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Sábado 8 de julio de 2023 www.ladiscusion.cl
Política. Dos sesiones a la semana
Senadoras y senadores hicieron presentes algunas dudas y solicitaron
algunas aclaraciones y se acordó celebrar dos sesiones a la semana,
para dar celeridad a la tramitación.
senador gustavo sanhueza sobre proyecto que agrega Modificaciones a la sociedad conyugal
“Se avanza por la dignidad de
todas las mujeres de nuestro país”
La Comisión de Mujer y Equidad de Género que preside comenzó el análisis en particular del texto que avanza en
el principio de solidaridad. Se busca lograr mayor equidad en materia patrimonial.
La Discusión
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foto: archivo
ás de 100 son las
indicaciones que re-
cibió el proyecto que
modifica el Código
MCivil y otras leyes,
regulando el régimen patrimonial de
sociedad conyugal y que está siendo
estudiado por la Comisión de Mujer
y Equidad de Género, instancia
presidida por el senador Gustavo
Sanhueza, quien enfatizó que se
avanza “por la dignidad de todas
las mujeres de nuestro país”.
La instancia especializada ha
realizado sesiones de audiencias,
en donde se ha dado el espacio de
participación para todos los actores
relacionados, entre otras, autorida-
des y ex autoridades del Ministerio
de la Mujer y la Equidad de Género;
académicas; abogadas y abogados
representantes de fundaciones,
asociaciones y de la sociedad civil;
además de Sonia Arce, peticionaria
en caso emblemático relacionado con
el régimen de Sociedad Conyugal en
Chile ante la Comisión Interameri-
cana de Derechos Humanos.
Durante la última sesión, la mi-
nistra Antonia Orellana explicó los
alcances del texto legal y enfatizó
las razones por las que es imperante
modificar la norma, entre otras,
“el establecimiento de la sociedad
conyugal data de 1857, fecha en la
que entró a regir el Código Civil en
el cual se regula, siendo un régimen
patrimonial que infringe el principio
de igualdad ante la ley”.
Al respecto, señaló que actual-
mente “el marido es el “jefe de la
sociedad conyugal” y en tal calidad
administra los bienes sociales e
incluso los bienes propios de la
mujer”.
Además, recordó el Acuerdo de destacando entre los aspectos fa- regla actual del artículo 1720 que nistra el marido. Se ha dado
Solución Amistosa suscrito ante la vorables del modelo propuesto: el señala que por medio de las capi- Se proponen modificaciones al el espacio de
Comisión Interamericana de Dere- principio de igualdad ante la ley, la tulaciones matrimoniales se podrá régimen de administración ex- participación
chos Humanos (CIDH) en marzo de promoción de la solidaridad entre pactar separación total o parcial traordinaria. para todos
2007 en el caso Sonia Arce Esparza: los cónyuges y la administración de de bienes. Se propone que los bienes que sean los actores
el primer compromiso fue la pro- los bienes propios. Eliminación de la posibilidad de adquiridos bajo subsidio habitacional relacionados.
mulgación de una ley que reforme pactar sociedad conyugal, retiran- durante la vigencia de la sociedad
el régimen de sociedad conyugal. Indicaciones do la indicación del 2021 en esta conyugal ingresen al haber social
La CIDH ha instado al Estado de Algunas de las indicaciones pre- materia. Se mantendrá la norma conforme a las normas generales de
Chile para que éste cumpla con las sentadas por el Ejecutivo avanzan vigente a fin de entregar mayores administración. Con lo anterior se
obligaciones acordadas en el Acuerdo en las siguientes materias. certezas jurídicas. permite fortalecer la solidaridad del
de Solución Amistosa debido a que Es el régimen legal supletorio de los Se mantiene el haber relativo. régimen y resguardar la residencia
han transcurrido más de 15 años matrimonios celebrados en Chile. Se Se establece una administración principal de la familia, considerando
con la consiguiente responsabilidad mantiene la normativa actual vigente indistinta y, en ciertos casos, con- que conforme a las modificaciones
internacional”. en esta materia por ser un régimen junta del haber social. introducidas por las indicaciones
La jefa de la cartera adelantó que la solidario entre cónyuges. La administración de los bienes se requerirá el consentimiento de
naturaleza de los cambios es mejorar Posibilidad de pactar separación propios corresponderá al cónyuge ambos cónyuges para realizar cual-
las referencias técnicas y actualizar, parcial de bienes. Se mantendrá la propietario, actualmente los admi- quier acto de enajenación.