la PDI de folio 35. En consecuencia, a
        CHILE con NAVARRETE” Rol C-1322-  efectos de dar curso a los autos, procede
        2023, a US., respetuosamente digo:   notificarle la demanda de estos autos,
        Que, cumpliendo lo ordenado a folio   sus proveídos, y demás actuaciones de
        7, por este acto vengo en rectificar la   autos, mediante avisos en los diarios,
        demanda, en el sentido de aclarar que   pues los demandados se encuentran,
        el único demandado es la COMER-  o se han colocado, en el caso de
        CIALIZADORA DE ALIMENTOS RONY   persona cuya residencia es difícil de
        NAVARRETE GARRIDO E.I.R.L., RUT   determinar. Como la notificación en la
        76.535.749-7, representada legalmen-  forma solicitada sería excesivamente
        te por don RONY IVÁN NAVARRETE   dispendiosa si se insertaran en la
        GARRIDO, obedeciendo a un error de   publicación íntegramente todas las
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