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Economicos
suscriptor puesta en el pagaré fue CIÓN, debiendo cumplir quien dili- SERVICIO DE REGISTRO CIVIL, SER- Chillán, veinticinco de septiembre de y Poniente, resto de la propiedad del
autorizada por Notario Público, por lo gencie el exhorto con lo dispuesto en VICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, dos mil veintitrés. Habiéndose cum- vendedor en 50 metros. Exceptuándose
que dicho instrumento tiene mérito el inciso 5° del artículo 2° de la ley TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚ- plido lo ordenado, se resuelve la el Lote Uno del plano agregado con el
ejecutivo. V.- La deuda es líquida, 18.120, acreditando su calidad ante el BLICA. De este modo, no ha sido presentación de folio 31: Atendido el número cuatrocientos treinta y seis al
actualmente exigible y está contenida Tribunal exhortado. Al cuarto y sexto posible saber su paradero, pese a las mérito de los antecedentes, notifíque- Registro de Propiedad del Conservador
en título ejecutivo no prescrito. POR otrosí, téngase presente. Al quinto averiguaciones practicadas. Por otra se a don OSVALDO HERNÁN CEA de Bienes Raíces de Chillán, año dos
TANTO, en mérito de lo expuesto y de otrosí, téngase presente y por acom- parte, se sabe que se encuentran en SANHUEZA, RUT 11.896.078-5, por mil siete, ya transferido. Rola inscrito
lo prescrito en los artículos 434 y si- pañado con citación. MANDAMIEN- el país según da cuenta de oficio de medio de tres avisos publicados en el el dominio del inmueble a nombre del
guientes del Código de Procedimien- TO: Chillán, veintitrés de Junio de dos la PDI de folio 20. En consecuencia, diario Crónica de Chillán y en el Dia- interdicto, a fojas 983, número 1874 y, a
to Civil y demás disposiciones legales mil veintitrés. El Receptor Judicial que a efectos de dar curso a los autos, rio Oficial, correspondiente a los días fojas 4496 vuelta, número 3743, ambas
mencionadas y pertinentes; RUEGO se designe, en calidad de Ministro de procede notificarle la demanda de primero o quince de cualquier mes o inscripciones constan en el Registro de
A SSA. se sirva tener por interpuesta fe, requerirá de pago a OSVALDO estos autos, sus proveídos, y demás al día siguiente hábil, conforme lo Propiedad del Conservador de Bienes
demanda ejecutiva en contra de don HERNÁN CEA SANHUEZA RUT N° actuaciones de autos, mediante avisos indica el artículo 54 del Código de Raíces de Chillán correspondiente a los
OSVALDO HERNÁN CEA SANHUEZA, 11.896.078-5, con domicilio en pasa- en los diarios, pues el demandado se Procedimiento Civil. Para los efectos años 1988 y 2021, respectivamente. Rol
ya individualizado, admitirla a trami- je Los Celtas N° 1622 Valle Alto, Con- encuentra o se ha colocado, en el caso de requerirle de pago, cítesele a la de avalúos 2213-21 comuna de Chillán.
tación disponiendo se despache cepción, para que en el momento de de persona cuya residencia es difícil audiencia a celebrarse al quinto día Mínimo para posturas $16.039.148. Para
mandamiento de ejecución y embar- la intimación pague a BANCO DE de determinar. Como la notificación hábil contado desde la fecha de la participar en subasta deberá rendirse
go en su contra por la suma líquida CHILE la suma de $5.070.000.-, más en la forma solicitada sería excesiva- última publicación, a las 09.00 horas caución por 10% del mínimo fijado
de $5.070.000, más intereses pactados los intereses que en derecho corres- mente dispendiosa si se insertaran en y si recayere en sábado al día hábil para posturas depósito judicial en la
y los penales y, en definitiva, acoger ponda y costas. Si no efectuare el pago, la publicación íntegramente todas las siguiente a la misma hora, la que se cuenta corriente del tribunal, mediante
la presente demanda en todas sus trábese embargo en bienes propios de actuaciones mencionadas, solicito llevará a efecto en la secretaría de este cupón de pago en BancoEstado o
partes, ordenando se siga adelante la la ejecutada equivalentes al monto que los avisos correspondientes se Tribunal, debiendo requerir la audien- transferencia electrónica de fondos a
