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www.ladiscusion.cl Jueves 11 de mayo de 2023 15
Economicos
subasta mediante depósito en la cuenta corriente del Tribunal mutuo. Quedó expresamente estipulado que todas las obligacio- fin que se proceda a notificar la demanda de autos al demandado,
N°52100107414, RUT N°60.309.012-8, efectuado mediante cup nes que del presente instrumento emanan para el deudor, tendrán requerirlo de pago y trabar embargo sobre bienes de su propiedad
n de pago del Banco del Estado, obtenido desde el Portal www. el carácter de solidarias e indivisibles para todos los efectos lega- para cubrir el capital, intereses y costas, facultando desde ya al
pjud.cl. El comprobante de depósito deber remitirse a los correos les.- 3.-Para garantizar el fiel cumplimiento y pago del crédito Juez exhortado para practicar y ordenar que se practiquen todas
electrónicos [email protected] y [email protected], antes señalados, don RODRIGO PATRICIO VILDÓSOLA ALCAPAN, las diligencias necesarias para notificar la demanda, requerirlo de
con copia a [email protected], junto a la copia digitalizada de constituyó en favor del BANCO SANTANDER-CHILE, hipoteca de pago y embargarle bienes suficientes, especialmente para practi-
la cédula de identidad del postor, el nombre completo, correo primer grado sobre el siguiente inmueble: LOTE SEIS de la sub- carle la notificación personal especial del artículo 44 del Código
electrónico y teléfono, todo ello junto con identificar el Rol de división de predio rural denominado Santa Inés, ante fundo de Procedimiento Civil y el requerimiento conforme dicha norma
la causa y hasta las 14:00 horas del día anterior a la fecha fijada Quililque, ubicado en la comuna de Chillán, singularizado en los y lo establecido en el artículo 443 Nº 1 del mismo Código, y para
para el remate, a fin de coordinar su participación vía correo planos de subdivisión agregados en el Registro de documentos tener presente nuevos domicilios del demandado para la práctica
electrónico y recibir el link con la invitación a la subasta por del Conservador de Bienes Raíces de Chillán del año 2017, bajo el de la referida notificación, conceder el auxilio de la fuerza pública
dicho medio. Se procederá al giro de los cheques respectivos N° 2438 y cuyos deslindes especiales son : NORTE, en 133,4 me- con facultades de allanamiento y descerrajamiento en caso de ser
para la devolución de las consignaciones efectuadas por quienes tros con lote 7; SUR, en 132,7 metros con lote 5; ORIENTE, en 38,2 necesario para la diligencia de embargo; ordenar que se practiquen
participaron de la subasta sin adjudicarse el bien inmueble, a la metros con don Enrique Dañin, hoy don Carlos Dañin; y PONIEN- todas las diligencias necesarias para el retiro de los bienes embar-
brevedad posible, comunicando ello a través de los respectivos TE, en 38,2 metros con don José Antonio Basualto, hoy don gados, designar martillero público, rematar los bienes y remitir
correos electrónicos. Para el caso de rendirse garantía a mediante Emeterio Zapata Vera. Encerrando una superficie aproximada de luego al Tribunal exhortante el producto de la subasta, y en gene-
vale vista bancario, aquel deber entregarse en dependencias del 5075,0 metros cuadrados.- El dominio se encuentra inscrito a su ral para realizar todas las demás actuaciones necesarias o útiles
