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14 Miércoles 1º de noviembre de 2023 www.ladiscusion.cl
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Judiciales
NOTIFICACIÓN viembre de 2021. El capital adeudado posiciones legales mencionadas y LIZADORA DE ALIMENTOS RONY rio del Tribunal o por quien lo subro-
2° JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN, devengará a partir de la fecha de pertinentes; RUEGO A SSA. Se sirva NAVARRETE GARRIDO E.I.R.L., RUT gue. POR TANTO, y de acuerdo con
ubicado en calle Vegas de Saldias suscripción y durante toda la vigencia tener por interpuesta demanda eje- 76.535.749-7, representada legalmen- lo dispuesto en el art. 54 del Código
Nº1044, Chillán, causa ROL C-1696- de la obligación intereses a razón de cutiva en contra de la COMERCIALI- te por don RONY IVÁN NAVARRETE de Procedimiento Civil, RUEGO A US.:
2023, “BANCO DE CHILE con NAVA- la tasa de interés mensual del 1,02%. ZADORA DE ALIMENTOS RONY GARRIDO, RUN 12.105.649-6, en su se sirva ordenar que se notifique la
RRETE” se dispuso notificación por Luego, el referido pagaré tuvo modi- NAVARRETE GARRIDO E.I.R.L., ya calidad de deudora principal y a don gestión preparatoria, la medida pre-
avisos a don RONY IVÁN NAVARRETE ficaciones en hoja de prolongación individualizada, en calidad de deudo- RONY IVÁN NAVARRETE GARRIDO cautoria decretada, los proveídos
GARRIDO, RUT 15.491.880-9, en re- adherida al mismo, suscrita con fecha ra principal y en contra de su repre- en su calidad de avalista, fiador y respectivos y demás actuaciones de
presentación legal y en calidad de 28 de agosto de 2019, donde se dejó sentante legal don RONY IVÁN NA- codeudor solidario”, manteniéndose autos a COMERCIALIZADORA DE
avalista, fiador y codeudor solidario constancia que el suscripto reconoce V A R R E T E G A R R I D O , y a en lo demás. Sirva esta resolución de ALIMENTOS RONY NAVARRETE
de la ejecutada COMERCIALIZADORA el saldo insoluto del capital por la suma individualizado, en calidad de avalis- complemento del mandamiento de GARRIDO E.I.R.L., RUT 76.535.749-7;
DE ALIMENTOS RONY NAVARRETE de $25.250.378, que se obligó a pagar ta, fiador y codeudor solidario; admi- folio 1. MANDAMIENTO. Chillán, 22 y a don RONY IVÁN NAVARRETE
GARRIDO E.I.R.L, R.U.T 76.535.749-7, en 60 cuotas iguales y sucesivas de tirla a tramitación disponiendo se de Septiembre de 2023. Se comple- GARRIDO, RUT 15.491.880-9, en su
lo siguiente: EN LO PRINCIPAL: De- $565.126 cada una de ellas, que se despache mandamiento de ejecución menta el mandamiento de folio 1, en calidad de representante legal de dicha
manda ejecutiva y mandamiento de pagarán cada mes, venciendo la pri- y embargo en su contra por la suma el sentido que donde dice “... RONY empresa, como también en su calidad
ejecución y embargo; PRIMER OTRO- mera el 17 de septiembre de 2019 y a líquida de $10.617.581 más intereses IVÁN NAVARRETE GARRIDO, RUN de avalista, fiador y codeudor solida-
SÍ: acompaña documentos y solicita partir de ésta, las cuotas siguientes pactados y los penales y, en definitiva, 12.105.649-6,”, debe decir, “... RONY rio, por medio de avisos extractados
custodia; SEGUNDO OTROSÍ: señala vencerán sucesivamente con la pe- acoger la presente demanda en todas IVÁN NAVARRETE GARRIDO, RUN redactados por el Sr. Secretario del
bienes para la traba del embargo y riodicidad antes indicada y 1 cuota de sus partes, ordenando se siga adelan- 15.491.880-9”, Manteniéndose en lo tribunal o por quien lo subrogue,
depositario provisional; TERCER $565.107 que se pagaría el 19 de agos- te la ejecución hasta el entero pago demás. Sirva esta resolución de com- disponiendo que quede citado para el
OTROSÍ: se tenga presente; CUARTO to de 2024. El capital adeudado de- de todo lo adeudado, con costas. plemento del mandamiento de folio requerimiento de pago correspon-
OTROSÍ, acredita personería con vengará a partir de la fecha de sus- RESOLUCIÓN: Chillán, veintiséis de 1 y su rectificación de folio 4. ESCRI- diente para el décimo día hábil de la
documentos que acompaña; QUINTO cripción y durante toda la vigencia de Mayo de dos mil veintitrés. Por cum- TO: SOLICITA NOTIFICACIÓN POR última notificación, en la secretaría