ejecución hasta el entero pago de todo antes señalado, más las costas de la hagan en extracto redactado por el Sr. cia el día hábil anterior a su realización la referida cuenta corriente, por el total
lo adeudado, con costas. RESOLUCIÓN: ejecución, principiando por los bienes Secretario del Tribunal o por quien lo a través del correo electrónico: jc2_chi- de la caución o garantía. No se consi-
Chillán, veintitrés de Junio de dos mil muebles que guarnecen el domicilio subrogue. POR TANTO, y de acuerdo [email protected]. derarán cauciones o garantías válidas,
veintitrés. Proveyendo escrito de folio de la ejecutada. Se ha designado de- con lo dispuesto en el art. 54 del Có- 12/14 aquellas que no se hagan a través de las
3: Por cumplido con lo ordenado, se positario provisional de los bienes que digo de Procedimiento Civil, RUEGO formas señaladas ni aquellas realizadas
provee la demanda. A la demanda se embarguen a la propia ejecutada, A US.: se sirva ordenar que se notifique EXTRACTO REMATE por parcialidades, Los interesados en
ejecutiva de folio 1: A lo principal, bajo su responsabilidad legal. ESCRI- la demanda de estos autos, sus pro- Primer Juzgado de Civil de Chillán, participar deberán contar con su clave
despáchese. Al primer otrosí, por TO: SOLICITA NOTIFICACIÓN POR veídos, y demás actuaciones de autos ubicado en calle Vega de Saldías 1044, única para ingresar a Oficina Judicial
acompañado el pagar en su calidad AVISOS. 2° JUZGADO CIVIL DE CHI- a don OSVALDO HERNÁN CEA SAN- Cuarto Piso, Chillán, en causa rol V- Virtual y remitir de manera íntegra los
de título ejecutivo, custódiese. A lo LLÁN RAÚL GARRETÓN ROMERO, HUEZA, RUT 11.896.078-5, por medio 210-2022, caratulada “MALDONADO”, comprobantes de depósito y manifestar
demás, por acompañado, con citación. abogado por la ejecutante en autos de avisos extractados redactados por se rematará por videoconferencia su voluntad en tal sentido, a más tardar
Al segundo otrosí, téngase presente, caratulados “BANCO DE CHILE con el Sr. Secretario del tribunal o por quien aplicación ZOOM, el 24 de octubre 3 días hábiles antes de aquel fijado para
sobre bienes que aparezcan de pro- CEA”, rol C-2100-2023, a S.S. con lo subrogue, disponiendo que quede de 2023, a las 13:00 horas, el bien: las la subasta y directamente en la causa,
piedad del ejecutado al momento de respeto digo: Consta en las diligencias citado para el requerimiento de pago acciones y derechos de José Orlito indicando número de rol y partes de
la traba de embargo. Al tercer otrosí, consignadas en autos por receptor correspondiente para el décimo día Maldonado Maldonado, en el resto de la causa, identificación completa del
como se pide, exhórtese vía interco- judicial de Chillán y Concepción, que hábil de la última notificación, en la un retazo de terreno que forma parte postor, dirección de correo electrónico
nexión, para los fines solicitados, con el demandado don OSVALDO HERNÁN secretaría de este tribunal o, en su de la Parcela Dos del Proyecto de Par- válido y número de teléfono celular,
facultades para recepción de nuevos CEA SANHUEZA, RUT 11.896.078-5, defecto, en la forma que Ssa. estime celación Esperanza de Cato, comuna debiendo adjuntar copia de la cédula
domicilios y, hasta la traba del embar- no ha podido ser notificado, por no procedente, señalando al efecto el y departamento de Chillán, de una de identidad, siendo de cargo del inte-
go de bienes del propio ejecutado habérsele encontrado en ninguno de periódico en que deberán hacerse las extensión de 5000 metros cuadrados resado la correcta provisión de datos.
OSVALDO HERNÁN CEA SANHUEZA, los domicilios señalados y que apare- publicaciones y el número de ellas, y deslinda en particular: Norte, con Demás estipulaciones en el expediente.
RUT 11.896.078-5, al Juzgado Civil ce tener en el SERVEL, CARABINEROS sin perjuicio de la que corresponde Parra en 100 metros; Sur, con Rosales Secretario (S).
competente de la ciudad de CONCEP- DE CHILE – COMISARÍA VIRTUAL, hacer en el Diario Oficial. RESOLUCIÓN: en 100 metros; Oriente, parcela Tres; 13/15