Tribunal hasta las 12:00 horas del día anterior al fijado para la nombre a fojas 6.997 Nº 6264, del Registro de Propiedad del año para cumplir estos fines. El exhorto podrá ser diligenciado por la
subasta, acompañando además sus antecedentes personales 2019, del Conservador de Bienes Raíces de Chillán.- La hipoteca persona que lo presente o la que lo requiera del tribunal exhorta-
y casilla de correo electrónico. Si el tomador no se adjudicar el sobre el inmueble se encuentra inscrita a fojas 2630 Nº2130, en el do; y deberá contener copia de la demanda, proveído y notificación,
inmueble el vale vista será devuelto el día hábil posterior a la Registro de Hipotecas del año 2019, del Conservador de Bienes del mandamiento de ejecución y embargo. POR TANTO, de
subasta. Quienes deseen asistir a la subasta en calidad de público, Raíces de Chillán.- 4.-En la referida escritura de mutuo e hipote- acuerdo con lo dispuesto en los artículos 70 y 74 del Código de
deberán remitir correo electrónico en la oportunidad señalada ca, se estableció que el acreedor podría considerar como vencido Procedimiento Civil, PIDO A US.: Se sirva disponer se sirva dis-
en el párrafo anterior, incorporando idénticos antecedentes el plazo de la deuda, y podría exigir el inmediato pago anticipado poner se exhorte al juez de letras de lo civil correspondiente, de la
personales. Los interesados en participar deberán contar con de las sumas a que esté reducida, en caso de retardarse el deudor comuna de Santiago, para los fines indicados. CUARTO OTROSI:
computador o teléfono, en ambos casos, con cámara, micrófono en el pago de cualquier dividendo. En la especie, se encuentra Pido a US., se sirva tener presente que señalo como medio de
y audio del mismo equipo y conexión a internet, siendo carga vencido e impago el dividendo con vencimiento en el mes de notificación electrónico el correo: oficina@mcarrascoabogados.
de las partes y postores el tener los elementos tecnológicos y de Mayo del año 2022, y las siguientes a esta fecha, por lo que el cl QUINTO OTROSI: Pido a US., tener presente que en mi calidad
conexión. El adjudicatario deberá suscribir del acta de remate Banco Santander-Chile, por la presente demanda y sólo a contar de Abogado habilitado, patente al día, patrocino personalmente
por firma electrónica avanzada o en su defecto coordinar la de su notificación hace efectiva la causal de exigibilidad inme- esta causa y de igual modo actúo en ella. Resolución de 11/11/2022:
suscripción de la referida acta al correo indicado el mismo día diata antes referida. Según consta de la liquidación y calendario A lo principal: despáchese. Al primer otrosí: por acompañadas
de la subasta. Bases y demás antecedentes del remate secretaria de pago que acompaño a estos autos, calculada al día 24/10/2022, copia de escritura pública de mutuo y liquidación de pago, con
del tribunal y www.pjud.cl, Corte de Apelaciones Chillán, 2° se adeuda por dicho crédito, la suma equivalente en pesos de citación. Custódiense. Por acompañados documentos 3 y 4, con
Juzgado Civil de Chillán. 150,7341 Unidades de Fomento, por capital vigente, equivalente citación. Al segundo, cuarto y quinto otros es: téngase presente.