OTROSÍ: patrocinio, poder y forma de la obligación intereses a razón de la plido lo ordenado, se provee la de- AVISOS. 2° JUZGADO CIVIL DE de este tribunal o, en su defecto, en la
notificación especial. JUZGADO CIVIL tasa de interés mensual del 1,02%. Es manda de folio 1: A lo principal, CHILLÁN RAÚL GARRETÓN ROME- forma que Ssa. estime procedente,
DE CHILLÁN PAULA ARANCIBIA del caso S.S, que la deudora no ha despáchese. Al primer otrosí, por RO, abogado por la solicitante en señalando al efecto el periódico en
RODRÍGUEZ, abogada, Rut: 9.342.648- pagado la cuota N°40 que vencía el acompañado, el pagar, en su calidad autos caratulados “BANCO DE CHILE que deberán hacerse las publicacio-
7, domiciliada en calle Bandera N° 577, día 19 de diciembre de 2022, adeu- de título ejecutivo; Custódiese. Al con NAVARRETE”, causa rol C-1696- nes y el número de ellas, sin perjui-
Piso 10, Santiago, en representación dándose en consecuencia la suma de segundo otrosí, téngase presente y 2023, a S.S. con respeto digo: Cons- cio de la que corresponde hacer en
convencional según se acreditará del $10.617.581, cantidad a la que hay que sobre bienes que aparezcan de pro- ta en las diligencias consignadas en el Diario Oficial. RESOLUCIÓN:
BANCO DE CHILE, sociedad anónima agregar los intereses pactados, los piedad del ejecutado al momento de autos por el receptor judicial de Chi- Chillán, veintidós de Septiembre de
bancaria del giro de su denominación, penales y las costas de la causa. II.- Se la traba del embargo. Al tercer y quin- llán, que la demandada COMERCIA- dos mil veintitrés. Atendido el mé-
Rut: 97.004.000-5, representada a su pactó que en caso de mora o simple to otrosí, téngase presente. Al cuarto LIZADORA DE ALIMENTOS RONY rito de autos, se resuelve la solicitud
vez por su gerente general don Eduar- retardo en el pago del capital y/o los otrosí, téngase presente y por acom- NAVARRETE GARRIDO E.I.R.L., RUT de notificación por avisos, de fecha
do Ebensperger Orrego, ingeniero intereses de esta obligación, se de- pañada, con citación. Cuantía: 76.535.749-7; y don RONY IVÁN 28 de Junio de 2023, folio 10: Noti-
comercial, domiciliado calle Ahuma- vengará también un interés penal igual $10.617.581.- MANDAMIENTO: Chillán, NAVARRETE GARRIDO, RUT fíquese a don RONY IVÁN NAVA-
da Nº 251 de la ciudad de Santiago, a al máximo convencional que la ley 26 de Mayo de 2023.- El Receptor 15.491.880-9, en su calidad de repre- RRETE GARRIDO, R.U.N: 15.491.880-
US., con respeto digo: Que, por este permite estipular, el que regirá desde Judicial que se designe, en calidad de sentante legal de dicha empresa, como 9 en representación y en calidad de
acto, vengo en interponer demanda la mora o simple retardo hasta el día Ministro de fe, requerir de pago a don también en su calidad de avalista, avalista, fiador y codeudor solidario
ejecutiva en contra de la COMERCIA- de su pago efectivo, pero solo si éste COMERCIALIZADORA DE ALIMENTOS fiador y codeudor solidario, no han de la ejecutada: COMERCIALIZA-
LIZADORA DE ALIMENTOS RONY fuere superior al interés que se en- RONY NAVARRETE GARRIDO E.I.R.L., podido ser notificados, por no habér- DORA DE ALIMENTOS RONY NA-
NAVARRETE GARRIDO E.I.R.L., del contrare rigiendo, pues en caso RUT 76.535.749-7, representada legal- sele encontrado en ninguno de los VARRETE GARRIDO E.I.R.L, R.U.T
giro de su denominación, RUT contrario continuará devengando este mente por don RONY IVÁN NAVA- domicilios señalados, como tampoco 76.535.749-7, por medio de tres
76.535.749-7, representada legalmen- último. III.- Las partes pactaron igual- RRETE GARRIDO, RUN 12.105.649-6, en aquellos que aparecen tener en el avisos publicados en el diario La
te por don RONY IVÁN NAVARRETE mente que las obligaciones derivadas ambos domiciliados en calle El Roble SERVEL, COMISARIA VIRTAL DE Discusión de Chillán, y, en el Diario
GARRIDO, ignoro profesión u oficio, del pagaré tendrían el carácter de 933, Chillán, para que en el momento CARABINEROS, SERVICIO DE REGIS- Oficial, correspondiente a los días
RUT 12.105.649- 6, ambos domicilia- indivisible pudiendo el banco cobrar- de la intimación, pague al BANCO DE TRO CIVIL, SERVICIO DE IMPUESTOS primero y quince de cualquier mes
dos en calle El Roble 933, Chillán, y en las íntegramente a cada uno de los CHILE, la suma de $10.617.581.-, más INTERNOS y TESORERÍA GENERAL o al día siguiente, avisos que con-
