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        Economicos





        suscriptor puesta en el pagaré fue   CIÓN, debiendo cumplir quien dili-  SERVICIO DE REGISTRO CIVIL, SER-  Chillán, veinticinco de septiembre de   y Poniente, resto de la propiedad del
        autorizada por Notario Público, por lo   gencie el exhorto con lo dispuesto en   VICIO DE IMPUESTOS INTERNOS,   dos mil veintitrés. Habiéndose cum-  vendedor en 50 metros. Exceptuándose
        que dicho instrumento tiene mérito   el inciso 5° del artículo 2° de la ley   TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚ-  plido lo ordenado, se resuelve la   el Lote Uno del plano agregado con el
        ejecutivo. V.- La deuda es líquida,   18.120, acreditando su calidad ante el   BLICA. De este modo, no ha sido   presentación de folio 31: Atendido el   número cuatrocientos treinta y seis al
        actualmente exigible y está contenida   Tribunal exhortado. Al cuarto y sexto   posible saber su paradero, pese a las   mérito de los antecedentes, notifíque-  Registro de Propiedad del Conservador
        en título ejecutivo no prescrito. POR   otrosí, téngase presente. Al quinto   averiguaciones practicadas. Por otra   se a don OSVALDO HERNÁN CEA   de Bienes Raíces de Chillán, año dos
        TANTO, en mérito de lo expuesto y de   otrosí, téngase presente y por acom-  parte, se sabe que se encuentran en   SANHUEZA, RUT 11.896.078-5, por   mil siete, ya transferido. Rola inscrito
        lo prescrito en los artículos 434 y si-  pañado con citación. MANDAMIEN-  el país según da cuenta de oficio de   medio de tres avisos publicados en el   el dominio del inmueble a nombre del
        guientes del Código de Procedimien-  TO: Chillán, veintitrés de Junio de dos   la PDI de folio 20. En consecuencia,   diario Crónica de Chillán y en el Dia-  interdicto, a fojas 983, número 1874 y, a
        to Civil y demás disposiciones legales   mil veintitrés. El Receptor Judicial que   a efectos de dar curso a los autos,   rio Oficial, correspondiente a los días   fojas 4496 vuelta, número 3743, ambas
        mencionadas y pertinentes; RUEGO   se designe, en calidad de Ministro de   procede notificarle la demanda de   primero o quince de cualquier mes o   inscripciones constan en el Registro de
        A SSA. se sirva tener por interpuesta   fe, requerirá de pago a OSVALDO   estos autos, sus proveídos, y demás   al día siguiente hábil, conforme lo   Propiedad del Conservador de Bienes
        demanda ejecutiva en contra de don   HERNÁN CEA SANHUEZA RUT N°   actuaciones de autos, mediante avisos   indica el artículo 54 del Código de   Raíces de Chillán correspondiente a los
        OSVALDO HERNÁN CEA SANHUEZA,   11.896.078-5, con domicilio en pasa-  en los diarios, pues el demandado se   Procedimiento Civil. Para los efectos   años 1988 y 2021, respectivamente. Rol
        ya individualizado, admitirla a trami-  je Los Celtas N° 1622 Valle Alto, Con-  encuentra o se ha colocado, en el caso   de requerirle de pago, cítesele a la   de avalúos 2213-21 comuna de Chillán.