10/13 en pesos a igual fecha a la cantidad de $5.204.912.- El titulo refe- Al tercer í é otrosí: como se pide, exhórtese quedando facultado
rido y acompañado a estos autos, es ñ ejecutivo, la obligación el tribunal exhortado para notificar la demanda, requerir de pago,
NOTIFICACIÓN: Primer Juzgado Civil de Chillán, á en autos rol contenida en él es líquida, actualmente exigible, y la acción no embargar bienes suficientes del ejecutado y en caso de no efec-
C-2637-2022, sobre procedimiento ejecutivo, caratulada “Banco está prescrita.- POR TANTO, en mérito de lo expuesto, artículos tuarse este, ordenar que se trabe el embargo con el auxilio de la
Santander-Chile con Vildósola Alcapan, Rodrigo Patricio”. S.J.L. 434 Nº 2, 437 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y fuerza pública con facultades de allanar y descerrajar si fuere
MANUEL CARRASCO CONTRERAS, Abogado, correo electrónico, demás normas legales pertinentes, A US. PIDO: Se sirva tener por necesario. Se previene al Receptor judicial que practique las dili-
[email protected] domiciliado en Chillán, calle 18 de interpuesta demanda ejecutiva en contra de don RODRIGO PA- gencias en la presente causa, que deberá utilizar la herramienta
septiembre 671, oficina 403, en mi calidad de mandatario judicial TRICIO VILDÓSOLA ALCAPAN, ya individualizado, por la suma de georreferencia en todas sus actuaciones, conforme lo dispues-
y en representación, según acreditaré, de BANCO SANTANDER equivalente en pesos, moneda de curso legal de 150,7341 Unida- to en el inciso tercero del artículo 9 de la ley 20.886. Si las actua-
CHILE, sociedad anónima bancaria, representada legalmente por des de Fomento, equivalen a la cantidad de $5.204.912.- más los ciones corresponden a búsquedas que forman parte de la notifi-
don Román Blanco Reinosa, español, ingeniero civil, pasaporte respectivos intereses pactados y con expresa condena en costas, cación personal subsidiaria, entrega de cédula de espera con
N° PAK 752653, en su calidad de gerente general, ambos domici- se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra posterior requerimiento de pago u oposición a embargo; cada
liados en calle Bandera N° 140, Santiago, a U.S. respetuosamente por dicha suma; y se ordene se prosiga adelante la ejecución actuación deberá registrarse con la herramienta de georreferencia
digo: Que vengo, por mi representado, en deducir demanda hasta obtener entero y cumplido pago de la obligación.- PRIMER de forma separada, bajo los apercibimientos previstos en el inciso
ejecutiva en contra de don RODRIGO PATRICIO VILDÓSOLA OTROSÍ: Pido a US. Se sirva tener por acompañado con citación quinto del artículo 9 de la ley 20.886, sin perjuicio de lo dispuesto
ALCAPAN, empleado, con domicilio en Lote 6, división predio y bajo apercibimiento legal, los siguientes documentos: 1.- Copia en el artículo 84 inciso cuarto del Código de Procedimiento Civil.
Santa Inés, antes fundo Quililque, kilómetro 8, camino a Porte- de la escritura pública de mutuo referida en lo principal, de fecha Previa búsqueda en lugares señalados como domicilio del deman-
zuelo, comuna de Chillán; y también con domicilio en Argome- 30/08/2019, otorgada ante el notario de Chillán, don Luis Eduardo dado, respuestas a oficios enviados a diversas entidades acredi-
do N° 373, Departamento N° 705, de la ciudad y comuna de Álvarez Díaz, repertorio N° 4.288-2019.- 2.- Liquidación y calen- tándose que la residencia del demandado don Rodrigo Patricio
Santiago.- Fundo la petición en los antecedentes que paso a in- dario de pago de fecha 24/10/2022, del crédito también referido Vildósola Alcapán, no es determinada y que se encuentra en te-
dicar: 1.- Mediante escritura pública de fecha 30/08/2019, otor- en lo principal de esta presentación 3.- Copia digital de la escri- rritorio nacional, además de información sumaria de testigos,
gada en la Notaría de Chillán, ante don Luís Eduardo Álvarez Díaz, tura pública donde consta mi personería para representar al tribunal con fecha 05/04/2023, resuelve: Atendido el mérito de los
