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Economicos
expropiado, que según el rol de avalúo N° 2221-10, de la comuna de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad del expropiado, que figura inscrito a Fojas 10.526, N° 7.321, del
de Chillán Viejo, que figura a nombre de FORESTAL CELCO S.A., de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Chi-
la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. llán, del año 2008, de la comuna de Chillán Viejo, a nombre de
material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de 20/22 AGRÍCOLA LANALHUE LIMITADA, la petición formulada por el
derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado.
recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco
21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo
20/22 de la obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLÁN apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de
– YUNGAY (TRAMO 1), COMUNA DE SAN IGNACIO, CHILLAN 1978. – Secretario.
PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de VIEJO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol V-204-2022, referido al lote N° 20/22
indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la 75, por resolución de fecha 16 de noviembre de 2022, se ha or-
obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLÁN – YUNGAY denado poner en conocimiento del expropiado, que según el rol PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
(TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGIÓN DE ÑUBLE”, de avalúo N° 2221-10, de la comuna de Chillán Viejo, que figura a de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución
Rol V-198-2022, referido al lote N° 71, por resolución de fecha 17 nombre de FORESTAL CELCO S.A., la petición formulada por el de la obra “REPOSICIÓN RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN -
de noviembre de 2022, se ha ordenado poner en conocimiento del Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. YUNGAY (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGION DE
expropiado, que según el rol de avalúo N° 2221-10, de la comuna El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco ÑUBLE”, Rol V-223-2022, referido al lote N° 41, por resolución de
de Chillán Viejo, que figura a nombre de FORESTAL CELCO S.A., días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo fecha 9 de enero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento
la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de del expropiado, que figura inscrito a Fojas 10.526, N° 7.321, del
material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de 1978. – Secretario. Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Chi-
derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de 20/22 llán, del año 2008, de la comuna de Chillán Viejo, a nombre de
recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. AGRÍCOLA LANALHUE LIMITADA, la petición formulada por el
21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado.
20/22 de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco
de la obra “MEJORAMIENTO CAMINOS BÁSICOS INTERMEDIOS días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo
PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de CONEXIÓN RUTA N-335, N-447 A N-31, ÑUBLE, COMUNA DE apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de
indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la SAN CARLOS, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol V-220-2022, referido 1978. – Secretario.
obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLÁN – YUNGAY al lote N° 3, por resolución de fecha 10 de enero de 2023, se ha
(TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGIÓN DE ÑUBLE”, ordenado poner en conocimiento del expropiado, que según el PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de
Rol V-199-2022, referido al lote N° 70, por resolución de fecha 16 rol de avalúo N° 1363-12, de la comuna de San Carlos, que figura indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la
de noviembre de 2022, se ha ordenado poner en conocimiento del a nombre de EMILIA LASTENIA MÁRQUEZ HIDALGO, la petición obra “REPOSICIÓN RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN - YUNGAY
expropiado, que según el rol de avalúo N° 2221-10, de la comuna formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión material (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGION DE ÑUBLE”,
de Chillán Viejo, que figura a nombre de FORESTAL CELCO S.A., del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de derechos, Rol V-224-2022, referido al lote N° 40, por resolución de fecha
la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de recoger 10 de enero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento
material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. 21 del del expropiado, que figura inscrito a Fojas 10.526, N° 7.321, del
derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Chi-
recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. 20/22 llán, del año 2008, de la comuna de Chillán Viejo, a nombre de
21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. AGRÍCOLA LANALHUE LIMITADA, la petición formulada por el
20/22 PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado.
de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco
PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de la obra “REPOSICIÓN RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo
de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución - YUNGAY (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGION apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de
de la obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLÁN DE ÑUBLE”, Rol V-221-2022, referido al lote N° 43, por resolución 1978. – Secretario.
– YUNGAY (TRAMO 1), COMUNA DE SAN IGNACIO, REGIÓN DE de fecha 9 de enero de 2023, se ha ordenado poner en conoci- 20/22
ÑUBLE”, Rol V-200-2022, referido al lote N° 79, por resolución miento del expropiado, que figura inscrito a Fojas 10.526, N°7.321,
de fecha 17 de noviembre de 2022, se ha ordenado poner en del Registro de Propiedad, del Conservador de Bienes Raíces de PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de
conocimiento del expropiado, que según el rol de avalúo N° 571- Chillán del año 2008, de la comuna de Chillán Viejo, a nombre de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la
43, de la comuna de San Ignacio, que figura a nombre de SARA AGRÍCOLA LANALHUE LIMITADA, la petición formulada por el obra “REPOSICIÓN RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN - YUNGAY
DEL ROSAR. QUEVEDO SAAVEDRA, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGION DE ÑUBLE”,
Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco Rol V-225-2022, referido al lote N° 39, por resolución de fecha
El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo 10 de enero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento
días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de del expropiado, que figura inscrito a Fojas 10.526, N° 7.321, del
apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978. – Secretario. Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Chi-
1978. – Secretario. 20/22 llán, del año 2008, de la comuna de Chillán Viejo, a nombre de
20/22 AGRÍCOLA LANALHUE LIMITADA, la petición formulada por el
PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado.
PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco
de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución obra “REPOSICIÓN RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLAN - YUNGAY días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo
de la obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLÁN (TRAMO 1), COMUNA DE CHILLAN VIEJO, REGION DE ÑUBLE”, apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de
– YUNGAY (TRAMO 1), COMUNA DE SAN IGNACIO, REGIÓN DE Rol V-222-2022, referido al lote N° 42, por resolución de fecha 1978. – Secretario.
ÑUBLE”, Rol V-201-2022, referido al lote N° 78, por resolución de 9 de enero de 2023, se ha ordenado poner en conocimiento 20/22
fecha 16 de noviembre de 2022, se ha ordenado poner en cono-
cimiento del expropiado, que según el rol de avalúo N° 571-50,
de la comuna de San Ignacio, que figura a nombre de HUGO
ARCADIO DEL PAVEZ ROSALES, la petición formulada por el
Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado.
El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco
días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo
apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de
1978. – Secretario.
20/22
PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago
de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución
de la obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLÁN
– YUNGAY (TRAMO 1), COMUNA DE SAN IGNACIO, REGIÓN DE
ÑUBLE”, Rol V-202-2022, referido al lote N° 77, por resolución de
fecha 16 de noviembre de 2022, se ha ordenado poner en cono-
cimiento del expropiado, que según el rol de avalúo N° 571-112,
de la comuna de San Ignacio, que figura a nombre de SANDRA
DEL PILAR PAVEZ ROSALES, la petición formulada por el Fisco
de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El
expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco
días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo
apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley N° 2.186 de
1978. – Secretario.
20/22
PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.- En causa sobre pago de
indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la
obra “REPOSICION RUTA N-59-Q, SECTOR: CHILLÁN – YUNGAY
(TRAMO 1), COMUNA DE SAN IGNACIO, REGIÓN DE ÑUBLE”, Rol
V-203-2022, referido al lote N° 76, por resolución de fecha 16 de
noviembre de 2022, se ha ordenado poner en conocimiento del
expropiado, que según el rol de avalúo N° 1571-2, de la comuna
de San Ignacio, que figura a nombre de JUANA MARIA PAVEZ
ROSALES, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar
posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares