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        Economicos





        para el lote N°119, $4.080.456 para el   los lotes de terreno N°s.67 y 69, para la   letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105°   la cantidad de $2.464.122 para el   MOP. N°206 de 1960, se expropiaron
        lote N°121, y $2.103.076 para el lote   obra: MEJORAMIENTO RUTA INTER-  del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que   lote N°129, y $1.404.588 para el lote   los lotes de terreno N°s.114-B, 114-C
        N°123. La indemnización se pagará   COMUNAL DEL SECANO INTERIOR,   fijó el texto refundido, coordinado   N°131. La indemnización se pagará   y 114-D, para la obra: REPOSICION
        al contado. La publicación se efectúa   que figura a nombre de CHANDIA SAN   y sistematizado de la Ley N°15.840 y   al contado. La publicación se efectúa   RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN
        en cumplimiento a lo dispuesto en el   MARTIN ELISA DEL CAR Y y CHANDIA   del  DFL. MOP. N°206 de 1960, se ex-  en cumplimiento a lo dispuesto en   - YUNGAY (TRAMO 1), que figura a
        artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de   SAN MARTIN ELISA DEL CAR Y, roles   propiaron los lotes de terreno N°s.59   el artículo 7° del Decreto Ley N°2186,   nombre de MARDONES BARRAZA
        1978. Fiscalía MOP.           de avalúo 148-696 y 148-696, Comuna   y 60, para la obra: MEJORAMIENTO   de 1978. Fiscalía MOP.  EMANDINA DEL C, ALARCON UBEDA
        15/                           de NINHUE, REGIÓN DE ÑUBLE, su-  RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO   15/                      CLAUDIO ENRIQUE y ROA PASTEN
                                      perficies 385 y 162 m2 respectivamente.   INTERIOR, que figuran a nombre                 CARLOS MAURICIO, roles de avalúo
        EXTRACTO                      La Comisión de Peritos integrada por   de CHANDIA SAN MARTIN ELISA   EXTRACTO            576-109, 576-110 y 576-71, Comuna de
        Por Decreto MOP. (Exento) Nº790, de   VALESKA ALÉ GOÑI, MARCELA PAZ   DEL CAR Y, rol de avalúo 148-696,   Por Decreto MOP. (Exento) Nº862,   SAN IGNACIO, REGIÓN DE ÑUBLE,
        11 de octubre de 2023, y en base a la   QUINTANA DAURÉ y MARIA PAMELA   Comuna de NINHUE,  REGIÓN DE   de 26 de octubre de 2023, y en   superficies 319, 383 y 712 m2 respec-
        facultad otorgada por el artículo 3° letra   MAC-GUIRE ACEVEDO, mediante   ÑUBLE, superficies 1.941 y 3.561 m2   base a la facultad otorgada por el   tivamente. La Comisión de Peritos
        a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL.   informe de tasación de 21 de julio de   respectivamente. La Comisión de   artículo 3° letra a), 10° letra c), 14°   integrada por VALERIA MARDONEZ
        MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto   2021, fijó el monto de la indemnización   Peritos integrada por PEDRO PABLO   letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850   LEMA, DORY GISELA DONOSO SAL-
        refundido, coordinado y sistematizado   provisional en la cantidad de $9.856.405   JOFRÉ  ORELLANA, DORY GISELA   de 1997, que fijó el texto refundido,   GADO y MARIA PAMELA MAC-GUIRE
        de la Ley N°15.840 y del  DFL. MOP.   para el lote N°67, y $1.253.864 para el   DONOSO SALGADO y MARCELA   coordinado y sistematizado de la   ACEVEDO, mediante informe de
        N°206 de 1960, se expropiaron los   lote N°69. La indemnización se pagará   PAZ QUINTANA DAURÉ, mediante   Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206   tasación de 30 de diciembre de 2021,
        lotes de terreno N°s.149, 153, 155, 157   al contado. La publicación se efectúa   informe de tasación de 19 de julio   de 1960, se expropiaron los lotes de   fijó el monto de la indemnización