        tación disponiendo se despache   cepción, para que en el momento de   de persona cuya residencia es difícil   audiencia a celebrarse al quinto día   Mínimo para posturas $16.039.148. Para
        mandamiento de ejecución y embar-  la intimación pague a BANCO DE   de determinar. Como la notificación   hábil contado desde la fecha de la   participar en subasta deberá rendirse
        go en su contra por la suma líquida   CHILE la suma de $5.070.000.-, más   en la forma solicitada sería excesiva-  última publicación, a las 09.00 horas   caución por 10% del mínimo fijado
        de $5.070.000, más intereses pactados   los intereses que en derecho corres-  mente dispendiosa si se insertaran en   y si recayere en sábado al día hábil   para posturas depósito judicial en la
        y los penales y, en definitiva, acoger   ponda y costas. Si no efectuare el pago,   la publicación íntegramente todas las   siguiente a la misma hora, la que se   cuenta corriente del tribunal, mediante
        la presente demanda en todas sus   trábese embargo en bienes propios de   actuaciones mencionadas, solicito   llevará a efecto en la secretaría de este   cupón de pago en BancoEstado o
        partes, ordenando se siga adelante la   la ejecutada equivalentes al monto   que los avisos correspondientes se   Tribunal, debiendo requerir la audien-  transferencia electrónica de fondos a
        ejecución hasta el entero pago de todo   antes señalado, más las costas de la   hagan en extracto redactado por el Sr.   cia el día hábil anterior a su realización   la referida cuenta corriente, por el total
        lo adeudado, con costas. RESOLUCIÓN:   ejecución, principiando por los bienes   Secretario del Tribunal o por quien lo   a través del correo electrónico: jc2_chi-  de la caución o garantía. No se consi-
        Chillán, veintitrés de Junio de dos mil   muebles que guarnecen el domicilio   subrogue. POR TANTO, y de acuerdo   [email protected].  derarán cauciones o garantías válidas,
        veintitrés. Proveyendo escrito de folio   de la ejecutada. Se ha designado de-  con lo dispuesto en el art. 54 del Có-  12/14  aquellas que no se hagan a través de las
        3: Por cumplido con lo ordenado, se   positario provisional de los bienes que   digo de Procedimiento Civil, RUEGO     formas señaladas ni aquellas realizadas
        provee la demanda. A la demanda   se embarguen a la propia ejecutada,   A US.: se sirva ordenar que se notifique   EXTRACTO REMATE  por parcialidades, Los interesados en
        ejecutiva de folio 1: A lo principal,   bajo su responsabilidad legal. ESCRI-  la demanda de estos autos, sus pro-  Primer Juzgado de Civil de Chillán,   participar deberán contar con su clave
        despáchese. Al primer otrosí, por   TO: SOLICITA NOTIFICACIÓN POR   veídos, y demás actuaciones de autos   ubicado en calle Vega de Saldías 1044,   única para ingresar a Oficina Judicial
        acompañado el pagar en su calidad   AVISOS. 2° JUZGADO CIVIL DE CHI-  a don OSVALDO HERNÁN CEA SAN-  Cuarto Piso, Chillán, en causa rol V-  Virtual y remitir de manera íntegra los
        de título ejecutivo, custódiese. A lo   LLÁN RAÚL GARRETÓN ROMERO,   HUEZA, RUT 11.896.078-5, por medio   210-2022, caratulada “MALDONADO”,   comprobantes de depósito y manifestar
        demás, por acompañado, con citación.   abogado por la ejecutante en autos   de avisos extractados redactados por   se rematará por videoconferencia   su voluntad en tal sentido, a más tardar
        Al segundo otrosí, téngase presente,   caratulados “BANCO DE CHILE con   el Sr. Secretario del tribunal o por quien   aplicación ZOOM, el 24 de octubre   3 días hábiles antes de aquel fijado para
        sobre bienes que aparezcan de pro-  CEA”, rol C-2100-2023, a S.S. con   lo subrogue, disponiendo que quede   de 2023, a las 13:00 horas, el bien: las   la subasta y directamente en la causa,
        piedad del ejecutado al momento de   respeto digo: Consta en las diligencias   citado para el requerimiento de pago   acciones y derechos de José Orlito   indicando número de rol y partes de
        la traba de embargo. Al tercer otrosí,   consignadas en autos por receptor   correspondiente para el décimo día   Maldonado Maldonado, en el resto de   la causa, identificación completa del
        como se pide, exhórtese vía interco-  judicial de Chillán y Concepción, que   hábil de la última notificación, en la   un retazo de terreno que forma parte   postor, dirección de correo electrónico
        nexión, para los fines solicitados, con   el demandado don OSVALDO HERNÁN   secretaría de este tribunal o, en su   de la Parcela Dos del Proyecto de Par-  válido y número de teléfono celular,
        facultades para recepción de nuevos   CEA SANHUEZA, RUT 11.896.078-5,   defecto, en la forma que Ssa. estime   celación Esperanza de Cato, comuna   debiendo adjuntar copia de la cédula
        domicilios y, hasta la traba del embar-  no ha podido ser notificado, por no   procedente, señalando al efecto el   y departamento de Chillán, de una   de identidad, siendo de cargo del inte-
        go de bienes del propio ejecutado   habérsele encontrado en ninguno de   periódico en que deberán hacerse las   extensión de 5000 metros cuadrados   resado la correcta provisión de datos.
        OSVALDO HERNÁN CEA SANHUEZA,   los domicilios señalados y que apare-  publicaciones y el número de ellas,   y deslinda en particular: Norte, con   Demás estipulaciones en el expediente.
        RUT 11.896.078-5, al Juzgado Civil   ce tener en el SERVEL, CARABINEROS   sin perjuicio de la que corresponde   Parra en 100 metros; Sur, con Rosales   Secretario (S).
        competente de la ciudad de CONCEP-  DE CHILE – COMISARÍA VIRTUAL,   hacer en el Diario Oficial. RESOLUCIÓN:   en 100 metros; Oriente, parcela Tres;   13/15
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