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16 Domingo 20 de agosto de 2023 www.ladiscusion.cl
Opinión.
La Constitución de Kast
l proceso constituyente estaba dominado por grupos tido Republicano, el 30% responde
avanza en forma ace- identitarios, ahora se advierte que lo hará a los planteamientos de
lerada. A cuatro meses que está dominado por la extrema aChile Vamos y el 12% a las posturas
del plebiscito de salida derecha. del pacto Unidad para Chile.
Eserá muy poco el tiempo Sabemos que aquello en los he- Cuando se interroga sobre la
que tendrán el Consejo Constitu- Una cosa son los votos que chos no es tan cierto, por cuanto no influencia de diferentes actores en
cional y la Comisión Experta de todas las decisiones dependen de la elaboración de la nueva Cons-
generar una propuesta de nueva se requieren y otra muy los 22 representantes del Partido titución, el 67% menciona a José
Constitución. Republicano. La aprobación de Antonio Kast como la figura que
De acuerdo con la encuesta del distinta es la percepción cualquier artículo requiere de 30 tiene mucha o bastante influencia,
VAR Constitucional, de la Univer- social que existe sobre el votos, es decir, los republicanos el 57% a los empresarios, el 49% a
sidad Diego Portales y Feedback requieren del concurso de al menos los expertos en derecho constitu-
(agosto 2023 con un total de 2.720 proceso. Por ejemplo, los toda la Unión Demócrata Indepen- cional, y el 45% a los líderes de los
casos), aumentó en forma consi- diente (6 votos) y al menos 2 de los partidos políticos.
derable la opción “en contra” para encuestados consideran 5 representantes de Renovación En el imaginario ciudadano
el plebiscito del 17 de diciembre. Nacional-Evópoli. se establece, de este modo, una
Si el mes pasado un 44% se incli- que la estrategia para No obstante, una cosa son los concepción partisana del texto
naba por dicha opción, ahora lo definir los contenidos de la votos que se requieren y otra muy que se está escribiendo, donde la
hace el 60%. distinta es la percepción social que gran responsabilidad cae en una
Las tres principales razones para nueva Constitución debie- existe sobre el proceso. Por ejemplo, colectividad específica (el Parti-
Claudio Fuentes S. votar en contra de la propuesta que los encuestados consideran que do Republicano) y en una figura
Profesor Escuela Ciencia Política, actualmente elabora el Consejo ra ser la de buscar puntos la estrategia para definir los con- particular, su líder, José Antonio
Universidad Diego Portales Constitucional, señaladas por los tenidos de la nueva Constitución Kast.
encuestados, son que “el proceso de encuentro para alcanzar debiera ser la de buscar puntos de La pregunta es si, en estos tres
actual no es legítimo” (25%), que grandes acuerdos (79%). encuentro para alcanzar grandes meses faltantes del trabajo del
“no resuelve los problemas del país” acuerdos (79%). Pero solo el 17% Consejo Constitucional y de la
(23%) y que “no me siento repre- Pero solo el 17% considera considera que el Partido Republica- Comisión Experta, se querrá o
sentado por los pactos políticos no ha seguido esta estrategia, 20% se podrá revertir esta percepción
presentes en el proceso” (18%). que el Partido Republicano en el caso de la Unión Demócrata ciudadana, sobre un texto que es
Una tendencia similar se observa Independiente, 23% en el caso de percibido como identitario de la
entre quienes se inclinan por votar ha seguido esta estrategia, Renovación Nacional y 27% en el extrema derecha, que no es fruto
nulo/blanco. 20% en el caso de la UDI, caso de Evópoli. de un gran acuerdo.
La ciudadanía advierte que este Cuando se consulta sobre a qué La pregunta es, entonces, si se
nuevo proceso es tan partisano 23% en el caso de RN y 27% sector político se acercará más el podrá revertir esta percepción ciu-
como el anterior. texto que se someterá a plebiscito dadana negativa, para convertirlo
Si con la anterior Convención en el caso de Evópoli. en diciembre, el 54% señala que se en un texto que sea aceptable y, por
Constitucional se advertía que aproximará a las posturas del Par- sobre todo, aprobable.