contra de este igualmente en calidad herederos o sucesores a cualquier intereses que en derecho correspon- DE LA REPÚBLICA. De este modo, no tendrán los mismos datos que se
de avalista, fiador y codeudor solida- título, en los términos que establecen dan y costas. Si no efectuare el pago, ha sido posible saber sus paraderos, exigen para la notificación personal,
rio, en virtud de los fundamentos de los artículos 1526 Nº 4 y 1528 del trábese embargo en bienes propios de pese a las averiguaciones practicadas. conforme lo indica el artículo 54 del
hecho y de derecho que paso a expo- Código Civil. IV.- Asimismo, en el la ejecutada equivalentes al monto Por otra parte, se sabe que el repre- Código de Procedimiento Civil y los
ner: I.- El Banco de Chile es dueño y referido instrumento se constituyó antes señalado, más las costas de la sentante legal se encuentra en el país necesarios para su adecuada inte-
beneficiario del pagaré a plazo N°031089 como avalista, fiador y codeudor so- ejecución, principiando por los bienes según da cuenta de oficio de la PDI ligencia. Para los efectos de reque-
suscrito con fecha 16 de noviembre lidario de las obligaciones contraídas muebles que guarnecen en el domi- de folio 22. En consecuencia, a efec- rirle de pago, cítesele a la audiencia
de 2018 por la COMERCIALIZADORA por la deudora principal en los térmi- cilio de la ejecutada. Se ha designado tos de dar curso a los autos, procede a celebrarse al quinto día hábil con-
DE ALIMENTOS RONY NAVARRETE nos expuestos en el pagaré don RONY depositario provisional de los bienes notificarle la solicitud de autos, me- tado desde la fecha de la última
GARRIDO E.I.R.L., ya individualizada, IVÁN NAVARRETE GARRIDO, ya in- que se embarguen a la propia ejecu- dida precautoria, esta solicitud y sus publicación, a las 09.30 horas y si
por el cual quedó obligada a pagar al dividualizado. V.- Tal como consta en tada, bajo su responsabilidad legal. proveídos, y demás actuaciones de recayere en sábado al día hábil si-
banco la suma de $30.298.596 por el instrumento, se liberó al Banco de MANDAMIENTO. Chillán, treinta de autos, mediante avisos en los diarios, guiente a la misma hora, debiendo
concepto de capital, suma que se Chile de la obligación de protesto. Las Mayo de dos mil veintitrés. M A N D pues los representantes legales de los manifestar el ejecutado su intención
obligó a pagar en 36 cuotas de acuer- firmas de los suscriptores puestas en A M I E N T O Chillán, 30 de Mayo de demandados se encuentran, o se han de comparecer el día hábil anterior
do al siguiente programa de amorti- el pagaré fueron autorizadas por No- 2023. Se complementa el mandamien- colocado, en el caso de personas cuya a su realización a través de correo
zaciones: 35 cuotas iguales y sucesi- tario Público, por lo que dicho instru- to de folio 1, en el sentido que donde residencia es difícil de determinar. electrónico [email protected] o vía
vas de $1.012.755 cada una de ellas, mento tiene mérito ejecutivo. VI.- La dice “requerir de pago a COMERCIA- Como la notificación en la forma telefónica 42- 2221842 y en caso de
que se pagarán cada mes, venciendo deuda es líquida, actualmente exigible LIZADORA DE ALIMENTOS RONY solicitada sería excesivamente dis- no contar con los medios para co-
la primera el 17 de diciembre de 2018 y está contenida en título ejecutivo no NAVARRETE GARRIDO E.I.R.L., RUT pendiosa si se insertaran en la publi- nexión, podrá concurrir al Tribunal.
y a partir de ésta, las cuotas siguientes prescrito. POR TANTO, en mérito de 76.535.749-7, representada legalmen- cación íntegramente todas las actua- En Chillán, a veintidós de Septiem-
vencerán sucesivamente con la pe- lo expuesto y de lo prescrito en los te por don RONY IVÁN NAVARRETE ciones mencionadas, solicito que los bre de dos mil veintitrés, se notificó
riodicidad antes indicada y 1 cuota de artículos 434 y siguientes del Código GARRIDO, RUN 12.105.649- 6,”, debe avisos correspondientes se hagan en por el estado diario, la resolución
$1.012.745 que se pagará el 17 de no- de Procedimiento Civil y demás dis- decir, “requerir de pago a COMERCIA- extracto redactado por el Sr. Secreta- precedente.