        y 159, para la obra: MEJORAMIENTO   en cumplimiento a lo dispuesto en el   de 2021, fijó el monto de la indem-  terreno N°s.182, 184, 190 y 193, para   provisional en la cantidad de $7.526.030
        RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO   artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de   nización provisional en la cantidad   la obra: MEJORAMIENTO RUTA   para el lote N°114-B, $4.265.568 para el
        INTERIOR, que figura a nombre de   1978. Fiscalía MOP.      de $10.378.420 para el lote N°59, y   INTERCOMUNAL DEL SECANO   lote N°114-C, y $4.426.344 para el lote
        SEPULVEDA AVENDANO TRANSITA   15/                           $16.099.072 para el lote N°60. La   INTERIOR, que figura a nombre de   N°114-D. La indemnización se pagará
        DEL Y, GONZALEZ GONZALEZ NORA                               indemnización se pagará al con-  ANDRADES MUNOZ FRANCISCO   al contado. La publicación se efectúa
        ALLISON, CHANDIA MOLINA RAUL Y   EXTRACTO                   tado. La publicación se efectúa en   ANTON, ANDRADES MUNOZ LUIS   en cumplimiento a lo dispuesto en el
        OTROS, CORTEZ ZAPATA YAQUELINE   Por Decreto MOP. (Exento) Nº841, de   cumplimiento a lo dispuesto en el   GERONIMO, SUC. BONILLA LLANOS,   artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de
        DEL CARM y CARRIEL GARRIDO JORGE   26 de octubre de 2023, y en base a la   artículo 7° del Decreto Ley N°2186,   ORLANDA DE LA y SUC. BONILLA   1978. Fiscalía MOP.
        ROBINSON, roles de avalúo 169-473,   facultad otorgada por el artículo 3° letra   de 1978. Fiscalía MOP.  LLANOS, ORLANDA DE LA, roles   15/
        168-595, 168-367, 169-483 y 169-484,   a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL.   15/  de avalúo 157-45, 157-43, 157-15 y
        Comuna de PORTEZUELO, REGIÓN DE   MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto                  157-16, Comuna de PORTEZUELO,   EXTRACTO
        ÑUBLE, superficies 127, 287, 936, 1.278   refundido, coordinado y sistematizado   EXTRACTO  REGIÓN DE ÑUBLE, superficies 197,   Por Decreto MOP. (Exento) Nº869, de
        y 796 m2 respectivamente. La Comisión   de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP.   Por Decreto MOP. (Exento) Nº855,   127, 530 y 1.752 m2 respectivamente.   26 de octubre de 2023, y en base a la
        de Peritos integrada por PEDRO PABLO   N°206 de 1960, se expropió el lote de   de 26 de octubre de 2023, y en   La Comisión de Peritos integrada   facultad otorgada por el artículo 3°
        JOFRÉ  ORELLANA, DORY GISELA   terreno N° 1, para la obra: SERVICIO DE   base a la facultad otorgada por el   por VALERIA MARDONEZ LEMA,   letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105°
        DONOSO SALGADO y VALESKA ALÉ   AGUA POTABLE RURAL SAN FABIAN,   artículo 3° letra a), 10° letra c), 14°   PEDRO PABLO JOFRÉ ORELLANA y   del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que
        GOÑI, mediante informe de tasación   que figura a nombre de MONTESINOS   letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850   DORY GISELA DONOSO SALGADO,   fijó el texto refundido, coordinado y
        de 08 de abril de 2022, fijó el monto   SEPULVEDA ROSA H, rol de avalúo 51-  de 1997, que fijó el texto refundido,   mediante informe de tasación de 19   sistematizado de la Ley N°15.840 y del
        de la indemnización provisional en la   67, Comuna de SAN FABIAN,  REGION   coordinado y sistematizado de   de agosto de 2021, fijó el monto de   DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropió
        cantidad de $554.935 para el lote N°149,   DE ÑUBLE, superficie 36 m2. La Comi-  la Ley N°15.840 y del DFL. MOP.   la indemnización provisional en la   el lote de terreno N° 83, para la obra:
        $781.952 para el lote N°153, $3.284.261   sión de Peritos integrada por NICOLAS   N°206 de 1960, se expropiaron los   cantidad de $2.499.969 para el lote   REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR:
        para el lote N°155, $6.037.660 para el   ALEJANDRO  ALARCON  SANCHEZ,   lotes de terreno N°s.129 y 131, para   N°182, $4.817.471 para el lote N°184,   CHILLAN - YUNGAY (TRAMO 1), que
        lote N°157, y $4.020.455 para el lote   JESUS FERNANDO DIAZ PASMIÑO y   la obra: REPOSICION RUTA N-59-  $6.276.620 para el lote N°190, y   figura a nombre de QUEVEDO LUNA
        N°159. La indemnización se pagará   SERGIO JEREMIAS ORDENES  SALINAS,   Q, SECTOR: CHILLAN - YUNGAY   $43.995.880 para el lote N°193. La   JUAN CARLOS, rol de avalúo 571-44,
        al contado. La publicación se efectúa   mediante informe de tasación de 21   (TRAMO 1), que figura a nombre de   indemnización se pagará al con-  Comuna de SAN IGNACIO, REGION
        en cumplimiento a lo dispuesto en el   de noviembre de 2022, fijó el monto   SUAZO SOLIS OSVALDO ENRIQUE,   tado. La publicación se efectúa en   DE ÑUBLE, superficie 2.211 m2. La
        artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de   de la indemnización provisional en   rol de avalúo 576-103, Comuna de   cumplimiento a lo dispuesto en el   Comisión de Peritos integrada por
        1978. Fiscalía MOP.           la cantidad de $570.000 para el lote   SAN IGNACIO, superficie 238 m2,   artículo 7° del Decreto Ley N°2186,   VALERIA MARDONEZ LEMA, VALESKA
        15/                           N°1. La indemnización se pagará al   y SANDOVAL PAVEZ IVAR JOSE,   de 1978. Fiscalía MOP.  ALÉ GOÑI y MARIA PAMELA  MAC-
                                      contado. La publicación se efectúa   rol de avalúo 437-28, Comuna   15/                  GUIRE ACEVEDO, mediante informe
        EXTRACTO                      en cumplimiento a lo dispuesto en el   de BULNES, REGION DE ÑUBLE,                       de tasación de 16 de abril de 2021, fijó el
        Por Decreto MOP. (Exento) Nº823, de   artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de   superficie 238 m2. La Comisión   EXTRACTO  monto de la indemnización provisional
        23 de octubre de 2023, y en base a la   1978. Fiscalía MOP.  de Peritos integrada por PEDRO   Por Decreto MOP. (Exento) Nº867, de   en la cantidad de $5.840.865 para el
        facultad otorgada por el artículo 3°   15/                  PABLO JOFRÉ ORELLANA, DORY   26 de octubre de 2023, y en base a la   lote N°83. La indemnización se pagará
        letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105°                 GISELA DONOSO SALGADO y MARIA   facultad otorgada por el artículo 3°   al contado. La publicación se efectúa
        del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó   EXTRACTO            PAMELA MAC-GUIRE ACEVEDO,    letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105°   en cumplimiento a lo dispuesto en el
        el texto refundido, coordinado y siste-  Por Decreto MOP. (Exento) Nº854, de   mediante informe de tasación de 08   del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó   artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de
        matizado de la Ley N°15.840 y del DFL.   26 de octubre de 2023, y en base a la   de septiembre de 2021, fijó el monto   el texto refundido, coordinado y siste-  1978. Fiscalía MOP.
        MOP. N°206 de 1960, se expropiaron   facultad otorgada por el artículo 3°   de la indemnización provisional en   matizado de la Ley N°15.840 y del DFL.   15/
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