Lecciones del caso convenios
l denominado “caso con- y por tanto de aplicación obligatoria, sus programas; por ejemplo, el
venios” deja desde ya al- que establezca las condiciones del Ministerio de Vivienda y Urbanismo
gunas lecciones aplicables procedimiento. Así debería consi- cuenta con los Serviu regionales,
a las transferencias en el derarse a lo menos, un mecanismo organismos encargados por ley
Emarco de la Ley 20.500, que asegure transparencia en la de ejecutar en su respectiva ju-
sobre Asociaciones y Participación Aún frente a una regla- asignación de los recursos; entrega risdicción, las políticas, planes y
Ciudadana en la Gestión Pública. de recursos en forma parcializada programas sectoriales, y como tal,
La citada ley dispone que el mentación eventualmente por convenio y previa entrega de dotados de equipos profesionales
Estado tiene la obligación de ga- una garantía por el monto total de multidisciplinarios afines a sus
rantizar criterios técnicos objetivos insuficiente en materia cada traspaso; obligatoriedad de funciones, poseen vasta experiencia
y de plena transparencia en los de transferencias, nada rendir cuenta periódica y prohi- en proyectos sobre materias de
procedimientos de asignación de bición absoluta de girar la remesa su competencia y están sujetos a
recursos, pero no fija las exigencias justifica el uso indebido siguiente en caso de no haberse una rigurosa reglamentación que
elementales que deberían aplicarse efectuado rendición de la anterior; resguarda el uso de los recursos, y
en ese sentido. de los recursos del Estado, establecer un límite de convenios la eficiencia y eficacia de las tareas
Deja en manos de cada órgano en ejecución simultánea por una a su cargo.
de la Administración del Estado, ni exime de responsabili- misma fundación; obligación de Con todo y aún frente a una regla-
la obligatoriedad de establecer las dades a quienes accedan encontrarse registrada en el Regis- mentación eventualmente insufi-
modalidades formales y específi- tro Nacional de Personas Jurídicas ciente en materia de transferencias,
cas de participación que tendrán a ellos con un propósito sin fines de lucro, instancia que la nada justifica el uso indebido de los
esas entidades en el ámbito de su propia ley instituye, para acceder recursos del Estado, ni exime de Mario Arzola Acuña
competencia. La duda razonable distinto para el cual hayan a la asignación de recursos públi- responsabilidades a quienes accedan Constructor Civil PUC
en los casos conocidos, es si acaso cos. Todos los convenios deberían a ellos con un propósito distinto
los organismos cumplieron con sido destinados, y con someterse al trámite de Toma de para el cual hayan sido destinados,
esa obligación; de no ser así, no se mayor razón, de quienes Razón por la Contraloría General y con mayor razón, de quienes
explica las transferencias efectuadas de la República, independiente del falten a sus deberes e incumplan
sin que previamente se haya fijado falten a sus deberes e monto de la transferencia. gravemente las normas de probidad
con precisión el procedimiento para Debería ser obligatorio el control que recae sobre ellos en el ejercicio
asignar los recursos, el grado de incumplan gravemente permanente por parte del organismo de un cargo en el servicio público, a
participación y el trabajo específico emisor, del efectivo y correcto uso través de conductas reñidas con el
a desarrollar por la fundación en las normas de probidad de los fondos traspasados. ordenamiento jurídico y apartadas
cada caso, las condiciones para el que recae sobre ellos en el No se advierte la necesidad ni del interés superior. Acorde a las
cumplimiento de las prestaciones la conveniencia que aquellos mi- disposiciones legales vigentes, las
y medidas de resguardo de los ejercicio de un cargo en el nisterios que cuenten con unidad faltas graves a la probidad por parte
recursos traspasados. ejecutora en su estructura orgá- de los funcionarios públicos, deben
Se echa de menos un reglamento servicio público. nica, encomienden a fundaciones sancionarse obligatoriamente con la
aprobado mediante decreto supremo la ejecución de tareas propias de destitución de los responsables.