repertorio Nº 4.288-2019, el Banco Santander-Chile, otorgó un Banco Santander-Chile, de fecha 19/08/2022, otorgada en la antecedentes, habiendo el demandante acreditado los fundamen-
mutuo hipotecario a don RODRIGO PATRICIO VILDÓSOLA AL- Notaria de Santiago de doña Nancy de la Fuente Hernández, re- tos de su petición y lo dispuesto en el artículo 54 del Código de
CAPAN, ya individualizado, por la suma equivalente en pesos, pertorio N° 2676-2022.- 4.- Copia de la escritura pública donde Procedimiento Civil, se resuelve: Que HA LUGAR a la notificación
moneda legal de 303 Unidades de Fomento. 2.- Dicho préstamo consta el mandato del representante del banco Santander-Chile por medio de avisos, solicitada en lo principal del escrito de fecha
debía pagarse en el plazo de 60 meses, a contar del 01/09/2019. de fecha 10/08/2022, otorgada en la Notaria de Santiago de doña 18 de enero de 2023, folio 18 de autos, debiendo efectuarse las
Se acordó que dicho pago se efectuaría por medio de igual nú- Nancy de la Fuente Hernández, repertorio N° 2556-2022.- Pido a publicaciones respectivas por tres veces en el diario “La Discusión”
mero de dividendos o cuotas, mensuales, vencidas y sucesivas, US., tener por acompañados los documentos en la forma solici- de esta ciudad, y por una vez en el “Diario Oficial” en los días
comprensivas de capital e intereses. Se convino además que tada y en el caso de los singularizados bajo le número 1 y 2, dis- primero o quince de cualquier mes, o al día siguiente si no se ha
durante los primeros 5 años de la deuda, devengará una tasa de poner su custodia por el señor Secretario del Tribunal.- SEGUNDO publicado en las fechas indicadas, por medio de extracto redac-
interés fija y anual de 2,29% por consiguiente, el dividendo men- OTROSÍ: Pido a US., tener presente que señalo para la traba del tado por el secretario del Tribunal. Ordenando notificar la deman-
sual a pagar durante este periodo será de 5,3463 Unidades de embargo todos los bienes muebles e inmuebles del demandado, da de autos al demandado RODRIGO PATRICIO VILDÓSOLA
Fomento.- A partir del primer dividendo que se genere el año seis, especialmente el inmueble hipotecado, singularizado en el N° 3 ALCAPAN, RUN N° 14293068-4, quien deberá comparecer al
y para efecto del cálculo de éstos, se aplicará la formula descrita de lo principal, y los designo depositario provisional bajo las con- quinto día hábil, desde la última notificación, para ser requerido
en la cláusula octavo de la escritura, que doy por reproducida. El secuentes responsabilidades civiles y penales.- TERCER OTROSI: de pago, ante el Secretario de este Tribunal, hasta por la suma de
capital prestado o el saldo de la deuda y sus dividendos o cuotas, Conforme lo señalado en lo principal, el demandado don RODRI- 150,7341 UF, equivalentes al 24 de Octubre de 2022 en pesos a la
se reajustarán y pagarán de acuerdo a la variación y al valor de la GO PATRICIO VILDÓSOLA ALCAPAN, registran como domicilio cantidad de $5.204.912, entre las 08:00 y 14:00 horas, de lunes a
unidad de fomento, según lo fije el Banco Central de Chile. Con- Argomedo N° 373, Departamento N° 705, de la ciudad y comuna viernes, bajo apercibimiento de tenerlo por requerido en rebeldía.
siderando que las cuotas son vencidas, la primera se deberá pagar de Santiago.- Por tal razón se hace necesario que US. disponga Conforme con lo que notifico y requiero. Secretario.
el día uno del mes subsiguiente al de la fecha de la escritura de exhortar al Juez del Juzgado Letras de la comuna de Santiago, a 11/15
Guía Profesional Guía de Oficios
ABOGADO ODONTOLOGÍA
PAMELA JIMÉNEZ SEPÚLVEDA DR. MIGUEL ÁNGEL
Abogada Magister en Derecho CONTRERAS CARRASCO
Penal Cirujano Dentista
Otras áreas: Familia, Civil Periodoncista
Bulnes N° 832 oficina 8, Chillán Atiende: de lunes a viernes
+56992437274 18 de Septiembre 685
[email protected] 42-2224361 - 982073937
DR. HELMUT SCHWEITZER
DELAUNOY
Cirujano Dentista
Universidad de Chile
Implantes dentales -
Rehabilitación
Constitución 882, Chillan
42-2324030
998876358